Herramientas personales
En la EC encontrarás artículos autorizados
sobre la fe católica
Martes, 16 de abril de 2024

Sacristán

De Enciclopedia Católica

Revisión de 05:27 24 ene 2008 por Sysop (Discusión | contribuciones)

(dif) ← Revisión anterior | Revisión actual (dif) | Revisión siguiente → (dif)
Saltar a: navegación, buscar

Se dice de aquel intendente al cual se le confiere el cuidado de la sacristía, la iglesia, y su contenido. En tiempos antiguos, muchos deberes del sacristán fueron realizados por los conserjes (ostiarii), posteriormente por los mansionarii y los tesoreros. Los Decretos de Gregorio IX (lib. I, tit. xxvi, “De officio sacristæ” hablan del sacristán como si este tuviera un oficio honroso anexo a cierto beneficio, y menciona que este deber era cuidar de los vasos sagrados, las vestimentas, las luces, etc. Hoy en día el sacristán es elegido o designado. El “Cæremoniale episcoporum” prescribió que en la catedral y las iglesias colegiales, el sacristán deba ser un sacerdote, y describe sus tareas respecto a la sacristía, la Sagrada Eucaristía, la pila bautismal, los oleos sagrados, las reliquias sagradas, la decoración de la iglesia para las diferentes épocas y festividades, la preparación de lo necesario para las diversas ceremonias, la pregustación en la Misa pontificia, el sonar de las campanas de la iglesia, la conservación del orden en la iglesia, y la distribución de las Misas; y finalmente sugiere que se designen uno o dos canónigos cada año para supervisar la tarea del sacristán y sus asistentes. También se menciona en los Decretos al cuasi-sacristán (custos) (lib. I, tit. xxvii, "De officio custodis"). Era el asistente del sacristán, estaba sujeto al archidiácono, y con tareas muy similares a aquellas del sacristán. Ahora dicho oficio casi no tiene ningún beneficio, pero es usualmente una posición remunerada. El Concilio de Trento deseaba que, de acuerdo con los viejos cánones, los clérigos debían ocupar dichos oficios; pero en la mayoría de las iglesias, tomando en cuenta la dificultad de tener clérigos, hombres laicos realizan las tareas del sacristán y del cuasi-sacristán.

Sociedades del Altar

Existen sociedades del altar relacionadas con la mayoría de las iglesias parroquiales. Los deberes de sus miembros varían de acuerdo a las circunstancias, en algunos casos incluyen aquellos que ordinariamente recaen dentro de la provincia del sacristán, tales como las vestiduras y los vasos sagrados, alistándolos para la Misa del sacerdote, y cosas por el estilo, pero como cosa general consisten en el pago de las cuotas anuales a un fondo para el mantenimiento y reparación de los accesorios usados en las ceremonias de la Iglesia y en algunas ocasiones también del pago de cierta mano de obra involucrada en éste propósito. Las sociedades del altar difieren de las sociedades del tabernáculo en que su trabajo es para beneficio de la iglesia a la cual están asociadas. (ver SOCIEDADES DEL TABERNÁCULO)

La Hermandad de San Juan Berchmans, conocida como Asociación Piadosa de Servidores de la Misa y de Sacristanes, fue fundada por Vincent Basile, S.J., misionero Apostólico entre los Eslavos meridionales, para acólitos laicos, jóvenes del coro, sacristanes, y todos aquellos que tengan alguna tarea que realizar como servicio a la Iglesia. Su objetivo es inducir a todos sus miembros a realizar sus deberes piadosamente y de manera adecuada a las ceremonias en que participan, para la Gloria de Dios y la educación de los fieles. Las reglas recopiladas por el Padre Basile obligan a los miembros al silencio absoluto en la iglesia, la genuflexión devota al pasar enfrente del Sagrado Sacramento, y la clara pronunciación de las palabras de las oraciones litúrgicas. Se espera que este mismo recato caracterice su conducta aun en la sacristía, y se les requiere asistir a las reuniones mensuales y a recibir la Sagrada Comunión al menos una vez por mes. El director debe ser ya sea el pastor o presbítero comisionado por él. Aunque no es una cofradía por llamarle así, está hermandad fue aprobada por el Papa Pio XII, 21 septiembre, 1865, y se otorgaron indulgencias a sus miembros, sujetas a las condiciones usuales.

Cæremoniale episcoporum, I (Ratisbon, 1902), vi.

J.F. GOGGIN BLANCHE M. KELLY Trascrito por Bobie Jo M. Bilz Traducido por Félix Carrera Franco