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Jueves, 28 de marzo de 2024

Matrimonio Civil

De Enciclopedia Católica

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“Matrimonio”, dice Bishop, “diferenciándolo del acuerdo de casarse y del acto de convertirse en casado, es el estado civil de un hombre y una mujer legalmente unidos de por vida, con los derechos y obligaciones que, para el establecimiento de las familias y la multiplicación y educación de la especie, asigna o con el tiempo asignará la ley matrimonial”. (I Mar. y Div. Sec. 11).

La ley municipal sólo trata este estado como una institución civil. Aunque a veces se denomine contrato, a los ojos de la ley municipal el matrimonio no es, estrictamente hablando, un contrato si no un estado que resulta de contraer matrimonio. Justice Story habla sobre ello como una “institución social basada en el consentimiento y el contrato entre dos personas”. (Story, “Confl. Laws”, Sec. 108. Nota). Todas las personas capacitadas pueden casarse entre sí y el matrimonio se promueve porque interesa al Estado y es de gran interés público. Se sostiene que es una unión de por vida. La ley no permite que sea un acuerdo experimental o temporal si no un estado fijo y permanente que sólo puede ser disuelto por la muerte o, cuando los estatutos lo permiten, mediante el divorcio. En Inglaterra, hasta poco antes de que se aprobase el estatuto de 1836, la solemnización del matrimonio debía hacerse ante un clérigo, y el resto de los matrimonios, excepto los de los cuáqueros y judíos, eran nulos. Mediante dicha acta, se legalizan y se regulan los matrimonios civiles y los de los disidentes de la Iglesia de Inglaterra. Para constituir un matrimonio válido tiene que existir consentimiento entre las dos partes, y en algunos estados de la Unión, no hace falta ninguna ceremonia.

Según el derecho consuetudinario, la edad a la que los menores podían casarse, conocida como edad de consentimiento, estaba fijada en 14 años para los hombres y 12 para las mujeres. Los matrimonios de edades inferiores a los siete años estaban prohibidos para ambos pero entre los siete y la edad de consentimiento las partes podían contraer un matrimonio imperfecto, que se podía anular pero que no tenía porqué ser invalidado.

El matrimonio entre partes que habían alcanzado la edad de consentimiento era válido incluso aunque carecieran del consentimiento de los padres, hasta que, en Inglaterra, el acta de 1753 prohibió estos matrimonios. Sin embargo, esta acta nunca ha existido en Estados Unidos. En Inglaterra, bajo el estatuto 32 de Enrique VIII, c.38, todos los matrimonios entre las partes eran legítimos excepto dentro de los grados familiares levíticos; es decir, según las leyes del derecho civil, todos los matrimonios, excepto aquéllos entre familiares de la línea directa y de la línea colateral hasta el tercer grado, incluidos los parentescos consanguíneos y de media sangre. En Estados Unidos, a falta de unos estatutos que digan lo contrario, los matrimonios sólo son ilegales en la línea directa de consanguinidad descendente y ascendente y entre hermanos y hermanas. Sin embargo, en la mayoría de los Estados, si no en todos, hay estatutos sobre este tema y en varios de ellos, los matrimonios entre primos hermanos están prohibidos. Los matrimonios que se realizan sin ceremonia, sólo con el consentimiento de las partes, se conocen como matrimonios de hecho. Para hacer efectivos dichos matrimonios, tiene que haber presente una intención de firmar el contrato y dicha intención se tiene que expresar, en otras palabras, "per verba de praesenti". Las palabras que expresan una intención futura no proporcionan el consentimiento necesario, pero cuando dichas palabras se utilizan con una aparente intención futura y además van seguidas de la consumación, "per verba de futuro cum copula”, se constituye un matrimonio; la acción convierte la futura promesa en un matrimonio real.

Los matrimonios contraídos sin arreglo a unas regulaciones legales son válidaos en algunos estados. La ceremonia formal no es necesaria. En los lugares donde no se penaliza la desobediencia de las formalidades legales la omisión de las mismas no invalida el matrimonio.

La necesidad de una licencia para casarse fue introducida por primera en Inglaterra por el Acta de matrimonio de Lord Hardwicke en 1753. Aunque no forma parte del derecho civil estadounidense, en algunos estados hace falta una licencia pero, no hasta el punto de invalidar los matrimonios a los que no se les ha concedido. En algunos estados, la Sociedad de amigos de los cuáqueros está excluida de este requisito y en otros, las partes pueden recurrir la publicación de amonestaciones en vez de asegurar la licencia. El consentimiento de los padres es necesario en casi todos los estados para los hombres entre la edad de 16 y 21 años y para las mujeres entre los 18 y los 21. En casi todos los estados, si alguna de las partes ha estado ausente de manera continua durante varios años y durante ese tiempo no se ha sabido si seguía viva, la otra parte puede volver a contraer matrimonio. La doctrina general de la ley sobre los matrimonios extranjeros establece que un matrimonio válido allí donde se haya celebrado es válido en cualquier parte. Las excepciones se realizan en algunos estados donde los ciudadanos se desplazan a otra jurisdicción para evadir las leyes de su lugar de residencia habitual. En algunos estados, los matrimonios entre personas de diferentes razas no son validos. Si una de las partes no está en pleno uso de sus facultades en el momento de contraer matrimonio, éste se invalidará a menos que se confirme el matrimonio tras una recuperación. En caso de incapacidad física, el matrimonio puede invalidarse si la otra parte lo solicita porque en el momento de casarse no conocía este hecho. Bajo el derecho consuetudinario, un matrimonio se puede anular por error de identidad o fraude. Hay ciertos tipos de fraude que servirían para declarar un contrato ordinario nulo pero que, debido a la política pública, no afectan al contrato matrimonial. En algunos de los estados de América en caso de engaño se permite la anulación por engaño, como la castidad, pero no es así en Inglaterra. El hecho de coaccionar a la otra parte para que consienta es motivo de anulación, a menos que posteriormente se ratifique. Al igual que en Inglaterra, en todo Estados Unidos hay leyes que regulan las formalidades relacionadas con los matrimonios que no son de hecho y excepto en algunos estados, además de los ministros de las diferentes iglesias, que para este propósito tienen carácter de oficial civil, se autoriza a otros funcionarios la celebración de la ceremonia. Los matrimonios se pueden verificar mediante evidencias directas y circunstanciales, estando la presunción a favor de un matrimonio anterior en el que haya habido convivencia y reputación.

Allí donde se anulan matrimonios, el decreto vuelve a relacionarse con la fecha del casamiento mientras que el divorcio sólo se relaciona con la fecha de su propio decreto (véase DIVORCIO). Las penas por violación de las regulaciones legales relacionadas con el matrimonio las ordenan los ministros u otras personas autorizadas a celebrar la ceremonia. El matrimonio en sí proporciona al marido y a la mujer ciertos intereses sobre las propiedades del otro, tanto inmobiliarios como personales, puesto que la legislación moderna se ha modificado mucho. Antiguamente, el marido era, a efectos prácticos, el dueño de las propiedades de su mujer pero ahora ella tiene control total y absoluto de las mismas tanto en Inglaterra como en Estados Unidos, reservando para el marido unos derechos efectivos a la muerte de ella. En Inglaterra, según el derecho consuetudinario, el matrimonio entre parejas tras el nacimiento de los hijos no legitima a éstos últimos pero en la mayoría de los estados americanos y países de la Europa continental se trata de lograr el fomento del matrimonio legitimando a dichos hijos. Las leyes de la mayoría de los países extranjeros establecen requisitos muy estrictos sobre la capacidad mental y establecen ciertos grados de consanguinidad y afinidad en los que no se puede contraer matrimonio. Hay ciertos impedimentos, no en Estados Unidos, que imponen un periodo de retraso en relación al servicio militar y proporcionan un periodo en el que la mujer no puede contraer matrimonio tras la disolución de uno anterior. La tendencia en los países continentales es a establecer el matrimonio civil como el único reconocido por el estado. Así es la ley en Bélgica, Francia, Alemania, Hungría, Italia, los Países Bajos, Rumania y Suiza, donde ante los ojos de la ley sólo se reconoce el matrimonio civil. En la mayoría de estos países los clérigos son multados severamente por llevar a cabo la ceremonia religiosa antes de que tenga lugar la civil. En Austria es necesaria la ceremonia civil cuando ambas partes no pertenecen a una Fe legalmente reconocida. En Dinamarca, Noruega y Suecia existen disposiciones similares. Bulgaria, Finlandia, Croacia, Eslovenia y Serbia reconocen la ceremonia religiosa.

En Japón, el código matrimonial que entró en vigor en 1808 contiene secciones sobre las leyes familiares y de sucesión. El tipo de ceremonia no está regulado pero el matrimonio sólo es válido bajo ciertas condiciones. Las leyes de otros países que no sean Estados Unidos establecen en varios casos la necesidad del permiso de los padres o tutores incluso aunque las partes hayan cumplido los 21 años. Así, en Austria, las partes entre los 14 y los 21 años no pueden de contraer matrimonio válido sin el consentimiento de sus padres o, si éste hubiera fallecido o fuera incapaz de actuar, sin el consentimiento del tutor y de los tribunales. El consentimiento es necesario incluso para aquellos que han cumplido los 24 pero que por cualquier motivo no son capaces de adquirir una obligación válida como por ejemplo, si han sido declarados legalmente despilfarradores. En el caso de los menores ilegítimos, se necesita el consentimiento del tutor legal y de los tribunales. En general, las personas que se encuentran realizando el servicio militar no pueden contraer un matrimonio válido sin el permiso escrito de sus superiores. Una ley de 1889 establece que un hombre no debería poder casarse antes de alcanzar la edad de realizar el servicio militar o antes de dejar la clase de tercera edad es decir, los 23 años. En Francia, el hombre debe tener al menos 18 años y la mujer 15 para poder contraer matrimonio, a menos que el Presidente de la Republica les proporcione una dispensa especial. Según una ley del 25 de junio de 1907, el consentimiento de los padres no es necesario para los hombres y las mujeres de más de 21 años pero tanto el hombre como la mujer menor de 30 deben pedirlo y ofrecer al padre, o padres que no estén de acuerdo un instrumento de solicitud. Las partes podrán casarse tres días después de hacer el servicio militar. Según una ley anterior a dicha fecha, los hombres menores de 25 y las mujeres menores de 21 no podían casarse sin el consentimiento de sus padres o del progenitor que tuvieran si uno de ellos hubiera fallecido.

En Inglaterra, la edad matrimonial la establece la ley del derecho consuetudinario y es de 14 para los hombres y de 12 para las mujeres. Si se es menor de 21 años se necesita el consentimiento de los padres, excepto si se es viudo o viuda. La persona que tiene que dar el permiso es el padre, y si ha fallecido, la madre, si no estuviera casada, o finalmente un tutor designado por los tribunales. Los soldados deben obtener el permiso de sus superiores. Sin embargo, la violación de estos permisos no invalida el matrimonio; pero en el caso de los soldados, a la mujer no se reconoce el estado militar.

En Escocia, los impedimentos son los mismos que en Inglaterra pero no se necesita el permiso de los padres o tutores. Los matrimonios ordinarios los realiza un ministro religioso en presencia de al menos dos testigos tras la publicación de las amonestaciones o la emisión del certificado por el registro. Los matrimonios irregulares, son clandestinos y se celebran sin la publicación de las amonestaciones o sin notificarlo en el registro. Dichos matrimonios pueden realizarse sólo con el consentimiento, sin clérigo, y se consideran válidos.

En Irlanda, en matrimonios episcopalinos, católicos y presbiterianos las provisiones las realizan los ministros de otras denominaciones y los registradores civiles. Los impedimentos para contraer matrimonio son básicamente los mismos que en Inglaterra.

En Alemania, un hombre no puede casarse, excepto en casos especiales, si es menor de 21 años y una mujer si es menor de 16. Un hijo legítimo menor de 21 años debe obtener el consentimiento del padre o, si hubiera fallecido, de la madre; un hijo adoptado debe obtener el permiso del padre de acogida. Los militares, los oficiales públicos y los extranjeros antes de casarse deben obtener un permiso especial y los militares en activo, necesitan el permiso de sus superiores.

En Italia, el consentimiento de los padres o un familiar cercano es necesario para los hombres menores de 25 y mujeres menores de 21. En caso de que no se les conceda el permiso, se hace una provisión para apelar a la corte. Los extranjeros que deseen casarse en Italia deben presentar un certificado de una autoridad competente que especifique que han satisfecho los requisitos legales de su país. Los extranjeros residentes en Italia están sujetos a los requisitos de la ley italiana. Los oficiales militares no pueden casarse sin el permiso real, que no se concede a menos que tengan asegurados unos ingresos de unos 800 dólares, como mínimo, y hayan hecho una declaración en favor de la novia. Las regulaciones son similares para oficiales de menor rango y los soldados en los impuestos internos.

En los Países Bajos, el consentimiento de los padres es necesario para las personas menores de 13 años. La edad para poder contraer matrimonio comienza para los hombres a los 18 y para las mujeres a los 16. Si ambos padres han fallecido o están incapacitados, una persona menor de 21 años necesita el consentimiento de un abuelo, o en caso de que no haya abuelos, el consentimiento de un tutor y un segundo tutor. Los oficiales del ejército y la marina necesitan el consentimiento de un superior antes de poder casarse, y ningún hombre entre los 18 y los 40 puede hacerlo a menos que pruebe que ha realizado el servicio militar o que está exento de él.

En Suiza, el consentimiento de los padres es necesario para todas las personas menores de 21 años. El consentimiento de los padres también es necesario en Bélgica para todas las personas menores de 25. Ley, similar a la francesa.

En Rusia, los niños deben obtener el consentimiento de los padres si están vivos, independientemente de su edad, siendo la edad para casarse 18 años para el hombre y 16 para la mujer.

En Dinamarca, la edad para contraer matrimonio es de 20 para los hombres y 16 para las mujeres y los menores de 25 deben obtener el consentimiento de los padres.

En Suecia, las mujeres menores de 21 necesitan el consentimiento de un tutor matrimonial, normalmente su padre o su hermano o algún otro pariente masculino. Los hombres no necesitan el consentimiento de los padres. Los hombres pueden casarse a la edad de 21 años o más, y las mujeres a los 17 o más.

En Noruega, la edad para contraer matrimonio es de 20 para los hombres y de 16 para las mujeres. El consentimiento de los padres es necesario para ambas partes si son menores de 18 años. El consentimiento de los padres parece necesario, bajo ciertas circunstancias, en todos los países europeos cuando las partes son menores de 21 años y en muchos cuando están realizando el servicio militar. En Japón, el consentimiento de los padres o de la familia es esencial para poder contraer matrimonio si el hombre es menor de 30 y la mujer menor de 25. Las leyes matrimoniales de las provincias de Canadá no son uniformes pero sí parecidas. La edad mínima para contraer matrimonio en la provincia de Québec es de 14 años para los hombres y de 12 para las mujeres. El consentimiento de los padres es necesario para cualquiera de las partes que sea menor de 21 años. En Québec, junto con el resto de las provincias de Canadá, los hijos ilegítimos se legitiman mediante el matrimonio de los padres. Las leyes de Australia y Nueva Zelanda se basan en las leyes inglesas y el derecho consuetudinario.

WALTER GEORGE SMITH Trascripción: Ginny Hoffman Traducido por José Ignacio Sánchez García

Notas: Bishop, Marriage, Divorce and Separation (Chicago, 1891); AM. y Eng. Enc. of Law s.v.Marriage. Bouvier, Law Dictionary; special reports of the Census Office (Washington, 1867-1906, Parte I). Contiene un importante resumen sobre las leyes de divorcio y matrimonio de todos los estados modernos. Los hechos precedentes sobre países extranjeros se han extraído de aquí.