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Martes, 16 de abril de 2024

Apiario de Sica

De Enciclopedia Católica

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Fue un sacerdote de la diócesis de Sica, en África proconsular. Se le atribuye interés sólo debido a su apelación a Roma a partir de su sentencia de excomunión por su obispo, y la subsiguiente prolongada discusión entre Roma y Cartago sobre los privilegios de la Iglesia Africana de regular su propia disciplina. En el resentimiento que provocó en los obispos africanos las circunstancias peculiares del caso, los oponentes del papado ven la negación por la Iglesia de San Agustín de la doctrina de la supremacía papal; y así el caso de Apiario ha llegado a ser el ejemplo clásico en las obras controversiales anti-romanas, que ilustran el repudio del siglo V a las pretensiones papales al control disciplinario.

Urbano, obispo de Sica, depuso a Apiario por mala conducta, y éste apeló al Papa San Zósimo quien, en vista de las irregularidades de la conducta del obispo, ordenó que se reinstalara a Apiario y se disciplinara al obispo. Disgustado, quizás, por el éxito del indigno sacerdote, un sínodo general en Cartago (mayo de 418) prohibió que los clérigos inferiores al obispo apelasen “más allá de los mares”. Zósimo reconoció, en lo que era virtualmente un restablecimiento de la legislación africana previa, una expresión de disgusto de parte de los obispos africanos, y envió una delegación para defender su derecho a recibir ciertas apelaciones, citando decretos que creía habían sido aprobados y sancionados por el Primer Concilio de Nicea (325), pero que de hecho eran cánones del Concilio de Sárdica. Los obispos africanos que recibieron a los legados, si bien no reconocieron estos decretos como nicenos, los aceptaron sujetos a verificación. En mayo de 419 se celebró el décimo sexto Concilio de Cartago, y allí se aceptaron de nuevo las representaciones de Zósimo, esperando el resultado de una comparación de los cánones nicenos según existían en África, en los cuales no hallaron los decretos citados por el Papa, con los de las Iglesias de Antioquía, Alejandría y Constantinopla. A fines del año 419 se le informó al Papa San Bonifacio I, quien había sucedido a Zósimo en diciembre de 418, que los códices orientales no contenían los alegados decretos; pero ahora disminuyó el interés en el asunto, pues en el entretanto el arrepentido Apiario había sido asignado a un nuevo campo de labor. La carta al Papa Bonifacio, si bien evidencia irritación por la arrogancia del legado Faustino, no contiene nada incompatible con la creencia en la primacía papal.

Unos cuatro años después Apiario recayó en conducta escandalosa, fue excomulgado una vez más, y de nuevo apeló a Roma. El Papa Celestino, quien había sucedido a Bonifacio en septiembre de 423, lo reinstaló y delegó al indeseable Faustino para defender su decisión ante los obispos africanos. Los irritantes esfuerzos del legado a favor del indigno sacerdote fueron desbaratados miserablemente por la admisión de culpabilidad que hizo Apiario. Cierto número de obispos africanos, exasperados por la suma arrogancia de Faustino y la prisa mal informada del Papa en apoyar a Apiario, le dirigieron a Celestino la famosa carta “Optaremus”, en la que resentían amargamente los insultos del imprudente legado, solicitaban que en el futuro los Papas ejerciesen la debida discreción al oír las apelaciones de África, y que, respecto a esos asuntos, no le exigiera a la Iglesia de África más de lo que había sido estipulado por el Concilio de Nicea.

Esta carta, con toda su osadía, no puede ser interpretada como que la Iglesia de África negaba la jurisdicción papal. Simplemente expresa el deseo de los obispos africanos de continuar disfrutando de aquellos privilegios de autonomía parcial que recayeron por defecto a su Iglesia durante el tormentoso período en que la teoría del dominio papal universal no siempre pudo reducirse a la práctica, debido a las pruebas que la creciente Iglesia tuvo que soportar. Pero antes del tiempo de Apiario, como los cánones de Sárdica atestiguan, la Europa occidental llegó a aceptar a Roma como una corte de última apelación en casos disciplinarios. África, también, ahora estaba lista, y su disposición se demuestra por el caso de Apiario, así como por los registros de apelaciones similares a Roma de los que San Agustín mismo es testigo.


Fuente: Peterson, John Bertram. "Apiarius of Sicca." The Catholic Encyclopedia. Vol. 1. New York: Robert Appleton Company, 1907. <http://www.newadvent.org/cathen/01594a.htm>.

Traducido por Luz María Hernández Medina.