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Martes, 23 de abril de 2024

Órdenes Sagradas

De Enciclopedia Católica

Revisión de 03:50 26 oct 2009 por Luz María Hernández Medina (Discusión | contribuciones) (Página creada con '==Introducción== El orden es la apropiada disposición de las cosas iguales y desiguales, dándoles a cada una su propio lugar ([[Vida de San Agustín de Hipona|San Agustín…')

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Introducción

El orden es la apropiada disposición de las cosas iguales y desiguales, dándoles a cada una su propio lugar (San Agustín, Ciudad de Dios XIX13). Orden primariamente significa una relación. Se usa para designar aquello en que se funda la relación y así generalmente significa rango. (Santo Tomás de Aquino, "Suppl.", Q. XXXIV, a.2, ad 4um). En este sentido se aplicaba al clero y a los laicos. (San Jerónimo, "In Isaiam", XIX, 18; San Gregorio I el Grande, "Moral.", XXXII, xx). Más tarde el significado se restringió a la jerarquía como un todo o a los varios rangos del clero. Tertuliano y algunos escritores primitivos ya habían usado la palabra en ese sentido, pero generalmente con un adjetivo calificativo (Tertuliano, "De exhort. cast.", VII, ordo sacerdotalis, ordo ecclesiasticus; San Gregorio de Tours, "Vit. patr.", X, I, ordo clericorum). Orden se usa para manifestar no sólo el rango particular o estado general del clero, sino también la acción externa por la cual ellos son elevados a ese estado, y así poder ser candidatos a la ordenación. También indica lo que diferencia al laicado del clero o los varios rangos del clero, y así significa poder espiritual. El Sacramento del Orden es el sacramento mediante el cual se confiere la gracia y poder espiritual para desempeñar los oficios eclesiásticos.

Cristo fundó Su Iglesia como una sociedad sobrenatural, el Reino de Dios. En esta sociedad debe haber poder de gobernar; y también los principios por los cuales los miembros conseguirán su fin sobrenatural, es decir, la verdad sobrenatural, que es sustentada por la fe, y la gracia sobrenatural mediante la cual el hombre es formalmente elevado al orden sobrenatural. Así, además del poder de jurisdicción, la Iglesia tiene el poder de enseñar (magisterio) y el poder de conferir la gracia (poder del orden). Este poder del orden se lo confió el Señor a sus apóstoles, quienes continuarían su obra y serían sus representantes terrenales. Los Apóstoles recibieron su poder de Cristo: “como el Padre me envió, también yo los envío.” (Juan 20,21). Cristo poseía la plenitud del poder en virtud de su sacerdocio---de su oficio como Redentor y Mediador. El mereció la gracia que libró al hombre de las ataduras del pecado, cuya gracia es aplicada al hombre mediatamente por el Sacrificio de la Eucaristía e inmediatamente por los sacramentos. El concedió a sus apóstoles el poder de ofrecer el Sacrificio (Lucas 22,19), y dispensar los sacramentos (Mateo 28,18; Jn. 20,22.23); haciéndolos así sacerdotes. Es verdad que cada cristiano recibe la gracia santificante la cual le confiere un sacerdocio. Aun cuando Israel era bajo la antigua dispensa “un reino sacerdotal” (Éxodo 19,4-6), así bajo la nueva, todos los cristianos somos “un sacerdocio real” (1 Ped. 2,9); pero ahora como entonces el sacerdocio especial y sacramental fortalece el sacerdocio universal (cf. 2 Cor. 3,3.6; Rom. 15,16)

Sacramento del Orden

Aprendemos de la Sagrada Escritura que los apóstoles designaron a otros mediante un rito externo (la imposición de manos), confiriéndoles la gracia interior. El hecho de que la gracia sea adscrita inmediatamente al rito externo muestra que Cristo lo debe haber ordenado así. El hecho de que “cheirontonein”, “cheirotonia”, que significa elegir levantando las manos, adquirió el significado técnico de la ordenación por imposición de manos antes de la mitad del siglo III, muestra que la designación a los varios órdenes fue hecho mediante el rito externo. Leemos sobre los diáconos, cómo los apóstoles “oraban, imponiéndoles las manos” (Hch. 6,6). En 2 Timoteo 1,6 San Pablo le recuerda a Timoteo que él fue nombrado obispo por la imposición de manos de San Pablo (cf. 1 Tim. 4,4), y Timoteo es exhortado a nombrar presbíteros mediante el mismo rito (1 Tim. 5,22; cf. Hch. 13,3; 14,22. En Clem., "Hom.", III, LXXII, leemos sobre la designación de Zaqueo como obispo por la imposición de manos de San Pedro. La palabra es usada en su significado técnico por Clemente de Alejandría (Stromata VI.13, 106; cf. "Const. Apost.", II, VIII, 36). "Un sacerdote impone las manos, pero no confiere órdenes" (cheirothetei ou cheirotonei) "Didasc. Syr.", IV; III, 10, 11, 20; Cornelio, "Ad Fabianum" en Eusebio, Hist. Ecl., VI.43.

La gracia fue unida a este signo externo y conferida por él. “Por esto te recomiendo que reavives el carisma de Dios que está en ti por (dia) la imposición de mis manos.” (2 Tim. 1,6). El contexto muestra claramente que aquí hay un asunto de gracia que capacita a Timoteo para desempeñar dignamente el oficio conferido a él, pues San Pablo continúa: “Porque no nos dio el Señor un espíritu de miedo, sino de fortaleza, de caridad y de templanza.” Esta gracia es algo permanente, como demuestran las palabras “que reavives la gracia de Dios que está en ti”; llegamos a la misma conclusión de 1 Tim. 4,14, donde San Pablo dice: “No descuides la gracia que hay en ti, que se te comunicó por intervención profética mediante la imposición de las manos del colegio de presbíteros.” Este texto muestra que cuando San Pablo ordenó a Timoteo, los presbíteros también le impusieron sus manos, según hoy día los presbíteros que ayudan en la ordenación colocan sus manos sobre el candidato. San Pablo aquí exhorta a Timoteo a enseñar y encomendar, y a ser un modelo para todos. Descuidar esto sería descuidar la gracia que está dentro de él. Esta gracia, por lo tanto, lo capacita para enseñar y encomendar, para desempeñar su oficio rectamente. La gracia entonces no es un don carismático, sino un don del Espíritu Santo para el adecuado desempeño de los deberes oficiales. El Sacramento del Orden siempre ha sido reconocido en la Iglesia como tal. Esto es atestiguado por la creencia en un sacerdocio especial (cf. San Juan Crisóstomo, "De sacerdotio"; San Gregorio de Niza, "Oratio in baptism. Christi"), el cual requiere una ordenación especial. San Agustín, hablando sobre el bautismo y el orden, dice: “Cada uno es un sacramento, y cada uno es dado por cierta consagración,… si ambos son sacramentos, lo cual nadie duda, ¿cómo es que uno no se pierde (por defección de la Iglesia) y el otro se pierde?” (Contra. Epist. Parmen., II, 28-30). El Concilio de Trento dice, “Mientras que, por el testimonio de la Escritura, por tradición apostólica y por el consentimiento unánime de los Padres, es claro que la gracia es conferida por la sagrada ordenación, la cual es realizada por las palabras y signos externos, nadie debe dudar que el Orden es verdaderamente y propiamente uno de los Sacramentos de la Santa Iglesia (Sess. XXIII, c. III, can. 3).

Número de Órdenes

El Concilio de Trento (Sess. XXIII, can. 3) define que, además del sacerdocio, hay en la Iglesia otros órdenes, ambos mayores y menores. Aunque nada ha sido definido respecto al total de órdenes, usualmente se dan como siete: sacerdote, diácono, subdiácono, acólito, exorcista, lector y portero. Se considera que el sacerdocio incluye a los obispos; si éste último se cuenta por separado tendremos ocho; y si añadimos primera tonsura, el cual antes era considerado como un orden, tendremos nueve. Nos encontramos con diferentes cantidades en diferentes iglesias y parece ser que han sido influenciadas hasta cierto punto por razones místicas (Martène, "De antiq. eccl. rit.", I, VIII, l, 1; Denzinger, "Rit. orient.", II, 155). La "Statuta ecclesiæ antiqua" enumera nueve órdenes, así, por ejemplo, el autor de "De divin. offic.", 33, y de San Dunstan y los pontificales Jumièges (Martène, I, VIII, 11), este último no cuenta a los obispos y añade al cantor. El Papa Inocencio III, “De sacro alt. Minister.”, I, I, cuenta seis órdenes, así como también el canon irlandés, donde se desconocía a los acólitos. Además del salmista o cantor, a muchos otros funcionarios se le ha reconocido la posesión de órdenes, por ejemplo, “fossarii” (fosotes) cavadores de tumbas, “hernmeneutoe” (intérpretes), “custodes martyrum”, etc. Algunos consideran a éstos como órdenes verdaderos (Morin, "Comm. de sacris eccl. ordin.", III, Ex. 11, 7); pero es más probable que ellos fueran meramente oficios, generalmente realizados por clérigos (Benedicto XIV, "De syn. dioc.", VIII, IX, 7, 8). En occidente hay considerable variedad de tradición en cuanto al número de órdenes. La Iglesia Griega reconoce cinco: obispo, sacerdote, diácono, subdiácono y lector. Este mismo número se halla en San Juan Damasceno (Dial. contra manichæos, III); en la antigua Iglesia griega los acólitos, exorcistas y porteros eran considerados probablemente sólo como oficios (cf. Denzinger, "Rit. orient.", I, 116).

En la Iglesia Latina se hacía distinción entre órdenes mayores y menores. En oriente el subdiaconato se consideraba una orden menor, e incluía tres de las otras órdenes menores (portero, exorcista, acólito). En la Iglesia latina el sacerdocio, diaconato y subdiaconato son órdenes mayores, o sagradas, llamadas así porque ellos tienen inmediata referencia a lo que es consagrado (St. Thom., "Suppl.", Q. XXXVII, a. 3). Los estrictamente llamados órdenes jerárquicos son de origen divino (Conc. Trid., Sess. XXIII, can. 6). Hemos visto que nuestro Señor instituyó un ministerio en las personas de Sus apóstoles, quienes recibieron la plenitud de la autoridad y poder. Uno de los primeros ejercicios de este poder apostólico fue el designar a otros para ayudarlos y sucederlos. Los apóstoles no circunscribieron sus tareas a una Iglesia en particular, sino que, siguiendo el mandato divino de hacer discípulos a todos los hombres, ellos fueron misioneros de la primera generación. En la Sagrada Escritura se menciona a otros que también ejercieron un ministerio itinerante, tales como aquellos que en un sentido amplio son llamados apóstoles (Rom. 16,7), o profetas, maestros y evangelistas (Ef. 4,11). Lado a lado con este ministerio itinerante se hace provisión para el ministerio ordinario nombrando a ministros locales, a quienes pasó completamente los deberes cuando los ministros itinerantes desaparecieron (vea diáconos).

Además de los diáconos se nombró a otros para el ministerio, que son llamados presbyeroi y episkopoi. No hay documentos sobre su institución, pero los nombres aparecen casualmente. Aunque algunos han explicado la designación de los setenta y dos discípulos en Lucas 10 como la institución del presbiterado, generalmente se está de acuerdo que ellos tuvieron un nombramiento temporero. Encontramos presbíteros en la Iglesia Madre de Jerusalén, recibiendo los dones de los hermanos de Antioquía. Ellos aparecen en conexión cercana con los apóstoles, y apóstoles y presbíteros publicaron el decreto que libró a los gentiles conversos de la carga de la legislación de Moisés (Hch. 15,23). En Santiago (5,14-15) ellos aparecen realizando acciones rituales, y de San Pedro aprendemos que ellos son pastores del rebaño (1 Ped. 5,2). Los obispos mantenían una posición de autoridad (Flp. 1; 1 Tim. 3,2; Tito 1,7) y han sido nombrados pastores por el Espíritu Santo (Hch. 20,28). De Hechos 14,23 se deriva que el ministerio de ambos aparecía como local, donde leemos que Pablo y Bernabé designaron presbíteros en las varias Iglesias que fundaron durante su primera jornada misionera. Esto se demuestra también por el hecho de que ellos tenían que apacentar el rebaño, donde fueran designados, los presbíteros tenían que apacentar el rebaño que les ha tocado cuidar (1 Ped. 5,2). Tito fue dejado en Creta para que designara presbíteros en cada ciudad (kata eolin, Tito 1,5; cf. Chrys., "Ad Tit., homil.", II, I).

No podemos argüir por la diferencia de nombres sobre la diferencia en la posición oficial, porque los nombres son hasta cierto punto intercambiables (Hch. 20,17.28; Tito 1,6-7). El Nuevo Testamento no muestra claramente la distinción entre presbíteros y obispos, y debemos examinar su evidencia a la luz de tiempos posteriores. Para fines del siglo II había una tradición universal e incuestionable, que los obispos y su autoridad superior databa desde tiempos apostólicos (v. jerarquía de la Iglesia primitiva). Arroja mucha luz sobre la evidencia en el Nuevo Testamento y encontramos que lo que aparece claramente desde el tiempo de Ignacio puede ser rastreado a través de las epístolas pastorales de San Pablo, hasta el mismo principio de la historia de la Iglesia Madre en Jerusalén, donde Santiago, el hermano del Señor, aparece ocupando la posición de obispo (Hch. 12,17; 15,13; 21,18; Gal. 2,9); Timoteo y Tito poseen autoridad episcopal completa, y fueron siempre así reconocidos en la tradición (cf. Tito 1,5; 1Tim. 5,19.22). No hay duda de que hay mucha obscuridad en el Nuevo Testamento, pero esto responde a muchas razones. Los monumentos de la tradición no nos dan la vida de la Iglesia en su plenitud, y no podemos esperar esta plenitud con respecto de la organización interna de la Iglesia existente en tiempos apostólicos, de las referencias superficiales en los escritos ocasionales del Nuevo Testamento. La posición de los obispos podría ser necesariamente mucho menos prominente que en tiempos posteriores. La autoridad suprema de los apóstoles, el gran número de personas dotadas carismáticamente, el hecho de que varias iglesias eran gobernadas por legados apostólicos quienes ejercían la autoridad bajo la dirección de los apóstoles, parece haber evitado dicha prominencia. La unión entre los obispos y presbíteros era estrecha, y los nombres permanecen intercambiables mucho después que fue comúnmente reconocida la distinción entre presbíteros y obispos, por ejemplo, en San Ireneo, Contra Las Herejías IV.26.2. Por lo tanto, parece ser que ya en el Nuevo Testamento, encontramos, sin duda obscuramente, el mismo ministerio que apareció luego tan claramente.

¿Cuáles de las órdenes son sacramentales?

Todos concuerdan que sólo hay un Sacramento del Orden, es decir, que la totalidad del poder conferido por el sacramento está contenido en el orden supremo, mientras que los otros contienen sólo parte de ello (Santo Tomás, "Supplem.", Q. XXXVII, a. I, ad 2um). El carácter sacramental del sacerdocio nunca ha sido negado por cualquiera que admita el Sacramento del Orden, y, a pesar de que no está explícitamente definido, sigue inmediatamente de los enunciados del Concilio de Trento (Sess. XXIII, can. 2), “Si alguno dice que además del sacerdocio no hay en la Iglesia Católica otros órdenes, ambos mayores y menores, mediante los cuales por ciertos pasos se hace el avance hacia el sacerdocio, sea anatema.” En el cuarto capítulo de la misma sesión, después de declarar que el Sacramento del Orden imprime un carácter “que no puede ser ni borrado ni quitado, el santo sínodo con razón condena la opinión de aquellos que afirmaban que los sacerdotes del Nuevo Testamento tienen sólo un poder temporero”. El sacerdocio es por lo tanto un sacramento.

Con respecto del episcopado, el Concilio de Trento define que los obispos pertenecen a la jerarquía divinamente instituida, que ellos son superiores a los sacerdotes, y que ellos poseen el poder de confirmar y ordenar, lo cual es propio a ellos (Sess. XXIII, c. IV, can. 6, 7). La superioridad de los obispos es abundantemente atestiguada en la Tradición, y hemos visto arriba que la distinción entre sacerdotes y obispos es de origen apostólico. Muchos de los escolásticos más antiguos opinaban que el episcopado no es un sacramento; esta opinión halla defensores hábiles aun ahora (e.g., Billot, "De sacramentis", II), aunque la mayoría de los teólogos mantienen que es verdad que la ordenación de un obispo es un sacramento. En cuanto al carácter sacramental de los otros órdenes vea diáconos, órdenes menores, subdiáconos.

Materia y Forma

Sobre la pregunta de la materia y forma de este sacramento debemos distinguir entre las tres órdenes más altas y el subdiaconato y órdenes menores. Habiendo instituido éste último, la Iglesia también determina su materia y forma. Respecto de lo anterior, la opinión aceptada es que la imposición de manos es la única materia. Esta ha sido usada indudablemente desde el principio, y San Pablo y muchos Padres y concilios le han atribuido a ella, exclusiva y directamente, el conferir la gracia. La Iglesia Latina la usó exclusivamente durante nueve o diez siglos, y la Iglesia griega hasta el día de hoy no conoce otra materia. Muchos teólogos escolásticos han sostenido que la tradición de los instrumentos fue la única materia aun para las órdenes estrictamente jerárquicos, pero esta posición ha sido universalmente abandonada desde hace tiempo. Otros escolásticos sostienen que ambos, la imposición de manos y la tradición de los instrumentos, constituyen la materia del sacramento, esta opinión aún encuentra defensores. Se apela al Decreto del Papa Eugenio IV a los armenios, donde el Papa habló “de la materia y forma accesoria e integradora, que él deseaba que los armenios añadiesen a la imposición de manos en uso por ellos desde hacía tiempo, que ellos pudieran así conformarse al uso de la Iglesia latina, y adherirse a ella más firmemente, mediante la uniformidad en ritos.” (Papa Benedicto XIV, "De syn. dioc.", VIII, x, 8). La verdadera base de esta opinión es el poder de la Iglesia en cuanto al sacramento. Cristo, se argumenta, instituyó el Sacramento del Orden al instituir que en la Iglesia hubiese un rito externo, que por su propia naturaleza signifique y confiera el poder sacerdotal y la gracia correspondiente. Ya que Cristo no ordenó a Sus apóstoles mediante la imposición de manos, parecería que Él legó a la Iglesia el poder de determinar por cuál rito particular se conferirían el poder y la gracia. La determinación de la Iglesia del rito particular sería el cumplimiento de una condición requerida para que la institución divina pueda tener efecto. La Iglesia determinó la simple imposición de manos para oriente y añadió, con el correr del tiempo, la tradición de los instrumentos para occidente---cambiando su lenguaje simbólico de acuerdo a las circunstancias de tiempo y lugar requeridas.

El asunto de la forma del sacramento depende naturalmente de aquella de la materia. Si la tradición de los instrumentos es tomada como la material total o parcial, las palabras que la acompañan deben ser consideradas la forma. Si la simple imposición de manos es considerada como la única materia, las palabras que le pertenecen son la forma. La forma que acompaña a la imposición de manos contiene las palabras "Accipe spiritum sanctum", las cuales en la ordenación de sacerdotes, sin embargo, se hallan en la segunda imposición de manos, hacia el final de la Misa, pero estas palabras no se hallan en los rituales antiguos ni en el eucologio griego. Así la forma no está contenida en estas palabras, sino en las largas oraciones que acompañan la anterior imposición de manos, substancialmente la misma desde el principio. Todo lo dicho sobre materia y forma es especulativo; en la práctica, se debe seguir lo que haya sido prescrito por la Iglesia, y la Iglesia en esto, al igual que en los otros sacramentos, insiste que cualquier cosa omitida debe ser suplida.