Maldición
De Enciclopedia Católica
Son cuatro las principales referencias que se hacen a la palabra maldición en la Vulgata (versión Douay):
(1) 'rr
Es el término más común, quizá más utilizado por la humanidad que el de Dios.
(2) qll
Literalmente se refiere “amenazar ligeramente”, pero también se utiliza en el sentido de “maldecir” ya sea de Dios, Deut., xxi, 23, o de los hombres, Prov. xxvi, 14. Frecuentemente expresa no más allá de una “exclamación”, II Kings, xvi, 6-13; y también probablemente en I Pet., ii, 23, en Septuagint epikataraomai.
(3) 'lh
“maldecir”, Deut., xxiv, 19-20, o más correctamente a la manera de “tomar un juramento”, aparentemente la expresión se referiría a “llamar a Dios como testigo”, Gen. xxvi, 28; Lev., v, 1; Deut., xxiv, 13, o también en el sentido de “llamar a Dios a que cayera sobre alguien”, Job, xxxi, 30, en el margen de R.V. "adjuration", en Sept. ara, u horkos.
(4) hrm
“Dedicar una cosa”, el objeto puede ser dedicado a Dios, Lev., xxvii, 28, o condenado a la destrucción, Deut., ii, 34. La Sept. aparece como usando el tema como anatema de la cosa u objeto dedicado a Dios (escrito con eta); pero anatema también de algo que se desea destruir (escrito con epsilon) Luke, xxi, 5; y Thackeray, "Grammar of the Old Testament in Greek", p. 80. La aceptada traducción de hrm es como “prohibir”, significando que se entredice algo y que esto es maldecido, Deut., vii, 26; Mal., iii, 24.
Entre los semitas, el maldecir fue un acto religioso, y en la legislación sináica, se trata más bien como algo relacionado con la purificación de usos existentes, más que como una nueva práctica religiosa, tal y como aparece en el Código de Hammurabi. Para los semitas, la deidad de la tribu fue la protectora de la gente (III Kings, xx, 23, and cf. the the Moabite Stone 11, 4, 5, 14) y “maldecir” fue un llamado a venganza contra oponentes.
Nuevamente los hebreos fueron el pueblo escogido, luego establecidos aparte, y de esta condición emerge una valla. Relacionada con la conquista, encontramos a las ciudades y las gentes de Canaan, quienes se declararon ser hrm, o en el sentido de “prohibición”: su religión debía traer salvación al mundo, por tanto debía estar relacionada con grandes sanciones y con anatemas contra todo el que infringiera su regulación. Otra vez, las maldiciones del Viejo Testamento (O.T.) deben ser interpretadas a la luz de las condiciones de los tiempos, y esa época estaba basada en la “lex talionis” (ley del talión). Esa era la norma no sólo en Palestina, sino también en Babilonia, cf. Código de Hammurabi, 196, 197, 200.
Una de las características más especiales del Nuevo Testamento es la abolición que hace del espíritu de tomar represalias, Mat., v, 38-45; por tanto, el abuso de maldecir fue también prohibido como ley en el Antiguo Testamento, Lev., xx, 9, Prov., xx, 20. Al mismo tiempo hay pasajes en los cuales el uso de las maldiciones es difícil de explicar. Los llamados salmos commitativos tienen una perspectiva explícita no sólo del deseo de evitar ello, sino de lo que pasaría ("Contra Faustum" xvi, 22, and "Enarr. in Ps. cix."; ver SALMOS).
De manera similar, la maldición de Eliseo sobre los pequeños muchachos, IV Reyes, ii, 23-24, es algo repulsivo a los oídos modernos, pero es considerado como “in speculo aeternitatis”, por San Agustín, quien lo indica expresamente (Enar, en Sal., lxxxiii, 2, y en Sal, lxxxiv, 2). No obstante, aunque la maldición tiene un papel predominante en la Biblia, es raro que encontremos maldiciones irracionales en boca de personajes bíblicos. No se encuentran tampoco en la Biblia, maldiciones relacionadas con aquellos que violan las tumbas de los muertos, tales como las que encontramos en Egipto y Babilonia, o en los sarcófagos de Sidón.
Nos hemos referido con anterioridad al término “anatema”. Esto es importante en maldiciones del Antiguo Testamento más que en las doctrinas del Nuevo Testamento. La doctrina que se relaciona con esta palabra tiene sus raíces en las expresiones de San Pablo, por ejemplo en Gal., iii, 10-14; y es el uso preciso de los significados lo que posibilita que él de un tratamiento a nuestra redención del pecado, tal y como lo hace, por ejemplo en II Cor., v, 21. La misma idea se manifiesta en el Apocalipsis, xxii, 3: “Y no habrá más maldición”, también en Cor., xii, 3, y xvi, 22.
SCHURER, A History of the Jewish People in the time of Jesus Christ, II, ii, 61; GIRDLESTONE, Synonums of the O.T. (Edinburgh, 1907), 180.
HUGH POPE Transcripción de Joseph P. Thomas Traducción al castellano de Giovanni E. Reyes