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Sábado, 23 de noviembre de 2024

Diferencia entre revisiones de «Subrepción»

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En [[derecho canónico]] se le llama '''subrepción''' al encubrimiento o supresión de declaraciones o hechos que, de acuerdo a la [[ley]] o al uso, deban ser expresadas en una solicitud o [[peticiones a la Santa Sede|petición]] de un [[rescriptos papales|rescripto]]. En sus efectos la subrepción es equivalente a la [[obrepción]], que consiste en un alegato positivo de lo que es [[falsedad|falso]].   
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En [[Derecho Canónico |derecho canónico]] se le llama '''subrepción''' al encubrimiento o supresión de declaraciones o hechos que, de acuerdo a la [[ley]] o al uso, deban ser expresadas en una solicitud o [[Peticiones a la Santa Sede|petición]] de un [[rescriptos papales|rescripto]]. En sus efectos la subrepción es equivalente a la [[obrepción]], que consiste en un alegato positivo de lo que es [[falsedad|falso]].   
  
La subrepción puede ser [[intención|intencional]] y maliciosa, o atribuible únicamente a la [[ignorancia o inadvertencia]]. Puede afectar la razón principal, sustancial, o motivo de la concesión, o simplemente constituyen una causa secundaria o motora de la concesión. Para el efecto de la subrepción sobre la validez de las concesiones vea [[rescriptos papales|RESCRIPTOS PAPALES]].
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La subrepción puede ser [[intención |intencional]] y maliciosa, o atribuible únicamente a la [[ignorancia]] o inadvertencia. Puede afectar la razón principal, sustancial, o motivo de la concesión, o simplemente constituyen una [[causa]] secundaria o motora de la concesión. Para el efecto de la subrepción sobre la validez de las concesiones vea [[Rescriptos Papales|RESCRIPTOS PAPALES]].
  
  

Última revisión de 18:41 27 ago 2021

(Latín, subreptio).

En derecho canónico se le llama subrepción al encubrimiento o supresión de declaraciones o hechos que, de acuerdo a la ley o al uso, deban ser expresadas en una solicitud o petición de un rescripto. En sus efectos la subrepción es equivalente a la obrepción, que consiste en un alegato positivo de lo que es falso.

La subrepción puede ser intencional y maliciosa, o atribuible únicamente a la ignorancia o inadvertencia. Puede afectar la razón principal, sustancial, o motivo de la concesión, o simplemente constituyen una causa secundaria o motora de la concesión. Para el efecto de la subrepción sobre la validez de las concesiones vea RESCRIPTOS PAPALES.


Bibliografía: Decretalia, I, 3, c. 20, De Rescriptis, y canonistas generalmente.

Fuente: Meehan, Andrew. "Subreption." The Catholic Encyclopedia. Vol. 14. New York: Robert Appleton Company, 1912. 21 Nov. 2012 <http://www.newadvent.org/cathen/14322a.htm>.

Traducido por Luz María Hernández Medina.