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Jueves, 21 de noviembre de 2024

Ministro

De Enciclopedia Católica

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Desde hace tiempo el término ministro ha sido asignado de forma distintiva a los clérigos. El lenguaje de 1 Cor. 4,1-2; Heb. 8,2; Mt. 20,26, etc. debe haber ayudado a familiarizar la idea de que los encargados de las funciones espirituales en la Iglesia cristiana fueron llamados a ser los siervos (ministri) de sus hermanos. Incluso antes de la Reforma la palabra ministro se utilizaba ocasionalmente en inglés para describir a los miembros del clero que realmente tomaban parte en una función, o el celebrante a diferencia de los asistentes, pero no se utilizaba entonces sine addito para designar a un eclesiástico.

Este uso del término data desde Calvino, quien se opuso al nombre sacerdote, etc. porque envolvía una concepción errónea de la naturaleza del oficio sagrado. Estos puntos de vista calvinistas tenido alguna influencia en Inglaterra. En el Libro de Oración Común la palabra ministro aparece frecuentemente en el sentido de que el oficiante presta un servicio, y en el trigésimo segundo de los Cánones Eclesiásticos (1603) leemos: "ningún obispo hará a una persona diácono y ministro ambos en un mismo día", donde se destaca claramente el ministro como el equivalente de sacerdote.

En cuanto al uso moderno el Diccionario de Historia Inglesa dice: "El uso del término ministro para designar a un clérigo anglicano (antes extensamente en boga, a veces con una aplicación más específica a un clérigo beneficiado) se ha vuelto raro en los últimos tiempos, y ahora se asocia principalmente con vistas a la Iglesia Inferior, pero sigue siendo la denominación común de uno nombrado para el oficio espiritual en cualquier comunión no episcopal, especialmente de uno que tiene un cargo pastoral".

En cuanto a su uso católico, ministro es el título de algunos superiores en varias órdenes religiosas. Al jefe de la Orden Franciscana se le conoce como el ministro general, y al superior de las diferentes provincias de las distintas ramas se le llama ministro provincial. Lo mismo puede decirse de la Orden de los Trinitarios para la Redención de Cautivos y de algunas otras órdenes. En la Compañía de Jesús al segundo al mando en cada casa, que generalmente se encarga de la disciplina interna, la intendencia, etc., se le llama ministro. Carece de fundamento la declaración hecha en el "Diccionario católico" de Addis y Arnold, y de ahí incorporada al gran Diccionario de la Historia Inglesa, que a cada uno de los cinco ayudantes del general de los jesuitas se les llama ministro.


Fuente: Thurston, Herbert. "Minister." The Catholic Encyclopedia. Vol. 10. New York: Robert Appleton Company, 1911. 6 Dec. 2012 <http://www.newadvent.org/cathen/10326a.htm>.

Traducido por Luz María Hernández Medina

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II.

Del latín ministru, servidor. Quien ejerce un ministerio. Los ministerios vienen a ser servicios estables que presta la iglesia a sus fieles. En la antigüedad la palabra ministro era empleada para los que ejercían los ministerios dentro de las iglesias no episcopales, mientras los que lo ejercían dentro de las iglesias episcopales (Católica, Anglicana, Ortodoxa, Episcopal, etc.) eran y son llamados sacerdotes, pudiendo ser obispos o presbíteros.

Actualmente, el uso de esta palabra se ha generalizado a todos aquellos que reciben y ejercen un ministerio. El ordinario del lugar, es decir el epíscopo u obispo de la iglesia particular o diócesis; tiene la potestad de administrar los ministerios según la necesidad de la iglesia particular y basado en el derecho.

En el marco de una celebración litúrgica, el obispo instituye los ministerios a los bautizados idóneos, quienes luego de recibirlo son llamados ministros.

Los ministros pueden clasificarse según su participación en el sacerdocio bautismal o ministerial:

1. Ministros Ordenados [1]

Entre ellos están el obispo y el presbítero, quienes ejercen el sacerdocio “in persona Christi capitis” [2]; y el diácono quien ejerce el ministerio como Jesucristo servidor. “diakonoi”. Estos ministros son ordenados en rito sacramental y son sellados con carácter indeleble.

2. Ministros Laicos [3]

Los laicos que ejercen el sacerdocio común no consagrado por el sacramento del orden pero si instituidos o conferidos por el obispo, no imprimen carácter indeleble.Instituidos mediante rito sacramental [4].Lector y Acólito.Conferidos en celebración litúrgica. [5]. Ministro extraordinario de La Palabra Ministro extraordinario de La Sagrada Comunión y Exposición del Santísimo y otros ministros creados según necesidades de la diócesis.

Existen otros servicios que no son ejercidos por ministros propiamente dichos, sino por fieles que son escogidos eventualmente por quien preside la celebración litúrgica.

Todos los fieles están llamados a ser “Liturgo”, a participar activamente en la liturgia. [6]

La nueva evangelización en la Iglesia Católica ha fomentado el incremento de los ministros laicos, principalmente para la atención de un mayor número de enfermos, para mejorar los servicios litúrgicos dentro de las Celebraciones Eucarísticas numerosas y para atender a las comunidades que no celebran la Eucaristía por ausencia de presbítero.

Dependiendo de las necesidades de la Diócesis, y del discernimiento del obispo, algunos ministros calificados puedes ser seleccionados como candidatos al diaconado permanente, lo que les permite la entrada al estado clerical.

GUSTAVO A. CARRILLO L.

[1] Denominación empleada en CCE 1120, 1142, 1548. Cf LG 10.

[2] Cf PO 2,6 CCE 1548.

[3] SC 29; CCE 1143; EN 73; Cf CIC 230,1.

[4] Se emplea el Pontifical, rito de institución Lector y Acólito.

[5] Celebración litúrgica donde los laicos reciben el ministerio, se ha acostumbrado realizarla en la Catedral celebrando la palabra de “La mies es mucha y los obreros pocos” Mt 9,35-10,8 o paralelos asociados a la misma

[6] CCE 1144.