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Diferencia entre revisiones de «Donación de Constantino»

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'''Donación de Constantino''' ([[Latín Eclesiástico |Latín]], ''Donatio Constantini''):  Este nombre designa, desde el final de la [[Edad Media]], un documento falsificado del emperador [[Constantino el Grande]] mediante el cual se le conferían grandes privilegios y ricas posesiones al [[Papa]] y a la [[Santa Sede |Iglesia Romana]].  En el [[manuscritos |manuscrito]] más antiguo conocido (siglo IX) (Bibliothèque Nationale, Paris, man. Latin 2777) y en muchos otros manuscritos, el documento lleva el título: "''Constitutum domini Constantini imperatoris''".  Constantino lo dirige al [[Papa]] [[Papa San Silvestre I |Silvestre I]] (314-35) y consiste de dos partes.  En la primera (titulada "''Confessio''") el emperador relata cómo Silvestre lo instruyó en la [[fe]] [[cristianismo |cristiana]], hace una completa profesión fe y cuenta de su [[bautismo]] por ese Papa en [[Roma]], y cómo de este modo se curó de [[lepra]].   
 
'''Donación de Constantino''' ([[Latín Eclesiástico |Latín]], ''Donatio Constantini''):  Este nombre designa, desde el final de la [[Edad Media]], un documento falsificado del emperador [[Constantino el Grande]] mediante el cual se le conferían grandes privilegios y ricas posesiones al [[Papa]] y a la [[Santa Sede |Iglesia Romana]].  En el [[manuscritos |manuscrito]] más antiguo conocido (siglo IX) (Bibliothèque Nationale, Paris, man. Latin 2777) y en muchos otros manuscritos, el documento lleva el título: "''Constitutum domini Constantini imperatoris''".  Constantino lo dirige al [[Papa]] [[Papa San Silvestre I |Silvestre I]] (314-35) y consiste de dos partes.  En la primera (titulada "''Confessio''") el emperador relata cómo Silvestre lo instruyó en la [[fe]] [[cristianismo |cristiana]], hace una completa profesión fe y cuenta de su [[bautismo]] por ese Papa en [[Roma]], y cómo de este modo se curó de [[lepra]].   
  
En la segunda parte (la "''Donatio''") [[Constantino el Grande |Constantino]] dispone conferir a [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] y a sus [[Sucesión Apostólica |sucesores]] los siguientes privilegios  y [[propiedad |posesiones]]: el Papa, como sucesor de [[San Pedro]], tiene la [[primacía]] sobre los cuatro [[Patriarca y Patriarcado |patriarcas]] de [[Antioquía]], [[Alejandría]], [[Constantinopla]] y [[Jerusalén]], también sobre todos los [[obispo]]s en el mundo. La [[basílica]] de [[San Juan de Letrán |Letrán]] en [[Roma]], construida por Constantino, excederá a todas las iglesias como su cabeza, igualmente las [[Edificaciones Eclesiásticas |iglesias]] de [[Basílica de San Pedro |San Pedro]] y [[San Pablo Extramuros |San Pablo]] serán dotadas de ricas posesiones.  Los principales [[clérigo |eclesiásticos]] romanos (''clerici cardinales''), entre los cuales también se puede recibir a los senadores, obtendrán los mismos [[honor]]es y distinciones que los senadores. Al igual que el el emperador, la [[Santa Sede |Iglesia Romana]] tendrá  como funcionarios ''cubicularii'', ''ostiarii'', y ''excubitores''.  (N.T.:  ''cubicularri'', ayudantes de cámara o dormitorio; ''ostiarii'', portero; ''excubitores'', guardias)
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En la segunda parte (la "''Donatio''") [[Constantino el Grande |Constantino]] dispone conferir a [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] y a sus [[Sucesión Apostólica |sucesores]] los siguientes privilegios  y [[propiedad |posesiones]]: el Papa, como sucesor de [[San Pedro]], tiene la [[primacía]] sobre los cuatro [[Patriarca y Patriarcado |patriarcas]] de [[Antioquía]], [[Alejandría]], [[Constantinopla]] y [[Jerusalén]], también sobre todos los [[obispo]]s en el mundo. La [[basílica]] de [[San Juan de Letrán |Letrán]] en [[Roma]], construida por Constantino, excederá a todas las iglesias como su cabeza, igualmente las [[Edificaciones Eclesiásticas |iglesias]] de [[Basílica de San Pedro |San Pedro]] y [[San Pablo Extramuros |San Pablo]] serán dotadas de ricas posesiones.  Los principales [[clérigo |eclesiásticos]] romanos (''clerici cardinales''), entre los cuales también se puede recibir a los senadores, obtendrán los mismos [[honor]]es y distinciones que los senadores. Al igual que el emperador, la [[Santa Sede |Iglesia Romana]] tendrá  como funcionarios ''cubicularii'', ''ostiarii'', y ''excubitores''.  (N.T.:  ''cubicularri'', ayudantes de cámara o dormitorio; ''ostiarii'', portero; ''excubitores'', guardias)
  
 
El [[Papa]] disfrutará de los mismos [[derecho]]s honoríficos que el emperador, entre ellos, el de llevar una corona imperial, una capa y túnica púrpura, y en general todas las insignias imperiales o señales de distinción; pero, como [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] se negó a poner en su cabeza una corona de oro, el emperador lo invistió con el gorro blanco alto (''phrygium'') (Vea [[tiara |TIARA]]).  [[Constantino el Grande |Constantino]], el documento continúa, le prestó al Papa el servicio de ''strator'' (N.T.: caballerizo), es decir, condujo el caballo sobre el que cabalgaba el Papa.  Además, el emperador le obsequia al Papa y a sus [[Sucesión Apostólica |sucesores]] el palacio de Letrán, [[Roma]] y las provincias, distritos y pueblos de [[Italia]] y todas las regiones occidentales (''tam palatium nostrum, ut prelatum est, quamque Romæ urbis et omnes Italiæ seu occidentalium regionum provinicas loca et civitates'').  El documento continúa diciendo que el emperador ha establecido para sí mismo en Oriente una nueva capital que lleva su nombre, y allá él muda su gobierno, porque es inoportuno que un emperador secular tenga poder donde [[Dios]] ha establecido la residencia de la cabeza de la [[religión]] [[cristianismo |cristiana]].  El documento, concluye con [[maldición |maldiciones]] contra todos los que se atrevan a violar estas [[Donación (en Derecho Canónico) |donaciones]] y con la certidumbre de que el emperador las ha firmado con su propia mano y las ha puesto en la [[tumba]] de [[San Pedro]].
 
El [[Papa]] disfrutará de los mismos [[derecho]]s honoríficos que el emperador, entre ellos, el de llevar una corona imperial, una capa y túnica púrpura, y en general todas las insignias imperiales o señales de distinción; pero, como [[Papa San Silvestre I |Silvestre]] se negó a poner en su cabeza una corona de oro, el emperador lo invistió con el gorro blanco alto (''phrygium'') (Vea [[tiara |TIARA]]).  [[Constantino el Grande |Constantino]], el documento continúa, le prestó al Papa el servicio de ''strator'' (N.T.: caballerizo), es decir, condujo el caballo sobre el que cabalgaba el Papa.  Además, el emperador le obsequia al Papa y a sus [[Sucesión Apostólica |sucesores]] el palacio de Letrán, [[Roma]] y las provincias, distritos y pueblos de [[Italia]] y todas las regiones occidentales (''tam palatium nostrum, ut prelatum est, quamque Romæ urbis et omnes Italiæ seu occidentalium regionum provinicas loca et civitates'').  El documento continúa diciendo que el emperador ha establecido para sí mismo en Oriente una nueva capital que lleva su nombre, y allá él muda su gobierno, porque es inoportuno que un emperador secular tenga poder donde [[Dios]] ha establecido la residencia de la cabeza de la [[religión]] [[cristianismo |cristiana]].  El documento, concluye con [[maldición |maldiciones]] contra todos los que se atrevan a violar estas [[Donación (en Derecho Canónico) |donaciones]] y con la certidumbre de que el emperador las ha firmado con su propia mano y las ha puesto en la [[tumba]] de [[San Pedro]].

Revisión de 23:41 12 jul 2019

Donación de Constantino (Latín, Donatio Constantini): Este nombre designa, desde el final de la Edad Media, un documento falsificado del emperador Constantino el Grande mediante el cual se le conferían grandes privilegios y ricas posesiones al Papa y a la Iglesia Romana. En el manuscrito más antiguo conocido (siglo IX) (Bibliothèque Nationale, Paris, man. Latin 2777) y en muchos otros manuscritos, el documento lleva el título: "Constitutum domini Constantini imperatoris". Constantino lo dirige al Papa Silvestre I (314-35) y consiste de dos partes. En la primera (titulada "Confessio") el emperador relata cómo Silvestre lo instruyó en la fe cristiana, hace una completa profesión fe y cuenta de su bautismo por ese Papa en Roma, y cómo de este modo se curó de lepra.

En la segunda parte (la "Donatio") Constantino dispone conferir a Silvestre y a sus sucesores los siguientes privilegios y posesiones: el Papa, como sucesor de San Pedro, tiene la primacía sobre los cuatro patriarcas de Antioquía, Alejandría, Constantinopla y Jerusalén, también sobre todos los obispos en el mundo. La basílica de Letrán en Roma, construida por Constantino, excederá a todas las iglesias como su cabeza, igualmente las iglesias de San Pedro y San Pablo serán dotadas de ricas posesiones. Los principales eclesiásticos romanos (clerici cardinales), entre los cuales también se puede recibir a los senadores, obtendrán los mismos honores y distinciones que los senadores. Al igual que el emperador, la Iglesia Romana tendrá como funcionarios cubicularii, ostiarii, y excubitores. (N.T.: cubicularri, ayudantes de cámara o dormitorio; ostiarii, portero; excubitores, guardias)

El Papa disfrutará de los mismos derechos honoríficos que el emperador, entre ellos, el de llevar una corona imperial, una capa y túnica púrpura, y en general todas las insignias imperiales o señales de distinción; pero, como Silvestre se negó a poner en su cabeza una corona de oro, el emperador lo invistió con el gorro blanco alto (phrygium) (Vea TIARA). Constantino, el documento continúa, le prestó al Papa el servicio de strator (N.T.: caballerizo), es decir, condujo el caballo sobre el que cabalgaba el Papa. Además, el emperador le obsequia al Papa y a sus sucesores el palacio de Letrán, Roma y las provincias, distritos y pueblos de Italia y todas las regiones occidentales (tam palatium nostrum, ut prelatum est, quamque Romæ urbis et omnes Italiæ seu occidentalium regionum provinicas loca et civitates). El documento continúa diciendo que el emperador ha establecido para sí mismo en Oriente una nueva capital que lleva su nombre, y allá él muda su gobierno, porque es inoportuno que un emperador secular tenga poder donde Dios ha establecido la residencia de la cabeza de la religión cristiana. El documento, concluye con maldiciones contra todos los que se atrevan a violar estas donaciones y con la certidumbre de que el emperador las ha firmado con su propia mano y las ha puesto en la tumba de San Pedro.

Este documento es sin la duda una falsificación, inventada en algún momento, entre los años 750 y 850. Ya en el decimoquinto siglo su falsedad fue conocida y demostrada. Nicolás Cardenal de Cusa (De Concordantiâ Catholicâ, III, ii, en ediciones Basilea de su obra , 1565, I) lo definió como un dictamen apócrifo. Algunos años después (1440) Lorenzo Valla (Del falso credita et ementita el Constantini donatione declamatio, Mainz, 1518) demostró la falsificación con certeza. Independientemente de sus dos predecesores. Reginald Pecocke, Obispo de Chichester (1450-57), sacó una conclusión similar en su trabajo, "The represor of over much Blaming of the Clergy", Rolls Series, II, 351-366.

Su autenticidad fue defendida aún de vez en cuando, y el documento todavía llega más allá, siendo usado como auténtico, hasta Baronio en su "Annales Ecclesiastici" (ad.an 324) admitió que la "Donatio" era una falsificación, después, pronto fue admitido universalmente como tal. Es una mentira tan clara que no hay razón para ninguna sorpresa que, con el reavivamiento de la crítica histórica en el decimoquinto siglo, el verdadero carácter del documento, se reconociera rápidamente. El falsificador hizo uso de varias licencias que Grauert y otros (ver abajo) han investigado completamente. Se imitan la introducción y la conclusión del documento de las escrituras auténticas del periodo imperial, pero también se utilizan "formulæ" de otros períodos. En la "Confesión" de fe en la doctrina del Espíritu Santo, se explica en extensión, la Caída del hombre y la Encarnación de Cristo.

Hay también reminiscencias de los decretos del Sínodo Iconoclasta de Constantinopla (754) contra la veneración de imágenes. La narrativa de la conversión y curación del emperador esta basada en los Actos apócrifos de Silvestre (Acta o Gesta Sylvestri), aún todas las particularidades de la "Donatio" no aparecen en el relato de los, hasta ahora, textos conocidos de esa leyenda. Las distinciones otorgadas al papa y a los cardenales de la Iglesia romana, probablemente, el falsificador las inventó y las describió según ciertos ritos contemporáneos del ceremonial de la corte romana y de los emperadores bizantinos. El autor también usó las biografías de los papas del Liber Pontificalis (q.v.), asimismo las cartas del octavo siglo de los papas, sobre todo en su informe de las donaciones imperiales. La paternidad literaria de este documento todavía está envuelto en oscuridad. Ocasionalmente, pero sin razón suficiente, los críticos lo han atribuido al autor de las Falsas Decretales (q.v.) o a algún eclesiástico romano del octavo siglo. Por otro lado, el tiempo y lugar de su composición han sido estudiados, completa y últimamente, por numerosos investigadores (sobre todo alemanes), aunque ninguna conclusión firme y universalmente aceptada, se ha sacado todavía. Acerca del lugar de la falsificación, Baronius (Annales, ad.an 1081) sostuvo que fue en Oriente y por un griego cismático; de hecho, se encuentra en colecciones canónicas griegas. Natalis Alejandro se opuso a esta interpretación, y ya no es sostenida por ningún historiador reciente. Muchos de los estudiosos críticos recientes del documento, localizan su composición en Roma y atribuyen la falsificación a un eclesiástico, su argumento principal es intrínseco: este falso documento se redactó en favor de los papas y por consiguiente de la Iglesia romana, la propia Roma debe de haber tenido principal interés en esta falsificación, ejecutada para un propósito tan claramente expresado. Es más, las fuentes del documento son principalmente romanas. No obstante, la interpretación más antigua de Zacarias y otros, de que la falsificación se originó en el Imperio Francogermano, ha sido bastante defendida recientemente y con habilidad por Hergenröther y Grauert (ver abajo). Ellos llaman la atención sobre el hecho que la "Donatio" aparece primero en las colecciones Francogermanas, es decir en las Falsas Decretales y en el manuscrito de St.Denis antedicho; además la cita segura más primitiva fue hecha por autores del Imperio Francogermano, en la segunda mitad del noveno siglo.

Finalmente, este documento nunca se usó en la cancillería papal hasta mediados del undécimo siglo, ni en general fue referido en fuentes romanas hasta los tiempos de Otto III (983-1002, en el caso que el famoso "Diploma" de este emperador, sea auténtico). El primer uso cierto en Roma fue hecho por León IX en 1054, y nótese que este Papa fue por nacimiento y educación, alemán, no italiano. Los escritores mencionados han evidenciado que el objetivo principal de la falsificación era demostrar la justicia de la "translatio imperii" a los francogermanos, es decir el traslado del título imperial a la coronación de Carlomagno en 800; por consiguiente, la falsificación era principalmente importante para el Imperio Francogermano. Esta visión, debidamente sostiene, contra la opinión de la mayoría, que la falsificación se originó en Roma. Un divergencia de opinión, todavía mayor, reina, acerca del momento de su redacción. Algunos han afirmado (más recientemente Martens, Friedrich, y Bayet) que cada una de sus dos partes se inventó en momentos diferentes. Martens sostiene que el autor ejecutó su falsificación entre intervalos breves; que la "Constitutum" se originó después del 800 en relación con una carta de Adriano II (778) en qué el Papa reconoció a Carlomagno la posición imperial al rey de Fracogermania , que por sus propios esfuerzos y fortuna, había logrado. Friedrich (ver abajo), al contrario, intenta demostrar que la "Constitutum" estaba compuesta de dos partes muy distintas. La esencia de la primera parte, llamada "Confessio", apareció entre los años 638 y 653, probablemente 638-641, mientras la segunda, o "Donatio" propiamente, fue escrita durante el reinado de Esteban II, entre los años 752 y 757, por Paulo, hermano y sucesor del Papa Esteban. Según Bayet la primera parte del documento se redactó en tiempos de Paulo I (757-767); la última parte apareció en, o aproximadamente, el año 774.

En oposición a estas opiniones la mayoría de los historiadores mantiene que el documento fue escrito totalmente y al mismo tiempo, por un autor. ¿Pero cuándo fue escrito? Colombier se decide por el reino del Papa Conon (686-687), Genelin, por principios del octavo siglo (antes del 728). Pero ninguna de estas opiniones se apoya en razones suficientes, y las dos son, ciertamente, insostenibles. La mayoría de los investigadores acepta como posible fecha más antigua, el pontificado de Esteban II (752-757), estableciendo, así, una conexión entre la falsificación y los eventos históricos que llevaron al origen de los Estados de la Iglesia y al Imperio Occidental de los reyes Francogermanos. ¿Pero en qué año del período, desde el pontificado antedicho de Esteban II hasta la recepción de la "Constitutum" en la colección de las Falsas Decretales (c. 840-50) fue llevada a cabo, la falsificación? Casi todos los estudiosos de esta intrincada cuestión, guardan sus propias y diferentes opiniones. Primero es necesario contestar una pregunta preliminar: ¿ Exhibió el Papa Adrian II en su carta a Carlomagno del año 778 (Códice Carolinus, ed. Jaffé Ep. lxi) algún conocimiento de la "Constitutum"? De un pasaje de esta carta:

Sicut temporibus beati Silvestri Romani pontificis a sanctæ recordationis piisimo Constantino magno imperatore per eius largitatem sancta Dei Catholica et Apostolica Romana ecclesia elevata et exaltata est et potestatem in his Hesperiæ partibus largiri dignatus, ita et in his vestris felicissimis temporibus atque nostris sancta Dei ecclesia, id est beati Petri apostoli, germinet atque exultet...

Varios escritores, ej. Döllinger, Langen, Meyer, y otros han concluido que Adriano I era consciente, entonces, de esta falsificación, por lo que debe haber aparecido antes del 778. Friedrich asume en Adriano I, un conocimiento de la "Constitutum" de su carta al Emperador Constantine VI escrita en 785 (Mansi, Concil. Coll., XII, 1056). La mayoría de los historiadores, sin embargo, se abstienen debidamente de afirmar que Adriano I hizo uso de este documento en sus cartas, por consiguiente, el momento de su origen no puede deducirse. La mayoría de los recientes escritores sobre el tema acepta el origen de la "Donatio" entre 752 y 795. Entre ellos, algunos se deciden por el pontificado de Esteban II (752-757) sobre la hipótesis, que el autor de la falsificación quiso justificar los derechos de este papa, en sus negociaciones con Pipino (Döllinger, Hauck, Friedrich, Böhmer). Otros bajan la fecha de la falsificación al tiempo de Paulo I (757-767), y basan su opinión en los eventos políticos en Italia bajo este Papa, o en el hecho que él sentía una veneración especial por San Silvestre, y que la "Donatio" tenía, especialmente en vista, el honor de este santo (Scheffer-Boichorst, Mayer). Otros sitúan su origen de nuevo en el pontificado de Adriano I (772-795), en la hipótesis que este Papa confió en extender la autoridad secular de la Iglesia romana sobre una gran parte de Italia y crear de esta manera un Estado eclesiástico poderoso bajo el gobierno papal. Así (Langen, Loening). Un grupo más pequeño de escritores, sin embargo, mueve la falsificación a alguna fecha después de 800, es decir después de la coronación de Carlomagno como emperador. Entre éstos, Martens y Weiland asignan el documento a los últimos años del reino de Carlomagno, o a los primeros de Luis el Pío, es decir en algún momento entre 800 y 840. Ellos argumentan que el propósito principal de la falsificación era otorgar al gobernante occidental el poder imperial, o que la "Constitutum" significaba que el nuevo emperador, como sucesor de Constantino el Grande, confería poder a la Iglesia romana. Esos escritores son, además, quiénes investigan al falsificador en el Imperio Francogermano, sostienen que el documento se escribió en el noveno siglo, sobre todo Hergenröther y Grauert. El último opina que la "Constitutum" se originó en el monasterio de St.Denis, en París, brevemente antes de, o aproximadamente al mismo tiempo, que las Falsas Decretales, es decir entre 840 y 850. Estrechamente con la fecha de la falsificación, está conectada la otra pregunta acerca del principal propósito del falsificador de la "Donatio". Aquí, también, existe una gran variedad de opiniones.

La mayoría de los escritores, que sitúan en la propia Roma el origen de la falsificación, sostienen que su intención, es principalmente, apoyar las demandas de los Papas hacia el poder secular en Italia; difieren, sin embargo, acerca de la magnitud de las demandas. Según Döllinger la "Constitutum" tenía como destino ayudar en la creación de una Italia unida bajo el gobierno papal. Otros limitarían las demandas papales a esos distritos que Esteban II quiso obtener de Pipino, o a territorios aislados que, antes o después, las papas desearon adquirir. En general, esta clase de historiadores busca conectar la falsificación con los eventos históricos y los movimientos políticos de ese tiempo en Italia (Mayer, Langen, Friedrich, Loening, y otros). Algunos, ponen más énfasis en la elevación del papado que en la donación de territorios. Ocasionalmente se sostiene, que el falsificador buscó afianzar para el Papa una categoría de autoridad secular superior, una supremacía imperial en contra del Gobierno Francogermano, sólidamente establecido, entonces, en Italia. Otras veces, algunos de este grupo, limitan para Italia la expresión "occidentalium regionum provincias", pero la mayoría interpreta que representa a todo el Imperio Occidental anterior. Ésta es la actitud de Weiland para quien el objeto principal de la falsificación, es incrementar el poder papal sobre el imperial, y el establecimiento de la supremacía imperial del Papa sobre todo Occidente. También por esta razón él baja la fecha de la "Constitutum" nunca más lejos que el fin del reinado de Carlomagno (814). Sin embargo, con este documento Silvestre obtiene de hecho, la jerarquía imperial de Constantino y los emblemas de dignidad imperial, aunque no la verdadera supremacía imperial. Martens observa, por consiguiente, en la falsificación, un esfuerzo para elevar al papado en general; todos alegaron prerrogativas para el papa y eclesiásticos romanos, todos regalos de posesiones otorgadas, se quieren derechos de gobierno secular, ascensos y confirmaciones de esta elevación, y de todo eso el nuevo Emperador Carlomagno delineó conclusiones prácticas en su proceder, respecto al Papa. Scheffer-Boichorst sostiene una opinión singular, a saber, que el falsificador tuvo la intención de la glorificación de Silvestre y Constantino, principalmente, y sólo de manera secundaria, una defensa de las demandas papales a las posesiones territoriales. Grauert para quien la falsificación es un asunto francogermano, comparte la visión de Hergenröther, es decir el falsificador tenía en mente la defensa del nuevo Imperio Occidental, de los ataques bizantinos. Por consiguiente fue muy importante, para él, establecer la legitimidad del imperio recientemente fundado, y este propósito, fue especialmente auxiliado por todos aquellos documentos que sostuvieran la elevación del Papa. De lo anterior, se puede observar que la última palabra sobre investigación histórica en esta materia, todavía está por verse. Preguntas importantes acerca de las fuentes de la falsificación, el lugar y momento de su origen, la tendencia del falsificador, aún esperan solución.

Las nuevas investigaciones probablemente prestarán todavía mayor atención a la crítica textual, sobre todo de la primera parte o "Confesión" de fe. Hasta donde las evidencias a mano nos permiten juzgar, la falsificación de la "Constitutum" se conoció primero, en el Imperio Francogermano. El manuscrito en existencia más antiguo, ciertamente del siglo noveno, se escribió durante el Imperio Francogermano. En la segunda mitad de ese siglo, el documento es mencionado expresamente por tres escritores francogermanos. Ado, Obispo de Viena, habla de él en su Crónica (De sex ætatibus mundi, ad an. 306, in P.L., CXXIII, 92); Æneas, Obispo de París, se refiere a él en defensa de la primacía romana (Adversus Græcos, c. el ccix, op. cit., CXXI, 758); Hincmar, Arzobispo de Reims, menciona la donación de Roma al papa, por Constantino el Grande según la "Constitutum" (De ordine palatii, c. el xiii, op. cit., CXXV, 998). El documento logró más amplia circulación por su incorporación en las Falsas Decretales (840-850, o más específicamente entre 847 y 852; Hinschius, Decretales Pseudo-Isidorianæ, Leipzig, 1863, pág. 249). En Roma, el documento no fue usado durante el noveno y décimo siglos, tampoco en medio de los conflictos y dificultades de Nicolas I con Constantinopla, cuando podría haber servido como un bienvenido argumento para los derechos del Papa. El primer Papa que lo usó en un acto oficial, fue León IX; en una carta de 1054 a Miguel Cærulario, Patriarca de Constantinopla, él cita la "Donatio" para demostrar que la Santa Sede tuvo ambos poderes, uno temporal y otro celestial, el sacerdocio real. De allí en adelante la "Donatio" adquiere más importancia y se usa más frecuentemente como evidencia en los conflictos eclesiásticos y políticos entre el papado y el poder secular. Anselmo de Lucca y el Cardenal Deusdedit lo insertaron en sus colecciones de canones. Gracián, es verdad, lo excluyó de su "Decretum", pero lo agregó pronto como "Palea". Los escritores eclesiásticos en la defensa del papado durante los conflictos de principios del duodécimo siglo, lo citaron como documento autorizado. (Hugo de Fleury, De regiâ potestate et ecclesiasticâ dignitate, II; Placidus de Nonantula, De honore ecclesiæ, c.c.p.. lvii, xci, cli,; Disputatio vel defensio Paschalis papæ, Honorius Augustodunensis, De summâ gloriæ, c. xvii; cf. Mon. Germen. Hist., Libelli de lite, II, 456, 591, 614, 635; III, 71). San Pedro Damiano también confió en el, en sus escrituras contra el antipapista Cadalous de Parma (synodalis de Disceptatio synodalis, in Libelli de lite, I, 88). Gregorio VII nunca citó este documento en su larga lucha por la libertad eclesiástica contra el poder secular. Pero Urbano II lo usó en 1091 para apoyar sus demandas sobre la isla de Córcega. Después, los Papas Inocencio III, Gregorio IX, Inocencio IV, tomó su autoridad para conceder a Inocencio III, el Sermo de sancto Silvestro, (en P.L., CCXVII, 481 sqq.; Raynaldus, Annales, ad an. 1236, n. 24; Potthast, Regesta, no. 11,848), y los escritores eclesiásticos adujeron muchas veces su evidencia en favor del papado.

Los adversarios medievales de los papas, por otro lado, nunca negaron la validez de esta apelación a la pretendida donación de Constantino, pero trataron de demostrar que el fundamento de las deducciones legales se basaba en interpretaciones falsas. La autenticidad del documento, como ya se declaró, no fue dudado por nadie antes del decimoquinto siglo. Fue conocido por los griegos en la segunda mitad del duodécimo siglo, cuando aparece en la colección de Teodoro Balsamon (1169 sqq.); luego, otro canonista griego, Matthæus Blastares (aproximadamente 1335), lo admitió en su colección. También aparece en otras obras griegas. Es más, fue muy estimado en la Grecia Oriental. Es bien conocido que los griegos, exigieron, para el Obispo de Nueva Roma (Constantinopla) los mismos derechos honoríficos que aquéllos gozados por el Obispo de Roma Antigua. Ahora, en virtud de este documento, reclamaban también para el clero bizantino, los privilegios y prerrogativas dispensadas al papa y a los eclesiásticos romanos. En Occidente, mucho tiempo después que su autenticidad fue disputada, en el decimoquinto siglo, su validez fue aún levantada por la mayoría de canonistas y juristas que continuaron a lo largo del decimosexto siglo, citándolo como auténtico. Y aunque Baronio e historiadores antiguos, lo reconocieron como falsificación, ellos trataron de ordenar otras autoridades, en defensa de su contenido, especialmente como memorias de las donaciones imperiales. En tiempos posteriores, esto fue abandonado, por lo que ahora , toda la "Constitutum", en forma y contenido, es considerada debidamente, y en todo sentido: una falsificación.

Ver FALSAS DECRETALES; SILVESTRE I; ESTADOS DE LA IGLESIA; PODER TEMPORAL.


Bibliografía: El texto de la Donatio ha sido impreso a menudo, por ej. en LABBE, Concil., I, 1530; MANSI, Concil. col., II, 603; finalmente por GRAUERT (vea abajo) y ZEUMER en Festgabe für Rudolf von Gneist (Berlin, 1888), 39 ss. Vea HALLER, Die Quellen zur Geschichte der Entstehung des Kirchenstaats (Leipzig y Berlín, 1907) 241-250; CENNI, Monumenta dominationis Pontificiæ (Roma, 1760), I, 306 ss.; cf. Origine della Donazione di Costantino in Civilta Cattolica, ser. V, X, 1864, 303 ss. Los siguientes son no católicos: ZINKEISEN, The Donation of Constantine as applied by the Roman Church en Eng. Hist. Review (1894), IX, 625-32; SCHAFF, Hist. of the Christ. Church (Nueva York, 1905), IV, 270-72; HODGKIN, Italy and Her Invaders (Oxford, 1899), VII, 135 sqq. Vea también COLOMBIER, La Donation de Constantin in Etudes Religieuses (1877), XI, 800 sqq.; BONNEAU, La Donation de Constantin (Lisieux, 1891); BAYET, La fausse Donation de Constantin in Annuaire de la Faculté des lettres de Lyon (París, 1884), II, 12 s.; DÖLLINGER, Papstfabeln des Mittelalters (Munich, 1863), Stuttgart, 1890), 72 sqq.; HERGENRÖTHER, Katholische Kirche und christlicher Staat (Freiburg im Br., 1872), I, 360 ss.; GENELIN, Das Schenkungsversprechen und die Schenkung Pippins (Leipzig, 1880), 36 ss.; MARTENS, Die römische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Stuttgart, 1881), 327 ss.; IDEM, Die falsche Generalkonzession Konstantins des Grossen (Munich, 1889); IDEM, Beleuchtung der neuesten Kontroversen über die römische Frage unter Pippin und Karl dem Grossen (Munich, 1898), 151 ss.; GRAUERT Die konstantinische Schenkung in Historisches Jahrbuch (1882), 3 ss. (1883), 45 ss., 674 ss. (1884), 117 ss.; LANGEN, Entstehung und Tendenz der konstantinischen Schenkungsurkunde en Historische Zeitschrift für Kirchenrecht (1889), 137 ss., 185 ss.; BRUNNER, Das Constitutum Constantini in Festgabe für R. von Gneist (Berlin, 1888), 3 ss.; FRIEDRICH, Die konstantinische Schenkung (Nördlingen, 1889); SCHEFFER-BOICHORST, Neuere Forschungen über die konstantinische Schenkung in Mitteilungen des Instituts fürösterr. Geschichtsforsch. (1889), 302 ss. (1890), 128 ss.; LAMPRECHT, Die römische Frage von Konig Pippin bis auf Kaiser Ludwig den Frommen (Leipzig, 1889), 117 ss.; LOENING, Die Entstehung der konstantinischen Schenkungsurkunde in Histor. Zeitschrift (1890), 193 ss.; BÖHMER, Konstantinische Schenkung in Realencyclopadie für prot. Theol. (Leipzig, 1902), XI, 1 ss.

Fuente: Kirsch, Johann Peter. "Donation of Constantine." The Catholic Encyclopedia. Vol. 5, pp. 118-121. New York: Robert Appleton Company, 1909. 12 Jul. 2019 <http://www.newadvent.org/cathen/05118a.htm>.

Traducido por José Luis Anastasio. lmhm