Imposición de manos
De Enciclopedia Católica
El aspecto religioso de esta ceremonia apareció por primera vez en la consagración de Aarón y sus hijos al oficio del sacerdocio. Antes de inmolar animales en sacrificio, los sacerdotes, de acuerdo con el ritual mosaico, ponían sus manos sobre la cabeza de las víctimas (Éx. 29; Lev. 8,9); y en la expresiva despedida del chivo expiatorio, el oficiante colocaba sus manos sobre la cabeza del animal y rogaba que los pecados del pueblo pudieran descendieran a él y fuesen expiados en el desierto (Lev. 16,21). Los Apóstoles imponían las manos sobre los recién bautizados, para que pudieran recibir los dones del Espíritu Santo en confirmación (Hch. 8,17.19; 19,6); sobre aquellos a ser promovidos a las Órdenes Sagradas (Hch. 6,6; 13,3; 1 Tim. 4,14; 2 Tim. 1,6; Mt. 13); y sobre otros para conferirle algún don sobrenatural o beneficio corporal (Hechos, passim). En realidad el rito se usaba tan frecuentemente que la “imposición de manos” vino a designar una doctrina católica esencial (Heb. 6,2).
Para comprender claramente la medida en que la imposición de manos se utiliza en la Iglesia del presente, será necesario considerar su aspecto sacramental o teológico y también el ceremonial o litúrgico. En la confirmación, la imposición de manos constituye la materia esencial del sacramento, no sin embargo aquella que precede la unción, sino la que tiene lugar al momento de la aplicación del crisma (S.C. de Prop. Fide, 6 de agosto de 1840). En el sacramento de las órdenes sagradas entra, ya sea completamente o en parte, en la sustancia del rito a través del cual se confieren la mayoría de los grados superiores. Así, en la ordenación de los diáconos de acuerdo con el rito Latino, es al menos materia parcial del sacramento; en el otorgamiento del sacerdocio hay una triple imposición, viz.: (a) cuando el prelado que ordena, seguido de los sacerdotes, deposita las manos sobre la cabeza del candidato nil dicens; (b) cuando él y los sacerdotes extienden manos durante la oración, Oremus, fratres carissimi, y (c) cuando impone las manos otorgando el poder de perdonar los pecados, diciendo Accipe Spiritum Sanctum. La primera y segunda de estas imposiciones combinadas constituyen en la Iglesia Latina la materia parcial del sacramento, la traditio instrumentorum es la requerida para la adecuada o completa materia. Los griegos, sin embargo, confían en la imposición sola como la sustancia del rito sacramental. En la consagración de obispos la imposición de manos sola pertenece a la esencia (vea Confirmación; Órdenes Sagradas).
El uso ceremonial es mucho más extenso:
- (1) En el bautismo el sacerdote marca la frente y el pecho con la Señal de la Cruz, impone las manos sobre la cabeza durante la oración, “preces nostras”, y nuevamente después del exorcismo, implorando a Dios que haga descender la luz de la verdad dentro del alma purificada (cf. Rito Rom.). Tertuliano menciona la imposición como usada en el otorgamiento del bautismo en sus propios días (de Bap., VI, VII, &c.).
- (2) En la penitencia el ministro meramente levanta su mano al dar la absolución. Las antiguas ordines (cf. Martene, "De antiqua ecclesiæ disciplina", passim), registran esta costumbre.
- (3) En la extremaunción no hay imposición de manos ordenada por las rúbricas, aunque en la plegaria inmediata anterior a la unción se expresan las palabras per impositionem manuum nostrarum. Posiblemente la imposición es contenida en las unciones como lo es en la administración de la confirmación.
- (4) Aparte de los sacramentos, el rito es también empleado en casi todas las variadas bendiciones de personas y cosas. Así también se bendice a los abades y a las vírgenes (cf. Pontifical y Ritual Romano).
- (5) En la reconciliación de penitentes públicos y en la recepción a la Iglesia de los cismáticos, herejes y apóstatas, al principio se imponían las manos, y todavía se hace (cf. Duchesne, "Christian Worship", pp. 328, 435, San Cipriano, "De Lapsis", 16).
- (6). Son exorcizados de manera similar aquellos obsesionados por espíritus malignos (cf. Ritual Romano, Titus, X, CL). (7) Las rúbricas del misal ordenan al celebrante mantener sus manos extendidas durante la mayoría de las oraciones. En la oración de pre-consagración Hanc igitur oblationem, él también sostiene sus manos sobre la oblata. Esta acción parece tomada de la vieja práctica levítica, ya señalada, de depositar las manos sobre las víctimas a ser sacrificadas, pero, curiosamente, no se ha probado que sea muy antigua. Le Brun (Explication de la Messe, IV, 6) dice que él no encontró la rúbrica en ningún misal anterior al siglo XV. Pío V lo hizo de præcepto (cf. Gihr, "la Messe", II, 345).
El significado del acto es expresivo, ya que simboliza, como lo hace, la colocación del pecado sobre los elementos de pan y vino, el cual, al ser cambiado en el Cuerpo y la Sangre de Cristo, se convierte así en nuestro emisario o chivo expiatorio, y finalmente en la “víctima de nuestra paz” con Dios. Nada puede mostrar mejor la relación que siempre ha existido entre la oración y la ceremonia que se está considerando, que esta expresiva frase de San Agustín, ¿Quid aliud est manuum impositio, quam oratio super hominem? (De Bap., III, XVI, 21).
Bibligrafía: Además de las autoridades citadas arriba, vea los manuales de liturgia ordinarios; Roman Missal; MABILLON, Museum Italicum, II (París, 1689); CHEETHAM en Dict. Christ. Antiq., s.v.; LESÊTRE en VIG., Dict. de la Bible, s.v. Imposition des mains; THALHOFER en Kirchenlex, s.v. Handauflegung.
Fuente: Morrisroe, Patrick. "Imposition of Hands." The Catholic Encyclopedia. Vol. 7. New York: Robert Appleton Company, 1910. <http://www.newadvent.org/cathen/07698a.htm>.
Traducido por Luis Alberto Alvarez Bianchi. rc