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Jueves, 21 de noviembre de 2024

Diferencia entre revisiones de «Accesión»

De Enciclopedia Católica

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'''Accesión''' es el término que se aplica a la votación en el [[cónclave]] para la [[Elecciones Papales |elección]] de un nuevo [[Papa]], en el que un [[cardenal]] cambia su voto y accede a algún otro candidato.  Una vez contados los votos de los cardenales después de la primera votación, y ninguno de los candidatos ha obtenido los dos tercios de los votos requeridos, en la siguiente votación se le otorga al cardenal la oportunidad de que cambie su voto, escribiendo ''Accedo domino Cardinali'', y que mencione el nombre de un candidato por el que ya se ha votado, pero no el mismo por el que había votado antes.  Si no quiere cambiar su voto, el cardenal puede escribir Nemini, es decir, por nadie.  Si estos votos suplementarios de accesión, añadidos a los que ha recibido el candidato, componen dos tercios del voto total, entonces hay elección. Si no, se queman las papeletas y la votación usual tiene lugar el día siguiente. (Vea [[cónclave |CÓNCLAVE]])
  
La accesión es un método para adquirir la propiedad de una cosa que surge del hecho de que está, de alguna manera agregada a, o es el fruto de algo que ya pertenece a uno mismo. Esto puede pasar de tres maneras: (1) naturalmente; (2) artificialmente; (3) del funcionamiento combinado de naturaleza e industria.
 
  
===Natural===
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'''Bibliografía''': LUCIUS LECTOR, Le Conclave, origine, histoire, etc. (Paris, 1894); LAURENTIUS, inst. Jur. Eccl. (Freiburg, 1905) n. 126.
  
El crecimiento de un animal, el rendimiento de campos, la renta de una casa, etc., pertenece al dueño de los animales, del campo, y de la casa, respectivamente. Así, la descendencia de un animal hembra es la propiedad de su dueño, aunque es el resultado de comunicación con una pertenencia masculina de alguien más. El axioma se aplica en el caso que ''ventrem de sequitur de partus''. El Código de Louisiana, de acuerdo con el [[derecho romano]], proveía que los [[esclavitud y cristianismo|esclavos]] aun nacidos durante el uso temporal de sus [[padres|madres]], no pertenecían al arrendador sino al dueño permanente. Pero la descendencia de un esclavo nacido durante un alquiler vitalicio pertenecía al arrendatario de por vida. En la misma división esta la especie de accesión debida al aluvión. Ésta es una adhesión a la tierra de uno, hecha por la acción del agua, como por la corriente de un río. Si este aumento es gradual e imperceptible, el aumento pertenece al dueño de la tierra. Si ha sido súbito y en gran [[cantidad]], por [[derecho]] consuetudinario pertenece al Estado.
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'''Fuente''':  A'Becket, John Joseph. "Accessus." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1, pág. 96. New York: Robert Appleton Company, 1907. 20 oct. 2020 <http://www.newadvent.org/cathen/01096a.htm>.
  
===Artificial===
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Traducido por Amelia I. Jiménez Graña.   lmhm
 
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Esta clase ocurre (A) por la especificación, cuando el trabajo de una [[persona]] o el talento artístico es empleado en materiales poseídos por otro, para que se produzca una nueva [[substancia]]. Cuando esto se hace de [[buena fe]], el producto pertenece al artista o jornalero con la [[obligación]] de su parte de indemnizar al dueño de los materiales. (B) Por la adición, cuando el material y el trabajo han estado tan unidos con la [[propiedad]] de otro que no pueden separarse. El resultante pertenece entonces a quién ha contribuido con el componente más importante. (C) mezclando, cuando materiales de igual valor que pertenecen a dueños diferentes, se mezclan juntos. La cosa o su precio serán divididos entonces según la equidad natural entre los poseedores originales, si la mezcla ha sido hecha buena fe; por otra parte el peso de [[ley]] se aplica en favor de quien cuyo [[derecho]] se ha violado.
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===Mixto===
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Un ejemplo del tercer tipo de accesión es el edificio de una casa en otro terreno, o el plantando de árboles o sembrando de verduras en otro campo. La casa, los árboles, etc., pertenecen al amo de la tierra después de hacer la compensación conveniente al constructor, plantador, etc.,
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BOUVIER, el Diccionario de la Ley,; SABETTI, THEOL. Moralis.
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JOSEPH F. DELANY
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Traducido por Rubén Israel Torres Reza
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Última revisión de 14:49 20 oct 2020

Accesión es el término que se aplica a la votación en el cónclave para la elección de un nuevo Papa, en el que un cardenal cambia su voto y accede a algún otro candidato. Una vez contados los votos de los cardenales después de la primera votación, y ninguno de los candidatos ha obtenido los dos tercios de los votos requeridos, en la siguiente votación se le otorga al cardenal la oportunidad de que cambie su voto, escribiendo Accedo domino Cardinali, y que mencione el nombre de un candidato por el que ya se ha votado, pero no el mismo por el que había votado antes. Si no quiere cambiar su voto, el cardenal puede escribir Nemini, es decir, por nadie. Si estos votos suplementarios de accesión, añadidos a los que ha recibido el candidato, componen dos tercios del voto total, entonces hay elección. Si no, se queman las papeletas y la votación usual tiene lugar el día siguiente. (Vea CÓNCLAVE)


Bibliografía: LUCIUS LECTOR, Le Conclave, origine, histoire, etc. (Paris, 1894); LAURENTIUS, inst. Jur. Eccl. (Freiburg, 1905) n. 126.

Fuente: A'Becket, John Joseph. "Accessus." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1, pág. 96. New York: Robert Appleton Company, 1907. 20 oct. 2020 <http://www.newadvent.org/cathen/01096a.htm>.

Traducido por Amelia I. Jiménez Graña. lmhm