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Miércoles, 4 de diciembre de 2024

Diferencia entre revisiones de «Donación de Constantino»

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El [[Papa]] disfrutará de los mismos [[derecho]]s honoríficos que el emperador, entre ellos, el de llevar una corona imperial, una capa y túnica púrpura, y en general todas las insignias imperiales o señales de distinción; pero, como [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] se negó a poner en su cabeza una corona de oro, el emperador lo invistió con el gorro blanco alto (''phrygium'') (Vea [[tiara |TIARA]]).  [[Constantino el Grande |Constantino]], el documento continúa, le prestó al Papa el servicio de ''strator'' (N.T.: caballerizo), es decir, condujo el caballo sobre el que cabalgaba el Papa.  Además, el emperador le obsequia al Papa y a sus [[Sucesión Apostólica |sucesores]] el palacio de Letrán, [[Roma]] y las provincias, distritos y pueblos de [[Italia]] y todas las regiones occidentales (''tam palatium nostrum, ut prelatum est, quamque Romæ urbis et omnes Italiæ seu occidentalium regionum provinicas loca et civitates'').  El documento continúa diciendo que el emperador ha establecido para sí mismo en Oriente una nueva capital que lleva su nombre, y allá él muda su gobierno, porque es inoportuno que un emperador secular tenga poder donde [[Dios]] ha establecido la residencia de la cabeza de la [[religión]] [[cristianismo |cristiana]].  El documento, concluye con [[maldición |maldiciones]] contra todos los que se atrevan a violar estas [[Donación (en Derecho Canónico) |donaciones]] y con la certidumbre de que el emperador las ha firmado con su propia mano y las ha puesto en la [[tumba]] de [[San Pedro]].
 
El [[Papa]] disfrutará de los mismos [[derecho]]s honoríficos que el emperador, entre ellos, el de llevar una corona imperial, una capa y túnica púrpura, y en general todas las insignias imperiales o señales de distinción; pero, como [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] se negó a poner en su cabeza una corona de oro, el emperador lo invistió con el gorro blanco alto (''phrygium'') (Vea [[tiara |TIARA]]).  [[Constantino el Grande |Constantino]], el documento continúa, le prestó al Papa el servicio de ''strator'' (N.T.: caballerizo), es decir, condujo el caballo sobre el que cabalgaba el Papa.  Además, el emperador le obsequia al Papa y a sus [[Sucesión Apostólica |sucesores]] el palacio de Letrán, [[Roma]] y las provincias, distritos y pueblos de [[Italia]] y todas las regiones occidentales (''tam palatium nostrum, ut prelatum est, quamque Romæ urbis et omnes Italiæ seu occidentalium regionum provinicas loca et civitates'').  El documento continúa diciendo que el emperador ha establecido para sí mismo en Oriente una nueva capital que lleva su nombre, y allá él muda su gobierno, porque es inoportuno que un emperador secular tenga poder donde [[Dios]] ha establecido la residencia de la cabeza de la [[religión]] [[cristianismo |cristiana]].  El documento, concluye con [[maldición |maldiciones]] contra todos los que se atrevan a violar estas [[Donación (en Derecho Canónico) |donaciones]] y con la certidumbre de que el emperador las ha firmado con su propia mano y las ha puesto en la [[tumba]] de [[San Pedro]].
  
Este documento es sin [[duda]] una [[Falsificación, Falsificador |falsificación]], inventada en algún lugar entre los años 750 y 850 d.C.  Ya para el siglo XV su [[falsedad]] era conocida y demostrada. El [[cardenal]] [[Nicolás de Cusa]] (De Concordantiâ Catholicâ, III, II, en la ed. de Basilea de su Opera, 1565, I) habló de él como de un ''dictamen'' [[apócrifo |''apocryphum'']].  Algunos años después (1440) [[Lorenzo Valla]] (De falso credita et ementita el Constantini donatione declamatio, Mainz, 1518) [[prueba |probó]] la falsificación con [[certeza]].  Independientemente de sus dos predecesores, [[Reginald Pecocke]], [[obispo]] de [[Chichester]] (1450-57) llegó a una conclusión similar en su obra "The represor of over much Blaming of the Clergy", Rolls Series, II, 351-366.    Aun así su [[auténtico |autenticidad]] fue defendida de vez en cuando, y luego se siguió usando el documento como auténtico hasta que [[Venerable César Baronio |Baronio]], en su "Annales Ecclesiastici" (ad.an 324), admitió que la "Donatio" era una falsificación, tras lo cual se consideró universalmente como tal.   
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Este documento es sin [[duda]] una [[Falsificación, Falsificador |falsificación]], inventada en algún lugar entre los años 750 y 850 d.C.  Ya para el siglo XV su [[falsedad]] era conocida y demostrada. El [[cardenal]] [[Nicolás de Cusa]] (De Concordantiâ Catholicâ, III, II, en la ed. de Basilea de su Opera, 1565, I) habló de él como de un ''dictamen'' [[apócrifo |''apocryphum'']].  Algunos años después (1440) [[Lorenzo Valla]] (De falso credita et ementita el Constantini donatione declamatio, Mainz, 1518) [[prueba |probó]] la falsificación con [[certeza]].  Independientemente de sus dos predecesores, [[Reginald Pecock]], [[obispo]] de [[Chichester]] (1450-57) llegó a una conclusión similar en su obra "The represor of over much Blaming of the Clergy", Rolls Series, II, 351-366.    Aun así su [[auténtico |autenticidad]] fue defendida de vez en cuando, y luego se siguió usando el documento como auténtico hasta que [[Venerable César Baronio |Baronio]], en su "Annales Ecclesiastici" (ad.an 324), admitió que la "Donatio" era una falsificación, tras lo cual se consideró universalmente como tal.   
  
Está tan claro que es una [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] que no hay razón para sorprenderse de que, con el reavivamiento de la [[Crítica Histórica |crítica histórica]] en el siglo XV, se reconociese al momento el [[verdad]]ero carácter del documento.  El falsificador hizo uso de varias autoridades, que Grauert y otros (vea abajo) han investigado minuciosamente.  La introducción y la conclusión del documento son imitaciones de escritos [[auténtico]]s del periodo imperial, pero también se utilizan fórmulas de otros períodos.  En la "Confesión" de [[fe]] se explica en detalle la doctrina de la [[Santísima Trinidad]], luego la caída del [[hombre]] y [[la Encarnación]] de [[Jescuristo |Cristo]].  Hay también reminiscencias de los [[decreto]]s del [[Concilio de Constantinopla (754 d.C.) |Sínodo Iconoclasta de Constantinopla]] (754) contra la [[Veneración de Imágenes |veneración de imágenes]].  La narrativa de la [[conversión]] y curación del emperador está basada en las [[apócrifo |apócrifas]] Actas de Silvestre (''Acta'' o ''Gesta Sylvestri''), sin embargo, todas las particularidades de la narrativa "Donatio" no aparecen en los textos hasta ahora conocidos de esa [[Leyendas de los Santos |leyenda]].  Las distinciones otorgadas al [[Papa]] y a los [[cardenal]]es de la [[Santa Sede |Iglesia Romana]], probablemente, el falsificador las inventó y las describió según ciertos ritos contemporáneos y el ceremonial de la corte de los emperadores romanos y bizantinos.  El autor también usó las biografías de los [[Papas]] del [[Liber Pontificalis]], asimismo las cartas del siglo VIII de los Papas, sobre todo en su detalle de las [[Donación (en Derecho Canónico) |donaciones]] imperiales.
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Está tan claro que es una [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] que no hay razón para sorprenderse de que, con el reavivamiento de la [[Crítica Histórica |crítica histórica]] en el siglo XV, se reconociese al momento el [[verdad]]ero carácter del documento.  El falsificador hizo uso de varias autoridades, que Grauert y otros (vea abajo) han investigado minuciosamente.  La introducción y la conclusión del documento son imitaciones de escritos [[auténtico]]s del periodo imperial, pero también se utilizan fórmulas de otros períodos.  En la "Confesión" de [[fe]] se explica en detalle la doctrina de la [[Santísima Trinidad]], luego la caída del [[hombre]] y [[la Encarnación]] de [[Jesucristo |Cristo]].  Hay también reminiscencias de los [[decreto]]s del [[Concilio de Constantinopla (754 d.C.) |Sínodo Iconoclasta de Constantinopla]] (754) contra la [[Veneración de Imágenes |veneración de imágenes]].  La narrativa de la [[conversión]] y curación del emperador está basada en las [[apócrifo |apócrifas]] Actas de Silvestre (''Acta'' o ''Gesta Sylvestri''), sin embargo, todas las particularidades de la narrativa "Donatio" no aparecen en los textos hasta ahora conocidos de esa [[Leyendas de los Santos |leyenda]].  Las distinciones otorgadas al [[Papa]] y a los [[cardenal]]es de la [[Santa Sede |Iglesia Romana]], probablemente, el falsificador las inventó y las describió según ciertos ritos contemporáneos y el ceremonial de la corte de los emperadores romanos y bizantinos.  El autor también usó las biografías de los [[Papas]] del [[Liber Pontificalis]], asimismo las cartas del siglo VIII de los Papas, sobre todo en su detalle de las [[Donación (en Derecho Canónico) |donaciones]] imperiales.
  
La autoría de este documento todavía está envuelta en oscuridad. Ocasionalmente, pero sin razón suficiente, los críticos lo han atribuido al autor de las [[Falsas Decretales]] o a algún [[clérigo |eclesiástico]] romano del siglo VIII.  Por otro lado, últimamente numerosos investigadores (sobre todo [[Alemania |alemanes]] han estudiado a fondo el tiempo y lugar de su composición, aunque todavía no han llegado a ninguna conclusión segura y universalmente aceptada.  Acerca del lugar de la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]], [[Venerable César Baronio |Baronio]] (Annales, ad.an 1081) sostuvo que fue hecho en Oriente y por un [[Grecia |griego]] [[cisma |cismático]]; de hecho, se encuentra en colecciones canónicas griegas.  [[Alexander Natalis]] se opuso a esta interpretación, y ya no es sostenida por ningún historiador reciente.  Muchos de los estudiosos críticos recientes del documento localizan su composición en [[Roma]] y atribuyen la falsificación a un eclesiástico, y su argumento principal es intrínseco: este [[falsedad |falso]] documento se redactó a favor de los [[Papas]] y de la [[Santa Sede |Iglesia Romana]], por lo tanto, la propia Roma debe de haber tenido el principal [[interés]] en esta falsificación, ejecutada para un propósito tan claramente expresado.  Además, las fuentes del documento son principalmente romanas.   
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La autoría de este documento todavía está envuelta en oscuridad. Ocasionalmente, pero sin razón suficiente, los críticos lo han atribuido al autor de las [[Falsas Decretales]] o a algún [[clérigo |eclesiástico]] romano del siglo VIII.  Por otro lado, últimamente numerosos investigadores (sobre todo [[Alemania |alemanes]] han estudiado a fondo el tiempo y lugar de su composición, aunque todavía no han llegado a ninguna conclusión segura y universalmente aceptada.  Acerca del lugar de la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]], [[Venerable César Baronio |Baronio]] (Annales, ad.an 1081) sostuvo que fue hecho en Oriente y por un [[Grecia |griego]] [[cisma |cismático]]; de hecho, se encuentra en colecciones canónicas griegas.  [[Alejandro Natalis]] se opuso a esta interpretación, y ya no es sostenida por ningún historiador reciente.  Muchos de los estudiosos críticos recientes del documento localizan su composición en [[Roma]] y atribuyen la falsificación a un eclesiástico, y su argumento principal es intrínseco: este [[falsedad |falso]] documento se redactó a favor de los [[Papas]] y de la [[Santa Sede |Iglesia Romana]], por lo tanto, la propia Roma debe de haber tenido el principal [[interés]] en esta falsificación, ejecutada para un propósito tan claramente expresado.  Además, las fuentes del documento son principalmente romanas.   
  
 
Sin embargo, la opinión temprana de [[Francesco Antonio Zaccaria |Zaccaria]] y otros de que la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] se originó en el [[los Francos |Imperio Franco]] ha sido bastante defendida recientemente y con habilidad por [[Joseph Hergenröther |Hergenröther]] y Grauert (ver abajo).  Llaman la atención sobre el hecho que el "Donatio" aparece primero en las colecciones francas, es decir en las [[Falsas Decretales]] y en el antedicho [[manuscritos |manuscrito]] de San Dionisio; además la cita segura más antigua fue hecha por autores del Imperio Franco en la segunda mitad del siglo IX.  Finalmente, este documento nunca se usó en la cancillería papal hasta mediados del siglo XI, ni en general aparece mencionado en fuentes romanas hasta los tiempos de [[Otón III]] (983-1002, es decir, en caso de que sea [[auténtico]] el famoso "Diploma" de este emperador).  El primer uso cierto en [[Roma]] fue hecho por Papa San León IX |León IX]] en 1054, y nótese que este [[Papa]] fue [[Alemania |alemán]] por nacimiento y educación, no [[Italia |italiano]].  Los escritores mencionados han evidenciado que el objetivo principal de la falsificación era probar la [[justicia]] de la "''translatio imperii''" a los francos, es decir, el traslado del título imperial en la [[coronación]] de [[Carlomagno]] en 800; por consiguiente, la falsificación era importante principalmente para el Imperio Franco.  Esta opinión es correctamente sostenible contra la opinión de la mayoría de que la falsificación se originó en Roma.
 
Sin embargo, la opinión temprana de [[Francesco Antonio Zaccaria |Zaccaria]] y otros de que la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] se originó en el [[los Francos |Imperio Franco]] ha sido bastante defendida recientemente y con habilidad por [[Joseph Hergenröther |Hergenröther]] y Grauert (ver abajo).  Llaman la atención sobre el hecho que el "Donatio" aparece primero en las colecciones francas, es decir en las [[Falsas Decretales]] y en el antedicho [[manuscritos |manuscrito]] de San Dionisio; además la cita segura más antigua fue hecha por autores del Imperio Franco en la segunda mitad del siglo IX.  Finalmente, este documento nunca se usó en la cancillería papal hasta mediados del siglo XI, ni en general aparece mencionado en fuentes romanas hasta los tiempos de [[Otón III]] (983-1002, es decir, en caso de que sea [[auténtico]] el famoso "Diploma" de este emperador).  El primer uso cierto en [[Roma]] fue hecho por Papa San León IX |León IX]] en 1054, y nótese que este [[Papa]] fue [[Alemania |alemán]] por nacimiento y educación, no [[Italia |italiano]].  Los escritores mencionados han evidenciado que el objetivo principal de la falsificación era probar la [[justicia]] de la "''translatio imperii''" a los francos, es decir, el traslado del título imperial en la [[coronación]] de [[Carlomagno]] en 800; por consiguiente, la falsificación era importante principalmente para el Imperio Franco.  Esta opinión es correctamente sostenible contra la opinión de la mayoría de que la falsificación se originó en Roma.
  
Respecto al momento de su redacción impera una divergencia de opinión aún mayor.  Algunos han afirmado (más recientemente Martens, Friedrich y Bayet) que cada una de sus dos partes fueron compuestas en momentos diferentes.  Martens sostiene que el autor ejecutó su [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] a intervalos breves; que la "Constitutum" se originó después del 800 en relación con una carta de [[Papa San Adriano I |Adriano I]] (778) a [[Carlomagno]] en la que el [[Papa]] reconocía la posición imperial que el rey [[los Francos |franco]] había conseguido por sus propios esfuerzos y fortuna.  Friedrich (vea abajo), al contrario, intenta probar que la "Constitutum" estaba compuesta de dos partes muy distintas.  La esencia de la primera parte, llamada "Confessio", apareció entre los años 638 y 653, probablemente 638-641, mientras la segunda, o "Donatio" propiamente, fue escrita durante el pontificado de [[Papa Esteban II |Esteban II]], entre los años 752 y 757, por [[Papa San Paulo I |Paulo]], hermano y [[Sucesión Apostólica |sucesor]] del Papa Esteban. Según Bayet la primera parte del documento se redactó en tiempos de [[Papa San Paulo I |Paulo I]] (757-767); la última parte apareció en, o aproximadamente, el año 774.
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Respecto al momento de su redacción impera una divergencia de opinión aún mayor.  Algunos han afirmado (más recientemente Martens, Friedrich y Bayet) que cada una de sus dos partes fueron compuestas en momentos diferentes.  Martens sostiene que el autor ejecutó su [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] a intervalos breves; que la "Constitutum" se originó después del 800 en relación con una carta de [[Papa Adriano I |Adriano I]] (778) a [[Carlomagno]] en la que el [[Papa]] reconocía la posición imperial que el rey [[los Francos |franco]] había conseguido por sus propios esfuerzos y fortuna.  Friedrich (vea abajo), al contrario, intenta probar que la "Constitutum" estaba compuesta de dos partes muy distintas.  La esencia de la primera parte, llamada "Confessio", apareció entre los años 638 y 653, probablemente 638-641, mientras la segunda, o "Donatio" propiamente, fue escrita durante el pontificado de [[Papa Esteban II |Esteban II]], entre los años 752 y 757, por [[Papa San Paulo I |Paulo]], hermano y [[Sucesión Apostólica |sucesor]] del Papa Esteban. Según Bayet la primera parte del documento se redactó en tiempos de [[Papa San Paulo I |Paulo I]] (757-767); la última parte apareció en, o aproximadamente, el año 774.
  
 
En oposición a estas opiniones la mayoría de los historiadores mantienen que el documento fue escrito totalmente y al mismo tiempo por un solo autor.  Pero, ¿cuándo fue escrito?  Colombier se decide por el pontificado del [[Papa Conón]] (686-687), Genelin, por principios del siglo VIII (antes del 728).  Pero ninguna de estas opiniones se apoya en razones suficientes, y las dos son ciertamente insostenibles.  La mayoría de los investigadores acepta como posible [[Fechas y Datación |fecha]] más antigua, el pontificado de [[Papa Esteban II |Esteban II]] (752-757), estableciendo así una conexión entre la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] y los eventos históricos que llevaron al origen de los [[Estados de la Iglesia]] y el Imperio Occidental de los reyes [[los Francos |francos]].  Pero, ¿en qué año del período del antedicho pontificado de Esteban II hasta la recepción del "Constitutum" en la colección de las [[Falsas Decretales]] (c. 840-50) se ejecutó la falsificación?    Casi todos los estudiosos de esta intrincada cuestión mantienen sus propias y diferentes opiniones.  Primero es [[necesidad |necesario]] contestar una pregunta preliminar: ¿Exhibió el [[Papa Adriano I]] en su carta del año 778 a [[Carlomagno]] (Códice Carolinus, ed. Jaffé Ep. LXI) algún [[conocimiento]] de la "Constitutum"? De un pasaje de esta carta (''Sicut temporibus beati Silvestri Romani pontificis a sanctæ recordationis piissimo Constantino magno imperatore per eius largitatem sancta Dei Catholica et Apostolica Romana ecclesia elevata et exaltata est et potestatem in his Hesperiæ partibus largiri dignatus, ita et in his vestris felicissimis temporibus atque nostris sancta Dei ecclesia, id est beati Petri apostoli, germinet atque exultet''...) varios escritores, por ejemplo [[Johann Joseph Ignaz von Döllinger |Döllinger]], [[Rudolph von Langen |Langen]], Meyer y otros han concluido que Adriano I era [[Estado Consciente |consciente]] entonces de esta falsificación, por lo que debe  haber aparecido antes del 778. Friedrich asume que Adriano I [[conocimiento |conocía]] la "Constitutum" a partir de su carta al emperador Constantino VI escrita en 785 ([[Gian Domenico Mansi |Mansi]], Concil. Coll., XII, 1056).  La mayoría de los historiadores, sin embargo, se abstienen correctamente de afirmar que Adriano I usó este documento; por lo tanto, el momento de su origen no puede [[deducción |deducirse]] a partir de sus cartas.
 
En oposición a estas opiniones la mayoría de los historiadores mantienen que el documento fue escrito totalmente y al mismo tiempo por un solo autor.  Pero, ¿cuándo fue escrito?  Colombier se decide por el pontificado del [[Papa Conón]] (686-687), Genelin, por principios del siglo VIII (antes del 728).  Pero ninguna de estas opiniones se apoya en razones suficientes, y las dos son ciertamente insostenibles.  La mayoría de los investigadores acepta como posible [[Fechas y Datación |fecha]] más antigua, el pontificado de [[Papa Esteban II |Esteban II]] (752-757), estableciendo así una conexión entre la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] y los eventos históricos que llevaron al origen de los [[Estados de la Iglesia]] y el Imperio Occidental de los reyes [[los Francos |francos]].  Pero, ¿en qué año del período del antedicho pontificado de Esteban II hasta la recepción del "Constitutum" en la colección de las [[Falsas Decretales]] (c. 840-50) se ejecutó la falsificación?    Casi todos los estudiosos de esta intrincada cuestión mantienen sus propias y diferentes opiniones.  Primero es [[necesidad |necesario]] contestar una pregunta preliminar: ¿Exhibió el [[Papa Adriano I]] en su carta del año 778 a [[Carlomagno]] (Códice Carolinus, ed. Jaffé Ep. LXI) algún [[conocimiento]] de la "Constitutum"? De un pasaje de esta carta (''Sicut temporibus beati Silvestri Romani pontificis a sanctæ recordationis piissimo Constantino magno imperatore per eius largitatem sancta Dei Catholica et Apostolica Romana ecclesia elevata et exaltata est et potestatem in his Hesperiæ partibus largiri dignatus, ita et in his vestris felicissimis temporibus atque nostris sancta Dei ecclesia, id est beati Petri apostoli, germinet atque exultet''...) varios escritores, por ejemplo [[Johann Joseph Ignaz von Döllinger |Döllinger]], [[Rudolph von Langen |Langen]], Meyer y otros han concluido que Adriano I era [[Estado Consciente |consciente]] entonces de esta falsificación, por lo que debe  haber aparecido antes del 778. Friedrich asume que Adriano I [[conocimiento |conocía]] la "Constitutum" a partir de su carta al emperador Constantino VI escrita en 785 ([[Gian Domenico Mansi |Mansi]], Concil. Coll., XII, 1056).  La mayoría de los historiadores, sin embargo, se abstienen correctamente de afirmar que Adriano I usó este documento; por lo tanto, el momento de su origen no puede [[deducción |deducirse]] a partir de sus cartas.
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Estrechamente relacionada con la [[Fechas y Datación |fecha]] de la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] está la otra pregunta acerca del propósito primario del falsificador de la "Donatio". Aquí, también, existe una gran variedad de opiniones.  La mayoría de los escritores que sitúan en la propia [[Roma]] el origen de la falsificación sostiene que su intención principal era apoyar los reclamos de los [[Papas]] al [[Autoridad Civil |poder secular]] en [[Italia]]; difieren, sin embargo, acerca del alcance de dichas pretensiones.  Según [[Johann Joseph Ignaz von Döllinger |Döllinger]] la "Constitutum" estaba destinada a ayudar en la creación de una Italia unida bajo el gobierno papal.  Otros limitarían las reclamaciones papales a aquellos distritos que [[Papa Esteban II |Esteban II]] buscaba obtener de [[Pipino el Breve |Pipino]], o a territorios aislados que, tarde o temprano, los Papas deseaban adquirir.    En general, esta clase de historiadores busca relacionar la falsificación con los eventos históricos y los movimientos políticos de esa época en Italia (Mayer, Langen, Friedrich, Loening y otros).   
 
Estrechamente relacionada con la [[Fechas y Datación |fecha]] de la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] está la otra pregunta acerca del propósito primario del falsificador de la "Donatio". Aquí, también, existe una gran variedad de opiniones.  La mayoría de los escritores que sitúan en la propia [[Roma]] el origen de la falsificación sostiene que su intención principal era apoyar los reclamos de los [[Papas]] al [[Autoridad Civil |poder secular]] en [[Italia]]; difieren, sin embargo, acerca del alcance de dichas pretensiones.  Según [[Johann Joseph Ignaz von Döllinger |Döllinger]] la "Constitutum" estaba destinada a ayudar en la creación de una Italia unida bajo el gobierno papal.  Otros limitarían las reclamaciones papales a aquellos distritos que [[Papa Esteban II |Esteban II]] buscaba obtener de [[Pipino el Breve |Pipino]], o a territorios aislados que, tarde o temprano, los Papas deseaban adquirir.    En general, esta clase de historiadores busca relacionar la falsificación con los eventos históricos y los movimientos políticos de esa época en Italia (Mayer, Langen, Friedrich, Loening y otros).   
  
Varios de estos escritores ponen más énfasis en la elevación del papado que en la [[Donación (en Derecho Canónico) |donación]] de territorios. Ocasionalmente se sostiene que el falsificador buscó afianzar para el [[Papa]] una especie de [[Autoridad Civil |autoridad secular]] superior, algo similar a una supremacía imperial en contra del gobierno [[los Francos |franco]], sólidamente establecido entonces en [[Italia]].  Una vez más, algunos de este grupo limitan a Italia la expresión "''occidentalium regionum provincias''", pero la mayoría entiende que denota todo el antiguo Imperio Occidental.  Ésta es la actitud de Weiland para quien el objeto principal de la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] es el aumento del poder papal sobre el imperial y el establecimiento de una especie de supremacía imperial del Papa sobre todo Occidente.  Por esta razón también él baja la [[Fechas y Datación |fecha]] de la "Constitutum" a no más allá del final del reinado de [[Carlomagno]] (814).  De hecho, sin embargo, en este documento [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] obtiene de [[Constantino el Grande |Constantino]] el rango imperial y los emblemas de dignidad imperial, aunque no la [[verdad]]era supremacía imperial.  Por consiguiente, Martens ve en la falsificación un esfuerzo para elevar el papado en general; todas las supuestas prerrogativas del Papa y de [[clérigo |eclesiásticos]] romanos, todos los regalos de [[Propiedad (en Derecho Canónico) |propiedad]] inmueble y [[derecho]]s de gobierno secular están destinados a promover y confirmar esta elevación, y de todo eso el nuevo emperador [[Carlomagno]] habría delineado conclusiones prácticas en su proceder respecto al Papa.   
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Varios de estos escritores ponen más énfasis en la elevación del papado que en la [[Donación (en Derecho Canónico) |donación]] de territorios. Ocasionalmente se sostiene que el falsificador buscó afianzar para el [[Papa]] una especie de [[Autoridad Civil |autoridad secular]] superior, algo similar a una supremacía imperial en contra del gobierno [[los Francos |franco]], sólidamente establecido entonces en [[Italia]].  Una vez más, algunos de este grupo limitan a Italia la expresión "''occidentalium regionum provincias''", pero la mayoría entiende que denota todo el antiguo Imperio Occidental.  Ésta es la actitud de Weiland para quien el objeto principal de la [[Falsificación, Falsificador |falsificación]] es el aumento del poder papal sobre el imperial y el establecimiento de una especie de supremacía imperial del Papa sobre todo Occidente.  Por esta razón también él baja la [[Fechas y Datación |fecha]] de la "Constitutum" a no más allá del final del reinado de [[Carlomagno]] (814).  De hecho, sin embargo, en este documento [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] obtiene de [[Constantino el Grande |Constantino]] el rango imperial y los emblemas de dignidad imperial, aunque no la [[verdad]]era supremacía imperial.  Por consiguiente, Martens ve en la falsificación un esfuerzo para elevar el papado en general; todas las supuestas prerrogativas del Papa y de [[clérigo |eclesiásticos]] romanos, todos los regalos de [[Propiedad Eclesiástica |propiedad]] inmueble y [[derecho]]s de gobierno secular están destinados a promover y confirmar esta elevación, y de todo eso el nuevo emperador [[Carlomagno]] habría delineado conclusiones prácticas en su proceder respecto al Papa.   
  
 
Scheffer-Boichorst sostiene una opinión singular, a saber, que el [[Falsificación, Falsificador |falsificador]] intentaba principalmente la glorificación de [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] y [[Constantino el Grande |Constantino]], y sólo de manera secundaria, una defensa de las pretensiones papales a las posesiones territoriales.    Grauert, para quien el falsificador es un sujeto [[los Francos |franco]], comparte la opinión de [[Joseph Hergenröther |Hergenröther]], es decir el falsificador tenía en [[mente]] la defensa del nuevo Imperio Occidental contra los ataques [[Imperio Bizantino |bizantinos]].  Por consiguiente, era muy importante para él establecer la legitimidad del recién fundado imperio, y este propósito era especialmente auxiliado por todo lo que el documento alega respecto a la elevación del [[Papa]].  A partir de lo anterior se puede observar que todavía está por pronunciarse la última palabra de la investigación histórica en esta materia.  Aún esperan respuesta preguntas importantes acerca de las fuentes de la falsificación, el lugar y momento de su origen y la tendencia del falsificador. Las nuevas investigaciones probablemente prestarán aún mayor atención a la [[Crítica Textual |crítica textual]], sobre todo de la primera parte o "Confesión" de [[fe]].
 
Scheffer-Boichorst sostiene una opinión singular, a saber, que el [[Falsificación, Falsificador |falsificador]] intentaba principalmente la glorificación de [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] y [[Constantino el Grande |Constantino]], y sólo de manera secundaria, una defensa de las pretensiones papales a las posesiones territoriales.    Grauert, para quien el falsificador es un sujeto [[los Francos |franco]], comparte la opinión de [[Joseph Hergenröther |Hergenröther]], es decir el falsificador tenía en [[mente]] la defensa del nuevo Imperio Occidental contra los ataques [[Imperio Bizantino |bizantinos]].  Por consiguiente, era muy importante para él establecer la legitimidad del recién fundado imperio, y este propósito era especialmente auxiliado por todo lo que el documento alega respecto a la elevación del [[Papa]].  A partir de lo anterior se puede observar que todavía está por pronunciarse la última palabra de la investigación histórica en esta materia.  Aún esperan respuesta preguntas importantes acerca de las fuentes de la falsificación, el lugar y momento de su origen y la tendencia del falsificador. Las nuevas investigaciones probablemente prestarán aún mayor atención a la [[Crítica Textual |crítica textual]], sobre todo de la primera parte o "Confesión" de [[fe]].
  
Hasta donde las evidencias a mano nos permiten juzgar, la falsificación de la "Constitutum" se conoció primero, en el Imperio Francogermano. El manuscrito en existencia más antiguo, ciertamente del siglo noveno, se escribió durante el Imperio Francogermano. En la segunda mitad de ese siglo, el documento es mencionado expresamente por tres escritores francogermanos. Ado, Obispo de Viena, habla de él en su Crónica (De sex ætatibus mundi, ad an. 306, in P.L., CXXIII, 92); Æneas, Obispo de París, se refiere a él en defensa de la primacía romana (Adversus Græcos, c. el ccix, op. cit., CXXI, 758); Hincmar, Arzobispo de Reims, menciona la donación de Roma al papa, por Constantino el Grande según la "Constitutum" (De ordine palatii, c. el xiii, op. cit., CXXV, 998). El documento logró más amplia circulación por su incorporación en las Falsas Decretales (840-850, o más específicamente entre 847 y 852; Hinschius, Decretales Pseudo-Isidorianæ, Leipzig, 1863, pág. 249). En Roma, el documento no fue usado durante el noveno y décimo siglos, tampoco en medio de los conflictos y dificultades de Nicolas I con Constantinopla, cuando podría haber servido como un bienvenido argumento para los derechos del Papa. El primer Papa que lo usó en un acto oficial, fue León IX; en una carta de 1054 a Miguel Cærulario, Patriarca de Constantinopla, él cita la "Donatio" para  demostrar que la Santa Sede tuvo ambos poderes, uno temporal y otro celestial, el sacerdocio real. De allí en adelante la "Donatio" adquiere más importancia y se usa más frecuentemente como evidencia en los conflictos eclesiásticos y políticos entre el papado y el poder secular. Anselmo de Lucca y el Cardenal Deusdedit lo insertaron en sus colecciones de canones. Gracián, es verdad, lo excluyó de su "Decretum", pero lo agregó pronto  como "Palea". Los escritores eclesiásticos en la defensa del papado durante los conflictos de principios del duodécimo siglo, lo citaron como documento autorizado. (Hugo de Fleury, De regiâ potestate et ecclesiasticâ dignitate, II; Placidus de Nonantula, De honore ecclesiæ,  c.c.p.. lvii, xci, cli,; Disputatio vel defensio Paschalis papæ, Honorius Augustodunensis, De summâ gloriæ, c.  xvii; cf. Mon. Germen. Hist., Libelli de lite, II, 456, 591, 614, 635; III, 71). San Pedro Damiano también confió en el, en sus escrituras contra el antipapista Cadalous de Parma (synodalis de Disceptatio synodalis, in Libelli de lite, I, 88). Gregorio VII  nunca citó este documento en su larga lucha  por la libertad eclesiástica contra el poder secular. Pero Urbano II lo usó en 1091 para apoyar sus demandas sobre la isla de Córcega. Después, los Papas Inocencio III, Gregorio IX, Inocencio IV, tomó su autoridad para conceder a Inocencio III, el Sermo de sancto Silvestro, (en P.L., CCXVII, 481 sqq.; Raynaldus, Annales, ad an. 1236, n. 24; Potthast, Regesta, no. 11,848), y los escritores eclesiásticos adujeron muchas veces su evidencia en favor del papado.
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Hasta donde la evidencia a mano nos permite juzgar, la falsificada "Constitutum" se conoció primero en el [[los Francos |Imperio Franco]].   El [[manuscritos |manuscrito]] en existencia más antiguo, ciertamente del siglo IX, fue escrito en el Imperio Franco.   En la segunda mitad de ese siglo tres escritores francos mencionan expresamente el documento. [[San Ado de Vienne |Ado]], [[obispo]] de Vienne, habla de él en su Crónica (De sex ætatibus mundi, ad an. 306, in P.L., CXXIII, 92); Æneas, obispo de [[París]], se refiere a él en defensa de la [[primacía]] romana (Adversus Græcos, c. CCIX, op. cit., CXXI, 758); [[Hincmar de Reims |Hincmar]], [[arzobispo]] de [[Reims]], menciona la [[Donación (en Derecho Canónico) |donación]] de [[Roma]] al [[Papa]], por [[Constantino el Grande]] según la "Constitutum" (De ordine palatii, c. XIII, op. cit., CXXV, 998).   El documento logró más amplia circulación por su incorporación en las [[Falsas Decretales]] (840-850, o más específicamente entre 847 y 852; Hinschius, Decretales Pseudo-Isidorianæ, Leipzig, 1863, pág. 249).   
  
Los adversarios medievales de los papas, por otro lado, nunca negaron la validez de esta apelación a la pretendida donación  de Constantino, pero trataron de demostrar que el fundamento de las deducciones legales se basaba en interpretaciones falsas. La autenticidad del documento, como ya se declaró, no fue dudado por nadie antes del decimoquinto siglo. Fue conocido por los griegos en la segunda mitad del duodécimo siglo, cuando aparece en la colección de Teodoro Balsamon (1169 sqq.); luego, otro canonista griego, Matthæus Blastares (aproximadamente 1335), lo admitió en su colección. También aparece en otras obras griegas. Es más, fue muy estimado en la Grecia Oriental. Es bien conocido que los griegos, exigieron, para el Obispo de Nueva Roma (Constantinopla) los mismos derechos honoríficos que aquéllos gozados  por el Obispo de Roma Antigua. Ahora, en virtud de este documento,  reclamaban también para el clero bizantino, los privilegios y prerrogativas dispensadas al papa y a los eclesiásticos romanos. En Occidente, mucho tiempo después  que su autenticidad fue disputada, en el decimoquinto siglo, su validez  fue aún levantada por la mayoría de canonistas y juristas que continuaron a lo largo del decimosexto siglo, citándolo como auténtico. Y aunque Baronio e historiadores antiguos, lo reconocieron como falsificación, ellos trataron de ordenar otras autoridades, en defensa de su contenido, especialmente como memorias de las donaciones imperiales. En tiempos posteriores, esto fue abandonado, por lo que ahora , toda la "Constitutum", en forma y contenido, es considerada debidamente, y en todo  sentido: una falsificación.  
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El documento no se usó en [[Roma]] durante los siglos IX y X, ni siquiera en medio de los conflictos y dificultades de [[Papa San Nicolás I Magno |Nicolás I]] con [[Constantinopla]], cuando podría haber servido como un argumento oportuno para las reclamaciones del [[Papa]]El primer [[Papa]] que lo usó en un acto oficial y se basó en él fue [[Papa San León IX |León IX]]; en una carta de 1054 a [[Miguel Cerulario]], [[Patriarca y Patriarcado |patriarca]] de Constantinopla, él cita la "Donatio" para demostrar que la [[Santa Sede]] tenía un ''imperium'' tanto terrenal como celestial, el [[sacerdocio]] real. De allí en adelante la "Donatio" adquiere más importancia y es usada más frecuentemente como evidencia en los conflictos eclesiásticos y políticos entre el papado y el [[Autoridad Civil |poder secular]][[San Anselmo de Lucca |Anselmo de Lucca]] y el [[Cardenal Deusdedit]] lo insertaron en sus colecciones de cánones. Es [[verdad]] que [[Juan Graciano |Graciano]] lo excluyó de su "Decretum", pero lo agregó pronto como "Palea".
  
Ver FALSAS DECRETALES; SILVESTRE I; ESTADOS DE LA IGLESIA; PODER TEMPORAL.  
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Los escritores [[la Iglesia |eclesiásticos]] en defensa del papado durante los conflictos de principios del siglo XII lo citaron como documento autorizado. ([[Hugo de Fleury]], De regiâ potestate et ecclesiasticâ dignitate, II; Plácido de Nonántula, De honore ecclesiæ,  c.c.p. LVII, XCI, CLI,; Disputatio vel defensio Paschalis papæ, Honorius Augustodunensis, De summâ gloriæ, c.  XVII; cf. Mon. Germen. Hist., Libelli de lite, II, 456, 591, 614, 635; III, 71).  [[San Pedro Damián]] también se basó en el en sus escritos contra el [[antipapa]] [[Cadalous]] de Parma (Disceptatio synodalis, in Libelli de lite, I, 88).  El propio [[Papa San Gregorio VII |Gregorio VII]] nunca citó este documento en su larga lucha por la libertad eclesiástica contra el [[Autoridad Civil |poder secular]].  Pero [[Papa Beato Urbano II |Urbano II]] lo usó en 1091 para apoyar sus reclamos sobre la Isla de [[Córcega]].  [[Papas]] posteriores (Papa Inocencio III |Inocencio III]], [[Papa Gregorio IX |Gregorio IX]], [[Papa Inocencio IV |Inocencio IV]]) dieron por sentada su autoridad (Inocencio III, Sermo de Sancto Silvestro, en P.L., CCXVII, 481 ss.; Raynaldus, Annales, ad an. 1236, n. 24; Potthast, Regesta, no. 11,848), y escritores eclesiásticos a menudo aducen su evidencia a favor del papado.  Los adversarios [[Edad Media |medievales]] de los [[Papas]], por otro lado, nunca negaron la validez de esta apelación a la pretendida [[Donación (en Derecho Canónico) |donación]] de [[Constantino el Grande |Constantino]], sino que trataron de demostrar que las deducciones legales derivadas de ella se basaban en interpretaciones [[falsedad |falsas]]. 
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Antes del siglo XV nadie [[duda |dudó]] de la [[auténtico |autenticidad]] del documento, como ya se dijo.  Los [[Grecia |griegos]] lo conocían en la segunda mitad del siglo XII, cuando aparece en la colección de [[Teodoro Balsamón]] (1169 ss.); luego, otro [[Derecho Canónico |canonista]] griego, [[Mateo Blastares]] (aproximadamente 1335), lo admitió en su colección.  También aparece en otras obras griegas.  Además, fue muy estimado en la [[Grecia]] oriental. Es bien conocido que los griegos exigieron para el [[obispo]] de la nueva Roma ([[Constantinopla]]) los mismos [[derecho]]s honoríficos que aquellos disfrutados por el obispo de la antigua [[Roma]].  Por ahora, en virtud de este documento, reclamaban para el [[Clero Secular |clero]] bizantino, los privilegios y prerrogativas concedidos al [[Papa]] y a los [[clérigo |eclesiásticos]] romanos. 
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En Occidente, mucho tiempo después que su [[auténtico |autenticidad]] fue disputada en el siglo XV, su validez fue aún defendida por la mayoría de canonistas y juristas que continuaron citándolo como auténtico a través del siglo XVI.  Y aunque [[Venerable César Baronio |Baronio]] e historiadores posteriores reconocieron que es una [[Falsificación, Falsificador |falsificación]], ellos trataron de reunir otras autoridades en defensa de su contenido, especialmente en cuanto a las donaciones imperiales. En tiempos posteriores incluso esto fue abandonado, por lo que ahora toda la "Constitutum", en forma y contenido, es considerada, debidamente y en todo sentido, una falsificación.  Vea [[Falsas Decretales |FALSAS DECRETALES]]; [[Papa San Silvestre I |SILVESTRE I]]; [[Estados de la Iglesia |ESTADOS DE LA IGLESIA]]; [[Autoridad Civil |AUTORIDAD CIVIL]].
  
  
 
'''Bibliografía''':  El texto de la Donatio ha sido impreso a menudo, por ej. en LABBE, Concil., I, 1530; MANSI, Concil. col., II, 603; finalmente por GRAUERT (vea abajo) y ZEUMER en Festgabe für Rudolf von Gneist (Berlin, 1888), 39 ss. Vea HALLER, Die Quellen zur Geschichte der Entstehung des Kirchenstaats (Leipzig y Berlín, 1907) 241-250; CENNI, Monumenta dominationis Pontificiæ (Roma, 1760), I, 306 ss.; cf. Origine della Donazione di Costantino in Civilta Cattolica, ser. V, X, 1864, 303 ss.  Los siguientes son no católicos:  ZINKEISEN, The Donation of Constantine as applied by the Roman Church en Eng. Hist. Review (1894), IX, 625-32; SCHAFF, Hist. of the Christ. Church (Nueva York, 1905), IV, 270-72; HODGKIN, Italy and Her Invaders (Oxford, 1899), VII, 135 sqq. Vea también COLOMBIER, La Donation de Constantin in Etudes Religieuses (1877), XI, 800 sqq.; BONNEAU, La Donation de Constantin (Lisieux, 1891); BAYET, La fausse Donation de Constantin in Annuaire de la Faculté des lettres de Lyon (París, 1884), II, 12 s.; DÖLLINGER, Papstfabeln des Mittelalters (Munich, 1863), Stuttgart, 1890), 72 sqq.; HERGENRÖTHER, Katholische Kirche und christlicher Staat (Freiburg im Br., 1872), I, 360 ss.; GENELIN, Das Schenkungsversprechen und die Schenkung Pippins (Leipzig, 1880), 36 ss.; MARTENS, Die römische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Stuttgart, 1881), 327 ss.; IDEM, Die falsche Generalkonzession Konstantins des Grossen (Munich, 1889); IDEM, Beleuchtung der neuesten Kontroversen über die römische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Munich, 1898), 151 ss.; GRAUERT Die konstantinische Schenkung in Historisches Jahrbuch (1882), 3 ss. (1883), 45 ss., 674 ss. (1884), 117 ss.; LANGEN, Entstehung und Tendenz der konstantinischen Schenkungsurkunde en Historische Zeitschrift für Kirchenrecht (1889), 137 ss., 185 ss.; BRUNNER, Das Constitutum Constantini in Festgabe für R. von Gneist (Berlin, 1888), 3 ss.; FRIEDRICH, Die konstantinische Schenkung (Nördlingen, 1889); SCHEFFER-BOICHORST, Neuere Forschungen über die konstantinische Schenkung in Mitteilungen des Instituts fürösterr. Geschichtsforsch. (1889), 302 ss. (1890), 128 ss.; LAMPRECHT, Die römische Frage von Konig Pippin bis auf Kaiser Ludwig den Frommen (Leipzig, 1889), 117 ss.; LOENING, Die Entstehung der konstantinischen Schenkungsurkunde in Histor. Zeitschrift (1890), 193 ss.; BÖHMER, Konstantinische Schenkung in Realencyclopadie für prot. Theol. (Leipzig, 1902), XI, 1 ss.
 
'''Bibliografía''':  El texto de la Donatio ha sido impreso a menudo, por ej. en LABBE, Concil., I, 1530; MANSI, Concil. col., II, 603; finalmente por GRAUERT (vea abajo) y ZEUMER en Festgabe für Rudolf von Gneist (Berlin, 1888), 39 ss. Vea HALLER, Die Quellen zur Geschichte der Entstehung des Kirchenstaats (Leipzig y Berlín, 1907) 241-250; CENNI, Monumenta dominationis Pontificiæ (Roma, 1760), I, 306 ss.; cf. Origine della Donazione di Costantino in Civilta Cattolica, ser. V, X, 1864, 303 ss.  Los siguientes son no católicos:  ZINKEISEN, The Donation of Constantine as applied by the Roman Church en Eng. Hist. Review (1894), IX, 625-32; SCHAFF, Hist. of the Christ. Church (Nueva York, 1905), IV, 270-72; HODGKIN, Italy and Her Invaders (Oxford, 1899), VII, 135 sqq. Vea también COLOMBIER, La Donation de Constantin in Etudes Religieuses (1877), XI, 800 sqq.; BONNEAU, La Donation de Constantin (Lisieux, 1891); BAYET, La fausse Donation de Constantin in Annuaire de la Faculté des lettres de Lyon (París, 1884), II, 12 s.; DÖLLINGER, Papstfabeln des Mittelalters (Munich, 1863), Stuttgart, 1890), 72 sqq.; HERGENRÖTHER, Katholische Kirche und christlicher Staat (Freiburg im Br., 1872), I, 360 ss.; GENELIN, Das Schenkungsversprechen und die Schenkung Pippins (Leipzig, 1880), 36 ss.; MARTENS, Die römische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Stuttgart, 1881), 327 ss.; IDEM, Die falsche Generalkonzession Konstantins des Grossen (Munich, 1889); IDEM, Beleuchtung der neuesten Kontroversen über die römische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Munich, 1898), 151 ss.; GRAUERT Die konstantinische Schenkung in Historisches Jahrbuch (1882), 3 ss. (1883), 45 ss., 674 ss. (1884), 117 ss.; LANGEN, Entstehung und Tendenz der konstantinischen Schenkungsurkunde en Historische Zeitschrift für Kirchenrecht (1889), 137 ss., 185 ss.; BRUNNER, Das Constitutum Constantini in Festgabe für R. von Gneist (Berlin, 1888), 3 ss.; FRIEDRICH, Die konstantinische Schenkung (Nördlingen, 1889); SCHEFFER-BOICHORST, Neuere Forschungen über die konstantinische Schenkung in Mitteilungen des Instituts fürösterr. Geschichtsforsch. (1889), 302 ss. (1890), 128 ss.; LAMPRECHT, Die römische Frage von Konig Pippin bis auf Kaiser Ludwig den Frommen (Leipzig, 1889), 117 ss.; LOENING, Die Entstehung der konstantinischen Schenkungsurkunde in Histor. Zeitschrift (1890), 193 ss.; BÖHMER, Konstantinische Schenkung in Realencyclopadie für prot. Theol. (Leipzig, 1902), XI, 1 ss.
  
'''Fuente''':  Kirsch, Johann Peter. "Donation of Constantine." The Catholic Encyclopedia. Vol. 5, pp. 118-121. New York: Robert Appleton Company, 1909. 12 Jul. 2019 <http://www.newadvent.org/cathen/05118a.htm>.
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'''Fuente''':  Kirsch, Johann Peter. "Donation of Constantine." The Catholic Encyclopedia. Vol. 5, pp. 118-121. New York: Robert Appleton Company, 1909. 14 Jul. 2019 <http://www.newadvent.org/cathen/05118a.htm>.
  
 
Traducido por José Luis Anastasio.  lmhm
 
Traducido por José Luis Anastasio.  lmhm

Última revisión de 00:28 11 oct 2019

Donación de Constantino (Latín, Donatio Constantini): Este nombre designa, desde el final de la Edad Media, un documento falsificado del emperador Constantino el Grande mediante el cual se le conferían grandes privilegios y ricas posesiones al Papa y a la Iglesia Romana. En el manuscrito más antiguo conocido (siglo IX) (Bibliothèque Nationale, Paris, man. Latin 2777) y en muchos otros manuscritos, el documento lleva el título: "Constitutum domini Constantini imperatoris". Constantino lo dirige al Papa Silvestre I (314-35) y consiste de dos partes. En la primera (titulada "Confessio") el emperador relata cómo Silvestre lo instruyó en la fe cristiana, hace una completa profesión fe y cuenta de su bautismo por ese Papa en Roma, y cómo de este modo se curó de lepra.

En la segunda parte (la "Donatio") Constantino dispone conferir a Silvestre y a sus sucesores los siguientes privilegios y posesiones: el Papa, como sucesor de San Pedro, tiene la primacía sobre los cuatro patriarcas de Antioquía, Alejandría, Constantinopla y Jerusalén, también sobre todos los obispos en el mundo. La basílica de Letrán en Roma, construida por Constantino, excederá a todas las iglesias como su cabeza, igualmente las iglesias de San Pedro y San Pablo serán dotadas de ricas posesiones. Los principales eclesiásticos romanos (clerici cardinales), entre los cuales también se puede recibir a los senadores, obtendrán los mismos honores y distinciones que los senadores. Al igual que el emperador, la Iglesia Romana tendrá como funcionarios cubicularii, ostiarii, y excubitores. (N.T.: cubicularri, ayudantes de cámara o dormitorio; ostiarii, portero; excubitores, guardias)

El Papa disfrutará de los mismos derechos honoríficos que el emperador, entre ellos, el de llevar una corona imperial, una capa y túnica púrpura, y en general todas las insignias imperiales o señales de distinción; pero, como Silvestre se negó a poner en su cabeza una corona de oro, el emperador lo invistió con el gorro blanco alto (phrygium) (Vea TIARA). Constantino, el documento continúa, le prestó al Papa el servicio de strator (N.T.: caballerizo), es decir, condujo el caballo sobre el que cabalgaba el Papa. Además, el emperador le obsequia al Papa y a sus sucesores el palacio de Letrán, Roma y las provincias, distritos y pueblos de Italia y todas las regiones occidentales (tam palatium nostrum, ut prelatum est, quamque Romæ urbis et omnes Italiæ seu occidentalium regionum provinicas loca et civitates). El documento continúa diciendo que el emperador ha establecido para sí mismo en Oriente una nueva capital que lleva su nombre, y allá él muda su gobierno, porque es inoportuno que un emperador secular tenga poder donde Dios ha establecido la residencia de la cabeza de la religión cristiana. El documento, concluye con maldiciones contra todos los que se atrevan a violar estas donaciones y con la certidumbre de que el emperador las ha firmado con su propia mano y las ha puesto en la tumba de San Pedro.

Este documento es sin duda una falsificación, inventada en algún lugar entre los años 750 y 850 d.C. Ya para el siglo XV su falsedad era conocida y demostrada. El cardenal Nicolás de Cusa (De Concordantiâ Catholicâ, III, II, en la ed. de Basilea de su Opera, 1565, I) habló de él como de un dictamen apocryphum. Algunos años después (1440) Lorenzo Valla (De falso credita et ementita el Constantini donatione declamatio, Mainz, 1518) probó la falsificación con certeza. Independientemente de sus dos predecesores, Reginald Pecock, obispo de Chichester (1450-57) llegó a una conclusión similar en su obra "The represor of over much Blaming of the Clergy", Rolls Series, II, 351-366. Aun así su autenticidad fue defendida de vez en cuando, y luego se siguió usando el documento como auténtico hasta que Baronio, en su "Annales Ecclesiastici" (ad.an 324), admitió que la "Donatio" era una falsificación, tras lo cual se consideró universalmente como tal.

Está tan claro que es una falsificación que no hay razón para sorprenderse de que, con el reavivamiento de la crítica histórica en el siglo XV, se reconociese al momento el verdadero carácter del documento. El falsificador hizo uso de varias autoridades, que Grauert y otros (vea abajo) han investigado minuciosamente. La introducción y la conclusión del documento son imitaciones de escritos auténticos del periodo imperial, pero también se utilizan fórmulas de otros períodos. En la "Confesión" de fe se explica en detalle la doctrina de la Santísima Trinidad, luego la caída del hombre y la Encarnación de Cristo. Hay también reminiscencias de los decretos del Sínodo Iconoclasta de Constantinopla (754) contra la veneración de imágenes. La narrativa de la conversión y curación del emperador está basada en las apócrifas Actas de Silvestre (Acta o Gesta Sylvestri), sin embargo, todas las particularidades de la narrativa "Donatio" no aparecen en los textos hasta ahora conocidos de esa leyenda. Las distinciones otorgadas al Papa y a los cardenales de la Iglesia Romana, probablemente, el falsificador las inventó y las describió según ciertos ritos contemporáneos y el ceremonial de la corte de los emperadores romanos y bizantinos. El autor también usó las biografías de los Papas del Liber Pontificalis, asimismo las cartas del siglo VIII de los Papas, sobre todo en su detalle de las donaciones imperiales.

La autoría de este documento todavía está envuelta en oscuridad. Ocasionalmente, pero sin razón suficiente, los críticos lo han atribuido al autor de las Falsas Decretales o a algún eclesiástico romano del siglo VIII. Por otro lado, últimamente numerosos investigadores (sobre todo alemanes han estudiado a fondo el tiempo y lugar de su composición, aunque todavía no han llegado a ninguna conclusión segura y universalmente aceptada. Acerca del lugar de la falsificación, Baronio (Annales, ad.an 1081) sostuvo que fue hecho en Oriente y por un griego cismático; de hecho, se encuentra en colecciones canónicas griegas. Alejandro Natalis se opuso a esta interpretación, y ya no es sostenida por ningún historiador reciente. Muchos de los estudiosos críticos recientes del documento localizan su composición en Roma y atribuyen la falsificación a un eclesiástico, y su argumento principal es intrínseco: este falso documento se redactó a favor de los Papas y de la Iglesia Romana, por lo tanto, la propia Roma debe de haber tenido el principal interés en esta falsificación, ejecutada para un propósito tan claramente expresado. Además, las fuentes del documento son principalmente romanas.

Sin embargo, la opinión temprana de Zaccaria y otros de que la falsificación se originó en el Imperio Franco ha sido bastante defendida recientemente y con habilidad por Hergenröther y Grauert (ver abajo). Llaman la atención sobre el hecho que el "Donatio" aparece primero en las colecciones francas, es decir en las Falsas Decretales y en el antedicho manuscrito de San Dionisio; además la cita segura más antigua fue hecha por autores del Imperio Franco en la segunda mitad del siglo IX. Finalmente, este documento nunca se usó en la cancillería papal hasta mediados del siglo XI, ni en general aparece mencionado en fuentes romanas hasta los tiempos de Otón III (983-1002, es decir, en caso de que sea auténtico el famoso "Diploma" de este emperador). El primer uso cierto en Roma fue hecho por Papa San León IX |León IX]] en 1054, y nótese que este Papa fue alemán por nacimiento y educación, no italiano. Los escritores mencionados han evidenciado que el objetivo principal de la falsificación era probar la justicia de la "translatio imperii" a los francos, es decir, el traslado del título imperial en la coronación de Carlomagno en 800; por consiguiente, la falsificación era importante principalmente para el Imperio Franco. Esta opinión es correctamente sostenible contra la opinión de la mayoría de que la falsificación se originó en Roma.

Respecto al momento de su redacción impera una divergencia de opinión aún mayor. Algunos han afirmado (más recientemente Martens, Friedrich y Bayet) que cada una de sus dos partes fueron compuestas en momentos diferentes. Martens sostiene que el autor ejecutó su falsificación a intervalos breves; que la "Constitutum" se originó después del 800 en relación con una carta de Adriano I (778) a Carlomagno en la que el Papa reconocía la posición imperial que el rey franco había conseguido por sus propios esfuerzos y fortuna. Friedrich (vea abajo), al contrario, intenta probar que la "Constitutum" estaba compuesta de dos partes muy distintas. La esencia de la primera parte, llamada "Confessio", apareció entre los años 638 y 653, probablemente 638-641, mientras la segunda, o "Donatio" propiamente, fue escrita durante el pontificado de Esteban II, entre los años 752 y 757, por Paulo, hermano y sucesor del Papa Esteban. Según Bayet la primera parte del documento se redactó en tiempos de Paulo I (757-767); la última parte apareció en, o aproximadamente, el año 774.

En oposición a estas opiniones la mayoría de los historiadores mantienen que el documento fue escrito totalmente y al mismo tiempo por un solo autor. Pero, ¿cuándo fue escrito? Colombier se decide por el pontificado del Papa Conón (686-687), Genelin, por principios del siglo VIII (antes del 728). Pero ninguna de estas opiniones se apoya en razones suficientes, y las dos son ciertamente insostenibles. La mayoría de los investigadores acepta como posible fecha más antigua, el pontificado de Esteban II (752-757), estableciendo así una conexión entre la falsificación y los eventos históricos que llevaron al origen de los Estados de la Iglesia y el Imperio Occidental de los reyes francos. Pero, ¿en qué año del período del antedicho pontificado de Esteban II hasta la recepción del "Constitutum" en la colección de las Falsas Decretales (c. 840-50) se ejecutó la falsificación? Casi todos los estudiosos de esta intrincada cuestión mantienen sus propias y diferentes opiniones. Primero es necesario contestar una pregunta preliminar: ¿Exhibió el Papa Adriano I en su carta del año 778 a Carlomagno (Códice Carolinus, ed. Jaffé Ep. LXI) algún conocimiento de la "Constitutum"? De un pasaje de esta carta (Sicut temporibus beati Silvestri Romani pontificis a sanctæ recordationis piissimo Constantino magno imperatore per eius largitatem sancta Dei Catholica et Apostolica Romana ecclesia elevata et exaltata est et potestatem in his Hesperiæ partibus largiri dignatus, ita et in his vestris felicissimis temporibus atque nostris sancta Dei ecclesia, id est beati Petri apostoli, germinet atque exultet...) varios escritores, por ejemplo Döllinger, Langen, Meyer y otros han concluido que Adriano I era consciente entonces de esta falsificación, por lo que debe haber aparecido antes del 778. Friedrich asume que Adriano I conocía la "Constitutum" a partir de su carta al emperador Constantino VI escrita en 785 (Mansi, Concil. Coll., XII, 1056). La mayoría de los historiadores, sin embargo, se abstienen correctamente de afirmar que Adriano I usó este documento; por lo tanto, el momento de su origen no puede deducirse a partir de sus cartas.

La mayoría de los escritores recientes sobre el documento suponen que el origen de la "Donatio" ocurrió entre 752 y 795. Entre ellos, algunos se deciden por el pontificado de Esteban II (752-757) sobre la hipótesis de que el autor de la falsificación quiso justificar de ese modo los reclamos de este Papa en sus negociaciones con Pipino (Döllinger, Hauck, Friedrich, Böhmer). Otros bajan la fecha de la falsificación al tiempo de Paulo I (757-767), y basan su opinión en los eventos políticos en Italia bajo este Papa, o en el hecho que él sentía una veneración especial por San Silvestre, y que la "Donatio" tuvo especialmente en vista el honor de este santo (Scheffer-Boichorst, Mayer). Otros sitúan su origen en el pontificado de Adriano I (772-795), sobre la hipótesis que este Papa esperaba por ese medio extender la autoridad secular de la Iglesia Romana sobre una gran parte de Italia y crear de esta manera un estado eclesiástico poderoso bajo el gobierno papal (Langen, Loening).

Un grupo más pequeño de escritores, sin embargo, mueve la falsificación a alguna fecha posterior a 800, es decir, después de la coronación de Carlomagno como emperador. Entre éstos, Martens y Weiland asignan el documento a los últimos años del reinado de Carlomagno, o a los primeros de Luis el Piadoso, es decir, en algún momento entre 800 y 840. Argumentan que el propósito principal de la falsificación era otorgar al gobernante occidental el poder imperial, o que el "Constitutum" estaba destinado a indicar lo que el nuevo emperador, como sucesor de Constantino el Grande, podía haber conferido a la Iglesia Romana. También los escritores que buscan al falsificador en el Imperio Franco sostienen que el documento fue escrito en el siglo IX, por ejemplo, especialmente Hergenröther y Grauert. El último opina que el "Constitutum" se originó en el monasterio de San Dionisio, en París, poco antes o aproximadamente al mismo tiempo que las Falsas Decretales, es decir entre 840 y 850.

Estrechamente relacionada con la fecha de la falsificación está la otra pregunta acerca del propósito primario del falsificador de la "Donatio". Aquí, también, existe una gran variedad de opiniones. La mayoría de los escritores que sitúan en la propia Roma el origen de la falsificación sostiene que su intención principal era apoyar los reclamos de los Papas al poder secular en Italia; difieren, sin embargo, acerca del alcance de dichas pretensiones. Según Döllinger la "Constitutum" estaba destinada a ayudar en la creación de una Italia unida bajo el gobierno papal. Otros limitarían las reclamaciones papales a aquellos distritos que Esteban II buscaba obtener de Pipino, o a territorios aislados que, tarde o temprano, los Papas deseaban adquirir. En general, esta clase de historiadores busca relacionar la falsificación con los eventos históricos y los movimientos políticos de esa época en Italia (Mayer, Langen, Friedrich, Loening y otros).

Varios de estos escritores ponen más énfasis en la elevación del papado que en la donación de territorios. Ocasionalmente se sostiene que el falsificador buscó afianzar para el Papa una especie de autoridad secular superior, algo similar a una supremacía imperial en contra del gobierno franco, sólidamente establecido entonces en Italia. Una vez más, algunos de este grupo limitan a Italia la expresión "occidentalium regionum provincias", pero la mayoría entiende que denota todo el antiguo Imperio Occidental. Ésta es la actitud de Weiland para quien el objeto principal de la falsificación es el aumento del poder papal sobre el imperial y el establecimiento de una especie de supremacía imperial del Papa sobre todo Occidente. Por esta razón también él baja la fecha de la "Constitutum" a no más allá del final del reinado de Carlomagno (814). De hecho, sin embargo, en este documento Silvestre obtiene de Constantino el rango imperial y los emblemas de dignidad imperial, aunque no la verdadera supremacía imperial. Por consiguiente, Martens ve en la falsificación un esfuerzo para elevar el papado en general; todas las supuestas prerrogativas del Papa y de eclesiásticos romanos, todos los regalos de propiedad inmueble y derechos de gobierno secular están destinados a promover y confirmar esta elevación, y de todo eso el nuevo emperador Carlomagno habría delineado conclusiones prácticas en su proceder respecto al Papa.

Scheffer-Boichorst sostiene una opinión singular, a saber, que el falsificador intentaba principalmente la glorificación de Silvestre y Constantino, y sólo de manera secundaria, una defensa de las pretensiones papales a las posesiones territoriales. Grauert, para quien el falsificador es un sujeto franco, comparte la opinión de Hergenröther, es decir el falsificador tenía en mente la defensa del nuevo Imperio Occidental contra los ataques bizantinos. Por consiguiente, era muy importante para él establecer la legitimidad del recién fundado imperio, y este propósito era especialmente auxiliado por todo lo que el documento alega respecto a la elevación del Papa. A partir de lo anterior se puede observar que todavía está por pronunciarse la última palabra de la investigación histórica en esta materia. Aún esperan respuesta preguntas importantes acerca de las fuentes de la falsificación, el lugar y momento de su origen y la tendencia del falsificador. Las nuevas investigaciones probablemente prestarán aún mayor atención a la crítica textual, sobre todo de la primera parte o "Confesión" de fe.

Hasta donde la evidencia a mano nos permite juzgar, la falsificada "Constitutum" se conoció primero en el Imperio Franco. El manuscrito en existencia más antiguo, ciertamente del siglo IX, fue escrito en el Imperio Franco. En la segunda mitad de ese siglo tres escritores francos mencionan expresamente el documento. Ado, obispo de Vienne, habla de él en su Crónica (De sex ætatibus mundi, ad an. 306, in P.L., CXXIII, 92); Æneas, obispo de París, se refiere a él en defensa de la primacía romana (Adversus Græcos, c. CCIX, op. cit., CXXI, 758); Hincmar, arzobispo de Reims, menciona la donación de Roma al Papa, por Constantino el Grande según la "Constitutum" (De ordine palatii, c. XIII, op. cit., CXXV, 998). El documento logró más amplia circulación por su incorporación en las Falsas Decretales (840-850, o más específicamente entre 847 y 852; Hinschius, Decretales Pseudo-Isidorianæ, Leipzig, 1863, pág. 249).

El documento no se usó en Roma durante los siglos IX y X, ni siquiera en medio de los conflictos y dificultades de Nicolás I con Constantinopla, cuando podría haber servido como un argumento oportuno para las reclamaciones del Papa. El primer Papa que lo usó en un acto oficial y se basó en él fue León IX; en una carta de 1054 a Miguel Cerulario, patriarca de Constantinopla, él cita la "Donatio" para demostrar que la Santa Sede tenía un imperium tanto terrenal como celestial, el sacerdocio real. De allí en adelante la "Donatio" adquiere más importancia y es usada más frecuentemente como evidencia en los conflictos eclesiásticos y políticos entre el papado y el poder secular. Anselmo de Lucca y el Cardenal Deusdedit lo insertaron en sus colecciones de cánones. Es verdad que Graciano lo excluyó de su "Decretum", pero lo agregó pronto como "Palea".

Los escritores eclesiásticos en defensa del papado durante los conflictos de principios del siglo XII lo citaron como documento autorizado. (Hugo de Fleury, De regiâ potestate et ecclesiasticâ dignitate, II; Plácido de Nonántula, De honore ecclesiæ, c.c.p. LVII, XCI, CLI,; Disputatio vel defensio Paschalis papæ, Honorius Augustodunensis, De summâ gloriæ, c. XVII; cf. Mon. Germen. Hist., Libelli de lite, II, 456, 591, 614, 635; III, 71). San Pedro Damián también se basó en el en sus escritos contra el antipapa Cadalous de Parma (Disceptatio synodalis, in Libelli de lite, I, 88). El propio Gregorio VII nunca citó este documento en su larga lucha por la libertad eclesiástica contra el poder secular. Pero Urbano II lo usó en 1091 para apoyar sus reclamos sobre la Isla de Córcega. Papas posteriores (Papa Inocencio III |Inocencio III]], Gregorio IX, Inocencio IV) dieron por sentada su autoridad (Inocencio III, Sermo de Sancto Silvestro, en P.L., CCXVII, 481 ss.; Raynaldus, Annales, ad an. 1236, n. 24; Potthast, Regesta, no. 11,848), y escritores eclesiásticos a menudo aducen su evidencia a favor del papado. Los adversarios medievales de los Papas, por otro lado, nunca negaron la validez de esta apelación a la pretendida donación de Constantino, sino que trataron de demostrar que las deducciones legales derivadas de ella se basaban en interpretaciones falsas.

Antes del siglo XV nadie dudó de la autenticidad del documento, como ya se dijo. Los griegos lo conocían en la segunda mitad del siglo XII, cuando aparece en la colección de Teodoro Balsamón (1169 ss.); luego, otro canonista griego, Mateo Blastares (aproximadamente 1335), lo admitió en su colección. También aparece en otras obras griegas. Además, fue muy estimado en la Grecia oriental. Es bien conocido que los griegos exigieron para el obispo de la nueva Roma (Constantinopla) los mismos derechos honoríficos que aquellos disfrutados por el obispo de la antigua Roma. Por ahora, en virtud de este documento, reclamaban para el clero bizantino, los privilegios y prerrogativas concedidos al Papa y a los eclesiásticos romanos.

En Occidente, mucho tiempo después que su autenticidad fue disputada en el siglo XV, su validez fue aún defendida por la mayoría de canonistas y juristas que continuaron citándolo como auténtico a través del siglo XVI. Y aunque Baronio e historiadores posteriores reconocieron que es una falsificación, ellos trataron de reunir otras autoridades en defensa de su contenido, especialmente en cuanto a las donaciones imperiales. En tiempos posteriores incluso esto fue abandonado, por lo que ahora toda la "Constitutum", en forma y contenido, es considerada, debidamente y en todo sentido, una falsificación. Vea FALSAS DECRETALES; SILVESTRE I; ESTADOS DE LA IGLESIA; AUTORIDAD CIVIL.


Bibliografía: El texto de la Donatio ha sido impreso a menudo, por ej. en LABBE, Concil., I, 1530; MANSI, Concil. col., II, 603; finalmente por GRAUERT (vea abajo) y ZEUMER en Festgabe für Rudolf von Gneist (Berlin, 1888), 39 ss. Vea HALLER, Die Quellen zur Geschichte der Entstehung des Kirchenstaats (Leipzig y Berlín, 1907) 241-250; CENNI, Monumenta dominationis Pontificiæ (Roma, 1760), I, 306 ss.; cf. Origine della Donazione di Costantino in Civilta Cattolica, ser. V, X, 1864, 303 ss. Los siguientes son no católicos: ZINKEISEN, The Donation of Constantine as applied by the Roman Church en Eng. Hist. Review (1894), IX, 625-32; SCHAFF, Hist. of the Christ. Church (Nueva York, 1905), IV, 270-72; HODGKIN, Italy and Her Invaders (Oxford, 1899), VII, 135 sqq. Vea también COLOMBIER, La Donation de Constantin in Etudes Religieuses (1877), XI, 800 sqq.; BONNEAU, La Donation de Constantin (Lisieux, 1891); BAYET, La fausse Donation de Constantin in Annuaire de la Faculté des lettres de Lyon (París, 1884), II, 12 s.; DÖLLINGER, Papstfabeln des Mittelalters (Munich, 1863), Stuttgart, 1890), 72 sqq.; HERGENRÖTHER, Katholische Kirche und christlicher Staat (Freiburg im Br., 1872), I, 360 ss.; GENELIN, Das Schenkungsversprechen und die Schenkung Pippins (Leipzig, 1880), 36 ss.; MARTENS, Die römische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Stuttgart, 1881), 327 ss.; IDEM, Die falsche Generalkonzession Konstantins des Grossen (Munich, 1889); IDEM, Beleuchtung der neuesten Kontroversen über die römische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Munich, 1898), 151 ss.; GRAUERT Die konstantinische Schenkung in Historisches Jahrbuch (1882), 3 ss. (1883), 45 ss., 674 ss. (1884), 117 ss.; LANGEN, Entstehung und Tendenz der konstantinischen Schenkungsurkunde en Historische Zeitschrift für Kirchenrecht (1889), 137 ss., 185 ss.; BRUNNER, Das Constitutum Constantini in Festgabe für R. von Gneist (Berlin, 1888), 3 ss.; FRIEDRICH, Die konstantinische Schenkung (Nördlingen, 1889); SCHEFFER-BOICHORST, Neuere Forschungen über die konstantinische Schenkung in Mitteilungen des Instituts fürösterr. Geschichtsforsch. (1889), 302 ss. (1890), 128 ss.; LAMPRECHT, Die römische Frage von Konig Pippin bis auf Kaiser Ludwig den Frommen (Leipzig, 1889), 117 ss.; LOENING, Die Entstehung der konstantinischen Schenkungsurkunde in Histor. Zeitschrift (1890), 193 ss.; BÖHMER, Konstantinische Schenkung in Realencyclopadie für prot. Theol. (Leipzig, 1902), XI, 1 ss.

Fuente: Kirsch, Johann Peter. "Donation of Constantine." The Catholic Encyclopedia. Vol. 5, pp. 118-121. New York: Robert Appleton Company, 1909. 14 Jul. 2019 <http://www.newadvent.org/cathen/05118a.htm>.

Traducido por José Luis Anastasio. lmhm