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Patriarcado
de las Indias Orientales
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A consecuencia de un acuerdo entre la Santa
Sede y el Gobierno portugués
en 1886, estableciendo dificultades que se habían levantado del
Cisma de Goan (vea ARCHIDIÓCESIS DE GOA), la jurisdicción
del Arzobispo de Goa fue restringida considerablemente. De hecho, una
de las causas del Cisma había sido que ambos, el Arzobispo de
Goa y el Obispo de Macao, habían estado ejerciendo actos
de jurisdicción dentro del Vicariato Apostólico de las
Indias Orientales de los Británicos, aunque éstos ya se
habían retirado expresamente de su jurisdicción. El Gobierno
portugués había apoyado al arzobispo y sus partidarios
en contra de Roma, exigiendo un jus patronatus sobre toda la
Iglesia de la India (vea PADROADO). Como compensación
por la disminución en su jurisdicción el Arzobispo de
Goa se dio el título de patriarca.
Las sedes sufragáneas de Goa son Damão, Cochin,
Macao, Mylapur, y la prelatura nullius de Mozambique.
Acta Sanctae Sedis (Roma, 1886).
U. BENIGNI
Transcrito por Joseph P. Thomas
Traducido por A.L.C.
The
Catholic Encyclopedia, Volume I
Copyright © 1907 by Robert Appleton Company
Online Edition Copyright © 1999 by Kevin Knight
Enciclopedia Católica Copyright © ACI-PRENSA
Nihil Obstat, March 1, 1907. Remy Lafort, S.T.D., Censor Imprimatur
+John Cardinal Farley, Archbishop of New York
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