Precaria
De Enciclopedia Católica
Precaria (Preces, oraciones) es un contrato que concede a un peticionario el uso y usufructo de una propiedad eclesiástica que produce ingresos durante un tiempo determinado, o durante la vida del cesionario, y principalmente por servicios rendidos a la Iglesia. Este contrato (Tit. XIV, lib. II de las Decretales) está basado en el “precarium” del derecho romano (De precario, XLIII, XXVI); difería de él en que el “precarium” pudo haber tenido como objeto ya sea propiedad mueble o inmueble y era revocable a voluntad del dueño. Ambos contratos le dejaban al dueño el dominio de los bienes. Este contrato, además de privar a la Iglesia de sus ingresos, amenazaba con la extinción de sus derechos de propiedad, sobre todo cuando estaba obligado a otorgar el precaria, a petición real, o más bien, orden (precaria verbo regis). El Concilio de Meaux (825) prescribió por esta razón la renovación de estas concesiones cada cinco años. Cesaba a la muerte del cesionario, o al expirar el período fijado, después del cual podía ser revocado por deseo del otorgante.
Bibliografía: Vea LOS FRANCOS, LAICIZACIÓN, PROPIEDAD ECLESIÁSTICA; también los canonistas sobre De Precario, lib. III, tit. XIV.
Fuente: Boudinhon, Auguste. "Precaria." The Catholic Encyclopedia. Vol. 12, p. 371. New York: Robert Appleton Company, 1911. 15 Jun. 2019 <http://www.newadvent.org/cathen/12371b.htm>.
Traducido por Luz María Hernández Medina