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Jueves, 21 de noviembre de 2024

Lujuria

De Enciclopedia Católica

Revisión de 02:04 21 sep 2016 por Luz María Hernández Medina (Discusión | contribuciones)

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Lujuria es el deseo desmedido por, o la satisfacción de, el placer carnal que se experimenta en los órganos reproductivos humanos. La ilicitud de la lujuria se reduce a esto: que la satisfacción venérea se busca, ya sea fuera del matrimonio o, en todo caso, de una manera que es contraria a las leyes que rigen las relaciones conyugales. Cada tal satisfacción criminal es un pecado mortal, siempre, por supuesto, que en sí misma sea voluntaria y totalmente deliberada. Este es el testimonio de San Pablo en la Epístola a los Gálatas, 5.19-21: “Ahora bien, las obras de la carne son conocidas: fornicación, impureza, libertinaje… de las cuales os prevengo, como ya os previne, que quienes hacen tales cosas no heredarán el Reino de Dios.” Además, si es cierto que la gravedad de las ofensas se ha de medir por el daño que hacen al individuo y/o a la comunidad, no puede haber duda de que la lujuria tiene a este respecto una gravedad del todo propia.

Las transgresiones contra otras virtudes aparte de la pureza a menudo admiten un grado menor de malicia y se consideran veniales. La impureza tiene la mala distinción de que cada vez que hay una entrega consciente directa a cualquiera de sus fases la culpabilidad incurrida es siempre grave. Este juicio, sin embargo, debe modificarse cuando es cuestión de alguna gratificación impura por la que la persona es responsable, no inmediatamente, sino porque había dispuesto su causa, y a la que no ha consentido deliberadamente. El acto puede ser sólo pecado venial, pues la determinación del grado de maldad dependerá del peligro próximo captado al ceder por parte del agente, así como de la capacidad para conocer que la acción provocaría placer venéreo.

Este enseñanza aplica tanto a los pecados exteriores como interiores: “Todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón” (Mateo 5,28). No importa cual pueda ser el caso en cuanto a la extensión de la obligación, bajo ciertas circunstancias, en la que uno debe abstenerse de acciones cuyo resultado neto es excitar las pasiones, los moralistas concurren en cuanto al consejo que dan. Todos ellos hacen hincapié en los peligros de la situación, y señalan los peligros prácticos de un fallo en abstenerse. No importa que no haya, como suponemos, una intención inicial pecaminosa. La más pura prudencia y el más rudimentario auto-conocimiento demandan por igual la abstinencia, cuando sea posible, de las cosas que, aunque no gravemente malas en sí mismas, pero fácilmente activan la flama del fuego profano que puede arder, pero no se extingue.

Se dice que la lujuria es un pecado capital, y la razón es obvia. El placer que este vicio tiene como su objeto es a la vez tan atractivo y connatural a la naturaleza humana como para excitar fuertemente el deseo de una persona, y así conducirla a la comisión de muchos otros trastornos en la búsqueda de ella. Los teólogos ordinariamente distinguen diversas formas de lujuria en la medida en que es un pecado externo consumado, por ejemplo, la fornicación, el adulterio, el incesto, el asalto criminal, el secuestro y la sodomía. Cada uno de estos tiene su propia malicia específico ---un hecho a tener en cuenta a los efectos de salvaguardar la integridad del Sacramento de la Penitencia.


Fuente: Delany, Joseph. "Lust." The Catholic Encyclopedia. Vol. 9, p. 438. New York: Robert Appleton Company, 1910. 20 Sept. 2016 <http://www.newadvent.org/cathen/09438a.htm>.

Traducido por Luz María Hernández Medina