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Jueves, 21 de noviembre de 2024

Diferencia entre revisiones de «Bendición»

De Enciclopedia Católica

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*(2) Se usa para expresar un deseo o anhelo que toda la buena fortuna, especialmente de un tipo espiritual o [[Orden Sobrenatural |sobrenatural]], vaya con la [[persona]] o cosa, como cuando [[David]] dijo:  “¡dichoso tú, que todo te irá bien!”  (Sal. 128(127),2).   
 
*(2) Se usa para expresar un deseo o anhelo que toda la buena fortuna, especialmente de un tipo espiritual o [[Orden Sobrenatural |sobrenatural]], vaya con la [[persona]] o cosa, como cuando [[David]] dijo:  “¡dichoso tú, que todo te irá bien!”  (Sal. 128(127),2).   
 
*(3) Significa la santificación o [[dedicación]] de una persona o cosa para algún propósito sagrado: “[[Jesucristo |Cristo]] tomó [[Uso Litúrgico del Pan |pan]] y lo bendijo, lo partió…” ([[Evangelio según San Mateo |Mateo]] 26,26).   
 
*(3) Significa la santificación o [[dedicación]] de una persona o cosa para algún propósito sagrado: “[[Jesucristo |Cristo]] tomó [[Uso Litúrgico del Pan |pan]] y lo bendijo, lo partió…” ([[Evangelio según San Mateo |Mateo]] 26,26).   
 
  
 
El propósito presente no es tratar sobre todos estos varios significados.  Viniendo, pues, a su sentido estrictamente [[liturgia |litúrgico]] y restringido, la bendición puede ser descrita como un [[ritos |rito]], que consiste en una [[ceremonia]] y [[oración |oraciones]] realizadas en nombre y con la autoridad de [[la Iglesia]] por un [[ministro]] debidamente cualificado, por el que se santifican las [[persona]]s o cosas como dedicadas al servicio divino, o por el cual se invocan sobre ellos ciertas muestras de favor divino.
 
El propósito presente no es tratar sobre todos estos varios significados.  Viniendo, pues, a su sentido estrictamente [[liturgia |litúrgico]] y restringido, la bendición puede ser descrita como un [[ritos |rito]], que consiste en una [[ceremonia]] y [[oración |oraciones]] realizadas en nombre y con la autoridad de [[la Iglesia]] por un [[ministro]] debidamente cualificado, por el que se santifican las [[persona]]s o cosas como dedicadas al servicio divino, o por el cual se invocan sobre ellos ciertas muestras de favor divino.
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Entonces, dado que las bendiciones, en el sentido en que se están considerando, son totalmente una institución eclesiástica, [[la Iglesia]] tiene el poder de determinar quién tendrá el [[derecho]] y el [[deber]] de conferirlas.  Ella ha hecho esto al confiar su administración a los que han recibido las [[Órdenes Sagradas |órdenes]] [[sacerdote |sacerdotales]]. El único caso en el que uno inferior a un sacerdote tiene la facultad de bendecir, es cuando el [[diácono]] bendice el [[cirio pascual]] en las [[ceremonia]]s del [[Sábado Santo]].  Esta excepción es más aparente que real.  Pues en el caso citado el diácono actúa a modo de diputado y, además, utiliza los granos de [[incienso]] ya bendecidos por el celebrante.  Entonces, los sacerdotes son los [[ministro]]s ordinarios de las bendiciones, y esto es sólo en la conveniencia de las cosas puesto que ellos son ordenados, como dicen las palabras del [[Pontifical]]:    "''ut quæcumque benedixerint  benedicantur, et quacumque consecraverint consecrentur''" (Que todo lo que ellos bendigan quede bendecido, y lo que [[consagración |consagren]] quede consagrado).  Por lo tanto, cuando se representa a los [[laicos]] y las [[mujer]]es bendiciendo a los demás, se ha de entender que se trata de un acto de [[voluntad]] por su parte, un anhelo o deseo por la prosperidad espiritual o temporal del otro, una petición a [[Dios]] que no tiene nada para recomendarla, sino los [[mérito]]s de la [[santidad]] [[persona]]l.  Los saludos ordinarios que se realizan entre [[cristianismo |cristianos]] y [[católico]]s, impregnados con deseos mutuos de una parte de la [[gracia]] celestial, no deben ser confundidos con las bendiciones [[liturgia |litúrgicas]].
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[[Papa San Gregorio I Magno |San Gregorio]] definitivamente fue el primero que enseñó que los [[ángeles]] se dividen en jerarquías u órdenes, cada uno con su propio papel que desempeñar en la economía de la [[creación]]. Del mismo modo [[la Iglesia]] reconoce los distintos órdenes o grados entre sus [[ministro]]s, asignándole a algunos funciones más altas que a otros.  El funcionamiento de esta [[idea]] se ve en el caso del otorgamiento de bendiciones.  Pues si bien es cierto que un [[sacerdote]] las confiere normalmente, algunas de las bendiciones están reservadas al [[Papa |Sumo Pontífice]], algunas a los [obispo]]s y algunas a los [[parroquia |párrocos] y religiosos.  La primera clase no es muy amplia.  El [[Papa]] se reserva para sí mismo el [[derecho]] de bendecir el [[palio]] para los [[arzobispo]]s, el [[Agnus-Dei]], la [[Rosa Dorada]], la Espada Real y también dar la bendición a [[persona]]s a las cuales se les otorga una [[indulgencias |indulgencia]] de algunos días.  Él puede, y en el último caso lo hace a menudo, delegar a otros a darlas. 
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A los [[obispo]]s les corresponde el privilegio de bendecir a los [[abad]]es en su [[instalación]], a los [[sacerdote]]s en su [[Órdenes Sagradas |ordenación]] y a las [[virginidad |vírgenes]] en su [[consagración]]; bendecir las [[Edificaciones Eclesiásticas |iglesias]], los [[cementerios]], los [[Oratorio (Lugar de Oración) |oratorios]] y todos los artículos a usarse en relación con el [[altar]], tales como [[cáliz |cálices]], [[vestimentas]] y ropa, estandartes militares, soldados, armas y espadas; y de impartir todas las bendiciones que requieren los [[Óleos Sagrados]].  Algunos de éstos pueden, por delegación, ser realizadas por inferiores. 
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De las bendiciones que los [[sacerdote]]s están generalmente encargados de conceder, algunas están restringidos a aquellos que tienen [[Jurisdicción Eclesiástica |jurisdicción]] externa, como [[rector]]es o [[parroquia |párrocos]], y otras son una prerrogativa exclusiva de las [[persona]]s que pertenecen a una [[Vida Religiosa |orden]] [[religión |religiosa]]. Hay una regla, también, por la cual un inferior no puede bendecir a un superior o incluso ejercer las facultades ordinarias en su presencia.  Por ejemplo, el [[sacerdote]] que celebra una [[Sacrificio de la Misa |Misa]] en la que preside un [[obispo]], no ha de dar la bendición final sin el permiso del [[prelado]]. Para esta curiosa [[Costumbre (en el Derecho Canónico) |costumbre]] los autores citan un texto de la [|Epístola a los Hebreos]] (7,7):  "…es incuestionable que el inferior recibe la bendición del superior”.  Parecería estirar demasiado el pasaje al decir que provee un argumento para sostener que un [[ministro]] inferior no puede bendecir a aquel que es su superior en rango o dignidad, pues el texto simplemente enuncia un incidente de uso común, o significa que el inferior, por el hecho de que bendice, es el mayor, ya que actúa como representante de [[Dios]].
  
 
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Revisión de 20:57 23 sep 2016

Introducción

En su acepción más amplia la palabra bendición tiene una variedad de significados en las Sagradas Escrituras:

  • (1) Se ha tomado en un sentido que es sinónimo de alabanza; así el salmista “Bendeciré a Yahveh en todo tiempo, sin cesar en mi boca su alabanza” (Sal. 34(33),1).
  • (2) Se usa para expresar un deseo o anhelo que toda la buena fortuna, especialmente de un tipo espiritual o sobrenatural, vaya con la persona o cosa, como cuando David dijo: “¡dichoso tú, que todo te irá bien!” (Sal. 128(127),2).
  • (3) Significa la santificación o dedicación de una persona o cosa para algún propósito sagrado: “Cristo tomó pan y lo bendijo, lo partió…” (Mateo 26,26).

El propósito presente no es tratar sobre todos estos varios significados. Viniendo, pues, a su sentido estrictamente litúrgico y restringido, la bendición puede ser descrita como un rito, que consiste en una ceremonia y oraciones realizadas en nombre y con la autoridad de la Iglesia por un ministro debidamente cualificado, por el que se santifican las personas o cosas como dedicadas al servicio divino, o por el cual se invocan sobre ellos ciertas muestras de favor divino.

Antigüedad

La costumbre de bendecir se remonta a los tiempos más primitivos. En la mañana de la creación, al finalizar cada jornada de trabajo, Dios bendecía a los seres vivos que salían de sus manos, ordenándoles que creciesen y se multiplicasen y llenasen la tierra (Génesis 1 - 2). Cuando Noé salió del arca, recibió la bendición de Dios (Gén. 9,1), y transmitió este patrimonio a sus hijos, Sem y Jafet, para la posteridad. Las páginas del Antiguo Testamento testifican abundantemente del alto grado en que prevaleció la práctica de bendecir en épocas patriarcales. El jefe de cada tribu y familia parecía ser privilegiado al concederla con una unción y fecundidad especiales, y los sacerdotes por expreso mandato de Dios solían administrarla al pueblo. “Así habéis de bendecir a los israelitas. Les diréis: Yahveh te bendiga y te gurde; ilumine Yahveh su rostro sobre ti… y te conceda la paz.” (Números 6,23-26).

Ese gran valor que se atribuía a las bendiciones se ve desde la estrategia adoptada por Rebecca para asegurar la bendición de Jacob a su hijo favorito. En la estimación general, se considera como un signo de complacencia divina y como una forma segura de conseguir la benevolencia, la paz y la protección de Dios. La Nueva Ley vio la adopción de este rito por Nuestro Divino Señor y sus apóstoles, y así, elevado, ennoblecido, y consagrado por tan alto y santo uso, que llegó en una etapa muy temprana de la historia de la Iglesia a asumir una forma definida y concreta como el principal de sus sacramentales.

Ministro

Entonces, dado que las bendiciones, en el sentido en que se están considerando, son totalmente una institución eclesiástica, la Iglesia tiene el poder de determinar quién tendrá el derecho y el deber de conferirlas. Ella ha hecho esto al confiar su administración a los que han recibido las órdenes sacerdotales. El único caso en el que uno inferior a un sacerdote tiene la facultad de bendecir, es cuando el diácono bendice el cirio pascual en las ceremonias del Sábado Santo. Esta excepción es más aparente que real. Pues en el caso citado el diácono actúa a modo de diputado y, además, utiliza los granos de incienso ya bendecidos por el celebrante. Entonces, los sacerdotes son los ministros ordinarios de las bendiciones, y esto es sólo en la conveniencia de las cosas puesto que ellos son ordenados, como dicen las palabras del Pontifical: "ut quæcumque benedixerint benedicantur, et quacumque consecraverint consecrentur" (Que todo lo que ellos bendigan quede bendecido, y lo que consagren quede consagrado). Por lo tanto, cuando se representa a los laicos y las mujeres bendiciendo a los demás, se ha de entender que se trata de un acto de voluntad por su parte, un anhelo o deseo por la prosperidad espiritual o temporal del otro, una petición a Dios que no tiene nada para recomendarla, sino los méritos de la santidad personal. Los saludos ordinarios que se realizan entre cristianos y católicos, impregnados con deseos mutuos de una parte de la gracia celestial, no deben ser confundidos con las bendiciones litúrgicas.

San Gregorio definitivamente fue el primero que enseñó que los ángeles se dividen en jerarquías u órdenes, cada uno con su propio papel que desempeñar en la economía de la creación. Del mismo modo la Iglesia reconoce los distintos órdenes o grados entre sus ministros, asignándole a algunos funciones más altas que a otros. El funcionamiento de esta idea se ve en el caso del otorgamiento de bendiciones. Pues si bien es cierto que un sacerdote las confiere normalmente, algunas de las bendiciones están reservadas al Sumo Pontífice, algunas a los [obispo]]s y algunas a los [[parroquia |párrocos] y religiosos. La primera clase no es muy amplia. El Papa se reserva para sí mismo el derecho de bendecir el palio para los arzobispos, el Agnus-Dei, la Rosa Dorada, la Espada Real y también dar la bendición a personas a las cuales se les otorga una indulgencia de algunos días. Él puede, y en el último caso lo hace a menudo, delegar a otros a darlas.

A los obispos les corresponde el privilegio de bendecir a los abades en su instalación, a los sacerdotes en su ordenación y a las vírgenes en su consagración; bendecir las iglesias, los cementerios, los oratorios y todos los artículos a usarse en relación con el altar, tales como cálices, vestimentas y ropa, estandartes militares, soldados, armas y espadas; y de impartir todas las bendiciones que requieren los Óleos Sagrados. Algunos de éstos pueden, por delegación, ser realizadas por inferiores.

De las bendiciones que los sacerdotes están generalmente encargados de conceder, algunas están restringidos a aquellos que tienen jurisdicción externa, como rectores o párrocos, y otras son una prerrogativa exclusiva de las personas que pertenecen a una orden religiosa. Hay una regla, también, por la cual un inferior no puede bendecir a un superior o incluso ejercer las facultades ordinarias en su presencia. Por ejemplo, el sacerdote que celebra una Misa en la que preside un obispo, no ha de dar la bendición final sin el permiso del prelado. Para esta curiosa costumbre los autores citan un texto de la [|Epístola a los Hebreos]] (7,7): "…es incuestionable que el inferior recibe la bendición del superior”. Parecería estirar demasiado el pasaje al decir que provee un argumento para sostener que un ministro inferior no puede bendecir a aquel que es su superior en rango o dignidad, pues el texto simplemente enuncia un incidente de uso común, o significa que el inferior, por el hecho de que bendice, es el mayor, ya que actúa como representante de Dios.

Objetos

Eficacia

Rito Usado al Administrarla

Fuente: Morrisroe, Patrick. "Blessing." The Catholic Encyclopedia. Vol. 2, pp. 599-602. New York: Robert Appleton Company, 1907. 22 Sept. 2016 <http://www.newadvent.org/cathen/02599b.htm>.

Está siendo traducido por Luz María Hernández Medina