La palabra latina persona fué originalmente usada para
designar la máscara usada por un actor. De ésta, se aplicó
al rol que éste asumía y, finalmente, a cualquier carácter
en el escenario de la vida, a cualquier individuo. Este artículo
discute:
- la definición de "persona", especialmente en referencia
a la doctrina de la Encarnación;
- al uso de la palabra "persona", y su equivalente griego
en conexión con las disputas Trinitarias. Para el tratamiento
psicológico del tema ver Personalidad.
1. Definición
La definición clásica es la dada por Boecio en
"De persona et duabus naturis", c. ii: Naturæ rationalis individua
substantia (substancia individual de naturaleza racional).
Sustancia - es usado para excluir los accidentes: "Vemos que
los accidentes no pueden constituir a la persona" (Boecio, op.
Cit) La substancia es usada en dos sentidos: de la sustancia concreta
como existiendo en el individuo, llamada substancia primera,
lo que en Aristóteles corresponde a la ousia prote; y
de las abstracciones, substancia como existiendo en género y
especies, llamada substancia segunda y en Aristóteles, llamada
ousia deutera. Se discute cuál de la dos acepciones tomadas
en sí mismas significan en este artículo. Es muy probable
que en sí mismas, ella prescinda de la substancia primera y substancia
segunda, y sea restringida a la significancia primera solo por la palabra
individua. Individua - Individua, i.e., indivisum in
se, es aquel tal que, distinto a los brazos más altos del
árbol de Profirio, género y especies, no pueden ser ulteriormente
subdivididos. Al dar Boecio su definición pareciera que no le
adjunta ninguna otra definición a la palabra. Es, meramente sinónimo
de singularidad.
Naturaleza Racional - Persona se predica sólo de seres
intelectuales. La palabra genérica que incluye a todas las substancias
individuales existentes, es una suppositum. Por lo tanto, la
persona es una subdivisión de suppositum, el cual es aplicado
igualmente a lo racional e irracional, individuos vivos e inertes. Una
persona es, por lo tanto, algunas veces definida como una suppositum
naturae rationalis.
La definición de Boecio tal como está, puede dificilmente
ser considerada satisfactoria. Las palabras tomadas literalmente pueden
ser aplicadas al alma racional del hombre y también a la naturaleza
humana de Cristo. Que Santo Tomás la aceptara, presumiblemente
se debió al hecho que la encontró en posesión y
reconocida como una definición tradicional. El la explica en
términos que prácticamente constituyen una nueva definición:
La Individua substantia dice, significa, substancia, completa,
por sí subsistente, separata ab aliia, es decir, una sustancia
completa, subsistente por sí, existiendo aparte de otras (III,Qxvi,
a. 12, ad 2um).
Si a esto le sumamos rationalis naturae, tenemos una definición
que comprende las cinco notas que constituyen una persona:
- substantia - lo que excluye el accidente;
- completa - debe formar una naturaleza completa; el que sea
una parte, ya sea actual o "aptitudinalmente", no satisface
la definición;
- per se subsistens - la persona existe en sí misma
y para sí misma;ella es en justicia (sui juris), la esencial
poseedora de su naturaleza y todos sus actos, el sujeto fundamental
de predicación de todos sus atributos; aquel que existe en
otro no es persona;
- separata ab aliis- Esto excluye la universal substancia segunda,
la cual no tiene existencia fuera del individuo;
- rationalis naturae - excluye toda supposita no intelectual.
Pertenece, por lo tanto, a la persona una triple incomunicabilidad,
expresada en las notas (b), (c) y (d). El alma humana pertenece a la
naturaleza como parte de ella y, por lo tanto no es una persona, aún
cuando existe separadamente. La naturaleza humana de Cristo no existe
per se seorsum, pero in alio en la Divina Personalidad de la Palabra.
Es por lo tanto comunicada por asunción y, por lo tanto, no es
una persona. Finalmente, la Divina Esencia, aunque subsistente per se,
está tan comunicada con las Tres Personas que no existe aparte
de ellos; es, por lo tanto, no una persona.
Los teólogos concuerdan que en la Unión Hipostática
la razón inmediata porqué la Sagrada Humanidad, aunque
completa e individual, no es persona es que no es una subsistencia,
no per se seorsum subsistens. Sin embargo, han discutido por siglos
lo concerniente a la determinación fundamental de la naturaleza
la cual si estuviera presente podría hacerla subsistente y por
lo tanto una persona, lo que en otras palabras es el fundamento esencial
de la personalidad. De acuerdo a Scoto, tal como es usualmente entendido,
el fundamento esencial es una mera negación. Que la naturaleza
individual intelectual es una persona, la cual no está en su
naturaleza destinada a ser comunicada-como lo es el alma humana-tampoco
está actualmente comunicada-como lo está la Sagrada Humanidad.
Si cesa la Unión Hipostática el último podría
ipso facto, sin ninguna determinación posterior, pasar a ser
persona. Por esto se objeta que la persona posee la naturaleza y todos
sus atributos. Es difícil creer que este poseedor como distinto
a los objetos poseídos, esté constituído solo por
una negación. Consecuentemente, el Tomismo tradicional, que siguió
a Cayetano, sostenía que hay una determinación positiva
que llamaron "modo" de subsistencia. Es la función
de este modo que hace a la naturaleza incomunicable, terminada en sí
misma y capaz de recibir su propio ser o existencia, Sin este modo,
la naturaleza humana de Cristo existe sólo por el creciente ser
de la Palabra.
Suárez también considera el modo como el esencial fundamento
de la persona. En esta perspectiva, sin embargo, como el sostiene que
no hay distinción real entre naturaleza y el esse, no prepara
la naturaleza para recibir su propia existencia, sino algo sumado a
la naturaleza concebida como ya existente. Muchos teólogos sostienen
que el mismo concepto del modo, a saber, la determinación de
una sustancia realmente distinta a ella pero que no agrega realidad,
involucra una contradicción. Teorías mas recientes como
la de Tifano ("De hypostasi et persona", 1634), han encontrado
muchos adherentes. El sostiene que la substancia es una suppositum,
una sustancia inteligente, una persona por el mero hecho de ser un todo,
totum in se. Esta totalidad, sostienen, es una nota positiva, aunque
no agrega realidad, así como el todo no agrega nada a las partes
que la componen. En la Unión Hipostática la naturaleza
humana es perfeccionada al ser asumida, y así cesa de ser un
todo, siendo unida en una totalidad superior. Por otro lado, La Palabra
no es perfeccionada, y así también se mantiene la persona.
Teólogos opositores, sin embargo, sostienen que esta noción
de totalidad se reduce en el análisis a la negativa Scotista.
Ultimamente, los neo tomistas, Terrien, Billot, etc, consideran la personalidad
fundamentalmente constituída por el esse (ser), la existencia
actual de una substancia inteligente. Tal que subsiste con su propio
esse y por el mismo hecho, incomunicable. La naturaleza humana de Cristo
está poseída por la Palabra y existe por Su infinito esse.
No tiene un esse separado por sí mismo y por esta razón,
no es una persona. La suppositum es una suppositum como siendo ens (ente)
en el estricto sentido del término. De todas las teorías
latinas, ésta es la más cercana a los padres griegos.
Aunque, en los "Diálogos de la Trinidad" dados por
Migne entre los trabajos de San Anastasio, el autor, hablando de la
persona y naturaleza en Dios dice: He gar hypostasis to einai semainei
he de theotes to ti einai (Persona, denota esse, la Divina naturaleza
denota la quididad; M28, 114) Un tratamiento elaborado es dado por San
Juan Damascene, Dial, xlii.
2. El uso de la palabra persona y sus equivalentes griegos en relación
a las disputas trinitarias
Para la constitución de una persona se requiere que una realidad
sea subsistente y absolutamente distinta, es decir, incomunicable. Las
tres realidades Divinas son relaciones, cada una se identifica con la
Esencia Divina. Una relación finita tiene realidad solo y en
cuanto es un accidente; tiene realidad de inherencia. Sin embargo, las
relaciones Divinas son por naturaleza no por inherencia sino por identidad.
La realidad que tienen, por lo tanto, no es aquella de un accidente,
sino aquella de una subsistencia. Son una con ipsum esse subsistens.
Nuevamente, cada relación, por su propia naturaleza, implica
oposición y por lo tanto, distinción. En la relación
finita, esta distinción es entre el sujeto y el término.
In las relaciones infinitas no hay sujeto distinto de la relación
misma; la Paternidad es el Padre-y ningún término se distingue
de la relación opuesta; La Filiación es el Hijo. Las realidades
Divinas son por lo tanto distintas y mutuamente incomunicables a través
de esta relativa oposición; con subsistentes como siendo identificados
con la subsistencia del la Mente De Dios, es decir, son personas. El
uso de la palabra persona para denotarlos, sin embargo, provocó
controversia entre el Este y el Oeste. El equivalente griego preciso
fué prosopon, asimismo usado originalmente como la máscara
usada por el actor y luego, del carácter que representaba, pero
el significado de la palabra no prosperó como aquel de persona,
con la significación general de individuo. Consecuentemente tres
personae, tria prosopa, tenía sabor a Sabelianismo para los griegos.
Por otro lado, su palabra hypóstasis, de hypo-histeme, fué
tomada por su correspondiente en latín substancia, de sub-stare.
Tres hypóstasis, por lo tanto, aparecían en conflicto
con la doctrina Nicómaca de la unidad de substancia en la Trinidad.
Esta diferencia fué una causa principal del Antioquenismo del
siglo cuarto (ver MELETIUS DE ANTIOQUIA). Eventualmente en el Oeste,
se reconoció que el verdadero equivalente de la hypóstasis
no era la substancia sino la subsistencia y en el Este que para entender
prosopon en el sentido latino de persona se excluyó la posibilidad
de una interpretación Sabeliana. Sin embargo, en el Primer Concilio
de Constantinopla se reconoció que las palabras hypóstasis,
prosopon y persona eran igualmente aplicables a las tres realidades
Divinas (ver Encarnación;
Naturaleza; Substancia; Trinidad).
BOECIO, De Persona et Duabus Naturis, ii, iii, in P.L., LXIV, 1342
sqq.; RICKABY, Metafísica General, 92-102, 279-97 (London, 1890);
DE REGNON, Etudes sur la Triniti, I. studies i, iv; ST. TOMAS DE AQUINO,
III, Q. xvi, a. 12; De Potentia, ix, 1-4; TERRIEN, S. Thomae Doctrina
de Unione Hypostatica, bk. I, c. vii; bk. III, cc. vi-vii (Paris, 1894);
FRANZELIN, De Verbo Incarnato, sect. III, cc. iii-iv (Rome, 1874); HARPER,
Metaphysics of the School, vol. I, bk. III, c. ii, art. 2 (London, 1879).
L.W. GEDDES
Transcrito por Rosalie Nesbit
Traducido por Carolina Eyzaguirre A. Dic'2001.