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Patriarcado de las Indias Orientales

A consecuencia de un acuerdo entre la Santa Sede y el Gobierno portugués en 1886, estableciendo dificultades que se habían levantado del Cisma de Goan (vea ARCHIDIÓCESIS DE GOA), la jurisdicción del Arzobispo de Goa fue restringida considerablemente. De hecho, una de las causas del Cisma había sido que ambos, el Arzobispo de Goa y el Obispo de Macao, habían estado ejerciendo actos de jurisdicción dentro del Vicariato Apostólico de las Indias Orientales de los Británicos, aunque éstos ya se habían retirado expresamente de su jurisdicción. El Gobierno portugués había apoyado al arzobispo y sus partidarios en contra de Roma, exigiendo un jus patronatus sobre toda la Iglesia de la India (vea PADROADO). Como compensación por la disminución en su jurisdicción el Arzobispo de Goa se dio el título de patriarca. Las sedes sufragáneas de Goa son Damão, Cochin, Macao, Mylapur, y la prelatura nullius de Mozambique.

Acta Sanctae Sedis (Roma, 1886).

U. BENIGNI
Transcrito por Joseph P. Thomas
Traducido por A.L.C.


The Catholic Encyclopedia, Volume I
Copyright © 1907 by Robert Appleton Company
Online Edition Copyright © 1999 by Kevin Knight
Enciclopedia Católica Copyright © ACI-PRENSA
Nihil Obstat, March 1, 1907. Remy Lafort, S.T.D., Censor Imprimatur +John Cardinal Farley, Archbishop of New York



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