''Non Expedit''
De Enciclopedia Católica
Non expedit ("No es conveniente") son las palabras con que la Santa Sede ordenó a los católicos italianos la abstención de los comicios en las elecciones parlamentarias. Esta política fue adoptada después de un período de incertidumbre y controversia que siguió a la promulgación de la Constitución del Reino de Italia (1861), y que se intensificó por leyes hostiles a la Iglesia y, especialmente, a las órdenes religiosas (1865-66). La Sagrada Penitenciaría puso fin a esta incertidumbre mediante su decreto del 29 de febrero de 1868, en el cual, en las palabras anteriores, sancionó el lema; "Ni elector ni elegido". Hasta entonces en el Parlamento italiano había habido algunos eminentes representantes de los intereses católicos: Vito d'Ondes Reggio, Augusto Conti, Cesare Cantù y otros.
El motivo principal de este decreto fue que el juramento de los diputados podría interpretarse como una aprobación de la expoliación de la Santa Sede, como declaró Pío IX en una audiencia del 11 de octubre de 1874. Una razón práctica para ello también fue que, en vista de la ley electoral de ese día, por la cual el electorado se redujo a 650,000, y como el Gobierno manipuló las elecciones para satisfacer sus propios propósitos, habría sido imposible intentar evitar la aprobación de leyes anticatólicas. Por otro lado, las masas no parecían preparadas para el gobierno parlamentario, y al igual que en la mayor parte de Italia (Parma, Módena, Toscana, los Estados Pontificios y el Reino de Nápoles), casi todos los católicos sinceros eran partidarios de los príncipes desposeídos, podían ser denunciados como enemigos de Italia; también habrían estado en desacuerdo con los católicos del Piamonte y de las provincias arrebatadas a Austria, y esta división habría debilitado aún más al grupo parlamentario católico.
Como podría esperarse, esta medida no se encontró con la aprobación universal; los llamados moderados acusaron a los católicos de no cumplir su deber con la sociedad y con su país. En 1882, cuando se extendió el sufragio, León XIII consideró seriamente la abolición parcial de las restricciones establecidas por el Non Expedit , pero en realidad no se hizo nada (cf. "Archiv für kathol. Kirchenrecht", 1904, p. 396). Por el contrario, como muchas personas llegaron a la conclusión de que el decreto Non Expedit no pretendía ser absoluto, sino que era solo una advertencia hecha para aplicarse en una ocasión particular, el Santo Oficio declaró (30 dic. 1886) que la regla en cuestión implicaba un precepto grave, y se hizo hincapié en este hecho en varias ocasiones posteriores (Carta de León XIII al Cardenal Secretario de Estado, 14 de mayo de 1895; Congregación de Asuntos Extraordinarios, 27 enero 1902; Pío X, Motu Proprio, 18 dic. 1903). Más tarde Pío X, mediante su encíclica (Il fermo propósito” (11 junio 1905) modificó el Non Expedit y declaró que, cuando era cuestión de prevenir la elección de un candidato “subversivo”, los obispos podían pedir una suspensión de la regla e invitar a los católicos a prepararse para ir a las urnas. (Ver GIACOMO MARGOTTI).
Bibliografía: Civiltà Cattolica (Roma), ser. VIII, IV, 652; VI, 51; VIII, 653; VIII, 3162; Questioni politico-religiose (Roma, 1905).
Fuente: Benigni, Umberto. "Non Expedit." The Catholic Encyclopedia. Vol. 11, pp. 98-99. New York: Robert Appleton Company, 1911. 3 Dec. 2019 <http://www.newadvent.org/cathen/11098a.htm>.
Traducido por Luz María Hernández Medina