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Martes, 19 de marzo de 2024

Pecado

De Enciclopedia Católica

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Pecado original
El tema será tratado bajo los siguientes títulos:

Naturaleza del Pecado

Los demonios reclamando a los pecadores. Ate gótico
Dado que el pecado es un mal moral, es necesario en primer lugar determinar qué entendemos por mal y particularmente por mal moral. El Mal, es definido por Santo Tomás (De malo, 2:2) como una privación de forma u orden o de medida debida. En el orden físico, una cosa es buena en la proporción que posee entidad. Solo Dios es esencialmente ser y Solo El es bien esencial y perfecto.
Los 7 pecados capitales. Jerómimo Bosch
Todo lo demás posee entidad pero limitada y, en la medida que posee entidad, es bueno. Cuando tiene su debida proporción de forma, orden y medida es, en su propio orden y grado, bueno (ver BIEN).
Pecado de ira, según Brueguel
El Mal implica una deficiencia en la perfección, por lo tanto, no puede existir en Dios, quien es esencialmente y por naturaleza, bueno; sólo se encuentra en seres finitos los cuales, debido a sus orígenes de la nada, son sujetos a la privación de forma u orden o debida medida y, por la oposición que encuentran, son sujetos a un aumento o disminución de la perfección que tienen: "en sentido amplio, el mal puede ser descrito como la suma de oposición, la cual la experiencia demuestra que existe en el universo, en los deseos y necesidades de los individuos; por consiguiente surgen, entre los seres humanos al menos, el sufrimiento el cual abunda en la vida” (ver MAL).
Pecado de pereza según Brueguel
De acuerdo a la naturaleza de la perfección con la cual limita, el mal es metafísico, físico o moral. El mal metafísico no es mal propiamente tal; no es sino la negación de un bien superior, o la limitación de los seres finitos por otros seres finitos. El mal físico priva al sujeto afectado de algún bien natural y es adverso al bienestar del sujeto, como dolor y sufrimiento.
Pecado de avaricia según, Brueguel
El mal moral sólo se encuentra en los seres inteligentes; los priva de algún bien moral. Aquí trataremos solamente con el mal moral. Este puede ser definido como una privación de conformidad con la recta razón a la ley de Dios. Dado que la moralidad de un acto humano consiste en su concordancia o no concordancia a la recta razón y a la ley eterna, un acto es bueno o malo en el orden moral de acuerdo a si involucra esta concordancia o no concordancia. Cuando la creatura inteligente, conociendo a Dios y Su ley, deliberadamente rehúsa obedecerla, resulta el mal moral.
Pecado de lujuria, según Brueguel
El pecado no es mas que un acto moralmente malo (Santo Tomás, “De Malo”, 8:3) un acto en discordia con la razón informada por la ley Divina. Dios nos ha dotado de razón y libre voluntad, y un sentido de responsabilidad; Nos ha hecho sujetos de Su ley, la cual es dada a conocer a nosotros por los dictados de la conciencia, y nuestros actos deben conformarse a estos dictados, de lo contrario, pecamos (Rom. 14.23). En todo acto pecador, deben considerarse dos cosas, la sustancia del acto y el deseo de rectificación o conformidad (Santo Tomás, I-II: 72:1) El acto es algo positivo. El pecador intenta aquí y ahora actuar de determinada forma, desmedidamente eligiendo ese particular bien desafiando la ley de Dios y los dictados de la recta razón.
Pecado de soberbia, según Brueguel
La deformidad no es directamente intencionada como tampoco está involucrada en el acto al parecer y en la medida que éste es físico, pero si en cuanto el acto procede de la voluntad que tiene el poder sobre sus actos y es capaz de escoger este o aquel bien particular contenido dentro de la visión de su objeto adecuado, es decir, el bien universal (Santo Tomás, “De Malo”, Q3, a.2, ad2um). Dios, como primera causa de toda la realidad, es la causa del acto físico como tal, la libre voluntad de la deformidad (Santo Tomás I-II:84:2; "De malo", 3:2). El acto malo considerado adecuadamente tiene por sus causas, la libre voluntad eligiendo defectuosamente un bien mutable en lugar de un bien eterno, Dios, y por lo tanto, desviándose de su verdadero destino último.
La vanidad del excesivo ornato personal, según Brueguel
En todo pecado se encuentra una privación del debido orden o conformidad a la ley moral, pero el pecado no es una pura o total privación de todo bien moral (Santo Tomás, “De Malo”, 2:9; I-II: 73:2). Hay una privación en dos sentidos; una, total que no deja nada de su opuesto, como por ejemplo, la oscuridad que no deja nada de luz; otra, no total, que deja algo del bien del cual se opone como por ejemplo, la enfermedad que no destruye totalmente las aún equilibradas funciones del cuerpo necesarias para la salud. Una privación pura o total privación de bien puede ocurrir en un acto moral sólo bajo el supuesto que la voluntad puede inclinarse al mal como tal, así como por un objeto. Esto es imposible porque el mal como tal no está contenido dentro del punto de vista de un objeto adecuado de la voluntad, la cual es buena. La intención del pecador termina en algún objeto en el cual hay una participación de la bondad de Dios, y este objeto está directamente encaminado por El. La privación del debido orden, o la deformidad, no está directamente propuesta, aunque es aceptada al punto que los deseos del pecador tienden a un objeto en el cual este deseo de conformidad está involucrado, de manera que el pecado no es una pura privación, sino un acto humano carente de su debida rectitud. Del defecto emerge el mal del acto, del hecho, que es voluntario, su imputabilidad.
Persistencia del demonio

División del Pecado

El infierno espera al pecador que no se arrepiente
En relación al principio por el cual procede el pecado, éste puede ser original o actual. La voluntad de Adán, como cabeza de la raza humana para la conservación o pérdida de la justicia original es la causa y fuente del pecado original. El pecado actual es cometido por un acto personal libre de la voluntad del individuo. Se divide en pecados de comisión y de omisión. Un pecado de comisión es un acto positivo contrario a algunos preceptos prohibitivos; un pecado de omisión es una falta de hacer lo que ha sido ordenado, o al menos desear algo incompatible con su cumplimiento (I-II:72:5) En cuanto a su malicia, los pecados se distinguen en pecados de ignorancia, pasión o dolencia, y malicia; en cuanto a las actividades que involucran, en pecados del pensamiento, palabra o hecho (cordis, oris, operis); en cuanto su gravedad, en mortales o veniales. Esta última división es, sin dudas, la más importante de todas y requiere un tratamiento especial. Aunque, previo a entrar en los detalles, resulta útil mostrar algunas distinciones posteriores que ocurren en teología así como en el uso general.

PECADO MATERIAL Y FORMAL:

Esta distinción está basada en la diferencia entre los elementos objetivos (el objeto en sí mismo, circunstancias) y los subjetivos (advertencia del pecado en el acto). Una acción que, de hecho, es contraria a la ley Divina pero no es conocida como tal por el agente, constituye un pecado material; mientras que el pecado formal es cometido cuando el agente libremente trasgrede la ley tal como se lo ha mostrado su conciencia, ya sea que tal ley realmente exista o si sólo se cree que existe por aquel que actúa. Por lo tanto, una persona que toma algo ajeno mientras piensa que es suyo, comete un pecado material; pero el pecado sería formal si toma lo ajeno en la creencia que pertenece al prójimo, sea ésta su creencia correcta o no.

PECADOS INTERNOS

Pecado que puede ser cometido no solo por actos externos sino también por la actividad interna de la mente fuera de cualquier manifestación externa, son simplemente los preceptos del Decálogo: “ No codiciarás los bienes ajenos” y del reproche de Cristo a los escribas y fariseos a quienes asemejó como “sepulcros blanqueados...llenos de inmundicia” (Mateo 23:27). De ahí que, el Concilio de Trento (Sess. XIV, c.v), al declarar que todos los pecados mortales deben ser confesados, hace especial mención a aquellos que son más secretos y que violan sólo los últimos dos preceptos del Decálogo, sumando que ellos “a veces hieren más gravemente el alma y son más peligrosos que los pecados cometidos abiertamente”. Usualmente, podemos distinguir tres tipos de pecados internos:

· delectatio morosa, i.e. el placer logrado en un pensamiento pecaminoso o imaginación incluso sin desearlo; · gaudium, i.e. vivir complacido con pecados ya cometidos; y · desiderium, i.e. el deseo por aquello que es pecaminoso.

Un deseo efficacious ej. Uno que incluya la intención deliberada de realizar o satisfacer el deseo, tiene la misma malicia, mortal o venial, como la acción que tiene en vista. Un deseo inefficacious es aquel que conlleva una condición de tal forma que la voluntad está preparada para realizar la acción en caso que la condición se verificara. Cuando la condición es tal que elimina todo pecado de la acción, el deseo no involucra pecado. Ej. Con gusto comería carne los Viernes si tuviera la dispensa; y en general este es el caso ya sea que la acción sea prohibida sólo por ley positiva.

Cuando la acción es contraria a la ley natural y sin embargo dadas las circunstancias permitida, o en un estado particular de la vida, el deseo, si incluye aquellas circunstancia o ese estado como condiciones, no es pecado en sí mismo. Ej. Yo mataría así o asa si tuviera que hacerlo en defensa propia. Usualmente, sin embargo, tales deseos son peligrosos y por lo tanto ameritan reprimirlos. Si, por otro lado, la condición no elimina el pecado de la acción, el deseo es también pecaminoso. Este es claramente el caso donde la acción es intrínsecamente y absolutamente mala, ej. Blasfemia: uno no podría sin cometer pecado, tener el deseo – Blasfemaría contra Dios si no fuera malo; la condición es un imposible y por lo tanto, no afecta al deseo mismo. El placer tomado de un pensamiento pecaminoso (delectatio, gaudium) es, en términos generales, un pecado del mismo tipo y gravedad como la acción de la que es pensamiento. Sin embargo, mucho depende de los motivos por los cuales uno piensa en acciones pecadoras. El placer, por ejemplo, que se puede experimentar al estudiar la naturaleza de un asesinato o de cualquier otro crimen, en lograr ideas claras sobre el caso, trazando sus causas, determinando culpabilidad, etc, no es un pecado; por el contrario, a menudo es tanto útil como necesario. El caso es por su puesto distinto cuando el placer significa gratificación por el objeto pecaminoso o la acción en sí misma. Y, es evidentemente un pecado cuando uno se jacta de sus proezas malvadas y aún más por el escándalo otorgado.

PECADOS CAPITALES O VICIOS

De acuerdo a Santo Tomás (II-II:153:4) “un vicio capital es aquel que tiene un fin excesivamente deseable de manera tal que en su deseo, un hombre comete muchos pecados todos los cuales se dice son originados en aquel vicio como su fuente principal”. Entonces, no es la gravedad del vicio en sí mismo que lo torna en capital sino el hecho que da origen a muchos otros pecados. Estos son enumerados por Santo Tomás (I-II:84:4) como vanagloria (orgullo), avaricia, glotonería, lujuria, pereza, envidia, ira. San Buenaventura (Brevil., III,ix) enumera los mismos. Escritores anteriores habían distinguido 8 pecados capitales: Así también San Cipriano (De mort., iv); Cassian (De instit. cænob., v, coll. 5, de octo principalibus vitiis); Columbanus ("Instr. de octo vitiis princip." in "Bibl. max. vet. patr.", XII, 23); Alcuin (De virtut. et vitiis, xxvii y sgtes.) El número siete, sin embargo, fue dado por San Gregorio el Grande (Lib. mor. in Job. XXXI, xvii), y se mantuvo por la mayoría de los teólogos de la Edad Media.

Es necesario hacer notar que “pecado” no se predica unívocamente de todos los tipos de pecado. “La división de pecados en veniales y mortales no es una división de género y especies que participan igualmente de la naturaleza del género, sino la división de un análogo en cosas de las cuales se predica primera y secundariamente”. (St. Thomas, I-II:138:1, ad 1um). “Pecado, no se predica unívocamente de todos los tipos, sino primariamente como pecado actual mortal...y por lo tanto no es necesario que la definición de pecado en general deba verificarse excepto en aquel pecado en el cual se encuentra perfectamente, la naturaleza del género. La definición de pecado puede ser verificado en otros pecados en cierto sentido” (Santo Tomás, II, d. 33, Q. i, a. 2, ad 2um). El pecado actual consiste principalmente en un acto voluntario repugnante al orden de la recta razón. El acto pasa, pero el alma del pecador se mantiene manchada, privada de gracia, en estado de pecado, hasta que el desorden se haya restaurado por penitencia. Este estado es llamado pecado habitual, maccula peccati, reatus culpae (I-II:87:6). La división del pecado en original y actual, mortal y venial no es una división de género y especies porque el pecado no tiene la misma significación cuando se aplica al pecado original y personal, moral y venial. El pecado mortal nos desgarra completamente de nuestro verdadero destino final; el pecado venial sólo nos impide en sus logros. El pecado actual personal es voluntario por un acto propio de la voluntad. El pecado original es voluntario no por un acto personal voluntario nuestro, sino por un acto de la voluntad de Adán. El pecado original y actual se distinguen por la forma bajo la cual son voluntarios (ex parte actus); el pecado mortal y venial por la forma bajo la cual afecta nuestra relación con Dios (ex parte deordinationis). Siendo que un acto voluntario y sus desórdenes son la esencia del pecado, es imposible que el pecado pueda ser un término genérico respecto al pecado original y actual, mortal y venial. La verdadera naturaleza del pecado se encuentra perfectamente sólo en un pecado personal mortal, en otros pecados imperfectamente, de manera que el pecado se predica principalmente del pecado actual y sólo secundariamente de los otros. Por lo tanto, debemos considerar: primero, el pecado personal mortal; segundo, el pecado venial.

Pecado Mortal

El pecado mortal es definido por San Agustín (Contra Faustum, XXII, xxvii) as "Dictum vel 2factum vel concupitum contra legem æternam", ejemplo, algo dicho, hecho o deseado contrario a la ley eterna, o pensamiento, palabra o acto contrario a la ley eterna. Esta es una definición de pecado en tanto acto voluntario. En tanto defecto o privación, debería ser definido como una aversión a Dios, nuestro verdadero destino final, en razón de una preferencia dada a algún bien mutable. La definición de San Agustín es aceptada generalmente por los teólogos como principalmente una definición del pecado actual mortal. Explica muy bien los elementos materiales y formales del pecado. Las palabras "dictum vel factum vel concupitum” muestra el elemento material del pecado, el acto humano: "contra legem æternam", el elemento formal. El acto es malo porque transgrede la ley Divina. San Ambrosio (De paradiso, viii) define el pecado como una “prevaricación (dolo*) de la ley Divina”.

La definición de San Agustín, estrictamente considerada, es decir el pecado como un impedimento a nuestro verdadero fin último, no comprende el pecado venial, sino en tanto que el pecado venial es, de alguna manera, contrario a la ley divina, aunque no es impedimento de nuestro fin último, se puede decir que está incluido en la definición tal como está. Mientras que en primer lugar una definición de pecados de comisión, los pecados de omisión pueden estar incluidos en la definición porque ellos presuponen algún acto positivo (Santo Tomás, I-II:71:5) y la negación y la afirmación se reducen al mismo género. Los pecados que violan la ley humana o la ley natural también están incluidos, por cuanto lo que es contrario a la ley humana o natural, es también contrario a la ley Divina, en tanto cada ley humana justa se deriva de la ley Divina y no lo es, sino estando en conformidad con la ley Divina.

DESCRIPCIÓN BÍBLICA DE PECADO

En el Antiguo Testamento, el pecado es establecido como un acto de desobediencia (Gen., ii, 16-17; iii, 11; Is., i, 2-4; Jer., ii, 32); como un insulto a Dios (Num., xxvii, 14); como algo detestado y castigado por Dios (Gen., iii, 14-19; Gen., iv, 9-16); como injurioso al pecador (Tob., xii, 10); como algo expiable por penitencia (Ps. 1, 19). En el nuevo Testamento, es claramente enseñado en San Pablo que el pecado es una trasgresión de la ley (Rom., ii, 23; v, 12-20); una esclavitud de la cual somos liberados por la gracia (Rom., vi, 16-18); una desobediencia (Heb., ii, 2) castigada por Dios (Heb., x, 26-31). San Juan describe el pecado como una ofensa a Dios, un desorden de la voluntad (Juan, xii, 43), una iniquidad (I Juan, iii, 4-10).

Cristo, en muchas de Sus declaraciones enseña la naturaleza y extensión del pecado. El vino a promulgar una nueva ley mas perfecta que la antigua, que se pudo extender a ordenar no solo los actos externos sino internos a un grado desconocido anteriormente y, en Su Sermón de la Montaña condena como pecadores muchos actos que eran juzgados como honestos y correctos por los doctores y maestros de la Antigua Ley. Denuncia de modo especial la hipocresía y el escándalo, la infidelidad y el pecado contra el Espíritu Santo. El enseña en particular, que los pecados vienen del corazón (Mat., xv, 19-20).

SISTEMAS QUE NIEGAN EL PECADO O DISTORSIONAN SU VERDADERA NOCIÓN

Todos los sistemas, religiosos o éticos, ya sea que niegan, por un lado, la existencia de un creador personal y legislador distinto y superior a su creación, o por otro lado, la existencia de la voluntad libre y la responsabilidad en el hombre, distorsionan o destruyen la verdadera noción bíblica-teológica del pecado. En los comienzos de la era Cristiana, los Gnósticos, aunque sus doctrinas variaban en sus detalles, negaban la existencia de un creador personal. La idea del pecado en el sentido católico no estaba contenida en su sistema. Para ellos, no hay pecado, salvo el pecado de ignorancia que no necesita expiación; Jesús no es Dios (Ver GNOSTICISMO). El maniqueísmo con sus dos principios eternos, bien y mal, en guerra perpetua entre ellos, es también destructivo de la verdadera noción de pecado. Todo mal, y consecuentemente todo pecado, viene del principio de mal. El concepto Cristiano de Dios como dador de ley se destruye. El pecado no es un acto voluntario conciente de desobediencia a la voluntad Divina. Los sistemas panteístas que niegan la distinción entre Dios y Sus creaturas, hacen que el pecado sea imposible. Si el hombre y Dios son uno, el hombre no es responsable de ninguno de sus actos, donde la moralidad es destruida. Si él es su propia regla de acción, no se puede desviar del bien como enseña Santo Tomás (I:63:1). La identificación de Dios y el mundo por el Panteísmo (q.v.) no da lugar al pecado.

Debe haber alguna ley donde el hombre es sujeto, superior y distinto de él, la cual puede ser obedecida y trasgredida, donde el pecado puede entrar dentro de sus actos. Esta ley debe ser mandato de un superior, porque las nociones de superioridad y sujeto son correlativas. Este superior solo puede ser Dios, quien es el único autor y señor del hombre. El Materialismo, negando como lo hace la espiritualidad y la inmortalidad del alma, la existencia de absolutamente ningún espíritu, y consecuentemente de Dios, no admite el pecado. No hay voluntad libre, todo está determinado por las inflexibles leyes del movimiento. La “Virtud” y el “vicio” son calificaciones de actos, sin sentido. El Positivismo coloca el fin último del hombre en algún bien sensible. Su ley suprema de acción es buscar el máximo de placer. El Egotismo o el altruismo es la norma suprema y criterio de los sistemas Positivistas, y no la ley eterna de Dios como revelada por El y dictada por conciencia. Para los materialistas evolucionistas, el hombre no es sino un animal altamente desarrollado, y la conciencia, un producto de la evolución. La Evolución ha revolucionado la moralidad y ya no existe el pecado.

Kant en su “Crítica a la Razón Pura”, habiendo rechazado todas las nociones esenciales de la verdadera moralidad, es decir, libertad, el alma, Dios y una vida futura, intentó en su “Crítica de la Razón Práctica” reestablecerlas en la medida que eran necesarias para la moralidad. La razón práctica, nos dice, nos impone una idea de ley y deber. El principio fundamental de la moralidad de Kant es “el deber por el bien del deber”, no Dios ni Su ley. El deber no puede ser concebido en sí mismo como una cosa independiente. Trae consigo ciertos postulados, el primero de los cuales es la libertad. En su doctrina, el hombre, en virtud de su razón práctica “Yo debo, luego yo puedo” tiene conciencia de la obligación moral (imperativo categórico). Esta conciencia supone tres cosas: libre voluntad, inmortalidad del alma, y la existencia de Dios, de otro modo el hombre no sería capaz de cumplir sus obligaciones, no podría haber suficiente sanción por la ley Divina, ningún premio o castigo en la vida futura. El sistema moral kantiano se maneja entre oscuridades y contradicciones y es destructivo de muchas de las enseñanzas de Cristo. La dignidad personal es la regla suprema de las acciones del hombre. La noción de pecado como oposición a Dios, es suprimida. De acuerdo a las enseñanzas del materialismo Monista hoy en día tan diseminado, no hay ni puede haber voluntad libre. De acuerdo a esta doctrina solo existe un cosa y que produce todos los fenómenos, incluido el pensamiento; no somos sino muñecos en sus manos, llevados de aquí para allá a su voluntad y finalmente llevados a la nada. En tal sistema, no hay lugar para el bien y el mal, una libre observancia o una trasgresión voluntaria de la ley. El pecado en su sentido verdadero, es imposible. Sin ley y libertad y un Dios personal no hay pecado.

Que Dios existe y puede ser conocido por Sus creaciones visibles, que El ha revelado sus decretos de Su eterna voluntad al hombre y es distinto de Sus creaturas (Denzinger-Bannwart, "Enchiridion", nn. 178 2, 1785, 1701), son materias de fe y enseñanzas Católicas. El hombre es un ser creado dotado de libre voluntad (ibid., 793), hecho el cual, puede ser probado en las Escrituras y en razón del pecado de Adán quien ha perdido su inocencia primitiva, y mientras la voluntad libre permanece, sus poderes han sido disminuidos. (Ver PECADO ORIGINAL)

ERRORES PROTESTANTES

Lutero y Calvino muestran como su error fundamental que propiamente hablando no queda voluntad libre en el hombre luego de la caída de nuestros primeros padres; que el cumplimiento de los preceptos de Dios es imposible aún con la asistencia de la gracia, y que el hombre peca en todos sus acciones. La Gracia no es un don interno, sino algo externo.

A algunos no se les imputa pecado, porque están cubiertos con el velo del mérito de Cristo. La sola fé salva y no hay necesidad de buenas obras. En la doctrina de Lutero, el pecado no puede ser una trasgresión deliberada de la Ley Divina. Jansenio en sus “Agustinos” enseñó que, de acuerdo a los poderes presentes en el hombre, algunos preceptos de Dios son imposibles de cumplir incluso para el justo que se esfuerza por cumplirlos, y luego enseña que la gracia por medio de la cual es posible el cumplimiento es deseada incluso por el justo. Su error fundamental consiste en enseñar que la voluntad no es libre sino que está guiada necesariamente ya sea por la concupiscencia o la gracia. La libertad interna no es necesaria para el mérito o demérito. Basta la Libertad de coerción. Cristo no murió por todos los hombres. Baio enseñaba una doctrina semi luterana. La libertad no está enteramente destruida, sino que tan debilitada que sin la gracia no puede sino pecar. La verdadera libertad no se requiere para pecar. Un acto malo cometido involuntariamente vuelve al hombre responsable (proposiciones 50-51 en Denzinger-Bannwart, "Enchiridion", nn. 1050-1). Todos los actos hechos sin caridad son pecados mortales y merecen la condenación porque proceden de la concupiscencia. Esta doctrina niega que el pecado sea una trasgresión voluntaria de la Ley Divina. Si el hombre no es libre, los preceptos no tienen ningún sentido en la medida que a él le corresponda.

EL PECADO FILOSÓFICO

Aquellos que construyen un sistema moral independiente de Dios y Su Ley, distinguen entre el pecado teológico y el pecado filosófico. El pecado filosófico es un acto moralmente malo que viola el orden natural de la razón y no la Ley Divina. El pecado teológico es una trasgresión a la ley eterna. Aquellos que tienen tendencias ateas y sostienen esta distinción, ya sea que niegan la existencia de Dios o mantienen que El no ejecuta providencia alguna en relación a los actos humanos. Esta posición es destructiva del pecado en su sentido teológico, en tanto Dios y Su Ley, premio y castigo, son hechos fuera de Él. Aquellos que admiten la existencia de Dios, Su Ley, la libertad humana y la responsabilidad, y aún así afirman una distinción entre el pecado filosófico y el teológico, mantienen que en el orden presente de la providencia de Dios son actos moralmente malos, los cuales, mientras violan el orden de la razón, no ofenden a Dios en tanto que el pecador puede ser ignorante de la existencia de Dios o no pensar actualmente en El y en Su Ley cuando actúa. Sin el conocimiento de Dios o consideración de El, es imposible ofenderlo. Esta doctrina fue censurada como escandalosa, temeraria y errónea por Alejandro VIII (24 de Agosto de 1690) y la siguiente proposición, fue condenada: “El pecado filosófico o moral es un acto humano en desacuerdo con la naturaleza racional y la recta razón, el pecado teológico y mortal es una trasgresión libre a la ley Divina. Por muy doloroso que parezca el pecado filosófico en alguien ya sea ignorante de Dios o no está actualmente pensando en Dios, es un pecado sin duda penoso, pero no es una ofensa a Dios, tampoco un pecado mortal que disuelve la amistad con Dios, ni tampoco merecedor del castigo eterno”. (Denzinger-Bannwart, 1290).

Esta proposición fué condenada porque no hace una distinción entre la ignorancia vencible y la invencible, más aún, supone la ignorancia invencible como suficientemente común, en vez de solo metafísicamente posible y porque en la dispensa presente de la providencia de Dios se nos enseñó claramente en las Escrituras que Dios castigará todo mal que venga de la libre voluntad del hombre. (Romanos ii, 5-11). No hay acto moralmente malo que no incluya una trasgresión a la ley Divina. Desde el hecho que una acción es concebida como moralmente mala, es concebida como prohibida. Una prohibición es ininteligible sin la noción de alguien prohibiendo. Quien prohíbe en este caso y liga la conciencia del hombre solo puede ser Dios, Quien es el único que tiene el poder sobre la voluntad libre del hombre y sus acciones, de manera que del hecho que cualquier acto sea percibido como moralmente malo y prohibido por conciencia, Dios y Su ley son percibidos, al menos confusamente, y una trasgresión voluntaria al dictado de la conciencia es necesariamente también una trasgresión a la ley de Dios. Cardenal de Lugo (De incarnat., disp. 5, lect. 3) admite la posibilidad del pecado filosófico en aquellos que son inculpablemente ignorantes de Dios, aunque el sostiene que actualmente no ocurre, porque en el orden presente de la providencia de Dios no puede haber ignorancia invencible de Dios y su Ley. Esta enseñanza no cae necesariamente dentro de la condena de Alejandro VIII, aunque es comúnmente rechazada por teólogos por que un dictado de conciencia necesariamente involucra un conocimiento de la ley Divina como un principio moral.

CONDICIONES DE PECADO MORTAL: CONOCIMIENTO, LIBRE ALBEDRÍO, MATERIA GRAVE

Contrario a la enseñanza de Baio (prop. 46, Denzinger-Bannwart, 1046) y a los Reformistas, un pecado debe ser un acto voluntario. Aquellas acciones en sí mismas son llamadas propiamente humanas o acciones morales las cuales proceden de la voluntad humana actuando deliberadamente con conocimiento del fin por el cual se actúa. El hombre difiere de toda creatura irracional precisamente que el es dueño de sus acciones en virtud de su razón y voluntad libre. (I-II:1:1). Siendo que el pecado es un acto humano defectuoso de la debida rectitud, debe tener en tanto es un acto humano, los constituyentes esenciales de un acto humano. El intelecto debe percibir y juzgar la moralidad del acto y la voluntad libremente elegir. Para que haya un pecado deliberadamente mortal debe haber advertencia total de parte del intelecto y consentimiento total de parte de la voluntad en una materia grave. Una trasgresión involuntaria de la ley incluso en una materia grave, no es formalmente, sino un pecado material. La gravedad de la materia es juzgada por las Enseñanzas en las Escrituras, las definiciones de concilios y papas, y también de la razón. Aquellos pecados juzgados como mortales son los que contienen en sí mismos algún desorden grave en relación a Dios, nuestro prójimo, nosotros mismos o a la sociedad. Algunos pecados no admiten liviandad material, como por ejemplo, la blasfemia, odio de Dios; son siempre mortales (ex toto genere suo), a no ser que se vuelva venial por necesidad de total advertencia por parte del intelecto o consentimiento total por parte de la voluntad. Otros pecados admiten materia liviana; son pecados graves (ex genere suo) en tanto su materia en sí misma es suficiente para constituirse en pecado grave sin la suma de ninguna otra materia, aunque es de tal naturaleza que, en un caso dado, debido a su pequeñez, el pecado puede ser venial, por ejemplo, el hurto.

IMPUTABILIDAD

Para que el acto del pecador pueda serle imputado no es necesario que el objeto en el cual termina y especifica el acto, esté directamente querido como fin o medio. Es suficiente que sea querido indirectamente o en su causa, es decir, si el pecador prevee, al menos confusamente, qué se seguirá del acto el cual libremente realiza o de la omisión de un acto. Cuando la causa produce un efecto doble, uno de los cuales es directamente querido, y el otro indirectamente, el efecto que se sigue indirectamente es moralmente imputable al pecador cuando se verifican estas tres condiciones:

· Primero, el pecador debe preveer al menos confusamente los efectos malos que se siguen de aquello que causa, · Segundo, debe ser capaz de abstenerse de ser causa; · Tercero, debe estar bajo la obligación de prevenir el efecto malo.

El error y la ignorancia en relación al objeto o circunstancias del acto causado, afectan el juicio del intelecto y consecuentemente, la moralidad e imputabilidad del acto. La ignorancia invencible excusa totalmente de pecado.

La ignorancia vencible no excusa aunque hace al acto menos libre (ver IGNORANCIA). Las pasiones, mientras ellas perturban el juicio del intelecto, afectan más directamente a la voluntad. La pasión antecedente aumenta la intensidad del acto, el objeto es más intensamente deseado, aunque menos libremente, y la perturbación causada por la pasión puede ser tan grande al punto de hacer del juicio libre un imposible, dejando al agente, por el momento, fuera de sí (I-II:6:7 al 3um.) La pasión consecuente, la cual surge del comando de la voluntad, no disminuye la libertad, sino que mas bien es un signo de un intenso acto volitivo. El miedo, la violencia, la herencia, los estados temperamentales y patológicos, en tanto afectan la volición libre, afectan la malicia e imputabilidad de pecado. De la condenación de los errores de Baio y Jansenio (Denz-Bann, 1046, 1066, 1094, 1291-2) queda claro que para que haya pecado actual y personal son necesarios y se requieren el conocimiento de la ley y un acto personal voluntario y libre de coerción. Ningún pecado mortal es cometido bajo estado de ignorancia invencible o en un estado de media conciencia. No se requiere la advertencia actual de lo pecaminoso de un acto, basta la advertencia virtual. No es necesario que esté presente la explícita intención de ofender a Dios y romper su Ley, basta el total y libre consentimiento de la voluntad a un acto malo.

MALICIA

La verdadera malicia del pecado mortal consiste en la trasgresión conciente y voluntaria de la ley eterna e implica un desprecio de la voluntad Divina, un total alejamiento de Dios, nuestro verdadero fin último y la preferencia por algo creado a lo cual nos subyugamos. Es una ofensa ofrecida a Dios, y una injuria a El; no en el sentido que afecta ningún cambio en Dios, quien es inmutable por naturaleza, sino que el pecado a través de su acto, priva a Dios de la reverencia y honor que se le debe: no es una falta de malicia de parte del pecador sino la inmutabilidad de Dios que lo previene a El del sufrimiento. Como una ofensa ofrecida a Dios, el pecado mortal es, de alguna manera infinito en su malicia, en tanto es dirigido contra un ser infinito, y la gravedad de la ofensa es medida por la dignidad del ofendido (Santo Tomás, III:1:2 al 2um). En cuanto acto, el pecado es finito, la voluntad del hombre no es capaz de malicia infinita. El pecado es una ofensa contra Cristo Quien ha redimido al hombre (Fil, iii, 18); contra el Espíritu Santo Quien nos santifica (Heb, x, 29), una injuria al hombre mismo, causando la muerte espiritual del alma y convierte al hombre en servidor del demonio. La primera y mas importante malicia del pecado se deriva del objeto sobre el cual la voluntad desordenadamente tiende, y del objeto considerado moralmente, no físicamente. El fin por el cual el pecador actúa y las circunstancias que rodean el acto son también factores determinantes de su moralidad. Un acto el cual, objetivamente considerado, es moralmente indiferente, puede quedar como bueno o malo por las circunstancias, o por la intención del pecador. Un acto que es objetivamente bueno puede quedar como malo, o de le pueden agregar nuevas especies de bien o mal, o un nuevo grado. Las circunstancias pueden cambiar el carácter del pecado a tal grado que se torna específicamente diferente del considerado objetivamente; o pueden simplemente agravar el pecado aunque no cambie su carácter específico, o pueden disminuir su gravedad. Para que ejerzan esta influencia determinante, son necesarias dos cosas: deben contener en sí mismas algún bien o mal y deben ser aprehendidas, al menos confusamente, en su aspecto moral. El acto externo, en tanto es mera ejecución de un acto interno eficaz y voluntario, de acuerdo a la opinión tomista común, no agrega ninguna bondad o malicia esencial al pecado interno.

GRAVEDAD

Mientras que todo pecado mortal nos aleja de nuestro verdadero fin último, no todos los pecados mortales son igualmente graves, como queda claro en las Escrituras (Juan, xix, 11; Mat, xi,22; Luc, vi) y también de la razón. Los pecados se distinguen específicamente por sus objetos, los cuales alejan al hombre no de igual modo de su fin último. Nuevamente, siendo que el pecado no es pura privación sino una mezcla, todos los pecados no destruyen de igual modo el orden de la razón. Los pecados espirituales, otras cosas siendo iguales, son mas graves que los pecados carnales. (Santo Tomás, "De malo", Q. ii, a. 9; I-II, Q. lxxiii, a. 5).

DISTINCIÓN ESPECÍFICA Y NUMÉRICA DEL PECADO

Los pecados se distinguen específicamente por sus formalmente diversos objetos; o por su oposición a diferentes virtudes, o por diferentes preceptos morales de la misma virtud. Los pecados que son específicamente distintos son también numéricamente distintos. Los pecados dentro de la misma especie se distinguen numéricamente de acuerdo al numero de actos completos de la voluntad en relación al total de los objetos. Un objeto total es aquel que, ya sea por sí mismo o por la intención del pecador, forma un todo completo y no está referido a otra acción como parte del todo. Cuando los actos completos de la voluntad se relacionan al mismo objeto hay tantos pecados como actos moralmente interrumpidos.

MATERIA QUE CAUSA PECADO

Considerando que el pecado es un acto voluntario carente de debida rectitud, el pecado se encuentra, como en una materia, principalmente en la voluntad. Empero, dado que no solo los actos producidos por la voluntad, son voluntarios, sino también aquellos que son producidos por otras facultades bajo el comando de la voluntad, el pecado puede encontrarse en estas facultades, en tanto son sujetas en sus acciones al comando de la voluntad, son instrumentos de ella, y se mueven bajo su guía (I-II:74)

Los miembros externos del cuerpo no pueden ser principios efectivos de pecado (I-II:74:2, ad 3um). Son meros órganos que tienen actividad por el alma; no inician la acción. Los poderes apetitivos, por el contrario, pueden ser principios efectivos de pecado, porque ellos poseen, a través de su conjunción inmediata con la voluntad y subordinación a ella, una cierta, pero imperfecta libertad (I-II:56:4, ad 3um). Los apetitos sensuales tienen sus propios objetos sensibles a los cuales se inclinan naturalmente, y siendo que el pecado original ha roto el lazo que los mantiene en completa sujeción a la voluntad, pueden anteceder la voluntad en sus acciones y tender a sus propios objetos desordenadamente. Por lo tanto, pueden ser principios próximos de pecado cuando se mueven desordenadamente, contrario a los dictados de la recta razón.

Es propio de la razón regir las facultades inferiores, y cuando aparece un disturbio en lo sensorial, la razón puede hacer uno de dos cosas: puede consentir al deleite sensible o puede reprimir y rechazarlo. Si consiente, el pecado ya no pertenece a la parte sensible del hombre, sino del intelecto y la voluntad y, consecuentemente, si la materia es grave, el pecado es mortal. Si lo rechaza, no se puede imputar pecado alguno. No puede haber pecado en la parte sensible del hombre independiente de la voluntad. Los movimientos desordenados del apetito sensible a los que les preceden la advertencia de la razón, y que son padecidos involuntariamente, no son siquiera pecados veniales. Las tentaciones de la carne no consentidas, no son pecados. La concupiscencia, que queda luego de la culpabilidad del pecado original es perdonada en el bautismo, no es pecadora al punto que no es consentida (Coun. of Trent, sess. V, can. v). El apetito sensible por sí mismo no puede ser sujeto de pecado mortal, porque no puede ni asir la noción de Dios como un fin último, ni apartarnos de El, aversión sin la cual no puede haber pecado mortal.La razón superior, cuya gestión es ocuparse ella misma de la cosas Divinas, puede ser el principio próximo del pecado, ambos, en relación a su propio acto, conocer la verdad, y, en el sentido que dirige las facultades inferiores: En relación a su propio acto, en tanto que voluntariamente abandona el conocer lo que se puede y debe saber; en relación al acto a través del cual dirige las facultades inferiores, al punto que comanda los actos desordenados o falla en reprimirlos. (I-II:74:7, ad 2um) . La voluntad nunca consiente un pecado que no sea al mismo tiempo un pecado de la razón superior como malamente dirigiéndola, ya sea por estar actualmente deliberando y comandando el consentimiento, o fallando en la deliberación e impedimento al consentimiento de la voluntad cuando puede y debe hacerlo. La razón superior es el último juez de los actos humanos y tiene una obligación de deliberar y decidir si el acto a realizar está de acuerdo a la ley de Dios o no. El pecado venial también se puede encontrar en la razón superior cuando deliberadamente consiente pecados que son veniales en su naturaleza, o cuando no hay un total consentimiento en el caso de un pecado que es considerado objetivamente mortal.

CAUSAS DEL PECADO

Bajo este título, es necesario distinguir entre la causa eficiente, ej. El agente que realiza la acción pecadora, y aquellos otros agentes, influencias o circunstancias que incitan al pecado y consecuentemente involucran peligro, mas o menos grave, para aquel que está expuesto. Estas causas incitantes son explicadas en artículos especiales sobre OCASIONES DE PECADO y TENTACIÓN. Aquí consideraremos solo la causa eficiente o causas de pecado. Estas son interiores y exteriores. La causa total y suficiente de pecado es la voluntad, la cual es regulada en sus acciones, por la razón y actúa sobre los apetitos sensitivos. Las causas internas principales de pecado son la ignorancia, flaqueza o pasión, y la malicia. Ignorancia por parte de la razón, flaqueza y pasión por parte del apetito sensible y malicia por parte de la voluntad. Un pecado tiene cierta malicia cuando la voluntad peca por su propio mérito y no bajo la influencia de la ignorancia o la pasión.

Las causas exteriores del pecado son el demonio y el hombre, quien lleva al pecado por medio de la sugestión, la persuasión, tentación y el mal ejemplo. Dios no es la causa del pecado (Concilio de Trento, sess, VI, can vi, in Denx-Bann, 816). El dirige todas las cosas a El y es el fin de todas sus Acciones, y no puede ser la causa del mal sin auto-contradicción. En cualquier entidad donde hay pecado como acción, él es la causa. La mala voluntad es la causa del desorden (I-II:79:2). Un pecado puede ser causa de otro en tanto un pecado puede estar ordenado a otro como a su fin. Los así llamados, siete pecados capitales, pueden ser considerados como la fuente de donde proceden otros pecados. Son propensiones pecadoras las cuales se revelan en actos pecaminosos particulares. El pecado original en razón de sus lamentables efectos, es la causa y fuente de pecado y por esta razón, nuestra naturaleza ha sido herida e inclinada al mal. La ignorancia, la enfermedad, la malicia y concupiscencia son consecuencias del pecado original.

EFECTOS DEL PECADO

El primer efecto del pecado mortal en el hombre es alejarlo de su verdadero fin último, y privar su alma de la gracia santificante. El acto pecaminoso ocurre y el pecador es dejado en un estado de aversión habitual de Dios. El estado pecaminoso es voluntario e imputable al pecador, porque necesariamente se sigue del acto de pecado que el libremente realiza, y se mantiene hasta su satisfacción. (ver PENITENCIA). Este estado de pecado es llamado por los teólogos, pecado habitual, no en el sentido que el pecado habitual implique un hábito vicioso, sino en el sentido que significa un estado de aversión de Dios dependiente del pecado actual que precede, consecuentemente voluntario e imputable. Este estado de aversión lleva necesariamente consigo, en el presente orden de la providencia de Dios, la privación de la gracia y caridad por medio de los cuales el hombre está ordenado a su fin sobrenatural. La privación de la gracias es la “macula peccati” (Sto. Tomás, I-II, Q 1xxxvi) la mancha del pecado del que se habla en las Escrituras (Jos., xxii, 17; Isaias, iv, 4; 1 Cor., vi, 11). No es nada positivo, cualidad o disposición, una obligación al sufrimiento, una denominación extrínseca que viene del pecado, sino solamente la privación de gracia santificante. No hay distinción real sino conceptual entre el pecado habitual (reatus culpae) y la mancha de pecado (macula peccati). El pecado habitual es uno y la misma privación considerada como destructiva del debido orden del hombre a Dios, y la mancha o “macula” del pecado es considerado como privador del alma de la belleza de la gracia.

El segundo efecto del pecado está en transmitir el dolor del sufrimiento padecido. (reatus paenae). El pecado (reatus culpae) es la causa de esta obligación (reatus paenae). El sufrimiento puede estar inflingido en esta vida a través del medio de castigos medicinales, calamidades, enfermedades, males temporales, los cuales tienen a alejarnos dl pecado; o pueden ser inflingidos en la vida por venir por la justicia de Dios como castigo vindicativo. Los castigos en la vida futura son proporcionados al pecado cometido y es obligación padecer este castigo por pecados no arrepentidos, que es lo que significa la “reatus poenae” de los teólogos. El dolor a padecer en la vida futura, se divide en sanciones de pérdidas (poena damni) y penas del sentido (poena sensus). La pena de pérdida es la privación de visión beatífica de Dios como castigo por alejarse de El. La pena del sentido es el sufirimiento como castigo por la conversion a alguna cosa creada en lugar de Dios. Este doble sentido del color por el castigo del pecado mortal es eterno (I Cor., vi, 9; Mat., xxv, 41; Mar ix,45). Un pecado mortal es sufuciente para caer en el castigo (ver INFIERNO). Otros efectos del pecado son: remordimiento de conciencia (Sab, v, 2-13); una inclinación hacia el mal, así como los hábitos son formados por la repetición de actos similares; un oscurecimiento de la inteligencia, una dureza de la voluntad (Mat., xiii, 14-15; Rom., xi, 8); un enviciamiento general de la naturaleza, la cual sin embargo no destruye totalmente la sustancia y las facultades del alma sino meramente debilita el recto ejercicio de sus facultades.

Pecado Venial

El pecado venial es esencialmente diferente del pecado mortal. No nos aleja de nuestro verdadero fin último, no destruye la caridad, el principio de unión con Dios, ni priva al alma de gracia santificante y es intrínsecamente reparable. Es llamado venial precisamente porque, considerada su propia naturaleza, es perdonable; en sí mismo, meritorio de castigo temporal, no eterno. Se distingue del pecado mortal en cuando al desorden. Con el pecado mortal, el hombre queda enteramente apartado de Dios, su verdadero fin último y, al menos implícitamente, coloca su fin último en alguna cosa creada. Con el pecado venial, el no es apartado de Dios, tampoco coloca su fin último en creaturas. Se mantiene unido con Dios por caridad, pero no tiende a El como debiera. La verdadera naturaleza del pecado en tanto contraria a la ley eterna, que repele especialmente al principal fin de la ley, se encuentra en el pecado mortal. El pecado venial es solo de manera imperfecta, contrario a la ley en tanto no es contrario al principal fin de ley, ni aleja al hombre de su fin al que está encaminado por la ley. (St. Thomas, I-II, Q. lxxxviii, a. 1; and Cayetano, I-II, Q. lxxxviii, a. 1, para el sentido de præter legem y contra legem de Sto. Tomás).

DEFINICIÓN

Siendo que el acto voluntario y su desorden son la esencia del pecado, el pecado venial en tanto que es un acto voluntario puede ser definido como un pensamiento, palabra o realidad discorde con la ley de Dios. Retarda al hombre en el logro de su fin último al tiempo que no lo aleja de El. Su desorden consiste ya sea en la elección no totalmente deliberada de algún objeto prohibido por la ley de Dios, o en la adhesión deliberada a algún objeto creado no como fin último sino como medio, cuyo objeto no aleja al pecador de Dios, pero no está, sin embargo, referido a El como un fin. El hombre no puede apartarse de Dios excepto al colocar deliberadamente su fin último en cosas creadas, y con el pecado venial no adhiere a ningún bien temporal disfrutandolo como fin último, sino como medio en referencia a Dios no actualmente sino habitualmente en tanto él mismo está ordenado a Dios por caridad. "Ille qui peccat venialiter, inhæret bono temporali non ut fruens, quia non constituit in eo finem, sed ut utens, referens in Deum no n actu sed habitu" (I-II:88:1, ad 3) Para que haya pecado mortal, debe ser adherido al menos implícitamente, algún bien creado como un fin último-

Esta adherencia no puede ser lograda por un acto semi-deliberado. Al adherir a un objeto que está en desacuerdo con la ley de Dios y sin embargo no es destructivo del fin principal de la ley Divina, no se ha establecido una verdadera oposición entre Dios y ese objeto. El bien creado no es deseado como un fin. El pecador no está colocado en la posición de escoger entre Dios y la creatura como fines últimos que se oponen, sino que está en tal condición mental que si el objeto al cual se adhiere fuera prohibido como contrario a su verdadero fin último, el no adheriría a él, sino que preferiría mantener su amistad con Dios. Un ejemplo podría darse en la amistad humana. Un amigo se abstendría de hacer algo que por sí mismo tendiera directamente a disolver la amistad, al tiempo que se permitiría a veces hacer cosas que desagradan al amigo sin destruir la amistad.

La distinción entre el pecado mortal y venial está establecida en las Escrituras. En San Juan (1 Juan v, 16-17) está claro que hay algunos pecados que llevan “hacia la muerte” y algunos pecados que no “llevan hacia la muerte”; es decir, mortal y venial. El texto clásico de la distinción entre el pecado mortal y venial es aquel de San Pablo (1 Cor., iii,8-15) donde el explica en detalle la distinción entre el pecado mortal y el venial.

“[11] Pues nadie puede cambiar la base; ya está puesta, y es Cristo Jesús. [12] Sobre este cimiento se puede construir con oro, plata, piedras preciosas, madera, caña o paja. [13] Un día se verá el trabajo de cada uno. Se hará público en el día del juicio, cuando todo sea probado por el fuego. El fuego, pues, probará la obra de cada uno. [14] Si lo que has construido resiste al fuego, serás premiado. [15] Pero si la obra se convierte en cenizas, el obrero tendrá que pagar. Se salvará, pero no sin pasar por el fuego.” La madera, caña y paja significan los pecados veniales (Santo Tomás, I-II:89:2) los cuales, construidos sobre la base de una fe viva en Cristo, no destruyen la caridad y de sus mismas naturalezas, no merecen castigo eterno, sino temporal. “Así como” dice Santo Tomás (la madera, la caña y la paja) “son juntados en una casa y no pertenecen a la sustancia del edificio, así también los pecados veniales se multiplican en el hombre, más el edificio espiritual se mantiene, y por estos, el hombre sufre ya sea el fuego de las tribulaciones temporales en esta vida, o en el purgatorio después de esta vida y sin embargo, obtiene la salvación eterna”. (ibid).

La conveniencia de la división en madera, caña y paja está explicada por Santo Tomás (iv, dist. 21, Q. i, a. 2). Algunos pecados veniales son mas graves que otros y menos perdonables y esta diferencia está bien explicada por la inflamabilidad de la madera, la caña y la paja. El que exista una distinción entre los pecados mortales y veniales, es un asunto de fe (concilio de Trento, sess, VI, c.xi y cánones 23-25; sess. XIV de poenit, c.v). Esta distinción es comúnmente rechazada por todos los herejes modernos y antiguos. En el siglo cuarto Jovino afirmó que todo pecado era igual en culpa y merecedor de algún castigo (St. Aug., “Ep. 167”, ii, n.4); Pelagio (q.v), afirmó que todo pecado priva al hombre de justicia y por lo tanto, es mortal; Wyclif, que no hay garantías en las Escrituras que diferencien el pecado en mortal y venial, y que la gravedad del pecado depende no de la calidad de la acción, sino en el grado de predestinación o reprobación de manera que el peor de los crímenes del predestinado es infinitamente menos que la mas leve falta del reprobado; Hus, que todas las acciones de los viciosos, son pecados mortales mientras que todos los actos del virtuoso, son buenos y virtuosos (Denz-Bann, 642); Lutero, que todos los pecados de los no creyentes son mortales y todos los pecado del regenerado, con excepción de la infidelidad, son veniales; Calvino, al igual que Wyclif, basa la diferencia entre el pecado mortal y el venial en la predestinación, pero agrega que un pecado es venial por la fe del pecador. La veinteava de las proposiciones condenadas de Baio reza: “No hay pecado venial por naturaleza, aunque todo pecado merece castigo eterno” (Denz-Bann., 1020). Hirscher en tiempos mas recientes, enseñó que todos los pecados que son completamente deliberados, son mortales, aunque negaba la distinción de pecados en razón de sus objetos, sino que ésta descansa en la imperfección del acto. (Kleutgen, 2nd ed., II, 284, etc.).

MALICIA DEL PECADO VENIAL

La diferencia en la malicia del pecado mortal y venial consiste en lo siguiente: el pecado mortal es contrario al fin principal de la ley eterna, esto es, ataca la sustancia misma de la ley la cual comanda que ningún ser creado debe ser preferido a Dios en tanto fin o igualado a El, mientras que el pecado venial es sólo un desacuerdo con la ley, no contraria u opuesta a ella, no ataca su sustancia. Lo sustancial de la ley, su perfecto logro es entorpecido por el pecado venial.

CONDICIONES

Es Cometido un pecado venial cuando la materia del pecado es liviano, aunque la advertencia del intelecto y el consentimiento de la voluntad son totales y deliberados, y, cuando, aunque la materia del pecado sea grave, no hay total advertencia por parte del intelecto y consentimiento total por parte de la voluntad. Un precepto, obliga sub gravis aquello que tiene por objeto un fin importante que lograr y su trasgresión está prohibida bajo pena de perder la amistad de Dios. Un precepto obliga sub levi cuando no está tan directamente impuesto.

EFECTOS

El pecado venial no priva al alma de la gracia santificante, ni la disminuye. No produce una mácula o mancha, como lo hace el pecado mortal, pero disminuye el lustre de la virtud – "In anima duplex est nitor, unus quiden habitualis, ex gratia sanctificante, alter actualis ex actibus virtutem, jamvero peccatum veniale impedit quidem fulgorem qui ex actibus virtutum oritur, non autem habitualem nitorem, quia non excludit nec minuit habitum charitatis" (I-II:89:1). El pecado venial frecuente y deliberado disminuye el fervor de la caridad, dispone al pecado mortal (I-II:88:3) y obstruye la recepción de gracias que de otra forma Dios daría. Disgusta a Dios y obliga al pecador a castigo temporal ya sea en su vida o en el Purgatorio. No podemos evitar todo pecado venial en esta vida. “Aunque el mas justo y pío ocasionalmente durante su vida cae en algunos leves pecados diarios, conocidos como veniales, no por ellos deja de ser considerado justo” (Concilio de Trento, sess VI, c. Xi). Y el cánon xxiii dice: “Se alguien declara que un hombre una vez absuelto, no puede pecar de nuevo, o que puede evitar para el resto de su vida todo pecado incluso venial, excomulguemoslo” pero de acuerdo a la opinión común, podemos evitar solo el que sean totalmente deliberados. El pecado venial puede coexistir con el pecado mortal en aquellos que estan separados de Dios por el pecado mortal. Este hecho no cambia su naturaleza o reparabilidad intrínseca, y el hecho que no sea coexistente con la caridad no es resultado de pecado venial sino del mortal. Es per accidens, por una razón extrínseca que el pecado venial en este caso sea irreparable y castigado en el infierno. Que el pecado venial puede aparecer en su verdadera naturaleza como esencialmente diferente al pecado mortal es considerado de facto coexistente con la caridad (I Cor, 3, 8-15). El pecado venial no necesita la gracia de absolución. Puede ser remitido con la oración, la contrición, la comunión ferviente y otras obras pías. Sin embargo, es laudable su confesión (Denz-Bann, 1539).

Permisos y Remedios

Dado que por fé sabemos que Dios es omnipotente, omnisapiente y toda bondad, es difícil considerar el pecado en Su creación. La existencia del mal es el problema subyacente en toda teología. Se han dado varias explicaciones que den cuenta de su existencia, que difieren de acuerdo a los principios filosóficos y credos religiosos de sus autores. Cualquier explicación católica debe tener en cuenta las verdades definidas de la omnipresencia, onmisapiencia y bondad de Dios; la libre voluntad por parte del hombre; el hecho que el sufrimiento es el castigo por el pecado. Del mal metafísico, la negación de un bien mayor, Dios como causa, en tanto ha creado seres con formas limitadas. Del mal físico (malum pænæ) del cual El es también causa. Considerado como procedente de Dios, el mal físico es bueno, y es inflingido como castigo del pecado de acuerdo con decretos de justicia divina, compensando así la violación del orden por el pecado. Es malo sólo para el sujeto afectado por él.

Dios no es la causa del mal moral (malum culpae) (Concilio de Trento, Sess. VI, can.vi) ni directa ni indirectamente. El pecado es una violación del orden, y Dios ordena todas las cosas a El, como el fin último, consecuentemente El no puede ser la causa directa del pecado. El retiro de Dios de la gracia la cual previene el pecado, no lo hace a El la causa indirecta del pecado por cuanto este retiro es efectivo de acuerdo a los decretos de Su divina Sabiduría y justicia como castigo de pecado previo. El no está obligado de impedir el pecado, consecuentemente, no se le puede imputar como causa (I-II:79:1). Cuando leemos en las Escrituras y en los Padres que Dios inclina a los hombres a pecar, el sentido es, ya sea que en Su justo juicio El permite a los hombres caer en el pecado por una licencia punitiva, ejerciendo Su justicia al castigar el pecado pasado; o que El directamente causa no el pecado sino ciertas obras externas, buenas en sí mismas, las cuales son tan abusadas por las voluntades malas de los hombres que aquí y ahora cometen mal; o que el les da el poder de lograr sus malos designios. Respecto del acto físico del pecado, Dios es la causa en tanto que es una entidad y buena. La mala voluntad del hombre es causa suficiente de la malicia del pecado. Dios no puedo haber impedido la creación del hombre por el hecho de prever su caída. Esto habría significado la limitación de su Omnipresencia por una creatura, y habría sido destructiva de El. El era libre de crear al hombre aunque El previó su caída, y El no creó otorgándole libre voluntad y dándole los medios suficientes para perseverar en el bien y así haberlo querido. Debemos agregar nuestra ignorancia de la permisión del mal diciendo las palabras de San Agustín, que Dios no habría permitido el mal y que El no fue lo suficientemente poderoso para hacer bien del mal. La finalidad de Dios al crear este Universo es El mismo, no el bien del hombre y de alguna manera u otra el bien y el mal sirven para Sus fines, y finalmente habrá una restauración del orden violado gracias a la justicia Divina.

Ningún pecado quedará sin castigo..El mal que hacen los hombres debe ser purgado ya sea en este mundo a través de un acto de contrición (Ver PENINTENCIA) o en el mundo por venir en el purgatorio o el infierno, de acuerdo al pecado mortal o venial no arrepentido que mancha el alma, y merece castigo eterno o temporal (ver MAL). Dios ha proporcionado un remedio contra el pecado y ha manifestado Su amor y bondad frente a la ingratitud del hombre a través de la Encarnación de Su Divino Hijo (ver ENCARNACIÓN); a través de la institución de Su Iglesia para guiar a los hombres e interpretar para el Su ley, la administración de los Sacramentos, que son siete canales de gracia, las cuales usadas apropiadamente suministran un remedio adecuado al pecado y es un medio de unión con Dios en el cielo, el cual es el fin de Su ley.

El sentido de pecado

La comprensión del pecado, en la medida que pueda ser entendido por nuestra inteligencia finita, sirve para unir más al hombre con Dios. Le imprime de un temor saludable, temor de sus propios poderes, temor, si es dejado a sí mismo, de perder la gracia; con la necesidad que existe tras la búsqueda de la ayuda y gracia de Dios para mantenerse firme en el temor y amor de Dios, y así progresar en la vida espiritual. El pecado no puede ser entendido, sin la toma de conciencia que el estado moral presente del hombre no es aquel con el cual Dios lo creó, que sus poderes están debilitados; que tiene que lograr un fin sobrenatural, el cual es imposible por sus propios esfuerzos y sin ayuda, que sin la gracia no hay proporción entre el fin y los medios; que el mundo, la carne y el mal son en realidad agentes activos luchando contra el llevandolo para que los sirva en lugar de servir a Dios. La hipótesis de la evolución da cuenta de la evolución física del origen del hombre, la ciencia no conoce ninguna condición humana bajo la cual el hombre exhiba características del estado de justicia original, ni estado de no pecado. La caída del hombre en esta hipótesis es en realidad un ascenso a un grado superior de ser. “Una caída podría parecer, así como a veces un hombre vicioso parece estar degradado por debajo de las bestias, aunque como promesa y potencia, en realidad fue un ascenso” (Sir O.Lodge “Life and Matter” pag. 79). Esta enseñanza destruye la noción de pecado tal como es enseñada por la Iglesia Católica. El pecado no es una fase de un lucha ascendente, es más bien un rechazo deliberado, y voluntario a luchar. Si no hubiera habido caída desde un estado superior a uno inferior, entonces la enseñanza de las Escrituras, en relación a la Redención y la necesidad de una regeneración bautismal es ininteligible. La enseñanza Católica es aquella que coloca el pecado bajo su verdadera luz, que justifica la condena del pecado que encontramos en las Escrituras. La Iglesia continuamente se esfuerza por inculcar en sus hijos un sentido de temor reverencial al pecado algo a lo cual hay que temer y evitar. Somos creaturas caídas, y nuestra vida espiritual en la tierra es una lucha. El pecado es nuestro enemigo y mientras con nuestras propias fuerzas no lo podemos evitar, con la gracia de Dios si podemos. Si nosotros no ponemos obstáculos a las obras de la gracia, podemos evitar todo pecado deliberado. Si tenemos la mala fortuna de pecar, y buscar la gracia de Dios y su perdón con un corazón humilde y contrito, El no nos repelará. El pecado tiene remedio por la gracia, la cual es dada por Dios, por los méritos de Su único Hijo, Quien nos ha redimido, restaurando con Su pasión y muerte, el orden violado por el pecado de nuestros primeros padres y haciéndonos nuevamente hijos de Dios y herederos del Cielo. Mientras el pecado sea visto como una condición humana necesaria e inevitable, donde la inhabilidad para evitar el pecado es concebido como necesario, el desaliento le sigue naturalmente. Pero, no hay desaliento si son tomadas en cuenta la doctrina Católica de la creación del hombre en un estado superior, la caída por una trasgresión voluntaria, los efectos de ésta transmitidos por decreto Divino a la posteridad, la destrucción del equilibrio de las facultades humanas que dejan al hombre inclinado al mal; los dogmas de la redención y la gracia como reparación del pecado. Dejados a nuestra merced, caemos, pero manteniéndonos cerca de Dios y continuamente buscando Su ayuda podemos pararnos y luchar contra el pecado, y si debemos ganarnos la fé durante la batalla, la recompensa será coronada en el cielo. (Ver CONCIENCIA; JUSTIFICACIÓN; ESCÁNDALO).


Bibliografía: TRABAJOS DOGMÁTICOS: STO TOMÁS,, Summa theol., I-II, QQ. lxxi-lxxxix; IDEM, Contra gentes, tr. RICKABY, Of God and His Creatures (London, 1905); IDEM, Quaest. disputatae: De malo in Opera omnia (Paris, 1875); BILLUART, De peccatis (Paris, 1867-72); SUAREZ, De pecc. in Opera omnia (Paris, 1878); SALMANTICENSES, De pecc. in Curs. theol. (Paris, 1877); GONET, Clypeus theol. thom. (Venice, 1772); JUAN DE ST. TOMAS, De pecc. in Curs. theol. (Paris, 1886); SILVIO, De pecc. (Antwerp, 1698); Catechismus Romanus, tr. DONOVAN, Catechism of the Council of Trent (Dublin, 1829); SCHEEBEN, Handbuch d. kath. Dogmatik (Freiburg, 1873-87); MANNING, Sin and its Consequences (New York, 1904); SHARPE, Principles of Christianity (London, 1904); IDEM, Evil, its Nature and Cause (London, 1906) ; BILLOT, De nat. et rat. peccati personalis (Rome, 1900); TANQUEREY, Synopsis theol., I (New York, 1907).

Fuente: O'Neil, Arthur Charles. "Sin." The Catholic Encyclopedia. Vol. 14. New York: Robert Appleton Company, 1912. <http://www.newadvent.org/cathen/14004b.htm>.

Traducido por Carolina Eyzaguirre Arroyo.