Diferencia entre revisiones de «Ordenación Anglicana: Inválida»
De Enciclopedia Católica
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− | La condenación de las órdenes anglicanas como «absolutamente nulas y sin contenido ninguno» en el pasado y en el presente por el papa León XIII (1896) tuvo su prehistoria y sus consecuencias posteriores. Los antecedentes inmediatos se han visto más claros en las décadas recientes con la apertura de los archivos vaticanos referidos a la cuestión; la historia posterior adopta diversas facetas hasta ARCIC 1 ( | + | [[Archivo:Images (38).jpg]] |
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+ | La condenación de las órdenes anglicanas como «absolutamente nulas y sin contenido ninguno» en el pasado y en el presente por el papa León XIII (1896) tuvo su prehistoria y sus consecuencias posteriores. Los antecedentes inmediatos se han visto más claros en las décadas recientes con la apertura de los archivos vaticanos referidos a la cuestión; la historia posterior adopta diversas facetas hasta ARCIC 1 (Anglicanismo y ecumenismo). | ||
Desde los tiempos de la Reforma era costumbre ordenar «absolutamente» a los sacerdotes anglicanos que se reconciliaban con Roma y deseaban participar en el sacerdocio ministerial. A finales del siglo XIX, sin embargo, se cuestionó la invalidez de dichas órdenes sin ningún otro rito sacramental. Se planteó la cuestión de si los anglicanos convertidos no podrían por lo menos ser ordenados «bajo condición», ya que cuando menos existía la duda de si sus órdenes eran válidas o no. | Desde los tiempos de la Reforma era costumbre ordenar «absolutamente» a los sacerdotes anglicanos que se reconciliaban con Roma y deseaban participar en el sacerdocio ministerial. A finales del siglo XIX, sin embargo, se cuestionó la invalidez de dichas órdenes sin ningún otro rito sacramental. Se planteó la cuestión de si los anglicanos convertidos no podrían por lo menos ser ordenados «bajo condición», ya que cuando menos existía la duda de si sus órdenes eran válidas o no. | ||
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Los trabajos de ARCIC sugirieron que había llegado el momento de reconsiderar la postura respecto de las órdenes anglicanas: la Comisión «cree que la coincidencia en lo esencial de la fe eucarística con respecto a la presencia sacramental de Cristo y la dimensión sacrificial de la eucaristía, así como en la naturaleza y propósito del sacerdocio, la ordenación y la sucesión apostólica, es el nuevo contexto en el que deberían discutirse las cuestiones. Esto invita a una reconsideración del veredicto sobre las órdenes anglicanas de la Apostolicae curae (1896)». | Los trabajos de ARCIC sugirieron que había llegado el momento de reconsiderar la postura respecto de las órdenes anglicanas: la Comisión «cree que la coincidencia en lo esencial de la fe eucarística con respecto a la presencia sacramental de Cristo y la dimensión sacrificial de la eucaristía, así como en la naturaleza y propósito del sacerdocio, la ordenación y la sucesión apostólica, es el nuevo contexto en el que deberían discutirse las cuestiones. Esto invita a una reconsideración del veredicto sobre las órdenes anglicanas de la Apostolicae curae (1896)». | ||
− | Una carta del cardenal J. Willebrands, presidente del Secretariado para la unidad de los cristianos (13 de julio de 1985), a los copresidentes de ARCIC II, señalaba que el redescubrimiento de la fe común podía permitir un cambio en la visión del Ordinal de 1552, «una consideración que podría llevar a una nueva valoración por parte de la Iglesia católica de la suficiencia de estos ritos anglicanos por lo que respecta a futuras ordenaciones». En la carta rehuía explícitamente la cuestión de la continuidad por sucesión apostólica y mencionaba sólo de pasada el tema de la | + | Una carta del cardenal J. Willebrands, presidente del Secretariado para la unidad de los cristianos (13 de julio de 1985), a los copresidentes de ARCIC II, señalaba que el redescubrimiento de la fe común podía permitir un cambio en la visión del Ordinal de 1552, «una consideración que podría llevar a una nueva valoración por parte de la Iglesia católica de la suficiencia de estos ritos anglicanos por lo que respecta a futuras ordenaciones». En la carta rehuía explícitamente la cuestión de la continuidad por sucesión apostólica y mencionaba sólo de pasada el tema de la ordenación de mujeres. |
− | Ha habido varias propuestas acerca de cómo podrían tratarse las órdenes anglicanas a medida que las Comuniones de Roma y Canterbury se han ido acercando. Un planteamiento consistiría en considerar la | + | Ha habido varias propuestas acerca de cómo podrían tratarse las órdenes anglicanas a medida que las Comuniones de Roma y Canterbury se han ido acercando. Un planteamiento consistiría en considerar la sucesión apostólica como transmitida primariamente por la fidelidad de las comunidades a las prácticas y vida apostólicas, más que consistir en la línea ininterrumpida de sus pastores. El defecto de intención también es reconsiderado, por ejemplo en la afirmación de O. P. Rafferty: «Como mínimo, la Iglesia católica romana tiene que reconocer que los reformadores ingleses pretendían continuar el ministerio del sacerdocio que Cristo había dado a su Iglesia». Otra posibilidad considerada es la noción oriental de la economía. |
Otros mantienen que acaso sea inevitable alguna forma de ordenación condicional, o un reconocimiento progresivo de los ministerios de las otras confesiones, incluidos los anglicanos. La teología entera de la validez reclama un estudio atento, estudio que acaso excedía a las categorías neoescolásticas de finales del siglo XIX. Hay también importantes estudios anglicanos que frecuentemente tratan del asunto en diálogo con Iglesias no episcopales. | Otros mantienen que acaso sea inevitable alguna forma de ordenación condicional, o un reconocimiento progresivo de los ministerios de las otras confesiones, incluidos los anglicanos. La teología entera de la validez reclama un estudio atento, estudio que acaso excedía a las categorías neoescolásticas de finales del siglo XIX. Hay también importantes estudios anglicanos que frecuentemente tratan del asunto en diálogo con Iglesias no episcopales. | ||
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Última revisión de 19:01 10 oct 2020
La condenación de las órdenes anglicanas como «absolutamente nulas y sin contenido ninguno» en el pasado y en el presente por el papa León XIII (1896) tuvo su prehistoria y sus consecuencias posteriores. Los antecedentes inmediatos se han visto más claros en las décadas recientes con la apertura de los archivos vaticanos referidos a la cuestión; la historia posterior adopta diversas facetas hasta ARCIC 1 (Anglicanismo y ecumenismo).
Desde los tiempos de la Reforma era costumbre ordenar «absolutamente» a los sacerdotes anglicanos que se reconciliaban con Roma y deseaban participar en el sacerdocio ministerial. A finales del siglo XIX, sin embargo, se cuestionó la invalidez de dichas órdenes sin ningún otro rito sacramental. Se planteó la cuestión de si los anglicanos convertidos no podrían por lo menos ser ordenados «bajo condición», ya que cuando menos existía la duda de si sus órdenes eran válidas o no.
Dos visiones opuestas se presentaron a León XIII. El anglicano lord Halifax (1839-1934) y su amigo el católico francés Fernand Portal (1855-1926) consideraban que el reconocimiento de las órdenes anglicanas aceleraría la reconciliación entre Roma y Canterbury. Por el contrario, el cardenal Vaughan (1822-1903), cuya visión de la unidad («unionismo») se limitaba en gran medida a las conversiones individuales, creía que este reconocimiento significaría la supresión de un motivo para las conversiones individuales, de las que esperaba una avalancha si las órdenes anglicanas se declaraban inválidas.
El papa consultó las opiniones de los teólogos y nombró una comisión para examinar el asunto: aunque algunos de sus miembros aceptaban la validez de estas órdenes, o por lo menos les parecía dudosa, la mayoría se pronunció a favor de su nulidad. La comisión no llegó a ninguna conclusión, y la documentación pasó a manos del teólogo pontificio Raffaele Pierotti, quien redactó una opinión negativa.
Tras una reunión del Santo Oficio, el 16 de julio de 1896, que votó unánimemente en contra de la validez, el papa León XIII publicó la bula Apostolicae curae (13 septiembre 1896) condenando las órdenes anglicanas. La bula no entraba en la cuestión de la ruptura de la sucesión apostólica en la Iglesia de Inglaterra, sino que trataba dos temas: el defecto de forma y el defecto de intención. Se consideraba que el Ordinal del rey Eduardo VI de 1552 no transmitía el sentido sacramental del sacerdocio, ya que las palabras esenciales (la «forma») no expresaban el sentido de las órdenes: en el caso de los sacerdotes, el poder para ofrecer el sacrificio eucarístico; y en el caso de los obispos, la plenitud del sacerdocio, el grado más alto del sagrado ministerio. El segundo defecto residía en el hecho de que los consagrantes de Matthew Parker en 1559 no tenían la intención de «hacer lo que hace la Iglesia». Según el papa, «el carácter innato y el espíritu del Ordinal (nativa indoles ac spiritus)» muestran que no había tal intención y, además, los que lo usaban no podían haber tenido esta intención. La bula se refería también a otros puntos: las decisiones del legado pontificio, el cardenal Pole, en el siglo XVI; la costumbre de la ordenación absoluta de los convertidos del anglicanismo durante tres siglos; los dos casos históricos de un calvinista francés (1684) y de John Gordon (1704), ordenados ambos según el ritual de Eduardo VI.
Los arzobispos de la Iglesia de Inglaterra publicaron una réplica razonada en la que se referían a la variedad de formas de ordenación en el pasado, especialmente en Oriente; insistían en que la intención de la Iglesia de Inglaterra en sus ordenaciones era precisamente conferir el ministerio fundado en los tiempos apostólicos; afirmaban: «Al anular nuestras órdenes, anulan las suyas propias, y pronuncian sentencia sobre su propia Iglesia». Desde 1896 ha habido estudios explicando o confirmando la visión de la bula, y otros criticando los acontecimientos históricos que la originaron y sus limitaciones teológicas.
Los trabajos de ARCIC sugirieron que había llegado el momento de reconsiderar la postura respecto de las órdenes anglicanas: la Comisión «cree que la coincidencia en lo esencial de la fe eucarística con respecto a la presencia sacramental de Cristo y la dimensión sacrificial de la eucaristía, así como en la naturaleza y propósito del sacerdocio, la ordenación y la sucesión apostólica, es el nuevo contexto en el que deberían discutirse las cuestiones. Esto invita a una reconsideración del veredicto sobre las órdenes anglicanas de la Apostolicae curae (1896)».
Una carta del cardenal J. Willebrands, presidente del Secretariado para la unidad de los cristianos (13 de julio de 1985), a los copresidentes de ARCIC II, señalaba que el redescubrimiento de la fe común podía permitir un cambio en la visión del Ordinal de 1552, «una consideración que podría llevar a una nueva valoración por parte de la Iglesia católica de la suficiencia de estos ritos anglicanos por lo que respecta a futuras ordenaciones». En la carta rehuía explícitamente la cuestión de la continuidad por sucesión apostólica y mencionaba sólo de pasada el tema de la ordenación de mujeres.
Ha habido varias propuestas acerca de cómo podrían tratarse las órdenes anglicanas a medida que las Comuniones de Roma y Canterbury se han ido acercando. Un planteamiento consistiría en considerar la sucesión apostólica como transmitida primariamente por la fidelidad de las comunidades a las prácticas y vida apostólicas, más que consistir en la línea ininterrumpida de sus pastores. El defecto de intención también es reconsiderado, por ejemplo en la afirmación de O. P. Rafferty: «Como mínimo, la Iglesia católica romana tiene que reconocer que los reformadores ingleses pretendían continuar el ministerio del sacerdocio que Cristo había dado a su Iglesia». Otra posibilidad considerada es la noción oriental de la economía.
Otros mantienen que acaso sea inevitable alguna forma de ordenación condicional, o un reconocimiento progresivo de los ministerios de las otras confesiones, incluidos los anglicanos. La teología entera de la validez reclama un estudio atento, estudio que acaso excedía a las categorías neoescolásticas de finales del siglo XIX. Hay también importantes estudios anglicanos que frecuentemente tratan del asunto en diálogo con Iglesias no episcopales.
La solución a la cuestión de las órdenes anglicanas sólo podrá alcanzarse en el contexto de una comunión cada vez mayor entre Canterbury y Roma, comunión que ya existe, pero a la que todavía se le ha dado demasiado poco reconocimiento institucional. Al menos a corto plazo, la ordenación de mujeres constituye una dificultad añadida que no será fácil superar.
Entre las Iglesias ortodoxas no ha habido una visión unitaria: tanto antes como después del encuentro de Bucarest sobre las órdenes anglicanas (1935) ha habido Iglesias que han reconocido su validez y otras que no. Es común entre las Iglesias ortodoxas no considerar la cuestión aisladamente, sino dentro del tema más amplio de la comunión o no en la fe.
Fuente: www.mercaba.org
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