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Domingo, 24 de noviembre de 2024

Diferencia entre revisiones de «Arcipreste»

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La selección de los [[deán |deanes]] le compete totalmente al [[obispo]], aunque en algunos países los [[capítulo]]s rurales aún conservan el [[derecho]] de [[elección]]. Los deanes no poseen la [[Jurisdicción Eclesiástica |jurisdicción]] adecuada; son simplemente delegados del obispo para el desempeño de [[deber]]es eclesiásticos establecidos.  Su [[deber]] principal es facilitar las relaciones entre el [[Clero Secular |clero]] de su decanato y el [[ordinario]] (el obispo), ejercer cierta supervisión sobre el clero, visitar las [[parroquia]]s y examinar la administración de los deberes parroquiales por parte de los párrocos.  También suelen recibir del obispo facultades permanentes para la realización de ciertas [[bendición |bendiciones]] eclesiásticas. El deber de asistir al obispo en la [[Misa Pontificial]], antes deber del arcipreste de la [[catedral]], ha recaído en parte en el deán del [[capítulo]] [[catedral]]icio, y en parte en el [[Obispo Auxiliar |obispo auxiliar]], si lo hubiera.
 
La selección de los [[deán |deanes]] le compete totalmente al [[obispo]], aunque en algunos países los [[capítulo]]s rurales aún conservan el [[derecho]] de [[elección]]. Los deanes no poseen la [[Jurisdicción Eclesiástica |jurisdicción]] adecuada; son simplemente delegados del obispo para el desempeño de [[deber]]es eclesiásticos establecidos.  Su [[deber]] principal es facilitar las relaciones entre el [[Clero Secular |clero]] de su decanato y el [[ordinario]] (el obispo), ejercer cierta supervisión sobre el clero, visitar las [[parroquia]]s y examinar la administración de los deberes parroquiales por parte de los párrocos.  También suelen recibir del obispo facultades permanentes para la realización de ciertas [[bendición |bendiciones]] eclesiásticas. El deber de asistir al obispo en la [[Misa Pontificial]], antes deber del arcipreste de la [[catedral]], ha recaído en parte en el deán del [[capítulo]] [[catedral]]icio, y en parte en el [[Obispo Auxiliar |obispo auxiliar]], si lo hubiera.
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Vea también [[Controversia del Arcipreste |CONTROVERSIA DEL ARCIPRESTE]].
  
  

Última revisión de 23:16 6 oct 2021

Arcipreste: Así como entre los diáconos de la iglesia del obispo uno se destacaba como ayudante especial y representante del obispo y, como archidiácono, adquiría jurisdicción propia, así también encontramos desde el siglo IV en numerosas diócesis un arcipreste o jefe del colegio de presbíteros que ayudaba y representaba al obispo en el desempeño de sus deberes litúrgicos y religiosos. Por regla general, y especialmente en Roma, desde donde se extendió la costumbre, el presbítero más antiguo era investido con este rango; en la Iglesia Griega, por otro lado, su nombramiento a menudo estaba en manos del obispo. Por el decimoséptimo canon del Cuarto Sínodo de Cartago, el arcipreste también estaba asociado con el obispo como su representante en el cuidado de los pobres.

Tras la completa cristianización de los pueblos romano y germánico, nos encontramos en Occidente con otro tipo de arcipreste. Las necesidades espirituales de la población esparcida por los distritos rurales se multiplicaron tan rápidamente que se hizo imposible para el clero de la ciudad episcopal atender a todos. En consecuencia, pronto encontramos los centros rurales más grandes equipados con sus propias iglesias, un clero permanente y sus propias fuentes de apoyo. Los habitantes de las aldeas vecinas y de las casas solariegas muy dispersas estuvieron desde el principio sujetos a estas iglesias mayores o madres (ecclesia rusticana, dioecesana, parochia), en la medida en que era allí donde participaban de la Misa y recibían los sacramentos. Toda la parroquia se conocía como christianitas o plebs.

El arcipreste era el primero en rango entre los sacerdotes adscritos a tales iglesias madres. Estaba a la cabeza del clero local, estaba a cargo del culto divino y supervisaba los deberes del ministerio eclesiástico. Sin embargo, estaba sujeto al archidiácono; varias de estas grandes comunidades rurales, o parroquias, constituían un arcedianato. Las capillas privadas, que se multiplicaban paulatinamente en las haciendas de los grandes terratenientes y a las que se adscribían sacerdotes, con el permiso del obispo, no estaban exentas de la jurisdicción del arcipreste.

Todos los feligreses estaban obligados a estar presentes en la Misa principal del domingo en la iglesia madre (ecclesia baptismalis, titulus major). Todos los bautismos se llevaban a cabo allí y los servicios de entierro no se realizaban en ningún otro lugar. En las iglesias menores del territorio (tituli minores) sólo se permitía la Misa diaria, las devociones habituales y la instrucción en los elementos de la fe cristiana. El arcipreste de la iglesia madre era el jefe de todo el clero de su parroquia, y era responsable de la correcta ejecución de sus deberes eclesiásticos y de su forma de vida. Poco a poco, sucedió, especialmente en el período carolingio, que muchos tituli minores se convertían en iglesias parroquiales independientes, donde se realizaban todas las ceremonias religiosas, incluida la Misa dominical y el bautismo; así se incrementó notablemente el número de parroquias.

También sucedía que cuando una diócesis era muy extensa, se subdividía en varios distritos (llamados arciprestazgos, decanatos o christianitates) sobre cada uno de los cuales se colocaba un sacerdote como deán o arcipreste. El uso del término arciprestazgo para estos distritos diocesanos prueba que las antiguas parroquias extensas sirvieron de base para esta división, aunque las líneas fronterizas de los nuevos distritos no se correspondían necesariamente con los límites de las parroquias originales. En muchos casos se crearon distritos eclesiásticos completamente nuevos y, a veces, se unían varios antiguos arciprestazgos. En ocasiones, también se prestaba atención a las subdivisiones civiles del territorio en cuestión. Todo el clero de tal distrito constituía el capítulo rural, a la cabeza del cual estaba el arcipreste o deán rural.

Como representante del obispo, sus deberes eran supervisar toda la vida eclesiástica y religiosa de todo el territorio. Hacía cumplir los reglamentos del obispo y los decretos de los sínodos diocesanos, y vigilaba su observancia; presentaba al obispo para su ordenación a todos los candidatos a cargos eclesiásticos; zanjaba las diferencias menores entre el clero y daba a conocer al archidiácono cualquier fechoría grave del clero o laicado a fin de que se impusiese la penitencia adecuada al infractor. En el período carolingio era costumbre que el primer día de cada mes el arcipreste y el clero de su decanato se reunían para discutir asuntos de importancia. En una fecha posterior, tales reuniones se convocaban solo una o dos veces al año. Con el tiempo el capítulo rural adquirió el derecho de presentación al decanato; también eligió un camerarius para la administración de ciertos fondos comunes y un diffinator o asistente del deán. La unión de tales arciprestazgos formaba un arcedianato, cuyos deanes estaban sujetos al archidiácono.

Con el paso del tiempo, el cargo de deán o arcipreste sufrió muchos cambios. Este desarrollo no fue el mismo en todos los países, y a este hecho se pueden rastrear muchas diferencias locales. El Concilio de Trento se contentó con el establecimiento de reglamentos sobre las visitas de los deanes a las parroquias (Ses. XXIV, cap. 3, De reform.). San Carlos Borromeo abolió el cargo de deán en su diócesis y estableció en su lugar el de vicario rural, o vicario foráneo (vicarii foranei), cargo en todo momento revocable. En Francia, y en los territorios vecinos afectados por la reorganización eclesiástica que siguió a la Revolución Francesa, cada una de las nuevas diócesis se dividió en decanatos cuyos límites se calculaban para corresponder con las subdivisiones civiles. En cada distrito, el párroco de la iglesia principal solía ser el deán. Según la ley eclesiástica actual (a 1907), la división de una diócesis en decanatos corresponde al obispo; puede, si lo desea, combinar varios de esos distritos y hacer de ellos uno solo más grande.

La selección de los deanes le compete totalmente al obispo, aunque en algunos países los capítulos rurales aún conservan el derecho de elección. Los deanes no poseen la jurisdicción adecuada; son simplemente delegados del obispo para el desempeño de deberes eclesiásticos establecidos. Su deber principal es facilitar las relaciones entre el clero de su decanato y el ordinario (el obispo), ejercer cierta supervisión sobre el clero, visitar las parroquias y examinar la administración de los deberes parroquiales por parte de los párrocos. También suelen recibir del obispo facultades permanentes para la realización de ciertas bendiciones eclesiásticas. El deber de asistir al obispo en la Misa Pontificial, antes deber del arcipreste de la catedral, ha recaído en parte en el deán del capítulo catedralicio, y en parte en el obispo auxiliar, si lo hubiera.

Vea también CONTROVERSIA DEL ARCIPRESTE.


Bibliografía: THOMASSINUS, Vetus et nova Ecclesiæ disciplina (Londres, 1706), pt. I, Lb. II, III-VI, 1, 221 ss.; SCHMIDT, Thesaurus juris ecclesiastici germanici (Heidelburg, 1777), III, 290 ss. 314 ss.; STUTZ, Geschichte des kirchlichen Benefizialwesens von Anfang bis Alexander III (Berlín, 1895); IMBART DE LA TOUR, Les paroisses rurales dans l'ancienne France du IVe au XIe siècle (París, 1900); SÄGMÜLLER, Die Entwicklung des Archipresbyterats und Dekanats bis zum Ende des Karolingerreiches (Tübinga, 1898); IDEM, Lehrbuch des katholischen Kirchenrechts (Friburgo, 1904), 372 ss.

Fuente: Kirsch, Johann Peter. "Archpriest." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1, págs. 697-698. New York: Robert Appleton Company, 1907. 4 oct. 2021 <http://www.newadvent.org/cathen/01697b.htm>.

Traducido por Luz María Hernández Medina