Jus Spolii
De Enciclopedia Católica
(DERECHO DE SAQUEO; también llamado JUS EXUVIARUM y RAPITE CAPITE)
Jus Spolii, una demanda, ejercida en la Edad Media, sobre la sucesión de la propiedad de los clérigos difuntos, al menos sobre aquellas originadas a partir de los beneficios eclesiásticos. Era el resultado de antiguos cánones que prohibían a los clérigos disponer por testamento de los bienes acumulados en su ministerio eclesiástico. Estos cánones fueron paulatinamente flexibilizándose, debido a la dificultad de distinguir entre bienes eclesiásticos y propiedad patrimonial. Así surgieron los abusos. Las iglesias fueron despojadas tras el fallecimiento de sus responsables. Los obispos y los archidiáconos aprovecharon, en pro de la catedral, las posesiones de las abadías y de otros beneficios, en la pretensión de que todas las otras iglesias no eran más que una sección de la catedral. Después de la caída del Imperio de Occidente, todo el que estuviera presente al momento del fallecimiento de un clérigo, se sentía libre de llevarse cualquier propiedad del difunto, eclesiástica o de otro tipo, que pudiera coger (rapite capite, tomar y llevar). A medida que el poder civil fue tomando más conciencia de si mismo, comenzó a restringir este saqueo indiscriminado. El rey reclamó para sí el “Jus Spolii” en el caso del fallecimiento de los obispos, mientras que los señores feudales de menor nivel realizaban un reclamo similar en el caso de las propiedades de todos los clérigos que fallecían en sus dominios. Varios Concilios de la Iglesia (Tribur, 895; Trosly, 909; Clermont, 1095; II Letrán, 1139) legislaron en contra de estos abusos, logrando finalmente que se renunciara a este supuesto derecho. En el siglo XIII la Iglesia Romana ejerció este mismo reclamo en una forma modificada y, finalmente, se convirtió en un principio de la ley canónica que los derechos de los eclesiásticos beneficiados, fallecidos sin testamento, formaran parte, por derecho, del tesoro papal. Sin embargo, este derecho no se permitió en Francia, Alemania, Bélgica y Portugal. En el Reino de Nápoles se llegó a un compromiso a fines del siglo XVI, mediante el cual se renunciaba a este derecho a cambio de un pago anual al tesoro papal.
SÄGMÜLLER in Kirchenlex., s. v. Spolienrecht; FERRARIS, Bibliotheca prompta jur. can., s. v. Spolium; OJETTI, Synop. Rer. Mor. et Jur. Pont., s. v. Spolium.
ANDREW B. MEEHAN. Transcrito por Douglas J. Potter Traducido por Sara Ward S. Dedicado al Sagrado Corazón de Jesús