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Martes, 19 de marzo de 2024

Communicatio Idiomatum

De Enciclopedia Católica

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(“Comunicación de idiomas”)

Una expresión técnica en la teología de la Encarnación. Significa que las propiedades de la Palabra divina pueden atribuirse al hombre Cristo, y que las propiedades del hombre Cristo pueden predicarse de la Palabra. El lenguaje de las Escrituras y de los Padres demuestra que tal intercambio mutuo de predicados es legítimo; en este artículo consideraremos brevemente su origen y las reglas que determinan su uso.

I. Origen

El origen de la communicatio idiomatum no ha de buscarse en la estrecha unión moral entre Cristo y Dios como mantenían los nestorianos, ni en la plenitud de gracia y dones sobrenaturales, ni, tampoco, en el hecho de que la Palabra posea la naturaleza humana de Cristo por derecho de creación. Dios Padre y el Espíritu Santo tienen el mismo derecho e interés que el Hijo en todas las cosas creadas excepto en la naturaleza humana de Jesucristo. Ésta la ha hecho suya propia el Hijo por asunción en una forma que no es la de ellos, esto es, mediante la propiedad incomunicable de la unión personal. En Cristo hay una persona con dos naturalezas, la humana y la divina. En el lenguaje ordinario todas las propiedades de un sujeto son predicadas de su persona; por consiguiente las propiedades de las dos naturalezas de Cristo deben predicarse de su única persona, puesto que tienen un solo sujeto de predicación. El que es la Palabra de Dios a causa de su generación eterna es también sujeto de propiedades humanas; y El que es el hombre Cristo por haber asumido la naturaleza humana es sujeto de atributos divinos. Cristo es Dios; Dios es hombre.

II. Uso

La communicatio idiomatum se basa en la unicidad de la persona que subsiste en las dos naturalezas de Jesucristo. De ahí que pueda usarse en tanto en cuanto el sujeto y predicado de una frase se refiera la persona de Jesucristo, o presente un sujeto común de predicación. Pues en este caso afirmamos simplemente que El que subsiste en la naturaleza divina y posee ciertas propiedades divinas es el mismo que El que subsiste en la naturaleza humana y posee ciertas propiedades humanas. Las siguientes consideraciones mostrarán la aplicación de esté principio con más detalle:

(1) En general, los términos concretos se refieren a la persona: de ahí que las afirmaciones que intercambian las propiedades divina y humana de Cristo sean, hablando en términos generales, correctas si tanto los sujetos como los predicados son términos concretos. Podemos decir con seguridad, “Dios es hombre”, aunque debemos observar ciertas cautelas:

Los nombres humanos concretos de Cristo describen su persona según su naturaleza humana. Presuponen la Encarnación, y su aplicación a Cristo, con carácter previo a la realización de la unión hipostática implicaría la opinión nestoriana de que la naturaleza humana de Cristo tiene su propia subsistencia. Por consiguiente, expresiones tales como “el hombre se hizo Dios” deben evitarse.

Los términos concretos utilizados de manera reduplicativa enfatizan la naturaleza más que la persona. La afirmación “Dios como Dios ha sufrido” significa que Dios ha sufrido según su naturaleza divina; innecesario decirlo, tales afirmaciones son falsas.

Ciertas expresiones, aunque en sí mismas correctas, son inadmisibles por razones extrínsecas; la afirmación “Uno de la Trinidad fue crucificado” fue mal aplicada en un sentido monofisita y fue por tanto prohibida por el papa Hormisdas; los arrianos malinterpretaban las palabras “Cristo es una criatura”; tanto los arrianos como los nestorianos usaban mal las expresiones “Cristo tuvo un principio” y “Cristo es menos que el Padre” o “menos que Dios”; los docetistas abusaron de los términos “incorpóreo” e “impasible”

(2) Los términos abstractos generalmente se refieren a su respectiva naturaleza. Ahora bien en Cristo hay dos naturalezas. De ahí que las afirmaciones que intercambien las propiedades divinas y humanas de Cristo sean, hablando en términos generales, incorrectas si su sujeto y predicado, uno o ambos, son términos abstractos. No podemos decir “la Divinidad es mortal”, o “la humanidad es increada”. Deben añadirse, sin embargo, las siguientes cautelas:

Aparte de las relaciones personales en Dios no hay distinción real admisible en Él. De ahí que los nombres abstractos y atributos de Dios, aunque formalmente se refieran a la naturaleza divina, impliquen también realmente a las personas divinas. Hablando en términos absolutos, podemos reemplazar un nombre divino concreto por su correspondiente abstracto y mantener aun así la communicatio idiomatum. Así podemos decir “la Omnipotencia fue crucificada”, en el sentido de que El que es omnipotente (la Omnipotencia) es el mismo que El que fue crucificado. Pero tales expresiones son susceptibles de ser mal entendidas y se debe tener gran cuidado en su uso.

Hay menos peligro en el uso de aquellos términos abstractos que expresan atributos apropiados a la Segunda Persona de la Trinidad. Podemos decir “la Sabiduría Eterna se hizo hombre”. No hay communicatio idiomatum entre las dos naturalezas de Cristo, o entre la Palabra y la naturaleza humana como tal o sus partes. El error fundamental de los ubicuitarios consiste en predicar de la naturaleza humana o de la humanidad las propiedades de la naturaleza divina. No podemos decir “la Palabra es la humanidad”, y aún menos que “la Palabra es el alma” o “el cuerpo de Cristo”.

(3) En afirmaciones que intercambien las propiedades divina y humana de Cristo, se debe tener cuidado de no negar o destruir una de las naturalezas de Cristo o sus propiedades. Se tiene tendencia a hacerlo:


En frases negativas: aunque sea verdad que Cristo no murió según su naturaleza divina, no podemos decir: “Cristo no murió”, sin deteriorar su naturaleza humana; en frases exclusivas: si decimos “Cristo es sólo Dios” o “Cristo es sólo hombre”, destruimos su naturaleza divina o humana; en la utilización de términos ambiguos: los arrianos, los nestorianos, y los adopcionistas usaban mal el término “siervo”, infiriendo de la expresión “Cristo es el siervo de Dios” conclusiones que concordaban con sus respectivas herejías.

(Para el uso de la communicatio idiomatum en un sentido más amplio, esto es, en cuanto se aplica al Cuerpo de Cristo y a las Especies Sacramentales, ver EUCARISTÍA. Ver también ENCARNACIÓN; JESUCRISTO.)

A. J. MAAS Transcrito por Sean Hyland Traducido por Francisco Vázquez