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Sábado, 23 de noviembre de 2024

Diferencia entre revisiones de «Feudalismo»

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Las fuentes del feudalismo surgen de la mezcla de los usos bárbaros y las leyes romanas (Maine, "Ancient Law", Londres, 1906, ix). Para explicar esta relación se debe producir la transformación que ocurre en el Imperio Romano a comienzos del siglo cuarto. Alrededor de esa fecha Diocleciano reorganiza el imperio con el establecimiento de una enorme burocracia, y al mismo tiempo lo incapacita con su abrumadora carga impositiva. El resultado obvio fue el abatimiento de las clases libre en esclavos, y la barbarización del Imperio. Antes del año 300 d.C. el terrateniente ausente cultivaba las tierras por medio de una familia rustica o cuadrilla de esclavos, tan de propiedad suya como sus propiedades transables, aunque otros podían labrar sus campos con trabajo asalariado. Dos causas extendieron e intensificaron este sistema de esclavitud organizada: (1) la legislación Imperial donde dos terceras partes de la riqueza de un hombre debe estar en la tierra, y de esta manera impedir la acumulación de metálico, y prevenir los intentos de ocultar riquezas y evadir los impuestos. Por esto la tierra se convirtió en el medio de intercambio más que el dinero, esto es, la tierra no era arrendada por una renta sino a cambio de un servicio. (2) La abrumadora carga de impuestos que cae sobre la tierra (tributum soli) obliga a los pequeños propietarios a colocarse a si mismos bajo su vecinos ricos, que pagan los impuestos por ellos, a cambio de lo cual ellos estaban consiguientemente obligados a realizar servidumbre (obsequium) en trabajo y especies. Así estaban atados al suelo (ascripti glebae), en una dependencia no transferible. Sobre ellos el señor tenía poderes de corrección, no evidentes, de jurisdicción.
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Las fuentes del feudalismo surgen de la mezcla de los usos bárbaros y el [[Derecho Romano |derecho romano]] (Maine, "Ancient Law", Londres, 1906, IX).   Para explicar esto se debe hacer referencia al cambio que ocurrió en el Imperio Romano a comienzos del siglo IV.   Alrededor de esa [[Fechas y Datación |fecha]] [[Diocleciano]] reorganizó el Imperio mediante el establecimiento de una enorme burocracia, y al mismo tiempo lo deshabilitó con su abrumadora tributación.   El resultado obvio fue el descenso de las clases libre a no libres, y la barbarización del Imperio. Antes del año 300 d.C. el terrateniente ausente cultivaba las tierras por medio de una ''familia rustica'' o brigada de [[Esclavitud y Cristianismo |esclavos]], que eran tan de su propiedad como su [[propiedad]] mueble, aunque otros podían labrar sus campos con trabajo [[salario |asalariado]].
  
Entretanto, los esclavos mismos eran propiedad territorial, no personal. Además, la tierra pública (ager publicus) era concedida en gran parte a veteranos libres (como en Colchester, Inglaterra), parcialmente a los laeti, -- una clase semi servil de los pueblos conquistados (como los germanos en Inglaterra bajo Marco Antonio), pagando, además del tributum soli, en servicios manuales y especies (sordida munera). Igualmente en las ciudades romanas, por el mismo método, los propietarios urbanos (curiales) comenzaron a devastar a la población de artesanos (collegiati). En una palabra, la clase media desapareció; el imperio estaba dividido en dos fuerzas opuestas: una burocracia aristocrática y una población de trabajadores serviles.
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Dos [[causa]]s extendían e intensificaban este sistema esclavista organizado:  (1) la legislación Imperial que ordenaba que dos terceras partes de la [[Uso de la Riqueza |riqueza]] de un [[hombre]] debía ser en terrenos, para así liberar el efectivo acumulado y prevenir los intentos de ocultar la riqueza y así escapar de los impuestos.   De ahí que la tierra se convirtió en el medio de intercambio en lugar del dinero, es decir, la tierra no era ocupada por una renta sino por un servicio.  (2)  La presión de los impuestos que recaían sobre la tierra (''tributum soli'') obligaba a los pequeños propietarios a someterse a sus vecinos ricos, que pagaban los impuestos por ellos, pero a quienes, por lo tanto, estaban [[obligación |obligados]] a prestar servicios (''obsequium'') en trabajo y en especie.    Así quedaban atados al suelo (''ascripti glebae''), no dependientes transferibles.  El señor tenía sobre ellos poderes de corrección, aparentemente no de jurisdicción.
  
Sobre el Imperio Romano así organizado se produjo la invasión germánica, y éstos bárbaros tenían también su propia organización, tosca y veleidosa aunque funcional. De acuerdo a Tacitus ("Germania"), los germanos estaban divididos en cerca de cuarenta civitates, o populi, o pueblos. Algunos de ellos, cercanos a las fronteras romanas, vivían bajo reyes, otros, más remotos, eran gobernados por asamblea popular o príncipes elegidos. Algunos de ellos podían combinarse para formar una "oposición", el único lazo en común consistía en sus ritos religiosos compartidos. El populus o civitas, por otra parte, fue una política unitaria. Esto fue dividiendo las pagi, cada pagus era aparentemente un límite jurisdiccional, probablemente reunidos en una corte sobre la cual un princeps (príncipe), elegido por asamblea popular, presidía,  pero las causas eran decididas por un cuerpo de hombres libres usualmente en un número cercano al centenar. Paralelamente con el pagus, de acuerdo a Tacitus (Germania, xii), aunque en realidad probablemente una división de él, fue el vicus, una unidad agrícola. El vicus estaba ( aunque Seebohm, en  "English Historical Review", de julio, 1892, 444-465 considera que no era así) representado en dos tipos (1) los dependientes de la aldea, consistente en la casa del señor y las cabañas de sus subordinados (tal vez los vestigios de los pueblos indígenas conquistados) quieres pagaban una renta en especies, cereal o ganado, (2) los poblados libres de casas dispersas, cada una con su cercado propio. Alrededor de estas aldeas se extendían grandes praderas en las que los aldeanos paastaban sus reses. Cada año un paño de tierra nueva era puesta aparte para ser arada, de ella cada aldeano tomaba una cuota proporcional a su posición oficial en la comunidad. Fue la amalgama de estos dos sistemas lo que produjo el feudalismo.
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Entretanto, los [[Esclavitud y Cristianismo |esclavos]] mismos se habían convertido en territoriales y no personales. Además, la tierra pública (''ager publicus'') fue convertida en haciendas rústicas mediante concesiones en parte a veteranos libres (como en Colchester, [[Inglaterra]]), en parte a los ''laeti'', —una clase semi servil de pueblos conquistados (como los [[Alemania |alemanes]] en Inglaterra bajo Marco Antonio) que pagaban, además del ''tributum soli'', con servicio manual en especie (''sordida munera''). Incluso en las ciudades romanas, por el mismo proceso, los propietarios urbanos (''curiales'') fueron degradados a la población manufacturera (''collegiati'').   En una palabra, la clase media desapareció; el Imperio se dividió en dos fuerzas opuestas: una burocracia aristocrática y una población trabajadora servil.
  
Pero aquí, precisamente según la relativa preponderancia de los sistemas Germánico y Romano en el feudalismo señorial, es que la discusión aún continúa. El asunto varía, en cierta medida, en la perspectiva tomada del carácter de las invasiones germánicas. Los defensores del predominio romano desecha esos movimientos como meras correrías, produciendo en cambio mucho daño material, pero que en realidad no alteraron la estirpe o las instituciones de los pueblos romanizados. Sus oponentes, no obstante, hablan de dichas incursiones mas bien como de un pueblo nómade -- de guerreros, mujeres y niños, así como ganado y esclavos, que impresionaron y moldearon indeleblemente las instituciones de los pueblos con los que se encontraban. La misma discusión se enfoca alrededor del señorío o feudo medieval, el cual se puede observar mejor en su variedad inglesa. La antigua teoría consideraba que el feudo era lo mismo que las "marcas" teutónicas, más la intrusión de un señor (Stubbs, "Constitutional History", Oxford, 1897, I, 32-71). Esto fue atacado por Fustel de Coulanges (Histoire des institutions politiques et de l'ancienne France, Paris, 1901) y por Seebohm (The English Village Community, Londres, 1883, viii, 252, 316) quien insiste en un ancestro latino de la villa romana, abogando por una evolución no de la libertad a la servidumbre, sino de la esclavitud, a través de la servidumbre, hasta la libertad. Los argumentos de la Escuela Latina pueden ser resumidos así: (1) la marca (De ahí el marqués o señor de un territorio delimitado o marca. N. del Traductor) es un fragmento de inspiración teutónica (cf. "Oxford English Dictionary" de Murray, s.v. 167, "asamblea de marcas" probablemente quiere decir "un lecho de hierbas"). (2) las antiguas leyes germánicas están basadas en el supuesto de la propiedad privada. (3) analogías de Maine y otros de India y Rusia no en lo puntual. (4) los bretones romanizados, por ejemplo, en la Bretaña sudeste tenían un completo sistema señorial antes que los sajones llegaran desde la Germania. --- esto era en tanto contestado por la Escuela Teutónica (Elton, Eng. Hist. Rev., julio, 1886; Vinogradoff, "Growth of the Manor", Londres, 1905, 87, Maitland, "Domesday Book and Beyond", Cambridge, 1897, 222, 232, 327, 337): (1) el nombre "marca" no puede ser aplicado en Inglaterra a no ser que el evento existiera. (2) no se niega que existen analogías entre la villa romana y el señorío posterior, pero las analogías no necesariamente implican derivación. (3) el señorío o feudo no era sólo una unidad agrícola, sino también judicial. Si el señorío se originó en la villa romana, que estaba compuesta de una población servil, ¿cómo era posible que los demandantes en una corte fueran también los jueces? ¿O esos aldeanos tenían derechos comunes sobre las tierras sobrantes de igual modo que sus señores? ¿O que la comunidad era representada en cientos de cortes por cuatro hombres y sus lacayos? (4) la evidencia de Seebohm está casi completamente diseñada en base a las posiciones de las villas y los villanos en los dominios del rey, de grandes cuerpos eclesiásticos o de hombres de iglesia. Cada aldea era reconocidamente dependiente. (5) Mucha de la evidencia proviene de fuentes contaminadas de juristas normandos y franceses que se inclinaban a ver la servidumbre como si no existiese. En conjunto, los últimos escritores sobre feudalismo, tomando un punto de vista legal, se inclinan por la Escuela Teutónica.
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Sobre el Imperio Romano así organizado se derramó la invasión teutónica, y estos bárbaros también tenían su organización, por burda y cambiante que pudiese ser.  De acuerdo a Tácito (Germania), los [[Alemania |germanos]] estaban divididos en cerca de cuarenta ''civitates'', o ''populi'', o pueblos.  Algunos de ellos, cercanos a las fronteras romanas, vivían bajo reyes; otros, más remotos, eran gobernados por asambleas populares o príncipes electivos.  Varios de ellos podían combinarse para formar un "tronco", cuyo único lazo en común consistía en sus [[ritos]] [[religión |religiosos]] compartidos. El ''populus'' o ''civitas'', por otra parte, fue una unidad política.  Se dividía en ''pagi'', cada ''pagus'' era aparentemente un límite jurisdiccional, probablemente reunidos en un tribunal presidido por un ''princeps'' (príncipe), elegido por asamblea popular,  pero en el que las causas eran decididas por un cuerpo de [[hombre]]s libres usualmente en un número cercano al centenar.   
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Paralelamente con el ''pagus'', de acuerdo a Tácito (Germania, XII), aunque en realidad probablemente una división de él, estaba el ''vicus'', una unidad agrícola.  El ''vicus'' estaba representado en dos tipos (aunque Seebohm pensaba que no, "English Historical Review", julio, 1892, 444-465): (1) la aldea dependiente, que consistía de la casa del señor y las cabañas de sus subordinados (tal vez los vestigios de pueblos indígenas conquistados) quieres pagaban una renta en especie, cereal o ganado; (2)  la aldea libre con casas dispersas, cada una con su cercado propio. Alrededor de esta aldea se extendían grandes praderas en las que los aldeanos pastoreaban su ganado.  Cada año se separaba un lote de tierra nueva para ser arada, de la cual cada aldeano tomaba una parte proporcional a su posición oficial en la comunidad. Fue la amalgama de estos dos sistemas lo que produjo el feudalismo.
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Pero es aquí donde todavía continúa la discusión, precisamente en cuanto a la relativa preponderancia de los sistemas germánico y romano en el feudalismo señorial. La pregunta gira, hasta cierto punto, sobre la opinión adoptada sobre el carácter de las incursiones germánicas.   Los defensores de la preponderancia romana describen estos movimientos como meras correrías, que de hecho producían mucho daño material, pero que en realidad no alteraron la raza o las instituciones de los pueblos romanizados.   Sin embargo, sus oponentes hablan de dichas incursiones más bien como de pueblos nómadas —de guerreros, [[mujer]]es y niños, incluso ganado y [[Esclavitud y Cristianismo |esclavos]]— que sellaron indeleblemente y moldearon indeleblemente las instituciones de la raza con la que se encontraron.
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La misma discusión se enfoca alrededor del señorío o feudo medieval, el cual se puede observar mejor en su variedad inglesa. La antigua teoría consideraba que el feudo era lo mismo que las "marcas" teutónicas, más la intrusión de un señor (Stubbs, "Constitutional History", Oxford, 1897, I, 32-71). Esto fue atacado por Fustel de Coulanges (Histoire des institutions politiques et de l'ancienne France, Paris, 1901) y por Seebohm (The English Village Community, Londres, 1883, viii, 252, 316) quien insiste en un ancestro latino de la villa romana, abogando por una evolución no de la libertad a la servidumbre, sino de la esclavitud, a través de la servidumbre, hasta la libertad. Los argumentos de la Escuela Latina pueden ser resumidos así: (1) la marca (De ahí el marqués o señor de un territorio delimitado o marca. N. del Traductor) es un fragmento de inspiración teutónica (cf. "Oxford English Dictionary" de Murray, s.v. 167, "asamblea de marcas" probablemente quiere decir "un lecho de hierbas"). (2) las antiguas leyes germánicas están basadas en el supuesto de la propiedad privada. (3) analogías de Maine y otros de India y Rusia no en lo puntual. (4) los bretones romanizados, por ejemplo, en la Bretaña sudeste tenían un completo sistema señorial antes que los sajones llegaran desde la Germania. --- esto era en tanto contestado por la Escuela Teutónica (Elton, Eng. Hist. Rev., julio, 1886; Vinogradoff, "Growth of the Manor", Londres, 1905, 87, Maitland, "Domesday Book and Beyond", Cambridge, 1897, 222, 232, 327, 337): (1) el nombre "marca" no puede ser aplicado en Inglaterra a no ser que el evento existiera. (2) no se niega que existen analogías entre la villa romana y el señorío posterior, pero las analogías no necesariamente implican derivación. (3) el señorío o feudo no era sólo una unidad agrícola, sino también judicial. Si el señorío se originó en la villa romana, que estaba compuesta de una población servil, ¿cómo era posible que los demandantes en una corte fueran también los jueces? ¿O esos aldeanos tenían derechos comunes sobre las tierras sobrantes de igual modo que sus señores? ¿O que la comunidad era representada en cientos de cortes por cuatro hombres y sus lacayos? (4) la evidencia de Seebohm está casi completamente diseñada en base a las posiciones de las villas y los villanos en los dominios del rey, de grandes cuerpos eclesiásticos o de hombres de iglesia. Cada aldea era reconocidamente dependiente. (5) Mucha de la evidencia proviene de fuentes contaminadas de juristas normandos y franceses que se inclinaban a ver la servidumbre como si no existiese. En conjunto, los últimos escritores sobre feudalismo, tomando un punto de vista legal, se inclinan por la Escuela Teutónica.
  
 
==Causas==  
 
==Causas==  

Revisión de 19:57 7 jul 2020

Etimología y Definición

El término feudalismo se deriva del ario antiguo pe'ku, de ahí el sánscrito pacu, "ganado"; así como también del latín pecus (cf. pecunia); del antiguo alto alemán fehu, fihu, "ganado", "propiedad", "dinero"; del antiguo frisón fia; antiguo sajón fehu; inglés antiguo feoh, fioh, feo, fee.

Es una palabra indefinible pues representa el desarrollo progresivo de la organización europea durante siete siglos. Sus raíces se remontan a las condiciones sociales de los pueblos primitivos, y sus ramificaciones se extienden a la evolución militar, política y judicial hasta nuestros días. Aun así, hasta ahora se puede incluir en el alcance medible de una definición si se tiene en cuenta su doble aspecto; pues el feudalismo (como cualquier otra organización sistemática de fuerzas civiles y religiosas en un Estado) comprende deberes y derechos, de acuerdo a si se mira desde un punto de vista local o central.

(1) En cuanto a los deberes que conlleva, el feudalismo puede ser definido como un sistema contractual en el que la nación, representada por el rey, entrega sus tierras a individuos que pagan una renta mediante un trabajo gubernamental no solo en forma de servicio militar, sino además según solicitado por la corte real. Originalmente, de hecho, comenzó como un sistema militar. El Imperio Carolingio adoptó ese mismo recurso en imitación del Imperio Romano tardío, el cual, debido a las incursiones germánicas, retribuía con concesiones de tierras a individuos con la condición de que prestasen servicio militar (Palgrave, "English Commonwealth", I, 350, 495, 505). De esta forma los ataques daneses del siglo IX fueron enfrentados por un ejército semiprofesional, mejor armado y más tácticamente eficiente que las antiguas levas germánicas. Este método de formar una fuerza nacional permanente mediante la concesión de tierras a individuos es perfectamente normal en la historia; lo atestiguan el feudo timar turco (Cambridge Modern History, I, III, 99, 1902), el fief de soudée de los reinos latinos orientales (Bréhier, "L'Eglise et l'Orient au moyen âge", París, 1907, IV, 94), y, en cierta medida, el uchelwyr galés (Rhys y Jones, "The Welsh People", Londres, 1900, VI, 205).

En general, el feudalismo significa el gobierno por aficionados pagados con tierras en lugar de profesionales pagados con dinero. De ahí que, como se puede ver, una de las causas de la decadencia del feudalismo fue la sustitución en cada rama de la vida civil del "vínculo por terrenos" por el "vínculo por dinero". Por lo tanto, el feudalismo, al asociar el dominio de la tierra con el trabajo gubernamental, contribuyó en gran medida a la solución de la dificultad siempre de la cuestión de la propiedad; de hecho, no mediante un verdadero sistema de nacionalización de la tierra, sino induciendo a los señores a trabajar por el país a cambio del derecho de posesión de tierras. Así, gradualmente, se aproximó y realizó el ideal político de Aristóteles, "dominio privado y uso común" (Política, II, V, 1263, a). Por lo tanto, en cierta medida el feudalismo aún existe, permaneciendo como la gran justificación de los terratenientes modernos dondequiera —como comisarios, jueces de paz, etc.— que realizan trabajo gubernamental no remunerado.

(2) Respecto a los derechos que crea, el feudalismo puede ser definido como "un sistema graduado basado en la tenencia de la tierra en el que cada señor juzga, grava y dirige a la clase social que está por debajo de él" (Stubbs, "Constitutional History", Oxford, 1897, I, IX, 278). Un resultado de esto fue que, cada vez que el barón obtenía del rey una Carta de Libertades, el rey siempre lograba que las concesiones a sus terratenientes fuesen paralelas a sus concesiones a sus vasallos inferiores (cf. Stubbs, " Select Charters ", Oxford, 1900, § 4, 101, 260, 304). Otro resultado más serio y menos benéfico fue que, si bien el feudalismo convertía centralmente al soberano en un terrateniente, localmente convertía al terrateniente en soberano.

Origen

Las fuentes del feudalismo surgen de la mezcla de los usos bárbaros y el derecho romano (Maine, "Ancient Law", Londres, 1906, IX). Para explicar esto se debe hacer referencia al cambio que ocurrió en el Imperio Romano a comienzos del siglo IV. Alrededor de esa fecha Diocleciano reorganizó el Imperio mediante el establecimiento de una enorme burocracia, y al mismo tiempo lo deshabilitó con su abrumadora tributación. El resultado obvio fue el descenso de las clases libre a no libres, y la barbarización del Imperio. Antes del año 300 d.C. el terrateniente ausente cultivaba las tierras por medio de una familia rustica o brigada de esclavos, que eran tan de su propiedad como su propiedad mueble, aunque otros podían labrar sus campos con trabajo asalariado.

Dos causas extendían e intensificaban este sistema esclavista organizado: (1) la legislación Imperial que ordenaba que dos terceras partes de la riqueza de un hombre debía ser en terrenos, para así liberar el efectivo acumulado y prevenir los intentos de ocultar la riqueza y así escapar de los impuestos. De ahí que la tierra se convirtió en el medio de intercambio en lugar del dinero, es decir, la tierra no era ocupada por una renta sino por un servicio. (2) La presión de los impuestos que recaían sobre la tierra (tributum soli) obligaba a los pequeños propietarios a someterse a sus vecinos ricos, que pagaban los impuestos por ellos, pero a quienes, por lo tanto, estaban obligados a prestar servicios (obsequium) en trabajo y en especie. Así quedaban atados al suelo (ascripti glebae), no dependientes transferibles. El señor tenía sobre ellos poderes de corrección, aparentemente no de jurisdicción.

Entretanto, los esclavos mismos se habían convertido en territoriales y no personales. Además, la tierra pública (ager publicus) fue convertida en haciendas rústicas mediante concesiones en parte a veteranos libres (como en Colchester, Inglaterra), en parte a los laeti, —una clase semi servil de pueblos conquistados (como los alemanes en Inglaterra bajo Marco Antonio) que pagaban, además del tributum soli, con servicio manual en especie (sordida munera). Incluso en las ciudades romanas, por el mismo proceso, los propietarios urbanos (curiales) fueron degradados a la población manufacturera (collegiati). En una palabra, la clase media desapareció; el Imperio se dividió en dos fuerzas opuestas: una burocracia aristocrática y una población trabajadora servil.

Sobre el Imperio Romano así organizado se derramó la invasión teutónica, y estos bárbaros también tenían su organización, por burda y cambiante que pudiese ser. De acuerdo a Tácito (Germania), los germanos estaban divididos en cerca de cuarenta civitates, o populi, o pueblos. Algunos de ellos, cercanos a las fronteras romanas, vivían bajo reyes; otros, más remotos, eran gobernados por asambleas populares o príncipes electivos. Varios de ellos podían combinarse para formar un "tronco", cuyo único lazo en común consistía en sus ritos religiosos compartidos. El populus o civitas, por otra parte, fue una unidad política. Se dividía en pagi, cada pagus era aparentemente un límite jurisdiccional, probablemente reunidos en un tribunal presidido por un princeps (príncipe), elegido por asamblea popular, pero en el que las causas eran decididas por un cuerpo de hombres libres usualmente en un número cercano al centenar.

Paralelamente con el pagus, de acuerdo a Tácito (Germania, XII), aunque en realidad probablemente una división de él, estaba el vicus, una unidad agrícola. El vicus estaba representado en dos tipos (aunque Seebohm pensaba que no, "English Historical Review", julio, 1892, 444-465): (1) la aldea dependiente, que consistía de la casa del señor y las cabañas de sus subordinados (tal vez los vestigios de pueblos indígenas conquistados) quieres pagaban una renta en especie, cereal o ganado; (2) la aldea libre con casas dispersas, cada una con su cercado propio. Alrededor de esta aldea se extendían grandes praderas en las que los aldeanos pastoreaban su ganado. Cada año se separaba un lote de tierra nueva para ser arada, de la cual cada aldeano tomaba una parte proporcional a su posición oficial en la comunidad. Fue la amalgama de estos dos sistemas lo que produjo el feudalismo.

Pero es aquí donde todavía continúa la discusión, precisamente en cuanto a la relativa preponderancia de los sistemas germánico y romano en el feudalismo señorial. La pregunta gira, hasta cierto punto, sobre la opinión adoptada sobre el carácter de las incursiones germánicas. Los defensores de la preponderancia romana describen estos movimientos como meras correrías, que de hecho producían mucho daño material, pero que en realidad no alteraron la raza o las instituciones de los pueblos romanizados. Sin embargo, sus oponentes hablan de dichas incursiones más bien como de pueblos nómadas —de guerreros, mujeres y niños, incluso ganado y esclavos— que sellaron indeleblemente y moldearon indeleblemente las instituciones de la raza con la que se encontraron.

La misma discusión se enfoca alrededor del señorío o feudo medieval, el cual se puede observar mejor en su variedad inglesa. La antigua teoría consideraba que el feudo era lo mismo que las "marcas" teutónicas, más la intrusión de un señor (Stubbs, "Constitutional History", Oxford, 1897, I, 32-71). Esto fue atacado por Fustel de Coulanges (Histoire des institutions politiques et de l'ancienne France, Paris, 1901) y por Seebohm (The English Village Community, Londres, 1883, viii, 252, 316) quien insiste en un ancestro latino de la villa romana, abogando por una evolución no de la libertad a la servidumbre, sino de la esclavitud, a través de la servidumbre, hasta la libertad. Los argumentos de la Escuela Latina pueden ser resumidos así: (1) la marca (De ahí el marqués o señor de un territorio delimitado o marca. N. del Traductor) es un fragmento de inspiración teutónica (cf. "Oxford English Dictionary" de Murray, s.v. 167, "asamblea de marcas" probablemente quiere decir "un lecho de hierbas"). (2) las antiguas leyes germánicas están basadas en el supuesto de la propiedad privada. (3) analogías de Maine y otros de India y Rusia no en lo puntual. (4) los bretones romanizados, por ejemplo, en la Bretaña sudeste tenían un completo sistema señorial antes que los sajones llegaran desde la Germania. --- esto era en tanto contestado por la Escuela Teutónica (Elton, Eng. Hist. Rev., julio, 1886; Vinogradoff, "Growth of the Manor", Londres, 1905, 87, Maitland, "Domesday Book and Beyond", Cambridge, 1897, 222, 232, 327, 337): (1) el nombre "marca" no puede ser aplicado en Inglaterra a no ser que el evento existiera. (2) no se niega que existen analogías entre la villa romana y el señorío posterior, pero las analogías no necesariamente implican derivación. (3) el señorío o feudo no era sólo una unidad agrícola, sino también judicial. Si el señorío se originó en la villa romana, que estaba compuesta de una población servil, ¿cómo era posible que los demandantes en una corte fueran también los jueces? ¿O esos aldeanos tenían derechos comunes sobre las tierras sobrantes de igual modo que sus señores? ¿O que la comunidad era representada en cientos de cortes por cuatro hombres y sus lacayos? (4) la evidencia de Seebohm está casi completamente diseñada en base a las posiciones de las villas y los villanos en los dominios del rey, de grandes cuerpos eclesiásticos o de hombres de iglesia. Cada aldea era reconocidamente dependiente. (5) Mucha de la evidencia proviene de fuentes contaminadas de juristas normandos y franceses que se inclinaban a ver la servidumbre como si no existiese. En conjunto, los últimos escritores sobre feudalismo, tomando un punto de vista legal, se inclinan por la Escuela Teutónica.

Causas

Las mismas causas que provocaron en el Imperio Romano tardío la desaparición de la clase media y los límites de confrontación entre la burocracia y la población servil, impulsaron a los latinos teutonizados y a los teutones latinizados a develar el sistema completo del feudalismo.

(1) Sistema tributario, ya sea por medio del feorm-fultum, danegelt o gabelle, se forzaba al hombre más pobre a encomendarse a sí mismo a un señor. El señor pagaba el impuesto pero exigía a cambio condiciones de servicio. El subalterno prestador de servicio asimismo sabía que tenía que "entregar sus tierras" a un señor en pago por un impuesto, dicha tierra el señor se la restituía manteniéndola en estado feudal (esto es, territorios mantenidos en el territorio feudal del señor), y esto es la semilla del feudalismo.

(2) otra, y más relevante causa, fue la concesión real de territorios. Alrededor de esto, también, los historiadores en una época se pusieron en disputa. La antigua visión era que los territorios francos eran simplemente terrenos privados, la posición autoritaria de la cual estaba basada sobre el testimonio del pueblo opuesto al "libro de propiedades", con su registro escrito de las tierras. Pero en 1830 John Allen (Ascenso y Crecimiento de la Prerrogativa Real) trata de mostrar que las tierras francas en realidad eran propiedad pública, nacional, tierras desechadas o inútiles. Su teoría era que todos los libros de propiedades (escrituras de traspaso de tierras) hechos por los reyes Anglo-sajones eran simples robos del dominio público, hecho en beneficio del rey, sus favoritos, o la Iglesia. El libro de propiedades fue un instrumento eclesiástico introducido por los misioneros romanos, primero usado por ese entusiasta converso, Ethelbert de Kent, aunque no se popularizó hasta el siglo noveno. Allen basó sus teorías en dos fundamentos: (a) el rey ocasionalmente inscribía tierras para si mismo, que por lo tanto no había poseído antes; (b) el consentimiento de Witan era necesario para la conseción de tierras francas, las cuales, por lo tanto, eran consideradas una posesión pública. A esto, el profesor Vinogradoff (Eng. Hist. Rev., enero, 1893, 1-17) responde: (a) que el pueblo nada sabía de propiedad común, y que a fortiori, la nación entera no había tenido una idea como esa; (b) que el rey en sus encomiendas nunca habló de terram gentis sino de terram juris sui; (c) que las tierras así traspasadas siempre están expresamente descritas como habitadas, cultivadas, etc., y por lo tanto, no pueden ser descritas como tierras inapropiadas o desechadas. Finalmente, el profesor Maitland (Domesday Book and Beyond, Cambridge, 1897, 244) claramente explica lo que ocurría distinguiendo dos tipos de propiedad: económica y política. La propiedad económica es el derecho a compartir los beneficios agrícolas del terreno, como lo hace el terrateniente moderno, etc. La propiedad política es el derecho a beneficios judiciales por el suelo - la facultad, por consiguiente, en el sentido de gobernarlo o ejercer propiedad sobre él. Para el libro de propiedades, por lo tanto, la tierra era entregada como posesión, no económica sino política, y los servidores demandados en las cortes de justicia, pagando peajes, etc., orientando sus multas, no a la hacienda pública, sino al amo recién incorporado, quien de esta manera poseía la soberanía y los resultados del erario. En consecuencia el señor local recibía los privilegios del feorm-fultum, o el derecho de ser hospedado por una o más noches. Así, también, en Irlanda, hasta el siglo diecisiete, el caudillo disfrutaba "cuño y librea" de su tribu; y en la Francia medieval este fue el droit de gête del amo. Los impuestos a la tierra en su esencia, fecuentemente, ayudaron a avasallar al hombre libre. Además el rey entrega al nuevo señor los beneficios de la justicia y los derechos de peaje, haciendo, por lo tanto, que el hombre libre sea más dependiente de ese señor. Sin embargo, debe ser declarado que el rey casi siempre retiene en sus manos los casos civiles y criminales más importantes. Siempre eran muy fácil de prever los resultados de la transferencia por el rey de los derechos sobre las tierrras francas, esto es, el abatimiento de las aldeas libres. Las etapas de este sometimiento pueden ser brevemente mostrados: (a) la iglesia o señor nominado para beneficiarse de las rentas establece un superintendente para recolectar estas rentas de beneficio. De un modo u otro este superintendente se apropiaba de tierra como dominio, parcialmente en lugar de, en parte junto con, las rentas de beneficio; (b) la iglesia o el señor nominado por el libro de propiedades para obtener beneficios jurisdiccionales hace que la tenencia de las tierras por los aldeanos quede bajo pleito en sus cortes, la transferencia de los aldeanos viene a ser hecha en esa corte, donde finalmente es concebido como teniendo la validación de un regalo o donación a su rector.

(3) Entretanto la acción del Estado extiende este sometimiento (a) por sus muchos esfuerzos en los Pactos del siglo décimo para mantener la ley y el orden en esas rústicas sociedades levantadoras de castillos. Para que el sistema se desarrollara aquellos hombres debían agruparse de tal manera que un hombre podía ser responsable por otros, especialmente el señor por sus hombres. Como un ejemplo de lo anterior se puede tomar los Pactos de los reyes Francos, tales como Childeberto y Clotario, y del rey Edgardo de Inglaterra. (Stubbs, Select Charters, 69-74); y la más reciente y famosa Ordenanza de Athelstan (Conc. Treatonlea, c. 930, ii; Stubbs, Select Charters, Oxford, 1900, 66): "Y nosotros hemos ordenado respecto a aquellos hombres sin señor de quienes no puede ser obtenida ley, a fin de que por cada ciento sean dirigidos de entre aquellos quien resida en derecho de gentes y lo elijan como señor en una asamblea popular"; (b) otra manera fue por la institución de una carga impositiva central en el siglo once -- en Inglaterra por medio del "danegelt" (tributo en dinero efectivo. N. Del Trad.), y en el extranjero por diferentes gabelas. Este era un impuesto monetario en una epoca en que otros pagos eran en gran parte hechos es especies. Por consiguiente, tal como bajo el imperio Romano tardío, el más pobre se encomendaba a un señor, quien pagaba por él. Pero demandando a cambio un pago en servicio, un tributum soli. El dependiente convertido en criado, tal como en los días de mantenimiento en Lancaster, para ser protegido por su señor, como por ejemplo en las cortes reales de justicia, y reembolsando a su amo en servicio militar y económico, y ante incidentes feudales de propiedades, custodias, etc. (para detalles de ayudas feudales, cf. Maitland, Constitutional History, 27-30)

(4) no puede olvidarse que un ceorl (el ceorl era el "campesino libre" en la sociedad anglosajona. N. Del Trad.) o comerciante podía "prosperar" (Stubbs, Select Charters, 65; probablemente fechado en el siglo once), así como acumular riqueza en desmedro de sus vecinos, y gradualmente llegar a ser un amo en la aldea -- poseedor de una iglesia, un horno donde los aldeanos pueden hornear su pan (jus furmi), una floreciente casa semi-fortificada y un escaño donde sentarse en un juicio.

(5) la última gran causa que desarrolló el feudalismo fue la guerra. Es un viejo dicho, de cerca de una docena de siglos de antigüedad, que "la guerra engendra al rey". No es menos verdadero que la guerra, no civil, sino internacional, engendra al feudalismo. Ella primero forzaba al rey a dejar de rodearse con una anticuada guardia de nobles o milicia nacional, que habían olvidado en sus pretensiones agrícolas que los movimientos rápidos son lo fundamental en las acciones militares, y por golpear con la espada al arado habían perdido el deseo de dar golpes de acero en su forma antigua. En consecuencia se organizó una nueva fuerza militar, levantando un ejercito profesional. Este ejército debía ser alojado y alimentado en tiempo de paz. Como resultado a sus miembros individuales les fueron concedidas tierras y propiedades, o vivían junto al rey como su séquito personal. En alguna proporción, en vez de cada hombre vigoroso siendo individualmente ligado en persona para servir a su soberano en el campo, los señores o terratenientes estaban obligados en virtud a sus tenencias a proporcionar una cierta cantidad de guerreros, armados adecuadamente, de acuerdo al rango, grado y riqueza del combatiente. En segundo lugar, esto entregaba otra razón para la encomienda, esto es, protección. El señor ahora era requerido, no para pagar un impuesto, sino para extender la esfera de su influencia tanto como para mantener una granja solitaria tanto para alejar los ataques de un enemigo, como para tener un lugar de retirada y refugio en tiempo de guerra. Esto debía tenerlo en consideración el señor, para imaginar, que el hombre protegido pueda ser identificado por ser dependiente de su alto protector judicial, política y económicamente. Finalmente, el propio rey se veía impulsado hasta la cúspide del sistema mismo. Los diferentes señores encomendados a si mismos a esta figura central, para ayudarlo en tiempos de crisis, y ver ellos la inutilidad de simplemente tratar de repeler a un enemigo. Ellos estaban continuamente siendo derrotados porque "comarca no ayuda a comarca" (Anglo-Saxon Chronicle, ann. 1010). Así la verdadera razón por la que el siniestro inglés Ethelred el Desprevenido (rey inglés entre el 978-1016. N. Del Trad.) aceptó a Sweyn (rey danés invasor. N. del Trad.) fue simplemente debido a que Ethelred no tenía idea de cómo centralizar y unificar la nación; justo en sentido contrario a la exitosa resistencia de París a los escandinavos hecha por sus duques, los Caballeros de la Isla de Francia, títulos reales que los Carolingios de Laon eran muy débiles para defender, y en la carencia de una guerra defensiva nacional que impidió la unificación del inmanejable Sacro Imperio Romano. Esto es efectivamente demostrado por la explosión real de un sentimiento nacional que centrado alrededor de uno de los más débiles emperadores, Federico III, en el asedio de Neuss, simplemente porque Carlos el Audaz pensó amenazar Alemania con su ataque a Colonia. Desde estas guerras, entonces, los reyes emergían, no tanto como simples líderes de sus pueblos sino como propietarios de la tierra en que sus pueblos vivían, no tanto como Reges Francorum sino como Reges Franciae, no como Duces Normannorum sino como Duces Normanniae, no como reyes de los Anglos sino como de Engla-land. (la tierra-anglo). Este cambio de la soberanía tribal a la territorial señala la existencia completa del feudalismo como una organización social en todas sus relaciones (económica, judicial, política), sobre la base de las encomiendas y la tenencia de tierras.

Esencia

Estamos ahora, por lo tanto, en posición de entender exactamente qué era exactamente el feudalismo. Teniendo en mente la doble definición que dimos al comienzo, podemos, por respeto a la claridad, resumir el feudalismo en sus tres partes componentes. Esto incluye el elemento territorial, una idea de vasallaje y el privilegio de una franquicia.

(1) el elemento territorial es la cesión del vasallaje por el señor a sus hombres. En un comienzo este era probablemente en especies y ganado tanto como en terrenos. De aquí su etimología. Littré hace del Bajo Latin feudum como de orígen teutónico, y de allí se relaciona con el Antiguo Alto Germánico fihu, el Anglo-Sajón feoh (in fee: derechos de propiedad), el Alemán moderno vieh. Esto quiere decir que la palabra queda atrás en los tiempos cuando el ganado era originalmente la única forma de riqueza, pero esto llega por un proceso perfectamente natural, cuando la humanidad ha pasado de una vida nómade a la fijación de un domicilio necesario para las ocupaciones pastorales, que significará riqueza en general y finalmente riqueza en tierras. El ganado, mercancías, o tierras eran entregados por el señor a sus dependientes, para ser mantenido, no en propiedad completa, sino en usufructuo, en condiciones originalmente personales pero luego en forma hereditaria. (Este proceso completo puede ser fácilmente seguido en "Studies in Anglo Saxon Institutions" de Hector Monroe Chadwick, Cambridge, 1905, ix, 308-354; x, 378-411, donde se da cuenta detallada de cómo el "thegn" (thegn o thane es una palabra anglosajona antigua para describir a un asistente, funcionario o empleado de confianza del rey. N. del Trad.), un sirviente personal del rey, progresa hasta llegar a terrateniente poseyendo un promedio de cinco paños de tierras y es responsable ante su soberano en temas de guerra y jurisdicción). La influencia de la iglesia, asimismo, en esta gradual transferencia de un vasallaje personal a uno territorial ha sido generalmente admitida. Las casas monásticas serían las primeras en ser capaces de darse la molestia (Liber Eliensis, 275) de mantener caballeros en fuga dentro de los muros de sus claustros. Los obispos, así mismo, aunque en suntuosos palacios, no podían negarse a los ruegos de los combatientes quienes estaban ligados por su linaje proporcionado por el rey a que pudieran hospedarse en otra parte que no fuera cerca de sus personas. Consecuentemente, pronto desarrollaron el sistema de vasallaje territorial. De aquí la máxima legal medieval: nulle terre sans seigneur (Vinogradoff, English Society in the Eleven Century, Oxford, 1908. Ii, 39-89). Este avasallamiento del señor o terrateniente por el rey y del subordinado por el señor fue parcialmente en la naturaleza de una recompensa por servicios anteriores, parcialmente en la naturaleza de un merecimiento para el futuro. En esta primitiva idea de que el amo era quien entregaba tierras a sus subordinados es la responsable de los acontecimientos feudales que de otra manera aparecería como tiránicos. Por ejemplo, cuando el vasallo moría, sus armas, caballo, equipo militar volvía como legado a su amo. Así, también, cuando el inquilino moría sin herederos sus propiedades eran confiscadas por el señor. Si, sin embargo, él moría con herederos, pero que por cierto estaban aún en minoría de edad, entonces esos herederos quedaban a resguardo del feudal superior, quien podía incluso disponer de una mujer tutelada en matrimonio con quien él quisiera, con el pretexto de que de otra manera podría unirse ella misma y sus tierras a un enemigo tradicional. En todo el recorrido está claro que la idea siempre presente regulando y sugiriendo en estos hechos, era precisamente el aspecto territorial. Los orígenes para estos acontecimientos debían remontarse a los primitivos dias cuando todas las posesiones del subalterno feudal, ya sea brazos, o mercancías, o tierras habían sido recibidas de su señor inmediato. La tierra se convierte en el lazo que unifica a la sociedad entera. La tierra ahora es el principio que rige la vida (Pollack y Maitland, History of English Law, Cambridge, 1898, I, iii, 66-78). Un hombre seguía, no al señor que él eligiese o la causa que le parezca más justa, sino al amo cuya tierra él tenía y cultivaba, motivo de concesión en los límites geográficos de sus dominios. El rey era visto como el auténtico propietario de los territorios de la nación. Por él, como representante de la nación, las baronías, feudos, derechos de caballeros, estados feudales, eran distribuidos a sus inquilinos en jefe, y éstos, a su vez, dividían su tierras para ser mantenidas a cargo por los vasallos inferiores (Vinogradoff, English Society in the Eleven Century, 42), el estatuto de Eduardo I, conocido desde su época de inicio como Quia Emptores, muestra los extremos a que esta sub-feudación era llevada (Stubbs, Select Charters, 478). Sin embargo, tan incorporada estaba esta idea territorial en las concepciones legales de la política medieval, y pasando de epoca en epoca por los más capaces juristas de cada generación, que, muy adentrado en mediados del último siglo, no se podía encontrar a alguien que pensara que la verdadera nobleza de inglaterra podía descender, no por medio de la sangre solamente, ni siquiera por legado o herencia, sino por la mera posesión legal de ciertas tierras y viviendas. Testimonio es el caso de Nobleza Berkeley de 1861 (Anson, Law and Customs of the Constitution, Oxford, 1897, Part I, I, vi, 200-203).

(2) Feudalismo, además, implica la idea de vasallaje. Esto es en parte coexistente con, y parcialmente superpuesto a, la concepción territorial. Esto es ciertamente anterior a, y más primitivo que, la noción del vasallaje territorial. Las primeras hordas que cayeron sobre Europa se mantenían unidas por la idea de lealtad a un jefe personal. El caudillo dirigía en la guerra. Tacitus dice (Germania, vii): "Los jefes retienen el comando más por el ejemplo de su audacia y valor que por cualquier regla de disciplina o regla autocrática". Este fue el mejor, más evidente y simple método, y siempre podía prevalecer en un estado de incesantes incursiones y guerras. Pero incluso cuando esos acontecimentos habían pasado, el elemento personal, aunque considerablemente disminuido, no podía dejar de mantenerse. El avasallamiento territorial no terminó con la opresión, sólo cambio los medios por los cuales esa servidumbre se hacía manifiesta. El subordinado era, como siempre, el seguidor prsonal de su superior inmediato. No era simplemente un inquilino en tierras de ese señor; la tierra que mantenía era la expresión de su dependencia, la señal visible y externa de un lazo interno e invisible. Los estados feudales mostraban que todo lo que el vasallo era y tenía se lo debía a su vasallaje. En un tiempo había una tendencia entre los historiadores a hacer una distinción entre las teorías del feudalismo en el continente europeo y el introducido en Inglaterra por Guillermo I. Pero un estudio detallado de ambos demuestra su identidad (Tout, Eng. Hist. Rev., Jan., 1905, 141-143). El Juramento de Salisbury, incluye la hipótesis que actualmente es tomada como "todos los hombres dueños de tierras dan cuenta de que éstas están sobre Inglaterra" (Anglo-Saxon Chronicle, ann. 1068), nada menos que esto había sido exigido por los reyes Anglo-Sajones (Stubbs, Select Charters, Doom of Exeter, iv, 64; I, 67 ; además comparar Vinogradoff, Growth of the Manor, Oxford, 1905, 294-306). En Alemania, por su parte, muchos de los caballeros menores dependían directamente del emperador, y en consecuencia, aunque quedaran sometido a él o no, ellos tenían, al menos en teoría, derechos soberanos. Y en Francia, donde el vasallaje feudal era muy firme, había una corte real a la que podía apelar un subalterno de aquello que su amo, y esto tambien ocurría en los casos reales, ni nadie sino el rey podía tratar. De hecho fue tal vez Francia, antes que en cualquier otro lugar, que el espiritu centralizador de la intervención real comenzó a ocuparse él mismo de los intereses sociales, económicos y judiciales de los individuos. Por su parte, en el otro lado, la anarquía del reinado de Stephen se diseminó por todo el territorio (Davis, Eng. Hist. Rev., Oct. 1903) mostró lo débil que era la sujesión real sobre los nobles vasallos. Además, si el feudalismo inglés era bastante diferente del vasallaje estático que causó tanto daño en el extranjero, el resultado fue más conveniente a Enrique II y sus sucesores que a la línea de reyes normandos. En paralelo el trabajo de los Angevins (una de las cuatro casas reales de Inglaterra: Angevin, Plantagenet, Lancaster y York. N. del Trad.) no fue en menor grado deshecho por la pilítica de Eduardo III. Los Estatutos de Merton (1278), Mortmain (1297), Quia Emptores (1290), ponen los fundamentos, aunque estos, por supuesto, eran ajenos a esos fines, por la exageración de terrenos. Luego llegó el matrimonio de principes reales con grandes herederas; el Principe Negro obtuvo las tierras de Kent; Leonel, la dote de Ulster; Tomás de Woodstock los feudos enlazados a Eleanor Bohun. Enrique IV, antes de deponer a Ricardo II, fue "Devastador de Hereford, Lancaster y Derby", así como de Leicester y Lincoln. El resultado fue que Inglaterra, no menos que Francia, Alemania, Italia y España tenían sus vasallos feudales que ganaban ascendencia sobre la corona, lo que sólo era evitado de extenderse por su mutua envidia. En Inglaterra, además, la substitución de una féudalité apanagée, o nobleza de la sangre real, por la antigua féodalité territoriale provocó el mismo daño que se hizo en Francia; tal como la Guerra de las Rosas semejando los funestos feudos de Burgundios yArmagnacs, los horrores del Praguerie y la anarquía de la "League of the Public Weal". Puede verse, en tanto, en toda Europa el mismo sistema feudal predominante de un orden jerárquico de clases, tal como una enorme pirámide en cuyo vértice, mantenido en alto y separado por capas intermedias de la base, está representado el rey.

(3) el feudalismo, por último, incluye una idea de la inmunidad de concesiones de los beneficios de justicia sobre un feudo u otro pedazo de tierra (Vinogradoff, Eng. Soc. in the Eleventh Century, 177-207). Hemos establecido como por los libros de propiedades los reyes Anglo-Sajones (Y lo mismo había sido hecho y fue repetido en todo el continente europeo) beneficiaban a otros propietarios políticos sobre ciertos territorios que hasta ese momento se mantenían en la frase medieval "haciendo su propia ley". El resultado fue que, aparentemente, las cortes privadas se establecieron representadas en Inglaterra por la aliterativa rima "sac and soc, toll and theam, and infangenthef" (en inglés arcaico, tol: pago de un peaje o impuesto; theam: tomar parte de las ganancias de una persona acusada de poseer bienes injustamente; infangenthef era el derecho a confiscar las pertenencias de un ladrón condenado. N. del Trad.) A veces el Señor estaba satisfecho simplemente tomando la multa judicial en los tribunales ordinarios, sin preocuparse en establecer otro para sí mismo. Pero, generalmente hablando, al parecer tenía el derecho y podía usarlo, de mantener su propio tribunal separado. El feudalismo, por lo tanto, incluía no solamente servicio (económico o militar) sino también en cortes (judicial). Estos concejos eran minuciosamente reclamados como parte del servicio. El rey solicitaba a sus inquilinos que ellos se reunieran en su curia regis. Así Guillermo I tenía su triple uso de la corona cada año, asistido por " todos los hombres ricos sobre toda Inglaterra, Arzobispos y Obispos, Abades y Condes, funcionarios de confianza y caballeros" (Anglo-Saxon Chronicle, ad ann, 1087). Así mismo, en Francia existía la cour du roi, desde los antiguos tiempos de los Capetos, la corte de beneficiarios o inquilinos inmediatos del rey; en esta corte real, tanto en Inglaterra como en Francia, todos los inquilinos principales, en cualquier relación en los días de plena fuerza del feudalismo, estaban obligados a asistir. La misma corte existía en el Sacro Imperio Romano y era de gran importancia, por lo menos hasta la muerte de Enrique V (Bryce, Holy Roman Empire, London, 1904, viii, 120-129). Todos los que asistían a esas cortes lo hacían en virtud de sus obligaciones de propiedad. Ahora, esos concilios reales no eran cuerpos constitucionales, no tenemos evidencia de ninguna legislación nacida de ellos. Más bien, como el Parlamento en Francia, ellos simplemente registraban los edictos reales. Pero su trabajo era judicial, adjudicándose causas demasiado numerosas o muy complicadas para que el rey las resolviera solo. Así Phillip Augustus convoca a Juan como príncipe súbdito a la court du roi a responder los cargos por el asesinato de Arturo de Bretaña. Tal como esas cortes reales fueron cuerpos judiciales para tratar acerca de asuntos realativos a los inquilinos principales, así mismo esos inquilinos principales, y en una descendiente gradación cada señor y amo, tenían sus cortes privadas en las que se trataban los casos de sus súbditos. Las cortes criminales privadas no eran estrictamente feudales, pero dependían de una asignación real; tales como las franquicias, o libertades, o regalías, tal como en los condados de alto Palatino y baja Europa. Junto a ellos asimismo, estaban los librae curiae, cortes de baronía, cortes de élite, cortes habituales, y en el caso de la Iglesia, cortes cristianas (para detalles, Pollock and Maitland, History of English Law, I, 571-594). La gran complejidad de estas cortes nos sorprenden; y no menos sorprendídos estaban sus contemporáneos, Langland, en "Piers Plowman" (Passus III, ii, 318-319) mira hacia delante hasta un dorado día cuando la corte del rey y la corte común, tribunal eclesiástico y capitular, todos pueden tener una sola corte y un solo magistrado.

Iglesia y Feudalismo

La iglesia, además, tuvo su lugar en el sistema feudal. Ella además de tener concesión de territorios feudales, a diferencia de los vasallos, poseía inmunidad. Esto era resultado de su calma, amplia comprensión, dirigidos a las naciones nuevas, ampliándose desde el Imperio Romano, a lo que muchos cristianos pensaban ella estaba irrevocablemente ligada. Por el bautismo de Clovis ella mostraba que el bautismo de Constantino no la habían amarrado al sistema político. Asi ella creaba un mundo nuevo fuera del caos, creaba la paradoja de la civilizacion barbara. Como muestra de gratitud hacia ella reyes y emperadores donaban propiedades; y la propiedad eclesiástica no era raro que trajera males en su séquito. El resultado eran elecciones disputadas; jóvenes hijos de nobles eran introducidos a los obispados, y con el tiempo incluso en el papado. Los príncipes seculares solicitaban la investidura de los oficios espirituales. La causa de esto fue el feudalismo, por ser un sistema que tenía sus fundamentos en la tenencia de la tierra estaba confinado al final a esclavizar una Iglesia que tenía grandes posesiones terrenales. En Alemania, por ejemplo, tres de los siete electores místicamente nombrados del imperio eran clérigos. Había además, varios príncipes-obispos en el imperio, y abades mitrados, cuyas reglas estaban más extendidas y eran más poderosas que las de muchos barones seculares. Así como era en Alemania, también fue en Francia, Ingleterra, Escocia, España, etc. naturalmente había un creciente interés de parte de reyes y príncipes a forzar a la Iglesia a tomar su cuota de la carga y los deberes nacionales. Además, desde entonces por costumbre los gobernantes seculares había obtenido el derecho de presentación a diferentes beneficios o el derecho a veto, con el título en el continente europeo de advocates o vogt, los numerosos demandantes para esos beneficios sólo preparados para recibir cada beneficio posible de su señor, si solo él podía entregarles las posesiones de obispados, abadías y todo lo que él podía otorgar. En breve, la Iglesia estaba en peligro de ser anexada al Estado; el papa, de ser el capellán del emperador. La Simonía y el concubinato eran comunes. Entonces llegó la Reforma de Cluny y el recurso de la separación de Iglesia y Estado, en este sentido, es que la Iglesia pudo conferir la dignidad o función, y el Estado la nobleza. Pero incluso cuando este acuerdo había sido logrado (en Inglaterra entre Enrique I y San Anselmo en 1107; el establecimiento en Europa no tuvo lugar hasta 1122 en Worms), la iglesia aún se mantenía enmarañada con el feudalismo. Ella debía cumplir sus deberes feudales. Ella podía deber séquito y servicio a un señor. Ciertamente, vasallos menores debían séquito y servicio a ella. Así ella era arrastrada dentro del tejido secular de la sociedad. Una nueva dependencia fue inventada para ello, servidumbre por franquicia de renta. Pero tuvo más a menudo que proveer a sus caballeros y guerreros y hacer justicia a sus vasallos. El antiguo ideal de una monarquía mundial y una religión mundial, el papa como emperador espiritual, el emperador como papa temporal, está expuesto con habilidad sin par en el fresco de la Iglesia Dominicana en Florencia; Santa María Novella, puso término a la influencia de la opinión pública mucho antes de que Dante escribiera su "De Monarchia". El feudalismo había iniciado el ideal (Barry, in Dublin Review, Oct., 1907, 221-243). Esto no pudo llegar ser mucho más una Iglesia Universal que un número de Iglesias nacionales bajo su dominio territorial, así ese feudalismo en la esfera aclesiástica preparó la vía para el principio renacentista, Cujus regio, ejus religio. Pero mientras en los comienzos la Iglesia santificaba al Estado y ungía con crisma sagrado al rey vestido con apariencia sacerdotal, al final el Estado secularizó a la Iglesia bajo el cautiverio dorado de Avignon. El despotismo real siguió las indignidades de Anagni; la iglesia se hundía bajo el peso de sus deberes feudales.

Resultados

1. Resultados negativos

(a) El Estado en lugar de entrar en relación directa con los individuos, entraba en relación con los líderes de grupos, perdiendo contacto con los miembros de aquellos grupos. Con un rey débil o una sucesión en disputa, esos mismos líderes se hacían a sí mismos soberanos, en lugar de recurrir al estado como el verdadero soberano para tomar sus respectivas demandas adjudicadas. El resultado fue lo que los cronistas llamaron guerra o guerras privadas (Coxe, House of Austria, I, London, 1807, 306-307). Esto estaba prohibido en Inglaterra incluso bajo el formato fingido del torneo. Aunque estaba demasiado enlazado con el feudalismo como para ser suprimido totalmente, irrumpiendo fieramente de tiempo en tiempo como ocurría en otros lugares.

(b) los líderes tentaban a sus vasallos a seguirlo contra sus amos. Así Roberto de Bellesme obtuvo la ayuda de sus feudatarios contra Enrique I. Así Alberto de Austria encabezó a los electores contra el emperador Adolfo de Nassau. Así Carlos de Navarra guió a sus vasallos contra el rey Juan de Francia. Así Jaime de Urgel formó su Union Privilegiada de Zaragoza.

(c) Esos líderes reclamaron el derecho de acuñar privadamente, castillos privados, autoridad judicial total, poderes totales de impuestos. Había siempre una lucha entre ellos y sus soberanos, y entre ellos y sus vasallos inferiores según el grado de su independencia. Cada grupo feudal, o de honor, o estado feudal debía esforzarse por ser autosuficiente y para sustentar sobre sí al amo superior. Cada amo se esforzaba más y más para consolidar sus dominios y forzar a sus vasallos a apelar a él antes que a su superior directo. Esta lucha contínua, el éxito y fracaso que dependían del carácter personal del amo y señor, fue la causa principal para la inestabilidad de la vida en los tiempos medievales.

(d) Un último mal tal vez puede ser agregado en el poder entregado a la iglesia. En momentos de disputas por sucesión la Iglesia reclamó el derecho, para defenderse, de mantener el orden, y eventualmente determinar las reglas. Esto, aunque justificable en si mismo y sin embargo en beneficio del tiempo, a menudo el pastor ponía el orden eclesiástico en los brazos de uno u otro partido político; y la causa de la iglesia a menudo se veía identificada más con un demandante en particular que por razones de iglesia; y los castigos de la Iglesia, como la Excomunión fueron impuestos a veces para defender intereses mundanos. Como regla general, sin embargo, la influencia de la Iglesia fue dirigida a controlar y suavizar los elementos injustos y crueles del sistema.

2. Resultados Positivos:

(a) El feudalismo suministra una nueva fuerza cohesiva a las naciones. En un caos como el del Imperio Romano tardío y la lealtad tribal germánica al jefe, se hizo sentir una necesidad distinta para una cierta organización territorial. Y puesto que la idea de nacionalidad no existía, teniendo verdaderamente una mínima oportunidad de expresión. ¿Cómo podían entonces los pueblos hacer sentir sus individualidades distintivas? El feudalismo traía lista su respuesta, uniendo los sistemas políticos germánico y romano, levantando una pirámide interconectada que descansaba en la ancha base de la posesión popular y culminaba en el vértice del rey.

(b) El feudalismo introduce además en la vida política los lazos de la legalitas. Cada guerra en epocas medievales, o más bien feudales, estaban basadas en alguna demanda legal, puesto que otras casus belli no había. El expediente político de la expansión nacional era una doctrina desconocida. Sin duda esta legalitas como en la demanda inglesa por el trono francés, a menudo se trataba de pura hipocresía. Aunque en el conjunto se daba una restricción moral a la opinión pública en medio de una edad llena de pasiones, y la simple inscripción en la tumba de Eduardo I: Pactum Serva, no obstante desatendida por el rey mismo, aún totaliza el gran baluarte levantado en días medievales contra la violencia y opresión. Romper el lazo feudal era un crimen; es más, era motivo de deshonor. Por el lado del rey o del señor, estaba la investidura por baluarte, lanza u otro símbolo; en el lado del hombre común o inquilino, en homenaje por la tierra, un juramento de rodillas dobladas con sus manos puestas entre las manos del señor, el inquilino se mantenía erguido mientras tomaba la fidelidad, como el signo de una obligación personal.

(c) el feudalismo entregó una fuerza armada a Europa cuando se encontraba indefensa a los pies de las antiguas montañas sobre las cuales tantos pueblos merodeaban para conquistar el mundo occidental. La arremetida de turcos, sarracenos y moros era comprobada por la leva feudal que fue sustituida como una fuerza profesional disciplinada por la guardia nacional o militia (Oman, Art of War, IV, ii, 357-377, London, 1898).

(d) Desde un punto de vista moderno su ventaja más interesante fue el hecho de haber sido una real, aunque solo temporal, solución al problema de la tierra. Se imponía una distribución justa de los dominios territoriales incluidos dentro de los límites geográficos de la nación, permitiendo a los individuos labrar haciendas para ellos mismos dependiendo de cada terrateniente, ya sea baron secular, clérigo, incluso abadesa, rindiendo séquito y servicio a su amo y demandando de ellos a cambio retribución de todos y cada uno de los vasallos. Esto eficazmente enseñó el principio de que el propietario de la tierra, precisamente como tal, debía realizar a cambio trabajo gubernamental. No era exactamente una nacionalización de la tierra (Aunque muchas expresiones legales y teológicas de literatura medieval parecen implicar la existencia de ésta), sino que en la nacion se pagaba por sus tierras en servicios de guerra y por deberes administrativos, judiciales, y más tarde, legislativos.

Decadencia del Feudalismo

Esto se debió a múltiples causas actuando unas sobre otras. Puesto que el feudalismo estaba basado en la idea de que la tenencia de la tierra se pagaba con trabajo gubernamental, cada proceso que tendía a alterar este acuerdo tendía también a desplazar el feudalismo.

(1) el nuevo sistema de levantar tropas para ayudar en la guerra sustituyó el dinero por tierra. El antiguo sistema de la leva feudal se hizo obsoleto. Se hizo impracticable para los señores retener una hueste de caballeros a su servicio, esperando en ociocidad el llamado a la guerra. En lugar de ello, los barones, encabezados por la Iglesia, enfeudaban a esos caballeros con tierras que les eran propias en condiciones de servicio.

(2) Gradualmente esos caballeros, además, fundan servicios militares sumamente inoportunos y permutan por ellos una suma de dinero, pagado en primer lugar por su señor inmediato, y eventualmente requeridos directamente por el rey. La tierra deja de tener el mismo valor a los ojos del monarca. El dinero toma su lugar como símbolo de poder. Pero esto fue además aumentado por un nuevo desarrollo en la organización militar. El sistema por el que comisarios, en virtud de escritos reales, convocaban la leva del condado había tomado el lugar de los antiguos acuerdos. Aquellas comisiones de formación de tropas, enviadas a los inquilinos en jefe, o proclamadas a los vasallos inferiores en todas las plazas, ferias y mercados, ahora se cambiaba por requisas, las cuales el rey contrata individualmente con condes, barones, caballeros, etc. para alcanzar un número fijo de hombres por un salario fijo ("Ellos venden el pasto y ahora compran el caballo". -- "Henrique V", Prólogo al acto II). La antigua concepción de las fuerzas feudales había desaparecido por completo. Además de eso, por medio de la artillería las fuerzas de ataque dominan por completo a las defensivas, los castillos fortificados declinan en su valor, los arqueros y la infantería aumentan su importancia, los caballeros pesadamente blindados se vuelven inútiles en batalla, y en el continente europeo la supremacía de los arcabuces y las picas fue asegurada. Además, como parte de este desplazamiento militar vino la reacción contra librea y mantenimiento (cf. Lingard, History of England, IV, v, 139-140, London, 1854) como pudo notarse. Los intensos males ocasionados sobre toda Europa por este feudalismo bastardo, o caricatura de feudalismo, provocó una feroz reacción. En Inglaterra y sobre el continente las nueva monarquía que surgía desde los "Tres Reyes Magos" de Bacon estimuló el resentimiento popular contra las grandes familias de hacedores de reyes y quebró su poder.

(2) Una segunda causa de esta sustitución fue la Peste Negra. Por algunos años la emancipación de la villanía había sido, por razones de conveniencia, gradualmente extendida. El sistema había crecido al cambiar arriendo por una renta en vez de tenencia por servicio, esto es, dinero era pagado a cambio del servicio, y los campos del señor eran labrados por trabajadores asalariados. Por la Gran Peste el trabajo rentado era escaso y la agricultura se desorganizó. La antigua población excedente que antes estaba siempre (Vinogradoff in Eng. Hist. Rev., Oct.,1900, 775-781; April, 1906, 356) deambulaba de finca en finca sin lograr subsistir. Los señores presionaban a sus inquilinos; el capital mendigaba por trabajo. Toda promulgación de estatutos para atar el trabajo al suelo probó su inutilidad. Los villanos escapaban en grupos a las fincas, no de sus propios señores, y entraban en servicio, desde entonces como trabajadores pagados. Esto es, el señor se hizo terrateniente, el villano se convirtió en granjero inquilino voluntario o en un trabajador sin tierras. Entonces llegó la Sublevación de Campesinos en toda Europa, el complemento económico de la Peste Negra, con lo que la antigua economía fue deshecha y desde ella la moderna economía social comenzaba. En el continente europeo el resultado fue el sistema "métayer" o división de la propiedad nacional entre pequeños propietarios de la tierra. En Inglaterra con sus bajos acopios y tierras rentadas el mismo sistema prevaleció por cerca de una centuria, luego desapareció, emergiendo eventualmente después de sucesivas epocas hasta la moderna agricultura "cerrada".

(3) Como en las cosas económicas y militares, así también en las cosas judiciales la idea de una administración territorial (sic) se hundió en el horizonte. Todos los reyes legalistas de Europa, Alfonso el sabio, Felipe el Hermoso, Carlos de Bohemia, Eduardo I de Inglaterra, estaban reorganizando las constituciones de sus paises. La antigua curia regis o cour du roi terminó de ser un consejo de propietarios y se convirtió, primero parcial y luego totalmente, en un cuerpo de consultores legales. Los capellanes y clérigos del rey, con sus conocimientos en leyes civiles y conónicas, capaces de descifrar las viejas costumbres, tomaron el lugar de los ceñudos guerreros. La Placita Regis o cas royaux se extendió y simplificó. Las apelaciones son alentadas. Los litigios tanto civiles como criminales llegan hasta las cortes reales. En las finanzas, la auditoría real de las cuentas de comisarios, alguaciles o senescales, incremental el control real sobre el país, rompiendo el poder de las clases territoriales, y llevando al rey y al pueblo a formar alianzas contra de los grandes nobles. La forma de la sociedad ya no es más una pirámide sino dos líneas paralelas. Ya no puede ser representado ensanchándose hacia abajo desde el rey a los nobles, y de los nobles al pueblo; puesto que el vérice y la base se han removido, el primero a causa de estar consumado, el otro por soportar el bloque central. El ascenso al poder de las asambleas populares, tales como Gobierno General, Cortes, Dietas o Parlamentos, demuestran la creciente importancia de la clase media (esto es, de los adinerados, no propietarios de tierras) es el derrumbamiento del feudalismo. Toda la litaratura del siglo catorce en adelante da testimonio de este triunfo. En lo venidero, el Renacimiento, éste será eminentemente burgués. El cantar ya no será más un monopolio aristocrático; éste pasará hacia la nación completa. Ya no estará el trovador; su lugar será ocupado por el escritor de baladas componiendo en lenguaje vulgar un dolce sil nuovo. Este nuevo tono es especialmente evidente en "Renard le Contrefait" y "Branche de Royaux Lignage". Ella muestran que la antigua reverencia por todo lo caballeresco y de hidalguía estaba quedando afuera. La teoría medieval de vida, pensamiento y gobierno estaba deshecha.


Bibliografía: Stubbs, Constitutional history (Oxford, 1897); Seebohm, English Village Community (Londres, 1883); Pollock and Maitland, History of English Law (Cambridge, 1898); Maitland, Constitutional History, (Cambridge, 1908), 141-164; Vinogradoff, English Society in the Eleventh Century, (Oxford, 1908); Round, Feudal England, (Londres, 1895), 225-314; Baldwin, Scutage and Knight Service (Chicago, 1897); Roth, Geschichte des Beneficialwesens (Erlangen, 1850); Waitz, Deutsche Verfassungsgeschichte (Berlín, 1880); Lippert, Die deutchen Lehnbuecher (Leipzig, 1903); Rhamen, Die Grosshufen der Nordgermanen (Brunswick, 1905); Luchaire, Histoire des Institutions (París, 1883-85); Petit-Deutaillis, Histoire Constitutionelle (1907) tr. Rhodes, (1908); Seignobos in Lavisse and Rambaud, Histoire General, II, (París, 1893), I, 1-64; Guilmeroz, Essai sur d'origine de la noblesse en France, (París, 1902); Flach, Les origines de l'Ancienne France, III (París, 1904).

Fuente: Jarrett, Bede. "Feudalism." The Catholic Encyclopedia. Vol. 6, págs. 58-64. New York: Robert Appleton Company, 1909. 7 Jul. 2020 <http://www.newadvent.org/cathen/06058c.htm>.

Traducido por Miguel A. Casas