https://ec.aciprensa.com/newwiki/index.php?title=Prefecto_Apost%C3%B3lico&feed=atom&action=historyPrefecto Apostólico - Historial de revisiones2024-03-28T14:50:19ZHistorial de revisiones para esta página en el wikiMediaWiki 1.24.1https://ec.aciprensa.com/newwiki/index.php?title=Prefecto_Apost%C3%B3lico&diff=44282&oldid=prevLuz María Hernández Medina en 14:44 3 sep 20192019-09-03T14:44:15Z<p></p>
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<td colspan='2' style="background-color: white; color:black; text-align: center;">Revisión de 14:44 3 sep 2019</td>
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<tr><td class='diff-marker'>−</td><td style="color:black; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #ffe49c; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div><del style="font-weight: bold; text-decoration: none;">'''(ESTE ARTÍCULO FUE ESCRITO EN 1911.)'''</del></div></td><td colspan="2"> </td></tr>
<tr><td class='diff-marker'>−</td><td style="color:black; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #ffe49c; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div><del style="font-weight: bold; text-decoration: none;"></del></div></td><td colspan="2"> </td></tr>
<tr><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div>'''Prefecto Apostólico''' ([[Latín Eclesiástico |Latín]], ''prœfectus'', uno puesto a cargo de algo):  Durante los últimos siglos ha sido la práctica de la [[Santa Sede]] gobernar ya sea a través de prefectos apostólicos. o a través de [[Vicario Apostólico |vicarios apostólicos]], muchos de los territorios donde no existen [[diócesis]] con [[obispo]]s residentes.  Estos territorios se denominan, respectivamente, [[Prefectura Apostólica |prefecturas apostólicas]] y vicariatos apostólicos. La Santa Sede hizo esto cuando, debido a circunstancias locales, como el [[carácter]] y las costumbres de la gente, la hostilidad de los [[Autoridad Civil |poderes civiles]] y similares, era [[duda |dudoso]] que una [[diócesis |sede episcopal]] pudiera establecerse permanentemente.  El establecimiento de una mera prefectura apostólica en un lugar supone que [[la Iglesia]] solo ha alcanzado allí poco desarrollo.  Un desarrollo más completo conduce a la fundación de un vicariato apostólico, es decir, la etapa intermedia entre una prefectura y una [[diócesis]].  Un prefecto apostólico es de un rango menor que un [[vicario]]; sus poderes son más limitados, y por regla general, no tiene el carácter episcopal, como es ordinariamente el caso con el vicario apostólico.   </div></td><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div>'''Prefecto Apostólico''' ([[Latín Eclesiástico |Latín]], ''prœfectus'', uno puesto a cargo de algo):  Durante los últimos siglos ha sido la práctica de la [[Santa Sede]] gobernar ya sea a través de prefectos apostólicos. o a través de [[Vicario Apostólico |vicarios apostólicos]], muchos de los territorios donde no existen [[diócesis]] con [[obispo]]s residentes.  Estos territorios se denominan, respectivamente, [[Prefectura Apostólica |prefecturas apostólicas]] y vicariatos apostólicos. La Santa Sede hizo esto cuando, debido a circunstancias locales, como el [[carácter]] y las costumbres de la gente, la hostilidad de los [[Autoridad Civil |poderes civiles]] y similares, era [[duda |dudoso]] que una [[diócesis |sede episcopal]] pudiera establecerse permanentemente.  El establecimiento de una mera prefectura apostólica en un lugar supone que [[la Iglesia]] solo ha alcanzado allí poco desarrollo.  Un desarrollo más completo conduce a la fundación de un vicariato apostólico, es decir, la etapa intermedia entre una prefectura y una [[diócesis]].  Un prefecto apostólico es de un rango menor que un [[vicario]]; sus poderes son más limitados, y por regla general, no tiene el carácter episcopal, como es ordinariamente el caso con el vicario apostólico.   </div></td></tr>
<tr><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"></td><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"></td></tr>
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<tr><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div>Los prefectos apostólicos que hemos descrito hasta aquí tienen territorios independientes y están sujetos solo a la [[Santa Sede]].  A veces, cuando un vicariato o una [[diócesis]] se extiende sobre un territorio muy grande, en el cual la población [[católico |católica]] está distribuida desigualmente, la Santa Sede coloca una parte de tal territorio a cargo del prefecto apostólico; en cuyo caso las facultades del prefecto son más limitadas, y en el ejercicio de su cargo depende del [[Vicario Apostólico |vicario apostólico]] o del [[obispo]], cuyo [[Consentimiento (en Derecho Canónico) |consentimiento]] necesita para el ejercicio de muchas de sus funciones, y a cuya supervisión está sujeta su administración.  Con el fin de proteger aún mejor la autoridad del vicario apostólico local u obispo, se propuso en el [[Concilio Vaticano I]] abolir esta segunda clase de prefectos apostólicos que tienen [[Jurisdicción Eclesiástica |jurisdicción]] sobre distritos dentro de los límites de un vicariato o [[diócesis]] del [[Iglesia Latina |rito latino]]; pero el orden existente permaneció sin cambios debido a la interrupción de ese [[concilio |Concilio]].   </div></td><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div>Los prefectos apostólicos que hemos descrito hasta aquí tienen territorios independientes y están sujetos solo a la [[Santa Sede]].  A veces, cuando un vicariato o una [[diócesis]] se extiende sobre un territorio muy grande, en el cual la población [[católico |católica]] está distribuida desigualmente, la Santa Sede coloca una parte de tal territorio a cargo del prefecto apostólico; en cuyo caso las facultades del prefecto son más limitadas, y en el ejercicio de su cargo depende del [[Vicario Apostólico |vicario apostólico]] o del [[obispo]], cuyo [[Consentimiento (en Derecho Canónico) |consentimiento]] necesita para el ejercicio de muchas de sus funciones, y a cuya supervisión está sujeta su administración.  Con el fin de proteger aún mejor la autoridad del vicario apostólico local u obispo, se propuso en el [[Concilio Vaticano I]] abolir esta segunda clase de prefectos apostólicos que tienen [[Jurisdicción Eclesiástica |jurisdicción]] sobre distritos dentro de los límites de un vicariato o [[diócesis]] del [[Iglesia Latina |rito latino]]; pero el orden existente permaneció sin cambios debido a la interrupción de ese [[concilio |Concilio]].   </div></td></tr>
<tr><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"></td><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"></td></tr>
<tr><td class='diff-marker'>−</td><td style="color:black; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #ffe49c; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div>En cuanto a la misma clase de prefectos apostólicos dentro de los límites de territorios sujetos a las [[Iglesias Orientales]], [[Papa León XIII |León XIII]] los abolió mediante un [[decreto]] de la [[Sagrada Congregación de Propaganda |Propaganda]] (12 sept. 1896), y sustituyó a los superiores con dependencia especial de los delegados apostólicos (Vea [[legado |LEGADO]]) de los respectivos lugares.  Para 1911 había 66 prefecturas apostólicas:  5 en [[Europa]]; 17 en [[Asia]]; 3 en América del Norte; 11 en América del Sur; 23 en [[África]]; 7 en Oceanía. <del class="diffchange diffchange-inline"> </del></div></td><td class='diff-marker'>+</td><td style="color:black; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #a3d3ff; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div>En cuanto a la misma clase de prefectos apostólicos dentro de los límites de territorios sujetos a las [[Iglesias Orientales]], [[Papa León XIII |León XIII]] los abolió mediante un [[decreto]] de la [[Sagrada Congregación de Propaganda |Propaganda]] (12 sept. 1896), y sustituyó a los superiores con dependencia especial de los delegados apostólicos (Vea [[legado |LEGADO]]) de los respectivos lugares.  Para 1911 había 66 prefecturas apostólicas:  5 en [[Europa]]; 17 en [[Asia]]; 3 en América del Norte; 11 en América del Sur; 23 en [[África]]; 7 en Oceanía.  </div></td></tr>
<tr><td colspan="2"> </td><td class='diff-marker'>+</td><td style="color:black; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #a3d3ff; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div> </div></td></tr>
<tr><td colspan="2"> </td><td class='diff-marker'>+</td><td style="color:black; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #a3d3ff; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"><div><ins class="diffchange diffchange-inline">'''(Este artículo fue escrito en 1911.)'''</ins></div></td></tr>
<tr><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"></td><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"></td></tr>
<tr><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"></td><td class='diff-marker'> </td><td style="background-color: #f9f9f9; color: #333333; font-size: 88%; border-style: solid; border-width: 1px 1px 1px 4px; border-radius: 0.33em; border-color: #e6e6e6; vertical-align: top; white-space: pre-wrap;"></td></tr>
</table>Luz María Hernández Medinahttps://ec.aciprensa.com/newwiki/index.php?title=Prefecto_Apost%C3%B3lico&diff=44279&oldid=prevLuz María Hernández Medina: Página creada con «'''(ESTE ARTÍCULO FUE ESCRITO EN 1911.)''' '''Prefecto Apostólico''' (Latín, ''prœfectus'', uno puesto a cargo de algo): Durante los último...»2019-09-02T21:14:08Z<p>Página creada con «'''(ESTE ARTÍCULO FUE ESCRITO EN 1911.)''' '''Prefecto Apostólico''' (<a href="/newwiki/index.php?title=Lat%C3%ADn_Eclesi%C3%A1stico&action=edit&redlink=1" class="new" title="Latín Eclesiástico (la página no existe)">Latín</a>, ''prœfectus'', uno puesto a cargo de algo): Durante los último...»</p>
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'''Prefecto Apostólico''' ([[Latín Eclesiástico |Latín]], ''prœfectus'', uno puesto a cargo de algo): Durante los últimos siglos ha sido la práctica de la [[Santa Sede]] gobernar ya sea a través de prefectos apostólicos. o a través de [[Vicario Apostólico |vicarios apostólicos]], muchos de los territorios donde no existen [[diócesis]] con [[obispo]]s residentes. Estos territorios se denominan, respectivamente, [[Prefectura Apostólica |prefecturas apostólicas]] y vicariatos apostólicos. La Santa Sede hizo esto cuando, debido a circunstancias locales, como el [[carácter]] y las costumbres de la gente, la hostilidad de los [[Autoridad Civil |poderes civiles]] y similares, era [[duda |dudoso]] que una [[diócesis |sede episcopal]] pudiera establecerse permanentemente. El establecimiento de una mera prefectura apostólica en un lugar supone que [[la Iglesia]] solo ha alcanzado allí poco desarrollo. Un desarrollo más completo conduce a la fundación de un vicariato apostólico, es decir, la etapa intermedia entre una prefectura y una [[diócesis]]. Un prefecto apostólico es de un rango menor que un [[vicario]]; sus poderes son más limitados, y por regla general, no tiene el carácter episcopal, como es ordinariamente el caso con el vicario apostólico. <br />
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Los [[deber]]es de un prefecto apostólico consisten en dirigir la obra de la [[Misiones Católicas |misión]] encomendada a su cuidado; sus poderes son en general aquellos necesariamente relacionados con las administración ordinaria de tal oficio, como, por ejemplo, asignar misioneros, hacer regulaciones para el buen manejo de los asuntos de su misión, y otros similares. Además, tiene [[Facultades Canónicas |facultades]] extraordinarias para varios [[Casos Reservados |casos reservados]] de otra manera a la [[Sede Apostólica]], tales como, por ejemplo, [[absolución |absoluciones]] de [[Censuras Eclesiásticas |censuras]], [[dispensa]]s de [[Impedimentos Canónicos |impedimentos]] [[Sacramento del Matrimonio |matrimoniales]]. Tiene también la facultad de [[consagración |consagrar]] [[cáliz |cálices]], [[patena]]s y [[Altar Portátil |altares portátiles]], y algunos prefectos apostólicos tienen el poder de administrar la [[confirmación]]. <br />
<br />
Los prefectos apostólicos que hemos descrito hasta aquí tienen territorios independientes y están sujetos solo a la [[Santa Sede]]. A veces, cuando un vicariato o una [[diócesis]] se extiende sobre un territorio muy grande, en el cual la población [[católico |católica]] está distribuida desigualmente, la Santa Sede coloca una parte de tal territorio a cargo del prefecto apostólico; en cuyo caso las facultades del prefecto son más limitadas, y en el ejercicio de su cargo depende del [[Vicario Apostólico |vicario apostólico]] o del [[obispo]], cuyo [[Consentimiento (en Derecho Canónico) |consentimiento]] necesita para el ejercicio de muchas de sus funciones, y a cuya supervisión está sujeta su administración. Con el fin de proteger aún mejor la autoridad del vicario apostólico local u obispo, se propuso en el [[Concilio Vaticano I]] abolir esta segunda clase de prefectos apostólicos que tienen [[Jurisdicción Eclesiástica |jurisdicción]] sobre distritos dentro de los límites de un vicariato o [[diócesis]] del [[Iglesia Latina |rito latino]]; pero el orden existente permaneció sin cambios debido a la interrupción de ese [[concilio |Concilio]]. <br />
<br />
En cuanto a la misma clase de prefectos apostólicos dentro de los límites de territorios sujetos a las [[Iglesias Orientales]], [[Papa León XIII |León XIII]] los abolió mediante un [[decreto]] de la [[Sagrada Congregación de Propaganda |Propaganda]] (12 sept. 1896), y sustituyó a los superiores con dependencia especial de los delegados apostólicos (Vea [[legado |LEGADO]]) de los respectivos lugares. Para 1911 había 66 prefecturas apostólicas: 5 en [[Europa]]; 17 en [[Asia]]; 3 en América del Norte; 11 en América del Sur; 23 en [[África]]; 7 en Oceanía. <br />
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'''Bibliografía''': BAART, The Roman Court (Nueva York), núms. 357-8; BOUIX, De curia romana (París, 1880), 648; Collectanea S. Congr. de Prop. Fide (Roma, 1893), nn. 15, 243-60; Gerarchia cattolica (Roma, 1911); PUTZER, Comment. in facult. apost. (Nueva York, 1898), n. 245; SCHNEEMANN, Coll. Lacensis, VII (Friburgo, 1870-90), 684. 693; ZITELLI, Apparat. jur. eccl. (Roma, 1888), 138.<br />
<br />
'''Fuente''': Papi, Hector. "Prefect Apostolic." The Catholic Encyclopedia. Vol. 12, p. 386. New York: Robert Appleton Company, 1911. 2 Sept. 2019 <http://www.newadvent.org/cathen/12386a.htm>.<br />
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Traducido por Luz María Hernández Medina</div>Luz María Hernández Medina