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Domingo, 24 de noviembre de 2024

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Por razones místicas la [[ Iglesia ]] prescribe que los cirios que se usen en la Misa u otras funciones [[ litúrgicas ]] estén hechos de cera de abeja (luminaria cerea). – Missale Rom., De Defectibus, X, I; Sagrada Congregación de Ritos, 4 de Septiembre de 1875). La cera pura extraída de las flores por las abejas simboliza la carne pura de [[ Cristo ]] recibida de su [[ Madre Virgen ]], la mecha significa el [[ alma ]] de [[ Cristo ]] y la llama representa Su divinidad. Aunque las dos últimas propiedades se encuentran en toda clase de [[ cirios ]], la primera es propia de los [[ cirios ]] de cera de abejas. Sin embargo, no es [[ necesario ]] que estén hechos de cera de abejas sin mezcla alguna. El [[ cirio pascual ]] y los dos [[ cirios ]] que se usan en Misa deben estar hechos ex cera apum saltem in maxima parte (de cera de abejas en máxima proporción; n.d.t.) pero los otros [[ cirios ]] in majori vel notabili quantitate ex eadem cera (de la misma cera en su mayor o más notable cantidad; n.d.t.) (Sagrada Congregación de Ritos, 14 de Diciembre de 1904). Como norma deberían ser de cera blanca aclarada, pero en funerales, en el oficio de Tinieblas en la [[ Semana Santa ]], y en la Misa de Presantificados, el [[ Viernes Santo ]], deberán ser de cera amarilla no blanqueada (Caerem. Episc.). De Herdt (I, no. 183, Resp. 2) dice que deberían usarse [[ cirios ]] de cera no aclarada en [[ Adviento ]] y [[ Cuaresma ]] excepto en fiestas, solemnidades y especialmente durante la exposición y procesión del [[ Santísimo Sacramento ]]. [[ Cirios ]] hechos enteramente de cualquier otro material, como sebo (Sagrada Congregación de Ritos, 10 de Diciembre de 1857), estearina (Sagrada Congregación de Ritos, 4 de Septiembre de 1875) parafina, etc., están prohibidos. La Sagrada Congregación de Ritos (7 de Septiembre de 1850) hizo una excepción para los misioneros de Oceanía, quienes, por causa de la imposibilidad de conseguir [[ cirios ]] de cera, están autorizados a usar [[ cirios ]] de cachalote. Sin un [[ indulto Apostólico ]] no está permitido y constituye una grave ofensa celebrar [[ Misa ]] sin luz alguna (Sagrada Congregación de Ritos, 7 de Septiembre de 1850), aún con el propósito de distribuir el [[ Santo Viático ]], o de facilitar al pueblo cumplir con su [[ deber ]] de asistir a Misa los [[ Domingos ]] y días santos (St. Lig., bk. VI, n. 394). En estos y en casos similares de necesidad es común opinión que la Misa puede celebrarse con [[ cirios ]] de sebo o lámparas de aceite (Ibíd.). No está permitido comenzar la Misa antes de encender los [[ cirios ]] y no se deben apagar hasta el final de la Misa. Si los [[ cirios  ]] se acaban antes de la Consagración, y no pueden encenderse de nuevo, la mayoría de autores dice que la Misa podría ser interrumpida; si esto ocurre después de la Consagración, la Misa podría no ser interrumpida, aunque algunos autores dicen que si es posible encenderlos de nuevo dentro de quince minutos el celebrante debería interrumpir la Misa durante este tiempo (Ibíd.). Si es posible tener sólo un [[ cirio según las rúbricas ]] , la Misa puede celebrarse ex devotione (por devoción; n.d.t.)
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Por razones [[misticismo|místicas]] [[la Iglesia]] prescribe que las [[velas]] que se usan en la [[Sacrificio de la Misa|Misa]] y en otras funciones [[liturgia|litúrgicas]] estén hechas de cera de abeja (''luminaria cerea''). – Missale Rom., De Defectibus, X, I; Sac. Rites, 4 sept. 1875).   La cera pura extraída de las flores por las abejas [[simbolismo|simboliza]] la carne pura de [[Jesucristo|Cristo]] recibida de su [[María|Madre]] [[virginidad|Virgen ]], la mecha significa el [[alma]] de Cristo y la llama representa su divinidad. Aunque las dos últimas propiedades se encuentran en toda clase de velas, la primera es propia de las velas de cera de abejas solamente (Muller, Theol. Moralis, bk. III, tit. i, -§ 27).  Sin embargo, no es [[necesidad|necesario]] que estén hechas de cera de abejas sin mezcla alguna. El [[cirio pascual]] y las dos velas que se usan en Misa deben estar hechos ''ex cera apum saltem in maxima parte'' (de cera de abejas en máxima proporción; n.d.t.) pero las otras velas ''in majori vel notabili quantitate ex eadem cera'' (de la misma cera en su mayor o más notable cantidad; n.d.t.) (Cong. Sac. Rit., 14 dic. 1904).   Como norma deberían ser de cera blanca aclarada, pero en funerales, en el [[Oficio de Tinieblas]] en la [[Semana Santa]] y en la Misa de Pre santificados, el [[Viernes Santo]], deberán ser de cera amarilla no blanqueada ([[Caeremoniale Episcoporum|Caerem. Episc.]]). De Herdt (I, no. 183, Resp. 2) dice que deberían usarse   velas  de cera no blanqueadas en   [[Adviento]] y [[Cuaresma]] excepto en [[fiestas eclesiásticas|fiestas]], [[solemnidad]]es y especialmente durante la exposición y [[procesiones|procesión]] del   [[Eucaristía como Sacramento|Santísimo Sacramento]].   Están prohibidas las velas    hechas totalmente de cualquier otro material, como sebo (Sag. Cong. Ritos, 10 dic.1857), estearina (ibid., 4 sep. 1875), parafina, etc. La [[Congregaciones Romanas|Sagrada Congregación de Ritos]] (7 sept. 1850) hizo una excepción para los [[misiones católicas|misioneros]] de Oceanía, quienes, debido a la imposibilidad de conseguir velas de cera, se les permite usar velas  de cachalote.  
  
== Número de cirios en la Misa ==
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Sin un [[indulto pontificio|indulto apostólico]]  no está permitido y constituye una grave ofensa el celebrar [[Sacrificio de la Misa|Misa]] sin [[luces|luz]] alguna (Sag. Cong. Rit., 7 sept. 1850), aún con el propósito de distribuir el Santo [[Viático]], o de facilitar al pueblo el cumplir con su [[deber]]  de asistir a Misa los [[domingo]]s  y días de fiesta (St. Lig., bk. VI, n. 394).  En éstos y en casos similares de [[necesidad]] es la opinión común que la Misa se celebre con [[velas]] de sebo o [[lámpara de altar|lámparas]] de aceite (Ibíd.). No está permitido comenzar la Misa antes que la velas estén encendidas  y no se deben apagar hasta el final de la Misa.    Si las  velas se apagan antes de la Consagración, y no pueden encenderse de nuevo, la [[mayoría]] de autores dice que no debe interrumpirse la Misa; si esto ocurre después de la [[Consagración]], la Misa no debe ser interrumpida, aunque algunos autores dicen que si es posible encenderlas de nuevo dentro de quince minutos el celebrante debe interrumpir la Misa durante espacio de este [[tiempo]] (Ibíd.).  Si sólo se puede tener una vela de [[rúbricas|rúbrica]], se puede celebrar la Misa incluso ''ex devotione'' (por devoción; n.d.t.)
  
(1) En una Misa solemne pontifical, celebrada por el ordinario, se encienden siete [[ cirios ]]. El séptimo [[ cirio ]] debería ser un poco más alto que los otros, y debería estar situado en medio del altar en línea con los otros seis. Por esta razón el [[ crucifijo de altar ]] se desplaza un poco. En [[ Misas de Réquiem ]], y otros servicios [[ litúrgicos ]], por ejemplo [[ Vísperas ]], el séptimo [[ cirio ]] no se usa. Si el [[  obispo ]] celebra fuera de su [[ diócesis ]] o si es administrador, auxiliar, o coadjutor, el séptimo [[ cirio ]] no se enciende.
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==Número de velas en la Misa==
  
(2) En Misa solemne, por ejemplo, cuando el celebrante está asistido por un diácono y un subdiácono, se encienden seis [[ cirios ]]. Esto no está expresamente prescrito por las [[ rúbricas ]], sino meramente [[ deducido ]] de la [[ rúbrica ]] que describe la manera de [[ incensar ]] el altar (Ritus celebrandi Missam, tit. iv, n. 4), donde se dice que el celebrante [[ inciensa ]] ambos lados del altar con tres incensadas prout distribuuntur candelabra.  
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(1) En una [[Sacrificio de la Misa|Misa]] mayor [[Misa Pontifical|pontifical]], celebrada por el [[ordinario]], se encienden siete [[velas]].   La séptima vela debe ser un poco más alta que las otras, y debe estar situado en medio del [[altar]] en línea con las otros seis. Por esta razón el [[crucifijo de altar]] se desplaza un poco hacia adelante.  En [[Misas de Réquiem]] y en otros servicios    [[liturgia|litúrgicos]], por ejemplo, [[vísperas]], no se usa la séptima vela.  Si el [[obispo]]   celebra fuera de su [[diócesis]], o si es [[administrador]], [[obispo auxiliar|auxiliar]] o coadjutor, no se enciende la séptima vela.
  
(3) En Misa especial (missa cantata), que se celebra sin la asistencia de [[ diácono ]] y [[ subdiácono ]], se requieren al menos cuatro [[ cirios ]] (Sagrada Congregación de Ritos, 12 de Agosto de 1854), aunque pueden encenderse seis. En estas Misas descritas en (1), (2), (3), no son [[ necesarios ]] los dos [[ cirios ]] encendidos prescritos por el [[ Misal ]] (Rúbrica XX) para colocar uno en cada lado de la cruz (Sagrada Congregación de Ritos, 5 de Diciembre de 1891).
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(2) En una Misa mayor [[solemnidad|solemne]], por ejemplo, cuando el celebrante es asistido por un [[diácono]] y un [[subdiácono]], se encienden seis velas. Esto no está expresamente prescrito por las [[rúbricas]], sino que se [[deducción|deduce]] meramente de la rúbrica que describe la manera de    [[incienso|incensar]] el [[altar]] (Ritus celebrandi Missam, tit. iv, n. 4), la cual dice que el celebrante incensará ambos [[lados del altar]] con tres balanceos del [[incensario]] ''prout distribuuntur candelabra''.
  
(4) En [[ Misa ]] normal celebrada por un [[ obispo ]], se encienden usualmente cuatro [[ cirios ]], aunque el [[ Ceremoniale Episcoporum ]] (I, cap. xxix, n. 4) prescribe este número sólo para fiestas más solemnes, y dos para fiestas menores.
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(3) En una [[Sacrificio de la Misa|Misa]] mayor (''missa cantata''), que se celebra sin la asistencia de  diácono y subdiácono, se requieren al menos cuatro [[velas]] (Sag. Cong. Rit., 12 ag. 1854), aunque se pueden encender seis. En estas Misas descritas en (1), (2), (3), no son [[necesidad|necesarias]]   las dos velas encendidas que el [[Misal]] (Rúbr. XX) prescribe que se coloquen una a cada lado de la [[crucifijo de altar|cruz]] (Sag. Cong.Rit., 5 dic. 1891).
  
(5) En una [[ Misa ]] estrictamente normal celebrada por un [[ sacerdote ]] de grado inferior al de [[ obispo ]], cualquiera que sea su dignidad sólo se pueden usar dos [[ cirios ]].
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(4) En la Misa rezada celebrada por cualquier obispo, usualmente se encienden cuatro    velas, aunque el [[Caeremoniale Episcoporum]] (I, cap. XXIX, n. 4) prescribe este número sólo para las [[fiestas eclesiásticas|fiestas]] más solemnes, y dos para fiestas de [[ritos|rito]] menor.
  
(6) En una [[ Misa ]] no estrictamente normal, por ejemplo, en una Misa [[ parroquial ]] o comunitaria en fiestas más solemnes o en la Misa dicha en lugar de una Misa solemne o especial con ocasión de una gran solemnidad (Sagrada Congregación de Ritos, 12 de Septiembre de 1857), pueden usarse más de dos [[ cirios ]] cuando la celebra un [[ sacerdote ]] y más de cuatro [[ cirios ]] cuando la celebra un [[ obispo ]].
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(5) En una [[Sacrificio de la Misa|Misa]] estrictamente rezada, celebrada por cualquier [[sacerdote]] de grado inferior al de obispo, cualquiera que sea su [[dignatario eclesiástico|dignidad]] sólo se pueden usar dos [[velas]].
  
En todas las funciones a lo largo del año, excepto en [[ Viernes Santo ]] y [[ Sábado Santo ]], a los [[ obispos ]] se les permite el uso de bugia o candelero. El uso de bugia no está permitido a los [[ sacerdotes ]], cualquiera que sea su dignidad a menos que tenga concedido un privilegio Apostólico o personal o por razón de ser dignatarios de la curia. Si, por causa de la oscuridad un [[ sacerdote ]] tiene necesidad de luz cerca del [[ Misal ]] puede usar un [[ cirio ]], pero el [[ candelero ]] en que se sujeta no puede tener la forma de bugia (Sagrada Congregación de Ritos, 31 de Mayo de 1817). Nunca podrá usarse un lámpara de aceite a este propósito (Sagrada Congregación de Ritos, 20 de Junio de 1899); en la Devoción de las Cuarenta Horas al menos veinte [[ cirios ]] deberían arder continuamente (Instrucción Clementina, sección 6); en otras exposiciones públicas del [[ Santo Sacramento ]], por lo menos cinco (Sagrada Congregación de Ritos, 8 de Febrero de 1879); en la exposición privada, al menos seis (Cong. Episc. et Reg., nueve de Diciembre de 1602). Las únicas [[ bendiciones ]] en las que se prescriben [[ cirios ]] encendidos son:
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(6) En una  Misa  no estrictamente rezada, por ejemplo, en una Misa [[parroquia]]l o comunitaria en fiestas más solemnes o en la Misa dicha en lugar de una Misa solemne o mayor con ocasión de una gran [[solemnidad]] (Sag. Cong. Rit., 12 sept. 1857), pueden usarse más de dos velas cuando la celebra un sacerdote y más de cuatro velas cuando la celebra un obispo.
  
de los [[ cirios ]] en la fiesta de la Purificación.
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En todas las funciones a lo largo del año, excepto el [[Viernes Santo]]  y  [[Sábado Santo]], a los    [[obispo]]s se les permite el uso de la ''bugia'' o [[candelero]] de mano. El uso de la ''bugia'' no está permitido a los sacerdotes, cualquiera que sea su dignidad a menos que se le conceda por un [[privilegios eclesiásticos|privilegio]] apostólico, ya sea [[persona]]l o debido a que sea un [[dignatario eclesiático|dignatario]] de la [[Curia Romana|Curia]].  Si debido a la oscuridad un  sacerdote tiene la necesidad de una [[luces|luz]] cerca del Misal, puede usar una vela, pero el candelero en que se sujeta no puede tener la forma de ''bugia'' (Sag. Cong. Rit., 31 mayo 1817).  Nunca podrá usarse una lámpara de aceite para este propósito (Sag. Cong. Rit., 20 jun. 1899); en la [[Devoción de las Cuarenta Horas]] al menos veinte [[velas]] deberían arder continuamente (Instrucción Clementina, sección 6); en otras exposiciones públicas del [[Eucaristía como Sacramento|Santísimo Sacramento]], por lo menos cinco (Sag. Cong. Rit., 8 feb. 1879); en la exposición privada, al menos seis (Cong. Episc. et Reg., 9 dic. 1602). Las únicas [[bendición|bendiciones]]    para las que se prescriben velas encendidas son:
de las cenizas en el [[ Miércoles de Ceniza ]];
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de las velas en la [[Fiesta de la Purificación de María]];
de las palmas en el [[ Domingo de Ramos ]].
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* de las cenizas el [[Miércoles de Ceniza]];
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* de las [[palma en el simbolismo cristiano|palmas]] el [[Domingo de Ramos]].
  
  
== Acerca de esta página ==
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'''Fuente''': Schulte, Augustin Joseph. "Altar Candles." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907. 19 Feb. 2012 <http://www.newadvent.org/cathen/01347a.htm
  
APA citas. Schulte, A. J. (1907). Cirios de altar. En La Enciclopedia Católica. Nueva York: Robert Appleton Company.
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Traducido por Andrés Peral Martín.  rc
[[ http://www.newadvent.org/cathen/01347a.htm ]]
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MLA citas. Schulte, Augustin  Joseph. “Cirios de altar”. La Enciclopedia Católica. Vol. 1. Nueva York: Robert Appleton Company, 1907.
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[[ http://www.newadvent.org/cathen/01347a.htm ]]
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Transcripción. Este artículo fue transcrito para New Advent por Michael C. Tinkler.
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Aprobación Eclesiástica. Nihil Obstat. 1 de Marzo de 1907. Remy Lafort, S.T.D., Censor. Imprimatur. +John Cardinal Farley, Arzobispo de Nueva York.
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Contacto para información. El editor de New Advent es Kevin Knight. Mi correo electrónico es feedback732 en newadvent.org. (Para combatir el correo no deseado, esta dirección puede cambiar ocasionalmente.) Lamentablemente, no puedo responder a cada comunicación, pero agradezco su información, especialmente notificaciones sobre errores tipográficos y anuncios no apropiados.
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Este artículo ha sido traducido de Inglés a Español por Andrés Peral Martín
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Revisión de 20:10 19 feb 2012

Por razones místicas la Iglesia prescribe que las velas que se usan en la Misa y en otras funciones litúrgicas estén hechas de cera de abeja (luminaria cerea). – Missale Rom., De Defectibus, X, I; Sac. Rites, 4 sept. 1875). La cera pura extraída de las flores por las abejas simboliza la carne pura de Cristo recibida de su Madre Virgen , la mecha significa el alma de Cristo y la llama representa su divinidad. Aunque las dos últimas propiedades se encuentran en toda clase de velas, la primera es propia de las velas de cera de abejas solamente (Muller, Theol. Moralis, bk. III, tit. i, -§ 27). Sin embargo, no es necesario que estén hechas de cera de abejas sin mezcla alguna. El cirio pascual y las dos velas que se usan en Misa deben estar hechos ex cera apum saltem in maxima parte (de cera de abejas en máxima proporción; n.d.t.) pero las otras velas in majori vel notabili quantitate ex eadem cera (de la misma cera en su mayor o más notable cantidad; n.d.t.) (Cong. Sac. Rit., 14 dic. 1904). Como norma deberían ser de cera blanca aclarada, pero en funerales, en el Oficio de Tinieblas en la Semana Santa y en la Misa de Pre santificados, el Viernes Santo, deberán ser de cera amarilla no blanqueada (Caerem. Episc.). De Herdt (I, no. 183, Resp. 2) dice que deberían usarse velas de cera no blanqueadas en Adviento y Cuaresma excepto en fiestas, solemnidades y especialmente durante la exposición y procesión del Santísimo Sacramento. Están prohibidas las velas hechas totalmente de cualquier otro material, como sebo (Sag. Cong. Ritos, 10 dic.1857), estearina (ibid., 4 sep. 1875), parafina, etc. La Sagrada Congregación de Ritos (7 sept. 1850) hizo una excepción para los misioneros de Oceanía, quienes, debido a la imposibilidad de conseguir velas de cera, se les permite usar velas de cachalote.

Sin un indulto apostólico no está permitido y constituye una grave ofensa el celebrar Misa sin luz alguna (Sag. Cong. Rit., 7 sept. 1850), aún con el propósito de distribuir el Santo Viático, o de facilitar al pueblo el cumplir con su deber de asistir a Misa los domingos y días de fiesta (St. Lig., bk. VI, n. 394). En éstos y en casos similares de necesidad es la opinión común que la Misa se celebre con velas de sebo o lámparas de aceite (Ibíd.). No está permitido comenzar la Misa antes que la velas estén encendidas y no se deben apagar hasta el final de la Misa. Si las velas se apagan antes de la Consagración, y no pueden encenderse de nuevo, la mayoría de autores dice que no debe interrumpirse la Misa; si esto ocurre después de la Consagración, la Misa no debe ser interrumpida, aunque algunos autores dicen que si es posible encenderlas de nuevo dentro de quince minutos el celebrante debe interrumpir la Misa durante espacio de este tiempo (Ibíd.). Si sólo se puede tener una vela de rúbrica, se puede celebrar la Misa incluso ex devotione (por devoción; n.d.t.)

Número de velas en la Misa

(1) En una Misa mayor pontifical, celebrada por el ordinario, se encienden siete velas. La séptima vela debe ser un poco más alta que las otras, y debe estar situado en medio del altar en línea con las otros seis. Por esta razón el crucifijo de altar se desplaza un poco hacia adelante. En Misas de Réquiem y en otros servicios litúrgicos, por ejemplo, vísperas, no se usa la séptima vela. Si el obispo celebra fuera de su diócesis, o si es administrador, auxiliar o coadjutor, no se enciende la séptima vela.

(2) En una Misa mayor solemne, por ejemplo, cuando el celebrante es asistido por un diácono y un subdiácono, se encienden seis velas. Esto no está expresamente prescrito por las rúbricas, sino que se deduce meramente de la rúbrica que describe la manera de incensar el altar (Ritus celebrandi Missam, tit. iv, n. 4), la cual dice que el celebrante incensará ambos lados del altar con tres balanceos del incensario prout distribuuntur candelabra.

(3) En una Misa mayor (missa cantata), que se celebra sin la asistencia de diácono y subdiácono, se requieren al menos cuatro velas (Sag. Cong. Rit., 12 ag. 1854), aunque se pueden encender seis. En estas Misas descritas en (1), (2), (3), no son necesarias las dos velas encendidas que el Misal (Rúbr. XX) prescribe que se coloquen una a cada lado de la cruz (Sag. Cong.Rit., 5 dic. 1891).

(4) En la Misa rezada celebrada por cualquier obispo, usualmente se encienden cuatro velas, aunque el Caeremoniale Episcoporum (I, cap. XXIX, n. 4) prescribe este número sólo para las fiestas más solemnes, y dos para fiestas de rito menor.

(5) En una Misa estrictamente rezada, celebrada por cualquier sacerdote de grado inferior al de obispo, cualquiera que sea su dignidad sólo se pueden usar dos velas.

(6) En una Misa no estrictamente rezada, por ejemplo, en una Misa parroquial o comunitaria en fiestas más solemnes o en la Misa dicha en lugar de una Misa solemne o mayor con ocasión de una gran solemnidad (Sag. Cong. Rit., 12 sept. 1857), pueden usarse más de dos velas cuando la celebra un sacerdote y más de cuatro velas cuando la celebra un obispo.

En todas las funciones a lo largo del año, excepto el Viernes Santo y Sábado Santo, a los obispos se les permite el uso de la bugia o candelero de mano. El uso de la bugia no está permitido a los sacerdotes, cualquiera que sea su dignidad a menos que se le conceda por un privilegio apostólico, ya sea personal o debido a que sea un dignatario de la Curia. Si debido a la oscuridad un sacerdote tiene la necesidad de una luz cerca del Misal, puede usar una vela, pero el candelero en que se sujeta no puede tener la forma de bugia (Sag. Cong. Rit., 31 mayo 1817). Nunca podrá usarse una lámpara de aceite para este propósito (Sag. Cong. Rit., 20 jun. 1899); en la Devoción de las Cuarenta Horas al menos veinte velas deberían arder continuamente (Instrucción Clementina, sección 6); en otras exposiciones públicas del Santísimo Sacramento, por lo menos cinco (Sag. Cong. Rit., 8 feb. 1879); en la exposición privada, al menos seis (Cong. Episc. et Reg., 9 dic. 1602). Las únicas bendiciones para las que se prescriben velas encendidas son:


Fuente: Schulte, Augustin Joseph. "Altar Candles." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907. 19 Feb. 2012 <http://www.newadvent.org/cathen/01347a.htm

Traducido por Andrés Peral Martín. rc