Abad Laico
De Enciclopedia Católica
(abbattocomes, abbas laicus, abbas miles).
Abad laico es el nombre que se utilizaba para designar a un laico a quien un rey o alguien con autoridad concedía una abadía como recompensa por los servicios prestados; él estaba encargado de los bienes pertenecientes a ella y tenía derecho a parte de sus ingresos. Esta funesta costumbre tenía un efecto nocivo en la vida del claustro. Existió principalmente en el imperio franco del siglo VIII hasta la reforma eclesiástica del siglo XI. Carlos Martel fue el primero en conceder extensas propiedades eclesiásticas a los laicos, amigos políticos y a los guerreros que le habían ayudado en sus campañas. En un periodo anterior, los merovingios franceses habían concedido tierras de la Iglesia a los laicos, o por lo menos les habían permitido su posesión y uso, aunque no la el título de propiedad. Numerosos sínodos realizados en Francia en los siglos VI y VII aprobaron decretos contra el abuso de la propiedad eclesiástica. Los reyes franceses tenían el hábito de designar abades en los monasterios que ellos habían fundado; lo que es más, muchos monasterios, aunque no habían sido fundados por el rey, se colocaban bajo el patronazgo real para estar bajo su protección y así se convertían en posesión de la Corona. Esta costumbre de los gobernantes merovingios de disponer de la propiedad eclesiástica en casos individuales, así como la de designar abades en los monasterios fundados por o pertenecientes a ellos, fue tomado como precedente por los reyes franceses para recompensar a los laicos con abadías, o darlas a los obispos in commendam. Durante el reinado de Carlos Martel la Iglesia fue muy perjudicada por este abuso, no solamente en sus propiedades sino también en su vida religiosa. San Bonifacio y luego Hincmar de Reims describen muy tristemente la resultante caída de la disciplina de la Iglesia; y aunque San Bonifacio intentó celosamente e incluso exitosamente reformar la Iglesia Franca, la concesión de abadías a abades seculares no fue enteramente abolida. En tiempos de Pepín se les permitió a los monjes, si la abadía pasaba a manos seculares, trasladarse a otra comunidad.
Carlomagno también dio frecuentemente propiedad eclesiástica, y algunas veces abadías, como posesión feudal). Es cierto que San Luis el Piadoso ayudó a San Benito de Aniane en su esfuerzo para reformar la vida monástica. Para lograr esto, fue necesario restablecer la libre elección de abades y también el nombramiento de monjes intachables como jefes de las casas monásticas. Aunque el emperador Luis compartió estos principios, continuó cediendo abadías a laicos y sus hijos lo imitaron. La importante abadía de San Riquier (Centula) en Picardy tuvo abades seculares desde la época de Carlomagno, quien se la había dado a su amigo San Angilberto, poeta y amante de su hija Bertha y padre de sus dos hijos. Después de la muerte de Angilberto en 814, la abadía fue dada a otros laicos. Bajo tales influencias la Iglesia estuvo sometida al sufrimiento, frecuentemente las abadías fueron escenario de mundanalidad y francachelas. Varios sínodos del siglo IX aprobaron decretos contra esta costumbre; el Sínodo de Diedenhofen (octubre de 844) decretó en su canon tercero, que las abadías no podían continuar en poder de los laicos, sino que los monjes debían ser los abades (Hefele, “Knoziliengeshchichte”, 2nd ed., IV, 110). Asimismo los Sínodos de Meaux y París (845-846) se quejaron de que los monasterios poseídos por laicos habían caído en decadencia y enfatizaron los deberes del rey en este aspecto (op. Cit., IV, 115). Pero las abadías continuaron siendo otorgadas a los laicos especialmente en Francia y Lorena, por ejemplo en San Evre cerca a Toul, en el reinado de Lotario I. Lotario II, sin embargo, la restableció al control eclesiástico en 858, pero el mismo rey dio Donmoutier a un laico; y las Abadías de San Germán y San Martín, en la Diócesis de Tour, también fueron entregadas a abades seculares. En la Diócesis de Metz, la Abadía de Gorze estuvo mucho tiempo en poder de laicos y bajo ellos entró en decadencia. Stavelot y Malmédy, de la Diócesis de Liege, fueron otorgadas en el siglo XI a cierto conde llamado Raginarius, como también San Maximin cerca de Traer, al conde Adalhard, etc. (Hauck, “Kirchengeschichte Deutschland”, II, 598). El Sínodo de Maguncia en 888 decretó (can. XXV) que los abades seculares debían nombrar prebostes y abades encargados de la tesorería competentes para dirigir sus monasterios.
Los concilios, sin embargo, no pudieron poner fin al mal; en el Sínodo de Trosly, en la Diócesis de Soissons en 909, se recibieron fuertes quejas (ch. III) sobre la vida de los monjes; muchos conventos, se dijo, eran gobernados por laicos, cuyas esposas e hijos, soldados y perros, se alojaban en los recintos de los religiosos. Para mejorar estas condiciones fue necesario, declaró el Sínodo, reinstalar a los abades y abadesas regulares; al mismo tiempo los cánones eclesiásticos y capitulares reales declaraban a los laicos completamente exentos de autoridad en los asuntos de la Iglesia (Hefele, op.cit., IV, 572-73). Los abades laicos existieron en el siglo X y XI. Gosfred, Duque de Aquitania, fue Abad del monasterio de San Hilario de Poiters y como tal, publicó los decretos emitidos (1078) en el Sínodo de Poitiers (Hefele, op.cit., V, 116). Fue sólo a través de los llamados conflictos de investidura que la Iglesia fue liberada del dominio secular; la reforma de la vida religiosa y eclesiástica traída por el Papado, puso fin a la concesión de abadías a los laicos.
Bibliografía: THOMASSINUS, Vetus et nova ecclesiae disciplina circa beneficia, parte II, lib II c.12 sqq (Lyons, 1705, 586-622); Hafele, Historia de los Concilios; Digby, Ages of Faith; FOSTER, Monasterio Británico; LINGARD, Historia de Inglaterra (Dublin , 1878); D’Alton, Historia de Irlanda; STUART AND COLEMAN, Historia de la Diócesis de Armagh.
Fuente: Kirsch, Johann Peter. "Lay Abbot." The Catholic Encyclopedia. Vol. 9. New York: Robert Appleton Company, 1910. <http://www.newadvent.org/cathen/09092a.htm>.
Traducido por Luz Helena Cabrales. L H M.