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Libro
del Juicio Final (Registro del Catastro)
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El nombre con el que se designa al registro del gran
estudio inglés hecho por mandato de Guillermo
el Conquistador en 1085-86. El nombre aparece por primera
vez en el famoso "Dialogus de Scaccario", una disertación compilada
cerca de 1176 por Richard Fitzingel, que establece que los ingleses
llamaban al registro del catastro "Domesdei", o "Día del Juicio
Final", porque la interrogante era una de las que nadie puede escapar,
porque el veredicto de su registrador así como la propiedad de
la tierra era definitiva e inapelable. Cierto es que los Ingleses se
sintieron ofendidos por la investigación de Guillermo.
"Es vergonzoso decir", escribía el cronista, "lo que para él
no era vergonzoso de hacer. Ni un buey, ni una vaca, ni un puerco fueron
dejados de lado en su escrito." Las réplicas dan una completa
información acerca de la tierra de Inglaterra, su pertenencia
en 1085 y en la época del Rey Eduardo, su extensión, naturaleza,
valor, cultivadores y villanos. El registro abarcaba toda Inglaterra
excepto los condados del extremo norte. Los resultados están
colocados de manera concisa y ordenada en dos libros llamados "Real
Hacienda del Día del Juicio Final" ( Exchequer Domesday).
Otro volumen, que contiene una mayor detallada descripción de
Wilts, Dorset, Somerset, Devon, y Cornwall, es llamado "Oficial de Jinetes
de la Guardia Real del Día del Juicio Final" ( Exon Domesday),
como está en la custodia del capítulo de la catedral del
Exeter.
El real interés del Registro del Catastro para
nosotros aquí se basa en la luz que da a los asuntos de iglesia.
Como ha señalado el Profesor Maitland, una comparación
del Catastro con nuestros primeros títulos nos muestra no sólo
que la Iglesia mantenía tierras de considerable, algunas veces
vasta, extensión, pero que había obtenido estas tierras
sin costo alguno de reyes o subordinados del rey durante el período
Sajón. Encontramos, por ejemplo, que cuatro ministros, Worcester,
Evecham, Pershore, y Westminster, eran dueños de cerca del 60%
del territorio de Worcestershire (Condado de Worcester), y que la Iglesia
de Worcester era dueña de un cuarto de ese condado además
de otras propiedades en otros lugares. Sin embargo, es probable que
esto no implicara propiedad absoluta, sino sólo superioridad
y derecho a determinados servicios (Maitland, "Registro del Catastro
y más allá", pp. 236-42). Esto se debe asumir cuando lo
vemos establecido, y hasta aquí correctamente, en la autoridad
del Catastro, que las posesiones de la Iglesia representaban el 25%
de los impuestos del país en 1066 y 26.5% de su área cultivada
en 1086. Estas tierras estaban, de cualquier manera, desigualmente distribuidas,
la proporción de los terrenos de la Iglesia siendo más
grande al sur de Inglaterra. El registro no nos permite decir con claridad
cuan avanzado estaba el sistema parroquial, y sin bien en Norfolk y
Suffolk todas las iglesias parecen haber sido inscritas, ascendiendo
a 243 en el primero, y 364 en el más reciente, condado, el mismo
cuidado para inscribir las Iglesias fue obviamente no usado en el Oeste
de Inglaterra. Muchas propiedades de la Iglesia parecen haber sido de
la naturaleza de la tenencia mantenida por el rey en condiciones de
realizar algún servicio, muchos de tipo espiritual. De esta manera
leemos; "Alwin el sacerdote posee la sexta parte de un pellejo", en
Turvey, Beds, "y la mantuvo tempore regis Edwardi, y podía hacer
lo que quisiera con ella; el Rey Guillermo
posteriormente se la dio a él en limosnas, con la condición
de que debería celebrar dos misas feriales [ferias missa] por
las almas del Rey y la Reina dos veces por semana." La información
que el Registro del Catastro ofrece es muy valiosa, pero sugiere muchas
interrogantes que se mantienen sin respuesta y permanecen intensamente
debatidas. Un facsímil de todo el registro fue extraído
hace algunos años por fotozincografía, y al final del
siglo dieciocho una edición fue impresa en letra especialmente
moldeada para representar las contracciones del manuscrito original.
La introducción más sencilla al tema es BALLARD, The
Domesday Inquest (London, 1906). El estudiante más avanzado
debe consultar MAITLAND, Domesday Book and Beyond (new ed.,
London, 1907); a ROUND, Feudal England (London, 1895); y a
EYTON, Domesday Studies. Pero existen varios pequeños
ensayos que tratan de asuntos de interés local.
HERBERT THURSTON
Transcrito por Dennis McCarthy
Traducido por Armando Llaza Corrales
The
Catholic Encyclopedia, Volume I
Copyright © 1907 by Robert Appleton Company
Online Edition Copyright © 1999 by Kevin Knight
Enciclopedia Católica Copyright © ACI-PRENSA
Nihil Obstat, March 1, 1907. Remy Lafort, S.T.D., Censor Imprimatur
+John Cardinal Farley, Archbishop of New York
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