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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Diferencia entre revisiones de «Extravagantes»

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Esta palabra se emplea para designar algunas [[decretales papales]] no contenidas en determinadas colecciones canónicas que poseen una autoridad especial, es decir, no se encuentran en el [[decreto papal | Decreto]] de [[Juan Graciano | Graciano]], o en las tres colecciones oficiales del [[Corpus Juris Canonici]]" (las Decretales de [[Papa Gregorio IX | Gregorio IX]], el Sexto Libro de las Decretales, y las Clementinas). El término se aplicó primero a aquellos documentos [[Papa | papales]] que Graciano no había insertado en su "Decreto" (alrededor del año 1140), pero que, sin embargo, eran [[obligación | obligatorios]] para toda [[la Iglesia]], también a otros decretos de fecha posterior, y poseedores de la misma autoridad.  [[Bernardo de Pavía]] designó bajo el nombre de "Breviarium Extravagantium", o Digesto de los "Extravagantes", a la recopilación de documentos papales que compiló entre 1187 y 1191.  Incluso las decretales de Gregorio IX (publicadas en 1234) conocidas durante mucho tiempo como la “Liber” o "Collectio Extra", es decir, la recopilación de las [[ley]]es canónicas no incluidas en el "Decreto" de Graciano.  Este término se aplica ahora a las colecciones conocidas como el "Extravagantes Joannis XXII" y los "Extravagantes communes", ambas de las cuales se encuentran en todas las ediciones del "Corpus Juris Canonici”.  
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Cuando [[Papa Juan XXII | Juan XXII]] (1316-1334) publicó las decretales conocidas como las Clementinas, ya existían algunos documentos pontificios obligatorios para toda la Iglesia, pero no incluidos en el [[Corpus Juris Canonici |"Corpus Juris"]]. Es por ello que a esas decretales se les llamó "Extravagantes". Su número se incrementó con la inclusión de todas las leyes pontificias de fecha posterior, sumadas a los [[manuscritos]] del" Corpus Juris ", o recopiladas en colecciones separadas. En 1325 Zenselino de Cassanis le añadió una glosa a las veinte constituciones del Papa Juan XXII, y llamó a dicha colección "Viginti Extravagantes papæ Joannis XXII". Las otras eran conocidas como "Extravagantes communes", un título dado a la colección por Jean Chappuis en la edición de [[París]] del “Corpus Juris" (1499-1505). Él adoptó el orden sistemático de las colecciones oficiales de [[Derecho Canónico |derecho canónico]], y clasificó de forma similar las "Extravagantes" que comúnmente se encontraban en (de ahí "Extravagantes communes”) los [[manuscritos]] y ediciones del "Corpus Juris". Esta colección contiene decretales de los siguientes [[Papas]]: [[Papa Martín IV | Martín IV]], [[Papa Bonifacio VIII | Bonifacio VIII]] (en particular, la famosa [[Bulas y Breves | bula]] "Unam Sanctam"), [[Papa Benedicto XI | Benedicto XI]], [[Papa Clemente V | Clemente V]], [[Papa Juan XXII | Juan XXII]], [[Papa Benedicto XII | Benedicto XII]], [[Papa Clemente VI | Clemente VI]], [[Papa Beato Urbano V | Urbano V]], [[Papa Martín V | Martín V]], [[Papa Eugenio IV | Eugenio IV]], [[Papa Calixto III | Calixto III]], [[Papa Pablo II | Pablo II]], [[Papa Sixto IV | Sixto IV]] (1281-1484).
  
Cuando [Papa Juan XXII | Juan XXII]] (1316-1334) publicó las decretales conocidas como las Clementinas, ya existían algunos documentos pontificios obligatorios para toda la Iglesia, pero no incluidos en el" Corpus Juris". Es por ello que a esas decretales se les llamó "Extravagantes". Su número se incrementó con la inclusión de todas las leyes pontificias de fecha posterior, sumadas a los [[manuscritos]] del" Corpus Juris ", o recopiladas en colecciones separadas. En 1325 Zenselino de Cassanis le añadió una glosa a las veinte constituciones del Papa Juan XXII, y llamó a dicha colección "Viginti Extravagantes papæ Joannis XXII". Las otras eran conocidas como "Extravagantes communes", un título dado a la colección por Jean Chappuis en la edición de [[París]] del “Corpus Juris" (1499-1505). Él adoptó el orden sistemático de las colecciones oficiales de [[derecho canónico]], y clasificó de forma similar las "Extravagantes" que comúnmente se encontraban en (de ahí "Extravagantes communes”) los [[manuscritos]] y ediciones del "Corpus Juris". Esta colección contiene decretales de los siguientes [[Papas]]: [[Papa Martín IV | Martín IV]], [[Papa Bonifacio VIII | Bonifacio VIII]] (en particular, la famosa [[Bulas y Breves | bula]] "Unam Sanctam"), [[Papa Benedicto XI | Benedicto XI]], [[Papa Clemente V | Clemente V]], [[Papa Juan XXII | Juan XXII]], [[Papa Benedicto XII | Benedicto XII]], [[Papa Clemente VI | Clemente VI]], [[Papa Urbano V | Urbano V]], [[Papa Martín V | Martín V]], [[Papa Eugenio IV | Eugenio IV]], [[Papa Calixto III | Calixto III]], [[Papa Pablo II | Pablo II]], [[Papa Sixto IV | Sixto IV]] (1281-1484). 
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Chappuis también clasificó las "Extravagantes" de Juan XXII bajo catorce títulos, que contenían entre todas veinte capítulos. Estas dos colecciones son de menor valor que los otras tres que forman el "Corpus Juris Canonici"; no poseen valor oficial, ni se lo ha concedido la costumbre. Por otra parte, muchas de las decretales incluidas en ellas contienen legislación obligatoria para toda la Iglesia, por ejemplo, la Constitución de Pablo II, "Ambitiosae", que prohibía la enajenación de la [[Propiedad Eclesiástica |propiedad eclesiástica]].  Sin embargo, esto no es [[verdad]] de todas ellas: algunas incluso ya habían sido formalmente abrogadas en el momento en que Chappuis hizo su colección; tres decretales de Juan XXII se reproducen en ambas colecciones. Ambas colecciones fueron impresas en la edición oficial (1582) del "Corpus Juris Canonici". Esto explica el favor de que gozaron entre los canonistas. Para un texto crítico de estas colecciones vea Friedberg, "Corpus Juris Canonici" (Leipzig, 1879-1881), II. (Vea [[Corpus Juris Canonici]], [[decretales papales]]).
 
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Chappuis también clasificó las "Extravagantes" de Juan XXII bajo catorce títulos, que contenían entre todas veinte capítulos. Estas dos colecciones son de [[menor]] valor que los otras tres que forman el "Corpus Juris Canonici"; no poseen valor oficial, ni se lo ha concedido la [[costumbre]]. Por otra parte, muchas de las decretales incluidas en ellas contienen legislación obligatoria para toda la Iglesia, por ejemplo, la Constitución de Pablo II, "Ambitiosae", que prohibía la enajenación de la [[propiedad eclesiástica]].  Sin embargo, esto no es [[verdad]] de todas ellas: algunas incluso ya habían sido formalmente abrogadas en el momento en que Chappuis hizo su colección; tres decretales de Juan XXII se reproducen en ambas colecciones. Ambas colecciones fueron impresas en la edición oficial (1582) del "Corpus Juris Canonici". Esto explica el favor de que gozaron entre los canonistas. Para un texto crítico de estas colecciones vea Friedberg, "Corpus Juris Canonici" (Leipzig, 1879-1881), II. (Vea [[Corpus Juris Canonici]], [[decretales papales]]).
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Última revisión de 00:03 29 ago 2019

Extravagantes (Extra, fuera; vagari, vagar.): Esta palabra se emplea para designar algunas decretales papales no contenidas en determinadas colecciones canónicas que poseen una autoridad especial, es decir, no se encuentran en el Decreto de Graciano, o en las tres colecciones oficiales del “Corpus Juris Canonici" (las Decretales de Gregorio IX, el Sexto Libro de las Decretales, y las Clementinas). El término se aplicó primero a aquellos documentos papales que Graciano no había insertado en su "Decreto" (alrededor del año 1140), pero que, sin embargo, eran obligatorios para toda la Iglesia, también a otros decretos de fecha posterior, y poseedores de la misma autoridad. Bernardo de Pavía designó bajo el nombre de "Breviarium Extravagantium", o Digesto de los "Extravagantes", a la recopilación de documentos papales que compiló entre 1187 y 1191. Incluso las decretales de Gregorio IX (publicadas en 1234) conocidas durante mucho tiempo como la “Liber” o "Collectio Extra", es decir, la recopilación de las leyes canónicas no incluidas en el "Decreto" de Graciano. Este término se aplica ahora a las colecciones conocidas como el "Extravagantes Joannis XXII" y los "Extravagantes communes", ambas de las cuales se encuentran en todas las ediciones del "Corpus Juris Canonici”.

Cuando Juan XXII (1316-1334) publicó las decretales conocidas como las Clementinas, ya existían algunos documentos pontificios obligatorios para toda la Iglesia, pero no incluidos en el "Corpus Juris". Es por ello que a esas decretales se les llamó "Extravagantes". Su número se incrementó con la inclusión de todas las leyes pontificias de fecha posterior, sumadas a los manuscritos del" Corpus Juris ", o recopiladas en colecciones separadas. En 1325 Zenselino de Cassanis le añadió una glosa a las veinte constituciones del Papa Juan XXII, y llamó a dicha colección "Viginti Extravagantes papæ Joannis XXII". Las otras eran conocidas como "Extravagantes communes", un título dado a la colección por Jean Chappuis en la edición de París del “Corpus Juris" (1499-1505). Él adoptó el orden sistemático de las colecciones oficiales de derecho canónico, y clasificó de forma similar las "Extravagantes" que comúnmente se encontraban en (de ahí "Extravagantes communes”) los manuscritos y ediciones del "Corpus Juris". Esta colección contiene decretales de los siguientes Papas: Martín IV, Bonifacio VIII (en particular, la famosa bula "Unam Sanctam"), Benedicto XI, Clemente V, Juan XXII, Benedicto XII, Clemente VI, Urbano V, Martín V, Eugenio IV, Calixto III, Pablo II, Sixto IV (1281-1484).

Chappuis también clasificó las "Extravagantes" de Juan XXII bajo catorce títulos, que contenían entre todas veinte capítulos. Estas dos colecciones son de menor valor que los otras tres que forman el "Corpus Juris Canonici"; no poseen valor oficial, ni se lo ha concedido la costumbre. Por otra parte, muchas de las decretales incluidas en ellas contienen legislación obligatoria para toda la Iglesia, por ejemplo, la Constitución de Pablo II, "Ambitiosae", que prohibía la enajenación de la propiedad eclesiástica. Sin embargo, esto no es verdad de todas ellas: algunas incluso ya habían sido formalmente abrogadas en el momento en que Chappuis hizo su colección; tres decretales de Juan XXII se reproducen en ambas colecciones. Ambas colecciones fueron impresas en la edición oficial (1582) del "Corpus Juris Canonici". Esto explica el favor de que gozaron entre los canonistas. Para un texto crítico de estas colecciones vea Friedberg, "Corpus Juris Canonici" (Leipzig, 1879-1881), II. (Vea Corpus Juris Canonici, decretales papales).


Bibliografía: Introducciones generales al Corpus Juris Canonici, por LAURIN, SCHNEIDER, SCHULTE, etc.; los manuales de derecho canónico, especialmente los de VON SCHERER, WERNZ, SAGMULLER, etc.; BICKELL, Ueber die Entstehung und den heutigen Gebrauch der beiden Extravagantensammlungen des Corpus juris eanonici (Marburgo, 1825).

Fuente: Van Hove, Alphonse. "Extravagantes." The Catholic Encyclopedia. Vol. 5. New York: Robert Appleton Company, 1909. <http://www.newadvent.org/cathen/05715a.htm>.

Traducido por Luz María Hernández Medina.