Bastará en este artículo con una breve información
esencial acerca
I. del nombre de “apóstol”
II. de sus varios significados
III. del origen del apostolado
IV. de la función de los Apóstoles y de
lo que se exige de ellos
V. de la autoridad y prerrogativas de los Apóstoles
VI. de la relación del apostolado con la función
del obispo
VII. del origen de las fiestas de los Apóstoles
Al fin del presente artículo el lector encontrará los títulos
de varios otros artículos que contienen información complementaria
sobre temas relacionados con los Apóstoles
I. El Nombre
La palabra “apóstol”, del griego apostello, “enviar”,
“despachar”, tiene un sentido etimológico muy general.
Apostolos (apóstol) indica una persona que es enviada, despachada.
En otras palabras, significa una persona a la que se confía una
misión, o mejor, una misión en el extranjero. Aunque el
vocablo tiene un sentido más fuerte que mensajero, quiere decir
casi lo mismo que delegado. No es frecuente el uso de esta palabra entre
los autores clásicos. En la versión griega del Antiguo Testamento
aparece una sola vez, en III Re 14, 6 (cf. Ibid. 12, 24). Por el contrario,
en el Nuevo Testamento aparece, según las cuentas de la Concordancia
de Bruder, cerca de ochenta veces y no siempre es usada para designar
a todos los discípulos del Señor, sino a aquellos pocos
que fueron llamados en forma especial. Es obvio que Nuestro Señor,
quien hablaba un dialecto arameo, dio a sus discípulos un título
arameo, cuyo equivalente griego era “apóstol”. No parece
haber duda razonable acerca de que la palabra aramea en cuestión
era seliah, con la que los judíos posteriores, y quizás
hasta aquellos anteriores a Jesús, señalaban a “quienes
eran enviados desde la ciudad madre por los gobernantes en alguna misión
al extranjero, especialmente aquellos que estaban encargados de recoger
los tributos que se pagaban para el servicio del templo” (Lightfoot,
"Galatians", London, 1896, p. 93). La palabra apóstol
podría ser una traducción exacta de la raíz de la
palabra seliah = apostello.
II. Varios Significados
Es evidente a primera vista que, en el sentido cristiano, todo aquel
que haya recibido una misión de parte de Dios o de Cristo puede
ser llamado “apóstol”. Pero es un hecho, también,
que tal título se reservaba a aquellos que lo habían recibido
directamente de Cristo. Al mismo tiempo, al igual que otros títulos
honoríficos, el de “apóstol” ocasionalmente
se aplicaba a aquellos que llevaban a cabo las tareas correspondientes
al significado fundamental de esa palabra. Ésta tiene varios significados.
El nombre “apóstol” denota principalmente a aquellos
doce discípulos que, en una solemne ocasión, fueron llamados
por Cristo para llevar a cabo una misión especial. En los Evangelios,
empero, con frecuencia esos doce discípulos son indicados con las
palabras mathetai (los discípulos), dodeka (los doce) y, después
de la traición de Judas, incluso hendeka (los once). El nombre
de apóstol aparece pocas veces con ese significado en los Sinópticos.
Sólo una vez en Mateo y Marcos. Pero en los demás libros
del Nuevo Testamento, sobre todo en las cartas paulinas y en los Hechos
de los Apóstoles, es común el uso de esa palabra. Saulo
de Tarso, convertido milagrosamente y llamado a predicar el Evangelio
a los paganos, reclama insistentemente para si ese título y los
derechos que le corresponden al mismo.
En la carta a los Hebreos (3,1) hasta a Jesucristo se le aplica el nombre,
con el significado original de delegado enviado por Dios a predicar al
mundo la verdad revelada. También en el Nuevo Testamento, la palabra
apóstol tiene un sentido más amplio, que denota a algunos
discípulos inferiores quienes, bajo la dirección de los
Apóstoles, predicaban el Evangelio o contribuían a su difusión.
En ese caso se encuentran Bernabé (Hech 14, 4-14), probablemente
Andrónico y Junia (Rm 16, 7), Epafrodito (Fil 2, 25) y dos cristianos
desconocidos que fueron delegados para la colecta de Corinto (II Cor 7,
23). Ignoramos porqué no se les concede el título de apóstoles
a misioneros tan ilustres como Timoteo, Tito y otros que parecen tener
iguales méritos.
Hay algunos pasajes en los que la palabra apóstol tiene un sentido
dudoso, como por ejemplo, Lc 11, 49; Jn 13, 16; I Tes 2, 7; Ef 3, 5; Judas
17. Caso semejante es el de la muy conocida frase “apóstoles
y profetas”. La palabra aparece incluso con sentido irónico
(II Cor 11, 5; 12, 11) para señalar a los pseudo-apóstoles.
No hay mucho que añadir acerca del uso de la palabra en la antigua
literatura cristiana. Los únicos significados que ocurren con frecuencia
son el primero y el tercero, e incluso es difícil encontrar el
significado amplio en la literatura más antigua.
III. Origen del Apostolado
Los Evangelios muestran cómo, desde el inicio de su ministerio,
Jesús llamó a algunos judíos a los que hizo sus discípulos
después de una instrucción y formación muy cuidadosas.
Luego de un tiempo, durante su ministerio en Galilea, eligió a
doce a los que, según añaden Marcos (3, 14) y Lucas (6,
13), “llamó también apóstoles”. Así
pues, el origen del apostolado está en una vocación especial,
un nombramiento especial del Señor para una función peculiar,
que conlleva cierta autoridad y deberes. El nombramiento de los doce Apóstoles
es narrado por los tres evangelios sinópticos (Mc 3, 13-19; Mt
10, 1-4; Lc 6, 12-16) utilizando casi las mismas palabras, haciendo que
las tres narraciones sean literariamente dependientes una de otra. Solamente
hay diferencia entre ellas en lo tocante a eventos conectados inmediatamente.
Parece ocioso describir y combatir las opiniones racionalistas sobre el
tema. Quienes sostienen esas posiciones, o al menos algunos de ellos,
afirman que Nuestro Señor nunca nombró a doce apóstoles,
nunca pensó crear discípulos que le ayudase en su ministerio
y que, eventualmente, continuasen su obra. Tales opiniones son únicamente
deducciones de sus principios racionalistas acerca de la credibilidad
de los Evangelios, de la doctrina de Cristo sobre el Reino de los Cielos
y de la escatología de los Evangelios. Bástenos observar
que el mismo testimonio clarísimo de los tres evangelios sinópticos
constituye un fuerte argumento histórico que representa, como de
hecho lo hace, una tradición muy difundida y antigua que no puede
ser errónea; que la autoridad universalmente aceptada de los Apóstoles,
como lo vemos en los Hechos y en las epístolas de san Pablo, aún
en las controversias más encarnizadas, y desde los años
primeros posteriores a la muerte de Jesús (la controversia judía,
por ejemplo), no puede ser explicada ni entendida si no reconocemos algún
nombramiento de los Doce por parte de Jesús.
IV. Función y Condiciones del Apostolado
Dos de los evangelios sinópticos añaden a la narración
de la elección de los Doce una breve afirmación acerca de
su función. Marcos (3, 14,-15): “Instituyó doce para
que estuvieran con Él, y para enviarlos a predicar con poder de
expulsar los demonios”. Mateo (10, 1): “Y llamando a sus doce
discípulos les dio poder sobre los espíritus inmundos para
expulsarlos y para curar toda enfermedad y toda dolencia”. Al narrar
la elección de los Doce, Lucas no indica nada de sus funciones.
Posteriormente (Mc 6, 7-13; Mt 10, 5-15, Lc 9, 1-5), Jesús envía
a los Doce a predicar el Reino y a curar, y les da instrucciones muy definidas.
De todo ello podemos concluir que los Apóstoles deben estar con
Jesús y colaborar con Él a base de proclamar el reino y
de curar. Pero eso no era toda su función. Y tampoco es difícil
imaginar porqué Jesús no les aclaró a sus Apóstoles
la totalidad de su misión, siendo que ellos tenían ideas
tan imperfectas acerca de Él y de su misión, así
como del Reino mesiánico. Los dichos de Cristo después de
su resurrección clarifican aún más la naturaleza
de la misión apostólica. Son fundamentales los pasajes Mt
28, 19-20; Lc 24, 46-49; Hech 1, 8, 21-22. En el primero de esos textos
leemos: “Vayan pues y hagan discípulos de todas las naciones,
bautizándolas en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu
Santo, enseñándolas a observar todo lo que yo les he mandado”.
Los textos de Lucas señalan hacia el mismo oficio de predicar y
dar testimonio (Cf. Mc 16, 16). Los Hechos de los Apóstoles y las
epístolas escritas por los Apóstoles los muestran en el
incansable desempeño de esa función. En todas partes es
el Apóstol el que gobierna a los discípulos, predica las
enseñanzas de Jesús como testigo auténtico y administra
los ritos sagrados. Para cumplir tal oficio debieron haber sido instruidos
por Jesús, y haber visto al Señor resucitado. Todas estas
son, sin lugar a dudas, las condiciones que los mismos Apóstoles
exigen de quien haya de suceder a Judas Iscariote. “De entre los
hombres que anduvieron con nosotros todo el tiempo que el Señor
convivió con nosotros, a partir del bautismo de Juan hasta el día
en que nos fue llevado, uno de ellos sea constituido testigo con nosotros
de su resurrección” (Hech 1, 21-22). Esta narración,
que parece proceder de la fuente aramaica-palestina, como muchos otros
detalles presentes en los primeros capítulos de los Hechos, es
antigua y no puede ser dejada de lado. Además, queda reforzada
por una objeción presentada a san Pablo: dado que él fue
llamado al apostolado de forma extraordinaria, con frecuencia debió
defender la autencidad de su autoridad apostólica y proclamar que
él había visto al Señor (I Cor 9, 1). La instrucción
y la elección directa por parte de Jesús eran, por tanto,
las condiciones regulares para el apostolado. A manera de excepción,
bastaba una vocación extraordinaria, como es el caso de Pablo,
o una decisión del Colegio Apostólico, como en el caso de
Matías. Los Apóstoles llamados o elegidos en forma tan extraordinaria
podían predicar como auténticos testigos la doctrina de
Cristo y la resurrección del Señor.
V. Autoridad y Prerrogativas de los Apóstoles
La autoridad de los Apóstoles procede del oficio que les fue impuesto
por Nuestro Señor, y está basada en las palabras del mismo
Cristo. Él estará con ellos todos los días hasta
el fin de los tiempos (Mt 28, 20) y corroborará su predicación
(Mc 16, 16). Les enviará la “promesa del Padre”, el
“poder de lo alto” (Lc 24, 49). Los Hechos de los Apóstoles
y las epístolas del Nuevo Testamento nos muestran cómo se
ejerció esa autoridad. Los Apóstoles hacen leyes (Hech 15,
29; I Cor 7, 12ss.), enseñan (Hec 2, 37), afirman que su enseñanza
debe ser recibida como palabra de Dios (I Tes 2, 13), castigan (Hech 5,
1-11; I Cor 5, 1-5), administran los sagrados ritos (Hech 6, 1 ss.; 16,
33; 20, 11), aseguran su sucesión (II Tim 1, 6; Hech 14, 22). En
términos teológicos modernos, el apóstol, además
del poder del orden, tiene el poder general de jurisdicción y magisterio
(enseñanza). El primero abarca el poder de hacer leyes, juzgar
en materias religiosas y obligar a su cumplimiento utilizando castigos
adecuados. El último incluye el poder de proponer la doctrina de
Cristo con autoridad. Debe añadirse aquí que el apóstol
tiene la posibilidad de recibir nuevas verdades reveladas para proponerlas
a la Iglesia. Pero esto último es algo personal de los Apóstoles
(Véase INSPIRACIÓN, REVELACIÓN).
Los teólogos católicos correctamente hablan en sus tratados
de algunas prerrogativas personales de los Apóstoles, y no será
superfluo discutir aquí brevemente de ellas.
Una primera prerrogativa, que no se puede inferir claramente de los textos
neotestamentarios ni demostrar claramente con la pura razón, es
su confirmación en la gracia. La mayor parte de los teólogos
modernos admiten que los Apóstoles recibieron una infusión
tan grande de gracia que pudieron evitar cualquier pecado mortal o cualquier
pecado venial deliberado.
Otra prerrogativa personal es la universalidad de su jurisdicción.
Las palabras del Evangelio acerca de la función apostólica
son muy generales. En su mayor parte los Apóstoles predicaron y
viajaron como si no estuvieran constreñidos por límites
territoriales, según leemos en los hechos y en las epístolas.
Lo cual no limitó a los Apóstoles para adoptar medidas prácticas
encaminadas a organizar debidamente el Evangelio en los diferentes países
que visitaban.
Entre esas prerrogativas también se reconoce la infalibilidad
personal, en lo tocante a materias de fe y moral, claro, y siempre y cuando
se trate de enseñar o imponer alguna doctrina con carácter
de obligatoria. Pueden errar en otros temas, como Pedro, en referencia
a la interrelación con los paganos convertidos. Igualmente, pueden
aceptar algunas opiniones comunes de su época, como parece haberlo
hecho Pablo acerca del tiempo de la Parusía, o segunda venida del
Señor (Véase JESUCRISTO). No es fácil encontrar una
prueba escriturística concluyente de esta prerrogativa, mas queda
sugerido por algunos argumentos de razón lógica, vgr., la
imposibilidad de que todos los oyentes puedan verificar la doctrina que
les es predicada por algún apóstol.
Es aún más debatible si un apóstol que escribiese
sobre asuntos religiosos tendría, como parte de su función
apostólica, las prerrogativas de un autor inspirado. Esto fue afirmado
por el teólogo católico Doctor Paul Schanz, de Tubinga (Apologie
des Christenthums, II) y por algunos otros como Joüon en sus "Etudes
religieuses" (1904).Los teologos católicos niegan esa prerrogativa
casi unánimemente. Así lo hace el Padre Pesch (De Inspiratione
Sacrae Scripturae, 1906, pp. 611-634). (Véase INSPIRACIÓN;
NUEVO TESTAMENTO).
VI. Apostolado y Episcopado
Habida cuenta que la autoridad que el Señor otorgó a los
Apóstoles les fue dada para bien de toda la iglesia, es natural
que tal autoridad hubiese de permanecer incluso después de su muerte.
En otras palabras, esa autoridad debe pasar a los sucesores establecidos
por los Apóstoles. Ya en los documentos cristianos más antiguos
que hablan de las comunidades primitivas encontramos ministros establecidos,
algunos de ellos al menos, por el rito usual de la imposición de
las manos. Se les conoce por varios nombres: presbíteros (presbyteroi,
Hech 11, 30; 14, 22; 15, 2-23; 16, 4; 20, 17; 21, 18; I tim 5, 17-19;
Tit 1, 5); obispos (episkopoi, Hech 20, 28; Fil 1,1; I Tim 3, 2; Tit 1,
7); presidentes (prostamenoi, I Tes 5, 12; Rom 12, etc.); cabezas (hegumenoi,
Heb 13, 7-24, etc.); pastores (poimenes, Ef 4, 11); maestros (didaskaloi,
hech 13, 1; I Cor 12, 28 s.); profetas (prophetai, Hech 13, 1; 15, 32;
i Cor 12, 28-29, etc.) y algunos más. Junto a ellos se encuentran
los delegados apostólicos, como Tito y Timoteo. Los términos
más usuales son presbítero y obispo. Estas palabras estaban
destinadas a convertirse en los nombres técnicos de las autoridades
de la comunidad cristiana. Los demás nombres son menos importantes.
Los diáconos son algo aparte, puesto que se trata de un orden inferior.
Parece claro que entre tanta diversidad de nombres para las autoridades
eclesiásticas en la época apostólica algunos de ellos
han de haber significado solamente funciones transitorias. Ya desde el
inicio del siglo II en Asia Menor, y en algunas partes un poco después,
encontramos únicamente tres títulos: obispos, presbíteros
y diáconos. Estos últimos cambiaron con autoridades inferiores.
La autoridad de los obispos es diferente a la de los presbíteros,
como queda claro en cada página de las cartas del mártir
Ignacio de Antioquía. El obispo- del que sólo hay uno en
cada pueblo- gobierna su iglesia, nombra presbíteros que tienen
un rango subordinado a él y son algo así como sus consejeros,
preside la asamblea eucarística, enseña a su pueblo, etc.
Tiene, en breve, un poder general de gobernar y enseñar, casi igual
a los obispos católicos de hoy día. Este poder es substancialmente
idéntico al de los Apóstoles sin, empero, gozar de las prerrogativas
personales propias de estos últimos. San Ignacio de Antioquía
declara que este oficio recibe su autoridad directamente de Dios a través
de Cristo (Carta a la iglesia de Filadelfia, I). Clemente de Roma, en
su carta a la iglesia de Corinto (alrededor del año 96), defiende
enérgicamente la legitimidad del ministerio de los obispos y presbíteros
y afirma que los Apóstoles establecieron sucesores para gobernar
las iglesias (XLII, XLIV). Podemos confiadamante concluir que, cerca del
fin del siglo II, los ministros de la Iglesia eran reconocidos universalmente
como legítimos sucesores de los Apóstoles. Esta noción
común es de la mayor importancia.
Otra cuestión, una más difícil, emerge en relación
al uso que se da a los varios nombres mencionados antes, en especial los
de presbiteroi y episkopoi (presbíteros y obispos), en los Hechos
y en las epístolas. Algunos autores (y esto constituye la opinión
tradicional) sostienen que los episkopoi de los tiempos apostólicos
tienen la misma dignidad que los obispos de épocas posteriores,
y que los episkopoi de los escritos apostólicos equivalen a los
presbíteros del siglo II. Tal opinión, sin embargo, debe
aceptar la evidente identidad de los obispos y presbíteros de Hech
20, 17 y 28; Tit 1, 5-7; Clemente Romano a la iglesia de Corinto, XLIV.
Otra posición, que reconoce este carácter sinónimo,
estima que esos funcionarios, a los que llamaremos obispos-presbíteros,
nunca tuvieron la dirección suprema de las iglesias en tiempos
apostólicos. Tal poder fue ejercido, según sostienen, por
los Apóstoles, los profetas que iban de una iglesia a otra y por
ciertos delegados apostólicos como Timoteo. Únicamente ellos
fueron los predecesores de los obispos del siglo II; los obispos-presbíteros
fueron nombrados del mismo modo que nuestros actuales presbíteros
y no tenían la plenitud del sacerdocio. Tal opinión es propuesta
y discutida ampliamenete por A. Michiels (L'origine de l'épiscopat,
Lovaina, 1900).
Mons. Batiffol (Rev. bibl., 1895, y Etudes d'hist. et de théol.
positive, I, Paris, 1903) ofrece la siguiente opinión: en las iglesias
primitivas había (1) ciertas funciones preparatorias, como la dignidad
de apóstoles y profetas, (2) algunos presbyteroi no tenían
funciones litúrgicas sino que constituían un mero título
honorífico, (3) los episkopoi, que eran varios en cada comunidad,
cumplían una función litúrgica con la función
de predicar, (4) cuando murieron los Apóstoles, el episcopado se
subdividió, eligiendo a uno de los obispos para que fuera el soberano
y a los demás para que fueran sus subordinados. Estos, posteriormente,
se convirtieron en los presbíteros de la actualidad. Este sacerdocio
secundario es participación en el único sacerdocio original.
Por tanto, no se puede hablar de diferencias de orden entre obispos y
presbíteros.
Cualquiera que sea la solución a esta difícil cuestión
(Véase OBISPO, SACERDOTE), lo que sí es cierto es que ya
en el siglo II la autoridad apostólica general pertenecía,
por una sucesión universalmente reconocida como legítima,
a los obispos de las iglesias cristianas (Véase SUCESIÓN
APOSTÓLICA). Es así que los obispos tienen un poder general
de orden, jurisdicción y magisterium, pero no las prerrogativas
personales de los Apóstoles.
VII. Las Fiestas de los Apóstoles
Las memorables palabras de Heb 13, 7: “Acordaos de vuestros dirigentes
que os anunciaron la Palabra de Dios”, siempre han encontrado eco
en los corazones cristianos. Las iglesia primitivas sentían una
veneración muy honda por sus Apóstoles muertos (Clemente
de Roma, Ep. Ad Corinth. V). Y la primera expresión de esa veneración
era la lectura devota de los escritos apostólicos, la obediencia
a sus mandatos y consejos, la imitación de sus virtudes. Se puede
suponer que algún tipo de devoción comenzó junto
a las tumbas de los Apóstoles ya desde el tiempo mismo de su muerte
o martirio. Los antiguos documentos, sin embargo, guardan silencio a este
respecto. Las fiestas de los Apóstoles no aparecieron tan pronto
como pudiéramos suponer. A pesar de que ya en el siglo II se celebraban
los aniversarios de algunos martires, como san Policarpo, obispo de Esmirna
(+ 154 –156), no había una conmemoración especial
para los Apóstoles. En la Iglesia Oriental se celebraba la fiesta
de Santiago el Menor y de san Juan el 27 de diciembre, y al día
siguiente la de los santos Pedro y Pablo (según san Gregorio de
Nisa y un menologio- especie de santoral resumido, usual en los rituales
de las iglesias orientales- sirio). Esas conmemoraciones eran fijadas
arbitrariamente. Solamente la fiesta de san Juan conservó igual
fecha en la Iglesia Occidental y en la Oriental. La conmemoración
del martirio de san Pedro y san Pablo se celebró el 29 de junio,
aunque originalmente esa fecha era dedicada a recordar el traslado de
sus reliquias (Duchesne, Christian Worship, p. 277). A partir del siglo
VI, la fiesta de san Andrés se comenzó a celebrar el 30
de noviembre. Poco sabemos de las fiestas de los demás Apóstoles
y las fiestas secundarias de los grandes Apóstoles. Todas esas
fiestas eran celebradas en las iglesias orientales al inicio del siglo
IX. Para mayores detalles véase "Christian Worship" (Londres,
1903), pp. 277-283, y B. Zimmerman en Cabrol y Leclercq's Dict. d'archéol.
et de lit. chret. I, 2631-35. (Véase también APOSTOLICIDAD,
SUCESIÓN APOSTÓLICA, APÓCRIFOS.)
(Para conocer la doctrina más reciente sobre el orden episcopal
y la sucesión apostólica, puede leerse el decreto Christus
Dominus, del Concilio Vaticano II, y los números 77, 85, 94, 100,
816, 857, 862 y ss. del Catecismo de la Iglesia Católica, promulgado
por S.S.Juan Pablo II en 1992. N.T.)
HONORÉ COPPIETERS
Transcrito por Donald J. Boon
Dedicado a la Sra. Rosa Duran, una seguidora con corazón.
Traducido por Javier Algara Cossío