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Viernes, 19 de abril de 2024

In Partibus Infidelium

De Enciclopedia Católica

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(Frecuentemente abreviado como in partibus, o bien como i.p.i.) Un término cuyo significado es “en las tierras de los no creyentes”, que se agregaba a los nombres de las sedes, en la identificación de sitios residenciales de los Obispos latinos, por ejemplo: “John Doe, Obispo de Tyro, in partibus infidelium ”. Anteriormente, cuando los obispos se vieron obligados a huir a raíz de las invasiones de los bárbaros, ellos fueron bienvenidos en otras iglesias, preservaron sus títulos, sus derechos y sus diócesis. Se hicieron cargo de la administración de las sedes vacantes. Es por ello que encontramos a San Gregorio nombrando a Juan, Obispo de Alessio, quien había sido expulsado por sus enemigos, a la sede de Squilace (cap. “Pastorales” xliii, caus, vii, q.1). En los últimos años se utilizó a fin de preservar la memoria de las Iglesias Cristianas, que habían caído en manos de los no creyentes. Estas acciones de preservación se realizaron por medio de utilizar los nombres de los obispos auxiliares o bien los nombres de obispos misioneros en países.

Fagnani (en cap. “Episcopalia”, i, “De privilegiis”) señala que el nombramiento titular de los obispos, data desde el tiempo del XII Consejo Laterano, conducido en los tiempos de León X (Session IX); solamente los cardenales fueron autorizados a demandar diócesis. San Pío V extendió este privilegio a las sedes en las cuales fue costumbre tener obispos auxiliares. Desde ese entonces, la práctica llegó a ser más generalizada.

La Sagrada Congregación de la Propaganda, en su circular del 5 de marzo de 1882, abolió la expresión in partibus infidelium ; la costumbre actual consiste en unirla con nombre de la sede del distrito, al que se pertenece, por ejemplo: “"John Doe, Archiepiscopus Corinthius in Achaiâ," de otra manera, solamente se diría: “obispo titular”.

Traducción al castellano de Giovanni E. Reyes.